Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 12/7/2012

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

Paraná, jueves 12 de julio de 2012
ción a este Poder Ejecutivo, corresponde su ratificación;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Ratifícase la Resolución Nº 11/11
de la Dirección General de Información Pública, conforme los fundamentos expresados en los considerandos precedentes.
Art. 2º El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Cultura y Comunicación.
Art. 3º Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese; con copia del presente, pasen las actuaciones al Servicio Administrativo Contable jurisdiccional.
SERGIO D. URRIBARRI
Pedro A. Báez
DECRETO Nº 126 GOB
Paraná, 6 de febrero de 2012
Otorgando un subsidio por la suma total de $
6.000,00, a la señora Diana Paulina Caprarulo, MI Nº 13.631.283, domiciliada en barrio 240
Viviendas, manzana 9, casa 18, de esta ciudad, con destino a la compra de materiales de construcción, con cargo de rendir cuentas ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia.
Autorizando a la Dirección General del Servicio Administrativo Contable de la Gobernación a abonar directamente la suma determinada a la señora Diana Paulina Caprarulo.
DECRETO Nº 129 GOB
DESIGNACIÓN
Paraná, 6 de febrero de 2012
VISTO:
La Ley Nº 9.715 y su Decreto Reglamentario Nº 3.357/06; y CONSIDERANDO:
Que mediante dicha normase modifica la Ley Orgánica del Instituto de la Obra Social de la Provincia de Entre Ríos IOSPER;
Que, asimismo, y conforme las disposiciones del artículo 5º, dicho organismo estará sometido al contralor de una Comisión Fiscalizadora Permanente de la Obra Social, la que estará compuesta por tres miembros, un abogado, un contador y un médico, designados por el Poder Ejecutivo;
Que el artículo 1º del Decreto Nº 487/11
GOB, dispuso el cese de pleno derecho en la designación del doctor Ernesto Denis, en el cargo de abogado de la Comisión Fiscalizadora Permanente de la Obra Social;
Que es intención de este Poder Ejecutivo designar en su lugar, como miembro abogado de la Comisión Fiscalizadora Permanente, al doctor Gastón Roberto Corrado, el que tendrá a su cargo las funciones y atribuciones que en el artículo 5º de dicha ley se detallan;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Desígnase integrante de la Comisión Fiscalizadora Permanente del Instituto de la Obra Social de la Provincia de Entre Ríos IOSPER al doctor Gastón Roberto Corrado, DNI Nº 27.266.093, de conformidad a lo expresado en los considerandos precedentes.
Art. 2º Déjase establecido que la remuneración del doctor Gastón Roberto C orrado, conforme lo previsto por el artículo 5º de la Ley Nº 9.715, comprenderá exclusivamente la asignación básica, sin derecho a percibir remuneración adicional por antigedad ni de otro tipo.
Art. 3º El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Salud.
Art. 4º Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.
SERGIO D. URRIBARRI
Hugo R. Cettour
DECRETO Nº 130 GOB
Paraná, 6 de febrero de 2012
Autorizando al personal dependiente de la
BOLETIN OFICIAL
Gobernación; Ministerio de Gobierno y Justicia; Ministerio de Economía, Hacienda y Finanzas y Ministerio de Cultura y Comunicación, la ejecución de servicios extraordinarios durante el período comprendido entre el 3.1.12 y 31.12.12, para los agentes de planta permanente y temporaria, según el siguiente detalle, estableciéndose que las horas extraordinarias correspondientes al mes de enero se autorizan al 50%.
Jurisdicción 10- Gobernación Dirección General de Despacho - 1.100 horas mensuales Dirección General Servicio Administrativo Contable - 2.100 horas mensuales Dirección General de Ceremonial - 700 horas mensuales Mayordomía - 300 horas mensuales Secretaria Legal y Técnica de la Provincia 250 horas mensuales Área Subsidios - 350 horas mensuales Jurisdicción 20- Ministerio de Gobierno y Justicia Ministerio de Gobierno y Justicia - 200 horas mensuales Dirección General Servicio Administrativo Contable - 1.850 horas mensuales.
Dirección de Juntas de Gobierno - 550 horas mensuales Dirección de Asuntos Jurídicos - 150 horas mensuales Dirección de Despacho MGJ - 690 horas mensuales Jurisdicción 30- Ministerio de Economía, Hacienda y Finanzas Unidad Ministro-Dirección de Despacho 700 horas mensuales Dirección General Servicio Administrativo Contable - 400 horas mensuales Dirección General de Ajuste y Liquidaciones - 400 horas mensuales Dirección Financiamiento y Crédito Público 200 horas mensuales Dirección General de Presupuesto - 700 horas mensuales Unidad Central de Contrataciones - 400 horas mensuales Tesorería General de la Provincia - 400 horas mensuales Dirección Seguro de Vida Solidario - 200 horas mensuales Dirección General de Personal - 350 horas mensuales Dirección General de Relaciones Municipales - 120 horas mensuales Dirección General de Análisis y Prog. Econom. - 120 horas mensuales Jurisdicción 60- Ministerio de Cultura y Comunicación Unidad Ministro-Comunicación - 2.000 horas mensuales Museos de la Provincia - 120 horas mensuales Ministerio de Turismo Unidad Ministro - 2.450 horas mensuales Exceptuando la presente gestión de las disposiciones de los Decretos Nº 449/00 SGG, Nº 1.326/00 SGG, Nº 5.640/03 GOB, Nº 2.426/04
GOB y Nº 3.673/07 MEHF.
Estableciendo que las Direcciones Generales de los Servicios Administrativos Contables de las Jurisdicciones 10, 20 y 30, juntamente con la Dirección General de Presupuesto proyectarán las adecuaciones presupuestarias que resulte necesarias para atender lo dispuesto.
Autorizando a las Direcciones Generales de los Servicios Administrativos Contables de las Jurisdicciones 10, 20 y 30 a liquidar y hacer efectivo los montos correspondientes a las horas autorizadas por el artículo 1º, previa certificación de los responsables de cada área, de las horas realizadas mensualmente por cada agente.
Autorizando a los señores titulares de las respectivas Jurisdicciones a modificar mediante resolución, las cantidades de horas asigna-

