Boletín Oficial de la República Argentina del 10/12/2008 - Primera Sección

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Primera Sección
Miércoles 10 de diciembre de 2008
PODER EJECUTIVO NACIONAL y en el caso de LA PROVINCIA, de acuerdo al procedimiento legal que corresponda.

1999, sus disposiciones reglamentarias o las que en el futuro las sustituyan, no pudiendo ser distintas a las reconocidas en la Ley Nº24.714.

Previa lectura y ratificación, se firman DOS 2
ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en el lugar y fecha consignados precedentemente.

6- No se tendrán en cuenta las erogaciones de capital, ni los retroactivos originados en el cumplimiento de sentencias judiciales firmes o arreglos extrajudiciales homologados judicialmente.

Protocolizado con fecha 5 de noviembre de 2008.
ANEXO
PAUTAS PARA LA REALIZACION DE LAS
AUDITORIAS CONTABLES, PRESUPUESTARIAS, FINANCIERAS Y
NORMATIVAS DEL SISTEMA
PREVISIONAL Y DE RETIROS DE LA
PROVINCIA DE ENTRE RIOS

JUSTICIA
Decreto 2036/2008
Nómbrase Vocal de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional de la Capital Federal, Sala V.

Las pautas a aplicar para el cálculo del déficit del sistema previsional de LA PROVINCIA, son las siguientes:

Bs. As., 26/11/2008

1. El déficit global que refiere la Cláusula Décimo Segunda del Compromiso Federal del 6 de diciembre de 1999, ratificado por Ley Nº25.235, es el resultado corriente, en base devengado.

VISTO el acuerdo prestado por el HONORABLE
SENADO DE LA NACION y en uso de las facultades que le otorga el artículo 99, inciso 4 de la CONSTITUCION NACIONAL, y
2. Como recursos corrientes, se consideran los aportes y contribuciones sobre los haberes de los afiliados activos aportantes de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de Entre Ríos, según las alícuotas vigentes, más toda otra retención sobre remuneraciones y haberes previsionales o de retiros de las Fuerzas de Seguridad Provinciales, que por aplicación de norma general o de emergencia, vigente a la fecha de la firma del Compromiso Federal de fecha 6 de diciembre de 1999, mientras perdure la validez prevista originalmente en dichas normas, así como todo otro recurso propio, tributario o no tributario, que financie a los regímenes administrados por LA
PROVINCIA.
3.- En particular, se incluyen entre los recursos corrientes:
a Los impuestos nacionales transferidos con destino al financiamiento del sistema previsional provincial Impuesto al Valor Agregado IVA y Bienes Personales.
b Los recursos provinciales con afectación específica al financiamiento del régimen previsional y de retiros provincial.
c Los recursos extraordinarios originados en leyes de emergencia provinciales.
d La renta de los activos de los organismos administradores de los regímenes de previsión social y de retiros de LA PROVINCIA.
4. No se tendrán en cuenta los recursos de capital.
5. Los egresos corrientes se conformarán por los conceptos de pago corriente y sistemático que integran las prestaciones previsionales de jubilaciones, retiros y pensiones excluidas las contribuciones patronales sobre la nómina de jubilaciones y pensiones, con destino a la Obra Social Provincial, así como el CINCUENTA POR
CIENTO 50% de los gastos de funcionamiento del Instituto de Previsión Social de LA PROVINCIA, siempre que el monto así determinado no supere el UNO POR CIENTO 1% de la recaudación por Aportes Personales y Contribuciones Patronales. Se consideran como gastos de funcionamiento, las erogaciones en Personal, en Bienes de Consumo y en Servicios no Personales, que realice la Caja de Jubilaciones y Pensiones de Entre Ríos.
Se considerarán entre las erogaciones previsionales corrientes:
a Los montos pagados en conceptos de retroactivos por primeros pagos asociados al atraso administrativo en la resolución de trámites de beneficios.
b Los montos por reconocimientos de recursos administrativos, por las obligaciones devengadas a partir de la vigencia del Compromiso Federal de fecha 6 de diciembre de 1999, ratificado por Ley Nº25.235.
c Las originadas en prestaciones reconocidas por la normativa provincial vigente en materia de asignaciones familiares al 6 de diciembre de
Por ello, LA PRESIDENTA
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º Nómbrase VOCAL de la CAMARA NACIONAL de APELACIONES en lo CRIMINAL y CORRECCIONAL de la CAPITAL FEDERAL, SALA V, a la señora doctora Mirta Liliana LOPEZ GONZALEZ D.N.I. Nº11.955.379.
Art. 2º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. FERNANDEZ DE KIRCHNER. Aníbal D. Fernández.

MINISTERIO DEL INTERIOR
Decreto 2057/2008
Dase por designado transitoriamente el Director de Asuntos Técnicos de Fronteras de la Secretaría de Interior.

