Boletín Oficial de la República Argentina del 18/11/2009 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Miércoles 18 de noviembre de 2009

Primera Sección
Que las partes acreditan la representación que invocan con la documentación agregada en autos y ratifican en todos sus términos el Acuerdo, la escala salarial y el Acta Aclaratoria de referencia.
Que el ámbito territorial y personal de aplicación del Acuerdo, de la escala salarial y del Acta Aclaratoria se circunscribe a la coincidencia de la actividad principal de la parte empleadora signataria con la representatividad de la entidad sindical firmante, emergente de su personería gremial.
Que asimismo, se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº14.250 t.o. 2004.
Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.
Que una vez dictado el presente acto administrativo homologando el Acuerdo, la escala salarial y el Acta Aclaratoria de referencia, por intermedio de la Dirección de Regulaciones del Trabajo se procederá a evaluar la procedencia de efectuar el cálculo de Base Promedio y Tope Indemnizatorio, a fin de dar cumplimiento a lo prescrito en el Artículo 245 de la Ley Nº20.744 t.o. 1976 y sus modificatorias, que impone a este Ministerio la obligación de fijar los promedios de las remuneraciones y el tope indemnizatorio al cálculo de la indemnización que les corresponde a los trabajadores en caso de extinción injustificada del contrato de trabajo.
Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.
Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de conformidad con los antecedentes mencionados.

BOLETIN OFICIAL Nº 31.783

83

del CCT firmado el 20-2-2006 y que se encuentra aguardando su homologación, a celebrar el presente acuerdo cuyas condiciones se expresan a continuación, con el carácter de acta complementaria del convenio referido.
PRIMERO: La Empresa otorgará un aumento de $200.- doscientos A CUENTA DE FUTUROS AUMENTOS, NO REMUNERATIVOS, NO BONIFICABLES, distribuidos de la siguiente manera:
$100,00 cien a percibir juntamente con los haberes de septiembre, y $100.00 cien a percibir juntamente con los haberes de noviembre ambos del presente año, dichos incrementos se liquidarán como NO REMUNERATIVOS, NO BONIFICABLES, hasta el 31 de diciembre del 2007, PERO LUEGO QUEDARAN A CUENTA DE FUTUROS AUMENTOS.
SEGUNDO: Lo dispuesto se convertirá en remunerativo a partir del 1º de enero del 2008, NO
BONIFICABLE Y A CUENTA DE FUTUROS AUMENTOS.
TERCERO: Las partes acuerdan que conjuntamente con el pago del sueldo anual complementario correspondiente al segundo semestre del año en curso, los trabajadores percibirán una suma de naturaleza no remunerativa por única vez, equivalente a PESOS CIEN $100.-.
CUARTA: Cualquiera de ambas representaciones queda habilitada para presentar y peticionar la homologación del presente acuerdo por ante el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.
No siendo para más, en la fecha antes señalada, se da por finalizado el presente acto, previa lectura y ratificación de tres 3 ejemplares del presente acuerdo.

Que las facultades del suscripto para dictar la presente surgen de lo dispuesto por el Decreto Nº628/05.
ANEXO I
Por ello, LA SUBDIRECTORA NACIONAL
DE RELACIONES DEL TRABAJO
DISPONE:

CATEGORIA

BASICO

EMPLEADO

ARTICULO 1º Declárense homologados el Acuerdo, la escala salarial y el Acta Aclaratoria celebrados entre el SINDICATO DE TRABAJADORES DE JUEGOS DE AZAR, ENTRETENIMIENTO, ESPARCIMIENTO, RECREACION Y AFINES DE LA REPUBLICA ARGENTINA ALEARA y la empresa BINGO ADROGUE SOCIEDAD ANONIMA, obrantes a foja 2 del Expediente Nº1.271.422/08, agregado al Expediente Nº67.425/98 como foja 122, a fojas 142 y 164 del Expediente citado en el Visto, ratificado a foja 143, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº14.250 t.o. 2004.
ARTICULO 2º Regístrese la presente Disposición en el Departamento Despacho dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin de que el Departamento Coordinación registre el presente Acuerdo, la escala salarial y el Acta Aclaratoria, obrantes a foja 2 del Expediente Nº1.271.422/08, agregado al Expediente Nº67.425/98 como foja 122, a fojas 142 y 164 del Expediente citado en el Visto.