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das en cada una de sus dependencias, mediante reasignaciones a otras, cuando por razones de servicio resulten indispensables.
DECRETO Nº 141 GOB
MODIFICANDO PRESUPUESTO
Paraná, 6 de febrero de 2012
VISTO:
La gestión iniciada por el señor Presidente Municipal de Maciá; y CONSIDERANDO:
Que mediante la misma solicita un aporte no reintegrable con destino a solventar los gastos que demanda la mano de obra por los trabajos de pozos, acueductos y cisternas a realizarse en dicho municipio;
Que atento a lo expuesto, este Poder Ejecutivo estima procedente acceder a lo solicitado;
Que la Dirección General del Servicio Administrativo Contable de la Gobernación ha tomado la intervención correspondiente, informando que la partida donde debería recaer el gasto no existe en el presupuesto vigente por lo que para atender la presente erogación se deberá efectuar una modificación presupuestaria, confeccionando la planilla analítica del gasto pertinente;
Que la Dirección General de Presupuesto manifiesta que lo solicitado resulta técnicamente viable y encuadra en las disposiciones del artículo 12º de la Ley Nº 10.083;
Que ha intervenido el contador auditor de la Contaduría General de la Provincia en lo que es de su competencia;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Modifícase el presupuesto general de la Administración Provincial Ejercicio 2012, de la Jurisdicción 10- Gobernación, Unidad Ejecutora: Gobernación, por la suma total de pesos ciento veinte mil $ 120.000,00 de acuerdo al detalle de la planilla analítica del gasto que, agregada, forma parte del presente texto legal y conforme las disposiciones legales vigentes.
Art. 2º Otórgase un aporte no reintegrable por la suma total de pesos ciento veinte mil $
120.000,00 a la Municipalidad de Maciá; en la persona de su Presidente Municipal, señor Ricardo Antonio Troncoso, M.I. Nº 10.281.095, con domicilio legal en calle Goldaracena Nº 736 de dicha localidad, con destino a solventar los gastos que demanda la mano de obra por los trabajos de pozos. acueductos y cisternas a realizarse en dicho municipio, con cargo de rendir cuentas ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia.
Art. 3º Impútase el gasto a DA: 954, Carácter 1, Jurisdicción 10, Subjurisdicción 01, Entidad 000, Unidad Ejecutora: Gobernación, Programa 16, Subprograma 00, Proyecto 00, Actividad 01, Obra 00, Finalidad 1, Función 31, Fuente de Financiamiento 11, Subfuente de Financiamiento 001, Inciso 5, Partida Principal 8, Partida Parcial 6, Subparcial 0079, Departamento 091, Ubicación Geográfica 02, del presupuesto vigente.
Art. 4º Autorízase a la Dirección General del Servicio Administrativo Contable de la Gobernación a emitir la orden de pago correspondiente, a fin de que la Tesorería General de la Provincia abone la suma determinada en el artículo 2º al Presidente de la Municipalidad de Maciá, señor Ricardo Antonio Troncoso.
Art. 5º El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno y Justicia.
Art. 6º Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese; con copia del presente pasen las actuaciones a la Dirección General del Servicio Administrativo Contable de la Gobernación, a sus efectos.
SERGIO D. URRIBARRI
Adán H. Bahl

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 12/7/2012

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaísArgentina

Fecha12/07/2012

Nro. de páginas22

Nro. de ediciones4782

Primera edición01/12/2003

Ultima edición05/07/2024

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