Boletín Oficial de la República Argentina del 29/09/2015 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Martes 29 de septiembre de 2015

DECISIONES ADMINISTRATIVAS

Pág.

JEFATURA DEGABINETE DEMINISTROS
Decisión Administrativa 912/2015
Dase por aprobada contratación en la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable 8
MINISTERIO DEAGRICULTURA, GANADERÍA YPESCA
Decisión Administrativa 910/2015
Contratación en la Secretaría de Agricultura Familiar 9
MINISTERIO DEEDUCACIÓN
Decisión Administrativa 883/2015
Dase por autorizada contratación 9
SECRETARÍA GENERAL
Decisión Administrativa 906/2015
Autorízanse contrataciones 9
SECRETARÍA GENERAL
Decisión Administrativa 907/2015
Autorízanse contrataciones 10

RESOLUCIONES
ACTIVIDADES HIDROCARBURÍFERAS
Resolución 183/2015-CPCEPNIH
Resolución N3/2012. Modificación 10

CONCURSOS OFICIALES
Nuevos 42

AVISOS OFICIALES
Nuevos 43
Anteriores 58

Que por la Ley N27.009 se dispuso, asimismo, la creación, en el ámbito del Poder Legislativo de la Nación, de la Comisión Administradora del Edificio del Molino, como su órgano de representación, dirección y administración.
Que la Comisión Administradora del Edificio del Molino mediante acta constitutiva de fecha 7 de mayo de 2015 resolvió, por unanimidad requerir al Poder Ejecutivo Nacional, por intermedio del MINISTERIO DE
PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN
PUBLICA Y SERVICIOS, la designación de la referida cartera ministerial como sujeto expropiante del inmueble de la Confitería del Molino en los términos del Artículo 1
de la Ley N27.009.
Que mediante el acta mencionada, la Comisión Administradora, también resolvió que durante el procedimiento expropiatorio, el uso del inmueble de la Confitería del Molino corresponderá a dicha Comisión, de conformidad con los términos de las Leyes Nros 27.009 y 21.499.
Que, asimismo la Comisión Administradora resolvió solicitar la intervención del TRIBUNAL DE TASACIONES DE LA NACIÓN, a los efectos de estimar el valor del inmueble a expropiar de conformidad con el Artículo 2 de la Ley N 27.009 y el Título IV de la Ley N21.499.
Que conforme surge del acta constitutiva, la Comisión Administradora encomendó a la COMISIÓN PARA EL ESTUDIO, PROYECTO Y EJECUCIÓN DE TAREAS
DE RESTAURACIÓN Y RECUPERACIÓN
EDILICIA DEL PALACIO DEL CONGRESO
NACIONAL la elaboración de los estudios técnicos referentes al estado edilicio del inmueble de la Confitería del Molino y de los anteproyectos para su restauración, con indicación de las obras prioritarias.

Que el Decreto N1110 de fecha 24 de octubre de 1997 declaró monumento histórico nacional al edificio de la CONFITERÍA
EL MOLINO, por lo que la Comisión Administradora resolvió que resultaba necesario dar intervención previa a la COMISIÓN NACIONAL DE MONUMENTOS, DE LUGARES
Y DE BIENES HISTÓRICOS, continuadora de la COMISIÓN NACIONAL DE MUSEOS
Y DE MONUMENTOS Y LUGARES HISTÓRICOS, organismo desconcentrado en el ámbito del MINISTERIO DE CULTURA, de conformidad con los términos de la Ley N12.665, modificada por Ley N27.103.
Que, en dicho marco, a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la Ley N27.009, resulta conveniente designar al MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, como sujeto expropiante.
Que, mientras dure el procedimiento expropiatorio, se estima procedente otorgar el uso del inmueble referido a la Comisión Administradora del Edificio del Molino.
Que, por otra parte, corresponde instruir al TRIBUNAL DE TASACIONES DE LA NACIÓN, para que proceda a estimar el valor del inmueble a expropiar a los efectos previstos en los Artículos 10 y 13 de la Ley N21.499 y Artículo 2 de la Ley N27.009.
Que, a su vez, conforme a lo establecido en el Artículo 3 de la Ley N 27.009, corresponde instruir al MINISTERIO DE
PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN
PÚBLICA Y SERVICIOS para que transfiera de forma definitiva y sin cargo el bien referido al CONGRESO DE LA NACION, facultándoselo asimismo a dictar los actos administrativos necesarios a los fines del cumplimiento de la inscripción de dicho inmueble para perfeccionar la referida transferencia.

BOLETIN OFICIAL Nº 33.224

Que se ha dado intervención a la COMISIÓN NACIONAL DE MONUMENTOS, DE
LUGARES Y DE BIENES HISTÓRICOS del MINISTERIO DE CULTURA.
Que ha tomado intervención la AGENCIA
DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL
ESTADO de la JEFATURA DE GABINETE
DE MINISTROS.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS, dependiente de la SUBSECRETARÍA LEGAL del MINISTERIO DE
PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN
PÚBLICA Y SERVICIOS ha tomado la intervención que le compete.

