Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 14/02/2008

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

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documento recepcionada por esta Comisión de Etica Provincial, en relación al Expediente Nro. 01/07 del Registro de la Comisión de Etica del partido Afirmación para una República Igualitaria ARI, caratulado s/
denuncia-oficio por presunta inconducta partidaria a incompatibilidad de conducta con los principios éticos partidarios afiliados ARI San Carlos de Bariloche.
Agregados expedientes 2/07 3/07, Y
CONSIDERANDO: Que los firmantes de la misma, afirman no haber sido notificados fehacientemente del contenido de resoluciones dictadas en el mismo. Que atento haber constado que las notificaciones de los mismos fueron recepcionadas fehacientemente de acuerdo a las constancias obrantes en el expediente, salvo las notificaciones remitidas vía carta documento a Rodrigo Gatica y Vanesa Ruffin, las cuales no fueron retiradas de la oficina de correo, a pesar de haberse dejado aviso en los respectivos domicilios, es que con el fin de garantizar el debido derecho a la defensa, y al solo efecto de resguardar el cumplimiento del debido proceso, tal la intimación cursada a este Organo recibida en fecha 6 de febrero de 2008, es que respecto a los señores Rodrigo Gatica y Vanesa Ruffín, y solamente respecto a los mencionados, se fija nuevas audiencias dispuestas en los artículos 3º,4º y 5º del RICEP para el día 19 de febrero de 2008 a las 8,30 y 9 hs, respectivamente en Gelonch y Pampa, casa 45 de la Ciudad de General Roca.
Por ello LA COMISION DE ETICA
PARTIDO AFIRMACIÓN PARA UNA
REPUBLICA IGUALITARIA ARI
RESUELVE:
Artículo 1º: Modifíquese el artículo 2º de la resolución nro. 12/08 CEPARI en relación exclusivamente a los señores RODRIGO GATICA y VANESA RUFFIN, a fin de garantizar el debido derecho de defensa, el cual quedará redactado de la siguiente manera: Artículo 2º: Aplicar la sanción dispuesta en el artículo 49 punto C de la COP: Suspensión de la afiliación, a los afiliados Luis José Valdés DI
4.885.434, Julia Ferrer DI:5.783.856 y Gregorio Aranda DNI 17.367.426, por encontrarse incursos en las faltas pasibles de sanción, dispuestas en el artículo 15 inciso B, 18 inciso e, f y h de la COP y artículo 2 inciso a, c,d,e y g del RICEP.Artículo 2º: Respecto a los señores Rodrigo Gatica DNI NRO. 27.255.471 y Vanesa Rúffin DNI 31.943.201, y solamente respecto a los mencionados, se fija nuevas audiencias en los artículos 3º,4º y 5º del RICEP para el día 19 de febrero de 2008 a las 8,30 y 9 hs, respectivamente en calle Gelonch y Pampa, casa 45 de la Ciudad de General Roca.Artículo 3º: Notifíquese en el domicilio constituido en la cd4010905100 al Sr. Rodrigo Gatica y/o Boletín Oficial de la Provincia.Artículo 4: Comuníquese a la Junta Ejecutiva Nacional, a los Juzgados con competencia electoral en la Provincia y medios de prensa pertinentes. Hecho que sea archívese.RESOLUCIÓN NRO. 13 /08-CEPARI. 7 DE febrero DE
2008.COMISION DE ETICA PARTIDO AFIRMACIÓN
PARA UNA REPUBLICA IGUALITARIA ARI RIO
NEGRO.
VISTO: Expediente Nro. 01/07 del Registro de la Comisión de Etica del partido Afirmación para una República Igualitaria ARI, caratulado s/denunciaoficio por presunta inconducta partidaria a incompatibilidad de conducta con los principios éticos partidarios afiliados ARI San Carlos de Bariloche.
Agregados expedientes 2/07 3/07, Y
CONSIDERANDO: La autorización expresa de la Asamblea Provincial del Partido Afirmación para una República Igualitaria ARI en fecha 18 de Marzo de 2007 que prorroga plazos y fija nuevo lugar de celebración de audiencias, y la necesidad de dar inicio a las actuaciones ordenadas por el Reglamento Interno de la Comisión de Etica del Partido Afirmación para una República Igualitaria ARI.