EMPLEADO DE PLANTA

EMPLEADO DE PLANTA A

EMPLEADO LIDER

ARTICULO 3º Remítase copia debidamente autenticada de la presente Disposición al Departamento Biblioteca para su difusión.
ARTICULO 4º Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente, pase a la Dirección de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de efectuar el cálculo de la Base Promedio y Tope Indemnizatorio, de las escalas salariales que por este acto se homologan y de conformidad a lo establecido en el Artículo 245 de la Ley Nº20.744 t.o. 1976 y sus modificatorias, y procédase a la guarda del presente legajo.

JEFE DE SECTOR

ARTICULO 5º Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito del Acuerdo, de la escala salarial y del Acta Aclaratoria homologados y de esta Disposición, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5º de la Ley Nº14.250 t.o. 2004.

JEFE DE SALA

ARTICULO 6º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Dra. SILVIA SQUIRE de PUIG MORENO, Subdirectora Nacional de Relaciones de Trabajo, Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.
Expediente Nº67.425/98
Buenos Aires, 10 de junio de 2009
De conformidad con lo ordenado en la DISPOSICION DNRT Nº75/09 se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 2 del expediente 1.271.422/08 agregado como fojas 122, a fojas 142 y 164
del expediente de referencia, quedando registrado con el Nº595/09. VALERIA ANDREA VALETTI, Registro, Convenios Colectivos de Trabajo, Dto. Coordinación - D.N.R.T.

PLUS

CTA. F. AUM.

TOTAL

793,00

65,00

200,00

1058,00

1

1049,08

170,00

200,00

1419,08

2

1068,88

170,00

200,00

1438,88

3

1088,68

170,00

200,00

1458,68

1

1121,68

170,00

200.00

1491,68

2

1141 48

170,00

200,00

1511,48

3

1207,48

170,00

200,00

1577,48

1

1242,48

180,00

200,00

1622,48

2

1249,08

180,00

200,00

1629,08

3

1321,88

280,00

200,00

1801,88

1

1301,88

180,00

200,00

1681,88

2

1609,48

200,00

200,00

2009,48

3

1814,08

200,00

200,00

2214,08

1

1982,48

250,00

200,00

2432,48

2

2083,60

320,00

200,00

2603,60

3

2168,60

250,00

200,00

2618,60

4

2313,80

250,00

200,00

2763,80

Expediente Nº67.425/98
En la Ciudad de Buenos Aires, a los Tres días del mes de diciembre de 2008, siendo las 13.20 horas, comparecen en el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación, Dirección Nacional de Negociación Colectiva, ante mí Dra. Verónica M. VIDAL, Secretaria de Conciliación del Departamento de Relaciones Laborales Nº3, en representación del SINDICATO
DE JUEGOS DE AZAR ENTRETENIMIENTO ESPARCIMIENTO RECREACION Y AFINES DE LA
REPUBLICA ARGENTINA ALEARA, lo hacen los señores Ariel FASSIONE en su carácter de Secretario Gremial por una parte y por la otra en representación de la Empresa BINGO ADROGUE S.A. lo hacen el Señor José CAVALIERI, ambos con identidad y demás datos acreditados en estas actuaciones.

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 25 días del mes de setiembre de 2007 se reúnen en la sede del Sindicato de Trabajadores de Juegos de Azar, Entretenimiento, Esparcimiento, Recreación y Afines de la República Argentina ALEARA con domicilio en Alsina 946 de esta ciudad, los Señores Guillermo Ariel Fassione en su carácter de Secretario Gremial, y los delegados del personal Sres. Cesar, Héctor Raúl; Pacheco, Paola Susana y Rodriguez Andrea, juntamente con la empresa Bingo Adrogue S.A. representada en este acto por el Sr. Carlos Butelli en su carácter de Presidente.

Declarado abierto el acto por la funcionaria actuante ésta procede a ceder la palabra a los comparecientes quienes MANIFIESTAN: Que aclaran que el acuerdo del cual se solicitó homologación es el que obra a fs.2 del expediente Nº1.271.422/08 agregado al principal como fs.122 y que la escala correspondiente es la que obra a fs.142, ratificando todo ello en un todo y requiriendo nuevamente la pertinente homologación.

Abierto el acto por las representaciones presentes, las mismas de común acuerdo expresan que concurren al presente acto, como miembros de la Comisión Paritaria de Interpretación y Aplicación
Siendo las 13.10 horas se da por finalizada la audiencia firmando los comparecientes de conformidad previa lectura, ante mí que CERTIFICO.

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Boletín Oficial de la República Argentina del 18/11/2009 - Primera Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

CountryArgentina

Date18/11/2009

Page count84

Edition count9386

First edition02/01/1989

Last issue04/07/2024

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