2

Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural de la REPÚBLICA ARGELINA DEMOCRÁTICA Y POPULAR, D. Abdelouahab NOURI, y el señor Director General Américas del Ministerio Argelino de Asuntos Extranjeros, D. Ahcne BOUKHELFA.
Que por el expediente citado en el Visto tramita la recomendación del MINISTERIO
DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
de convalidar el tratamiento de Huésped Oficial acordado a la autoridad de la REPÚBLICA ARGELINA DEMOCRÁTICA Y
POPULAR referida en el párrafo anterior durante su permanencia en la República.

Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, y las leyes N21.499 y N27.009.

Que la Declaración de Huésped Oficial se encuadra en las atribuciones conferidas al PODER EJECUTIVO NACIONAL por el Artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN
NACIONAL.

Por ello,
Por ello,
LA PRESIDENTA
DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:

LA PRESIDENTA
DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:

Artículo 1 Desígnase al MINISTERIO DE
PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, como sujeto expropiante del inmueble de la Confitería del Molino, ubicado en Avenida Rivadavia 1801/07/15 esquina Avenida Callao 10/20/28/30/32 de la CIUDAD
AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, identificado bajo la nomenclatura catastral: Circunscripción 11, Sección 9, Manzana 74, Parcela 23, en los términos del Artículo 1 de la Ley N27.009.

Artículo 1 Convalídase el tratamiento de Huésped Oficial del Gobierno argentino acordado al señor Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural de la REPÚBLICA ARGELINA DEMOCRÁTICA Y POPULAR, D. Abdelouahab NOURI, y al señor Director General Américas del Ministerio Argelino de Asuntos Extranjeros, D.
Ahcne BOUKHELFA, durante su permanencia en la República entre los días 10 y 14 de mayo de 2015.

Art. 2 Otórgase, hasta tanto se complete el procedimiento expropiatorio, el uso del inmueble referido en el artículo 1, a la Comisión Administradora del Edificio del Molino.

Art. 2 Atiéndanse los gastos derivados del presente decreto con cargo al presupuesto correspondiente a la Jurisdicción 35 - MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO.

Art. 3 Instrúyese al TRIBUNAL DE TASACIONES DE LA NACIÓN, organismo descentralizado en el ámbito de la SECRETARÍA DE OBRAS
PÚBLICAS del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN
FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, a estimar el justiprecio del inmueble sujeto a expropiación en los términos del Artículo 2 de la Ley N27.009 y a los efectos previstos en los Artículos 10 y 13 de la Ley N21.499.
Art. 4 Instrúyese al MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y
SERVICIOS para que, cumplido el procedimiento expropiatorio, transfiera de forma definitiva y sin cargo el inmueble referido en el Artículo 1
al CONGRESO DE LA NACION, facultándoselo asimismo a dictar los actos administrativos necesarios a los fines del cumplimiento de la inscripción del referido inmueble para perfeccionar dicha transferencia en los términos del Artículo 32 de la Ley N21.499.
Art. 5 Instrúyese a la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS para que efectúe las adecuaciones presupuestarias necesarias para atender el financiamiento de los gastos resultantes de la aplicación de este decreto.
Art. 6 La presente medida entrará en vigencia el día de su publicación en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA.
Art. 7 Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. FERNÁNDEZ DE KIRCHNER.
Aníbal D. Fernández. Julio M. De Vido.

MINISTERIO DERELACIONES
EXTERIORES YCULTO
Decreto 2022/2015
Convalídase tratamiento de Huésped Oficial.

Bs. As., 24/09/2015
VISTO el Expediente N17.732/2015 del Registro del MINISTERIO DE-RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, y CONSIDERANDO:
Que entre los días 10 y 14 de mayo de 2015
visitó la REPÚBLICA ARGENTINA el señor
Art. 3 Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. FERNÁNDEZ DE KIRCHNER.
Héctor M. Timerman.

JEFATURA DEGABINETE
DEMINISTROS
Decreto 1959/2015
Designación en la Dirección Nacional de Estrategias para la Resolución de Conflictos.

Bs. As., 21/09/2015
VISTO el Expediente N CUDAP: EXP-JGM:
0042728/2015 del Registro de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la Ley N27.008, el Decreto N491 del 12 de marzo de 2002, la Resolución Conjunta de la entonces SECRETARÍA DE GABINETE Y
COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
N471 y de la SECRETARÍA DE HACIENDA
del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS N230 del 30 de septiembre de 2014 y lo solicitado por la SUBSECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN Y GESTIÓN PARA LA INTEGRACIÓN NACIONAL
de la SECRETARÍA DE INTEGRACIÓN NACIONAL de la JEFATURA DE GABINETE
DE MINISTROS, y CONSIDERANDO:
Que por el expediente citado en el Visto, tramita la designación transitoria por el término de CIENTO OCHENTA 180 días hábiles como Coordinador de Negociación y Mediación de Conflictos de la DIRECCIÓN NACIONAL DE ESTRATEGIAS PARA
LA RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS de la SUBSECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN Y
GESTIÓN PARA LA INTEGRACIÓN NACIONAL de la SECRETARÍA DE INTEGRACIÓN
NACIONAL de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, de D. Darío Fernando BRESER.
Que por la Ley N27.008 se aprobó el Presupuesto de la Administración Nacional para el Ejercicio 2015.

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Boletín Oficial de la República Argentina del 29/09/2015 - Primera Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

CountryArgentina

Date29/09/2015

Page count60

Edition count9394

First edition02/01/1989

Last issue12/07/2024

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