BOLETIN OFICIAL N 4594
Por ello:
LA COMISON DE ETICA
DEL PARTIDO AFIRMACIÓN PARA UNA
REPUBLICA IGUALITARIA
DISTRITO RIO NEGRO
RESUELVE:
1 Instruir actuaciones disciplinarias internas al afiliado del registro de San Carlos de Bariloche, Vanesa Ruffin, D.N.I. nº 31.943.201expte 1/07, y agregar 2/07 y 3/7.2Notificar a los interesados sobre el capítulo de cargos.3Citar a audiencia dispuesta en los artículo 3º, 4º y 5º del RICEP para el día 14 de Enero de 2008, a las 12 hs., a celebrarse en la ciudad de General Roca, en Gelonch y Pampa Casa 45 Barrio Don Fernando. A los fines de mejor comprensión, se transcriben los artículos mencionados: Artículo 3º.-Constatada la presunta falta o bien, recepcionada la denuncia, se elaborará un capítulo de cargos que será notificado al afiliado que hubiera incurrido en la presunta infracción a través de medio fehaciente. En dicho acto se citará al afiliado a audiencia a celebrarse dentro de los cinco 5 días hábiles de producida la notificación a celebrarse en la ciudad de Viedma, a los fines de que presente su descargo en forma verbal o escrita y presente los medios de prueba que hagan a su derecho, ejerciendo el derecho de defensa consagrado en el artículo 18 de la Constitución Nacional.Artículo 4º.-El presunto infractor deberá concurrir en forma personal a la audiencia establecida en el artículo anterior. La inasistencia sin falta injustificada no impedirá la prosecución del procedimiento establecido en el presente, habiendo perdido el afiliado la posibilidad de efectuar su descargo. Artículo 5º.-La audiencia establecida en el artículo 3º será pública, respetando el criterio de oralidad establecida en la Carta Orgánica Provincial, salvo que el afiliado opte por presentar su descargo en forma escrita en la oportunidad de su celebración.4Notificar a los interesados en forma fehaciente lo dispuesto en la presente resolución que contiene el siguiente CAPITULO DE CARGOS: Hechos que motivan los cargos: ABrindar apoyo público a candidatos del Frente para la Victoria en las elecciones municipales de San Carlos de Bariloche, injuriando a los candidatos del partido ARI a través de medios periodísticos.BConvocar públicamente a través de medios periodísticos a votar a otros partidos políticos y a no votar a la lista del ARI, denostando a los candidatos del ARI, en especial al candidato a Vicegobernador, Dr. Darío Rodríguez Duch, a escasos días de la elección provincial, favoreciendo deliberadamente a los otros partidos políticos que compulsaban en las elecciones provinciales y municipales. FALTAS PASIBLES DE SANCION:1.Presunta inconducta partidaria por parte de la afiliada Vanesa Ruffin, D.N.I. Nº 31.943.201, por encontrarse presuntamente incurso en las causales dispuesto en el artículo 15º inciso b y 18º inciso e,f,h de la COP y artículo 2º inciso a,c,d,ey g del RICEP.-General Roca, 4 de enero de 2008.RES.:7/08cepari. Fdo. COMISION PROVINCIAL DE ETICA.
PARTIDO ARI - RIO NEGRO.- Queda Ud. debidamente notificado. LIDIA BEATRIZ BUEN - Presidente Comisión de Etica Partido ARI.
oOo SR. RODRIGO GATICA
DOMICILIO: Mitre 86 piso 2 oficina H
LOCALIDAD: SAN CARLOS DE BARILOCHE
Se hace saber a Ud. que la Comisión de Etica del Partido Afirmación para una República Igualitaria ARI, ha dictado las siguientes resoluciones: VISTO: La carta documento recepcionada por esta Comisión de Etica Provincial, en relación al Expediente Nro. 01/07 del Registro de la Comisión de Etica del partido Afirmación para una República Igualitaria ARI, caratulado s/
denuncia-oficio por presunta inconducta partidaria a incompatibilidad de conducta con los principios éticos partidarios afiliados ARI San Carlos de Bariloche.

