Boletín Oficial de la República Argentina del 29/09/2015 - Primera Sección

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Primera Sección
Martes 29 de septiembre de 2015
Por ello, LA PRESIDENTA
DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:

Artículo 1 Desígnase con carácter transitorio y por el término de CIENTO OCHENTA 180
días hábiles, en el SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, organismo descentralizado en la órbita del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, a la persona que se detalla en el Anexo I que forma parte integrante del presente decreto, en el cargo que se indica, con carácter de excepción al Artículo 7 del Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2015 aprobado por la Ley N27.008, autorizándose el correspondiente pago de la Función Directiva IV aprobada por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el Personal del citado Servicio Nacional, organismo descentralizado en la órbita de la exSECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTOS del entonces MINISTERIO
DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN, homologado por el Decreto N40 del 25 de enero de 2007.
Art. 2 Dánse por designadas con carácter transitorio, a partir de la fecha que en cada caso se indica, y por el término de CIENTO OCHENTA 180 días hábiles contados a partir del dictado de la presente medida, en el SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, organismo descentralizado en la órbita del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, a las personas que se detallan en el Anexo II del presente decreto en los cargos que en cada caso se indican, con carácter de excepción a los Artículos 7 de la Ley N26.546, prorrogada en los términos del Decreto N2053/10 y complementada por el Decreto N2054/10, y del Presupuesto General de la Administración Nacional para los Ejercicios 2012, 2013, 2014 y 2015 aprobado por las Leyes Nros. 26.728, 26.784, 26.895 y 27.008, respectivamente, autorizándose el correspondiente pago de la Función Directiva IV aprobada por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el Personal del citado Servicio Nacional, organismo descentralizado en la órbita de la ex-SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTOS del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN, homologado por el Decreto N40 del 25 de enero de 2007.
Art. 3 Los cargos involucrados deberán ser cubiertos conforme el sistema de selección previsto por la Resolución Conjunta N89 y N16 del 13 de febrero de 2008 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, organismo descentralizado en la órbita de la ex-SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTOS del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN y de la ex-SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, respectivamente, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA
180 días hábiles contados a partir de la fecha de la presente medida.
Art. 4 El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida se imputará con cargo a las partidas específicas del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
organismo descentralizado en la órbita del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, para el ejercicio vigente a la fecha de la firma del presente decreto.
Art. 5 Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. FERNÁNDEZ DE KIRCHNER. Aníbal D. Fernández. Carlos H. Casamiquela.
ANEXO I
MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA

BOLETIN OFICIAL Nº 33.224

Pedro LAVIGNOLLE M.I. N 14.857.388, perteneciente a la Planta Permanente de Personal, Nivel B, Grado 2 del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO
SI.N.E.P., aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial, homologado por el Decreto N2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, en el cargo de Director de Certificación y Control de la Dirección Nacional de Semillas del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA.
Que por el Decreto N757 de fecha 22 de mayo de 2014, se prorrogó a partir de la fecha de su respectivo vencimiento y por el término de CIENTO OCHENTA 180 días hábiles contados a partir de la fecha del citado decreto, la designación transitoria del mencionado agente.
Que el citado cargo debía ser cubierto conforme a los procesos de selección previstos en el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL
DE EMPLEO PÚBLICO SI.N.E.P., homologado por el citado Decreto N2.098/08.
Que por razones operativas no ha sido posible cumplimentar la cobertura del cargo mencionado en el plazo establecido, por lo que resulta indispensable prorrogar la designación transitoria del nombrado funcionario por el término de CIENTO OCHENTA
180 días hábiles, a partir de la fecha de la presente medida.
Que lo dispuesto por el presente decreto no implica erogación extraordinaria alguna en el presupuesto vigente del INSTITUTO
NACIONAL DE SEMILLAS.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por los Artículos 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y 1 del Decreto N491 de fecha 12 de marzo de 2002.

DIRECCIÓN DE CENTRO REGIONAL PATAGONIA NORTE

Por ello, LA PRESIDENTA
DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:

ANEXO II
MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
DIRECCIÓN DE CENTRO REGIONAL PATAGONIA NORTE

CONSIDERANDO:

Art. 2 El cargo involucrado en el Artículo 1 de la presente medida deberá ser cubierto conforme a los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII, y IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO SI.N.E.P., homologado por el referido Decreto N2.098/08, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA 180 días hábiles contados a partir de la fecha de la presente medida.

