Boletín Oficial de la República Argentina del 03/09/2015 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Buenos Aires, jueves 3
de septiembre de 2015

Año CXXIII
Número 33.206
Precio $ 5,00

cepto de subsidio a las películas nacionales de largometraje.

Sumario Pág.

DECRETOS

DECRETOS

CINEMATOGRAFÍA

CINEMATOGRAFÍA
Decreto 1810/2015
Decreto N1527/2012. Modificación 1
GENDARMERÍA NACIONAL
Decreto 1828/2015
Desígnanse Director y Subdirector 2
MINISTERIO DEAGRICULTURA, GANADERÍA YPESCA
Decreto 1764/2015
Designaciones en la Subsecretaría de Coordinación Técnica y Administrativa 2
MINISTERIO DECULTURA
Decreto 1758/2015
Prorróganse designaciones 4

Decreto 1810/2015
Decreto N1527/2012. Modificación.

Bs. As., 01/09/2015
VISTO la Ley de Fomento de la Actividad Cinematográfica Nacional N17.741 t.o. 2001 y los Decretos N1527 de fecha 29 de agosto de 2012 y N851 de fecha 5 de junio de 2014, y CONSIDERANDO:

MINISTERIO DEDESARROLLO SOCIAL
Decreto 1767/2015
Designaciones en la Secretaría de Coordinación y Monitoreo Institucional 5

Que los artículos 29, 31, 32 y 34 de la Ley N 17.741 t.o. 2001 disponen que el PODER EJECUTIVO NACIONAL reglamentará aspectos relacionados con el subsidio a las películas nacionales de largometraje.

MINISTERIO DEECONOMÍA YFINANZAS PÚBLICAS
Decreto 1763/2015
Modifícase la distribución del Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2015 6

Que el Decreto N1527/12 estableció la reglamentación aludida, dejando sin efecto lo dispuesto por el Decreto N1938 del 13 de noviembre de 2008.

MINISTERIO DEEDUCACIÓN
Decreto 1768/2015
Dase por prorrogada designación del Director General de Asuntos Jurídicos 6

Que posteriormente el Decreto N 851/14
modificó el Decreto N1527/12 actualizando los montos que se establecen en los artículos 3 y 6 del mismo.

MINISTERIO DEJUSTICIA YDERECHOS HUMANOS
Decreto 1655/2015
Designación 7
MINISTERIO DESEGURIDAD
Decreto 1755/2015
Designación 7
MINISTERIO DETRABAJO, EMPLEO YSEGURIDAD SOCIAL
Decreto 1757/2015
Acta Acuerdo. Homologación 8
MINISTERIO DELINTERIOR YTRANSPORTE
Decreto 1759/2015
Danse por prorrogadas designaciones en la Dirección Nacional de Migraciones 9
MINISTERIO DELINTERIOR YTRANSPORTE
Decreto 1760/2015
Danse por prorrogadas designaciones en la Dirección Nacional de Migraciones 12

DECISIONES ADMINISTRATIVAS
JEFATURA DEGABINETE DEMINISTROS
Decisión Administrativa 762/2015
Dase por aprobada contratación en la Secretaría de Relaciones Parlamentarias 14
JEFATURA DEGABINETE DEMINISTROS
Decisión Administrativa 772/2015
Dase por aprobada contratación en la Secretaría de Comunicación Pública 14
Continúa en página 2

Que el INSTITUTO NACIONAL DE CINE
Y ARTES AUDIOVISUALES, ente público no estatal del ámbito del MINISTERIO DE
CULTURA, determinará el procedimiento para acceder a los beneficios que establece la Ley N17.741 t.o. 2001 en materia de subsidios.
Que, en la actualidad y en lo que respecta a los costos de filmación de películas nacionales, se han producido variaciones al alza en diversos rubros que afectan la continuidad de la inversión en la industria cinematográfica.
Que en ese marco, y a los fines de garantizar mayor celeridad y dinamismo al fomento y producción de películas nacionales de largometraje, resulta necesario establecer un nuevo tope máximo a otorgar en con-

PRESIDENCIA
DE LA NACION
SecretarIa Legal y TEcnica
Dr. Carlos Alberto Zannini Secretario DirecciOn Nacional del Registro Oficial
DR. Jorge Eduardo FeijoÓ
Director Nacional
Que por ende, resulta necesario fijar nuevos montos como tope para el otorgamiento del subsidio, de manera tal de permitir a las producciones de alto presupuesto condiciones adecuadas de competitividad con grandes producciones internacionales.
Que en virtud de ello, se estima conveniente incrementar lo dispuesto por el Decreto N1527/12 y su modificatorio, en relación a los topes de subsidios a la producción de películas nacionales de largometraje.
Que, asimismo, a fin de evitar distorsiones e inequidades y a efectos de determinar la proporción del subsidio que se destinará a la producción de una nueva película o el equipamiento industrial, es necesario mantener el criterio fijado en el Decreto N 1527/12 y su modificatorio, fijándose éste en relación al subsidio liquidado y no a las vías de producción.
Que han tomado intervención la Gerencia de Asuntos Jurídicos del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES y la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE CULTURA.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades emergentes del artículo 99, incisos 1 y 2, de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.
Por ello, LA PRESIDENTA
DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1 Modifícase el artículo 3 del Decreto N1527 de fecha 29 de agosto de 2012
y su modificatorio, el que quedará redactado de la siguiente manera:
ARTÍCULO 3.- Fíjanse los siguientes montos máximos a otorgar en concepto de subsidios para cada una de las vías de producción previstas en el artículo anterior:
1 PRIMERA VÍA: Sin interés especial: monto máximo PESOS SEIS MILLONES CUATROCIENTOS MIL $6.400.000.-.
Con interés especial: monto máximo PESOS
OCHO MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA
MIL $8.750.000.-.

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Boletín Oficial de la República Argentina del 03/09/2015 - Primera Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

CountryArgentina

Date03/09/2015

Page count48

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First edition02/01/1989

Last issue06/07/2024

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