Viedma, 14 de Febrero de 2008
Agregados expedientes 2/07 3/07, Y
CONSIDERANDO: Que los firmantes de la misma, afirman no haber sido notificados fehacientemente del contenido de resoluciones dictadas en el mismo. Que atento haber constado que las notificaciones de los mismos fueron recepcionadas fehacientemente de acuerdo a las constancias obrantes en el expediente, salvo las notificaciones remitidas vía carta documento a Rodrigo Gatica y Vanesa Ruffin, las cuales no fueron retiradas de la oficina de correo, a pesar de haberse dejado aviso en los respectivos domicilios, es que con el fin de garantizar el debido derecho a la defensa, y al solo efecto de resguardar el cumplimiento del debido proceso, tal la intimación cursada a este Organo recibida en fecha 6 de febrero de 2008, es que respecto a los señores Rodrigo Gatica y Vanesa Ruffín, y solamente respecto a los mencionados, se fija nuevas audiencias dispuestas en los artículos 3º,4º y 5º del RICEP para el día 19 de febrero de 2008 a las 8,30 y 9 hs, respectivamente en Gelonch y Pampa, casa 45 de la Ciudad de General Roca.
Por ello LA COMISION DE ETICA
PARTIDO AFIRMACIÓN PARA UNA
REPUBLICA IGUALITARIA ARI
RESUELVE:
Artículo 1º: Modifíquese el artículo 2º de la resolución nro. 12/08 CEPARI en relación exclusivamente a los señores RODRIGO GATICA y VANESA RUFFIN, a fin de garantizar el debido derecho de defensa, el cual quedará redactado de la siguiente manera: Artículo 2º: Aplicar la sanción dispuesta en el artículo 49 punto C de la COP: Suspensión de la afiliación, a los afiliados Luis José Valdés DI
4.885.434, Julia Ferrer DI:5.783.856 y Gregorio Aranda DNI 17.367.426, por encontrarse incursos en las faltas pasibles de sanción, dispuestas en el artículo 15 inciso B, 18 inciso e, f y h de la COP y artículo 2 inciso a, c,d,e y g del RICEP.Artículo 2º: Respecto a los señores Rodrigo Gatica DNI NRO. 27.255.471 y Vanesa Rúffin DNI 31.943.201, y solamente respecto a los mencionados, se fija nuevas audiencias en los artículos 3º,4º y 5º del RICEP para el día 19 de febrero de 2008 a las 8,30 y 9 hs, respectivamente en calle Gelonch y Pampa, casa 45 de la Ciudad de General Roca.Artículo 3º: Notifíquese en el domicilio constituido en la cd4010905100 al Sr. Rodrigo Gatica y/o Boletín Oficial de la Provincia.Artículo 4: Comuníquese a la Junta Ejecutiva Nacional, a los Juzgados con competencia electoral en la Provincia y medios de prensa pertinentes. Hecho que sea archívese.-RESOLUCIÓN NRO. 13 /08-CEPARI. 7 de febrero de 2008.
COMISION DE ETICA PARTIDO AFIRMACIÓN
PARA UNA REPUBLICA IGUALITARIA ARI RIO
NEGRO. VISTO: Expediente Nro. 01/07 del Registro de la Comisión de Etica del partido Afirmación para una República Igualitaria ARI, caratulado s/denunciaoficio por presunta inconducta partidaria a incompatibilidad de conducta con los principios éticos partidarios afiliados ARI San Carlos de Bariloche.
Agregados expedientes 2/07 3/07, Y
CONSIDERANDO: La autorización expresa de la Asamblea Provincial del Partido Afirmación para una República Igualitaria ARI en fecha 18 de Marzo de 2007 que prorroga plazos y fija nuevo lugar de celebración de audiencias, y la necesidad de dar inicio a las actuaciones ordenadas por el Reglamento Interno de la Comisión de Etica del Partido Afirmación para una República Igualitaria ARI.
Por ello:
LA COMISON DE ETICA
DEL PARTIDO AFIRMACIÓN PARA
UNA REPUBLICA IGUALITARIA
DISTRITO RIO NEGRO
RESUELVE:
1 Instruir actuaciones disciplinarias internas al afiliado del registro de San Carlos de Bariloche, Rodrigo Gatica, D.n.i nº 27.255.471expte 1/07, y agregar 2/07 y

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 14/02/2008

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaísArgentina

Fecha14/02/2008

Nro. de páginas18

Nro. de ediciones1917

Primera edición03/01/2002

Ultima edición04/07/2024

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