Que por el Decreto N1.352 de fecha 7 de agosto de 2012, se designó con carácter transitorio, a partir del 3 de enero de 2012 y por el término de CIENTO OCHENTA 180
días hábiles al Ingeniero Agrónomo Don
Art. 3 El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida se atenderá con las partidas específicas del Ejercicio 2015, Entidad 614 - INSTITUTO NACIONAL DE
SEMILLAS.

MINISTERIO DEAGRICULTURA, GANADERÍA YPESCA
Decreto 1929/2015
Dase por prorrogada designación del Director de Certificación y Control en el Instituto Nacional de Semillas.

Bs. As., 16/09/2015
VISTO el Expediente NS05:0018472/2015 del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTU-

Artículo 1 Dáse por prorrogada a partir de la fecha de su respectivo vencimiento y por el término de CIENTO OCHENTA 180 días hábiles contados a partir del dictado de la presente medida, la designación transitoria efectuada por el Decreto N 1.352 de fecha 7 de agosto de 2012, prorrogado por el Decreto N757 de fecha 22 de mayo de 2014, en el cargo de Director de Certificación y Control de la Dirección Nacional de Semillas del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, al Ingeniero Agrónomo Don Pedro LAVIGNOLLE M.I.
N14.857.388, Nivel Escalafonario B, Grado 5
de la Planta Permanente de Personal del citado organismo, autorizándose el pago de la Función Ejecutiva Nivel III del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA
NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO SI.N.E.P., homologado por el Decreto N2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios.

RA, GANADERÍA Y PESCA, los Decretos Nros. 491 de fecha 12 de marzo de 2002, 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, 1.352 de fecha 7 de agosto de 2012 y 757 de fecha 22 de mayo de 2014, y
4

Art. 4 Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. FERNÁNDEZ DE KIRCHNER.
Aníbal D. Fernández. Carlos H. Casamiquela.

MINISTERIO DEAGRICULTURA
GANADERÍA YPESCA
Decreto 1930/2015
Designación en el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria.

Bs. As., 16/09/2015
VISTO el Expediente N S05:0012537/2014 del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, el Presupuesto General de la Administración Nacional para los Ejercicios 2014 y 2015, aprobado por las Leyes Nros. 26.895 y 27.008, respectivamente, los Decretos Nros. 1.585 del 19 de diciembre de 1996, modificado por sus similares Nros. 825 del 10 de junio de 2010 y 354 del 4 de abril de 2013, 491 del 12 de marzo de 2002, 601 del 11 de abril de 2002 y 1.140 del 28 de junio de 2002, el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el Personal del SERVICIO NACIONAL
DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, organismo descentralizado en la órbita de la ex-SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTOS del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN, homologado por el Decreto N40 del 25 de enero de 2007, la Resolución Conjunta N89 y N16 del 13
de febrero de 2008 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, organismo descentralizado en la órbita de la citada ex-Secretaría y de la ex-SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, respectivamente, la Resolución Conjunta N 42 y N 165 del 20 de mayo de 2011 de la SECRETARÍA DE GABINETE
de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y de la SECRETARÍA DE HACIENDA
del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, respectivamente, la Resolución N805 del 9 de noviembre de 2010
del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y
CALIDAD AGROALIMENTARIA, organismo descentralizado en la órbita del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y
PESCA, y CONSIDERANDO:
Que los Artículos 7 del Presupuesto General de la Administración Nacional para los Ejercicios 2014 y 2015 aprobados por las Leyes Nros. 26.895 y 27.008, respectivamente, establecen que las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Pública Nacional no podrán cubrir los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de su sanción, ni los que se produzcan con posterioridad a dicha fecha, salvo decisión fundada del señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Que por los Artículos 10 de las citadas Leyes Nros. 26.895 y 27.008, se estableció que las facultades otorgadas por las mismas al señor Jefe de Gabinete de Ministros podrán ser asumidas por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, en su carácter de responsable político de la administración general del país y en función de lo dispuesto por el inciso 10 del Artículo 99 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.
Que por el Decreto N491 del 12 de marzo de 2002, el PODER EJECUTIVO NACIONAL reasumió el control directo e inmediato de todas las designaciones de personal en el ámbito de la Administración Pública Nacional, en cargos de planta permanente y no permanente.
Que por el Decreto N1.585 del 19 de diciembre de 1996, modificado por sus similares Nros. 825 del 10 de junio de 2010
y 354 del 4 de abril de 2013, se aprobó la estructura organizativa del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, organismo descentraliza-

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Boletín Oficial de la República Argentina del 29/09/2015 - Primera Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

CountryArgentina

Date29/09/2015

Page count60

Edition count9419

First edition02/01/1989

Last issue06/08/2024

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