Bs. As., 26/11/2008
VISTO el Expediente Nº S02:0009481/2008 del registro del MINISTERIO DEL INTERIOR, la Ley Nº26.337, los Decretos Nº993 del 27
de mayo de 1991 t.o. 1995 y Nº491 del 12
de marzo de 2002, y
BOLETIN OFICIAL Nº 31.549

normal desenvolvimiento de la mencionada dependencia.
Que tal requerimiento implica resolver la cobertura de dicho cargo mediante excepción a las pautas generales de selección que para el acceso a la función de que se trate se encuentran establecidas en los Títulos III, Capítulo III; y VI, artículo 71, primer párrafo, primera parte, del Anexo I del Decreto Nº993/91 t.o. 1995, y a lo dispuesto por el artículo 7º de la Ley Nº26.337.
Que el Dr. GOMEZ AUBONE reúne los requisitos de idoneidad y experiencia necesarios para cubrir el referido cargo.
Que ha tomado la intervención que le compete la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del citado Ministerio.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes del artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL, del artículo 1º del Decreto Nº491 del 12 de marzo de 2002 y de los artículos 7º y 10 de la Ley Nº26.337.
Por ello, LA PRESIDENTA
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º Dase por designado transitoriamente, a partir del 8 de octubre de 2008, en el cargo de DIRECTOR DE ASUNTOS TECNICOS
DE FRONTERAS dependiente de la SECRETARIA DE INTERIOR del MINISTERIO DEL INTERIOR Nivel B, Grado 0, con Función Ejecutiva IV., al Dr. D. Federico Marcos GOMEZ AUBONE
D.N.I. Nº 27.349.344, con carácter de excepción a lo previsto en los Títulos III, Capítulo III; y VI, artículo 71, primer párrafo, primera parte, del Anexo I del Decreto Nº993/91t.o.1995 y a lo establecido por el artículo 7º de la Ley Nº26.337.
Art. 2º El cargo involucrado deberá ser cubierto conforme a los sistemas de selección previstos por el SISTEMA NACIONAL DE LA PROFESION ADMINISTRATIVA Decreto Nº993/91
t.o. 1995 en el término de CIENTO OCHENTA
180 días hábiles, contados a partir de la fecha del presente Decreto.
Art. 3º El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del presupuesto vigente.
Art. 4º Comuníquese, publíquese dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. FERNANDEZ DE KIRCHNER. Sergio T. Massa. Aníbal F. Randazzo.

CONSIDERANDO:
Que por la Ley Nº26.337 se aprobó el Presupuesto de la Administración Nacional para el Ejercicio 2008.
Que el artículo 7º de la mencionada Ley establece que las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Pública Nacional no podrán cubrir los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de su sanción, ni los que se produzcan con posterioridad a dicha fecha, salvo decisión fundada del JEFE DE
GABINETE DE MINISTROS o del PODER
EJECUTIVO NACIONAL, en virtud de las disposiciones del artículo 10 de la citada Ley.
Que por el Decreto Nº 491/02 el PODER
EJECUTIVO NACIONAL reasumió el control directo de todas las designaciones de personal en el ámbito de la Administración Pública Nacional, en cargos de planta permanente y no permanente.
Que el MINISTERIO DEL INTERIOR solicita la designación transitoria del Dr. D.
Federico Marcos GOMEZ AUBONE D.N.I.
Nº 27.349.344 en el cargo de DIRECTOR
DE ASUNTOS TECNICOS DE FRONTERAS Nivel B, F.E. IV, dependiente de la SECRETARIA DE INTERIOR de dicho Departamento de Estado, a fin de asegurar el

MINISTERIO PUBLICO
Decreto 2069/2008
Nómbrase Fiscal General ante los tribunales Orales en lo Criminal Federal de la Ciudad de Mendoza, Provincia de Mendoza, Fiscalía Nº 1.

Bs. As., 1/12/2008
VISTO el acuerdo prestado por el HONORABLE
SENADO DE LA NACION y en uso de las facultades que le otorga el artículo 5º de la Ley Nº24.946 y el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL, y Por ello, LA PRESIDENTA
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º Nómbrase FISCAL GENERAL
ante los TRIBUNALES ORALES en lo CRIMINAL FEDERAL de la CIUDAD de MENDOZA, PROVINCIA de MENDOZA, FISCALIA Nº 1, al señor doctor Omar Alejandro PALERMO D.N.I.
Nº18.495.585.

3

Art. 2º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. FERNANDEZ DE KIRCHNER. Aníbal D. Fernández.

MINISTERIO DE ECONOMIA Y
PRODUCCION
Decreto 2022/2008
Dase por prorrogada la designación transitoria de Coordinador Audiencias, Protocolo y Despacho de la Secretaría Privada, de la Unidad Secretario de la Secretaría de Política Económica.
Bs. As., 25/11/2008
VISTO el Expediente Nº S01:0243313/2008 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y
PRODUCCION, y CONSIDERANDO:
Que por el Decreto Nº585 de fecha 21 de mayo de 2007 se designó, con carácter transitorio, en UN 1 cargo Nivel B, de Coordinador Audiencias, Protocolo y Despacho de la Secretaría Privada, de la Unidad Secretario de la SECRETARIA DE POLITICA
ECONOMICA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, a la agente Doña Adriana Carmen Patricia LARROUDE Mi.
Nº12.462.200.
Que el citado cargo debía ser cubierto, conforme el proceso de selección previsto en el SISTEMA NACIONAL DE LA PROFESION
ADMINISTRATIVA SI.NA.P.A., Decreto Nº993/91 T.O. 1995.
Que el mencionado proceso de selección para cubrir el cargo mencionado en el primer considerando, aún no ha podido llevarse a cabo.
Que en virtud de específicas razones de servicio de la SECRETARIA DE POLITICA
ECONOMICA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, se considera imprescindible prorrogar la designación transitoria de la agente mencionada en el primer considerando.
Que tal requerimiento implica resolver la prórroga de dicha designación mediante una excepción a lo dispuesto en el Título III
Capítulos I y II del Anexo I del Decreto Nº993/91 T.O. 1995.
Que la citada agente se desempeña actualmente en el cargo en cuestión habiendo dado holgadas pruebas de la solidez de sus conocimientos y eficiencia en el desempeño de sus funciones.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y
PRODUCCION ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del Artículo 99, incisos 1 y 7 de la CONSTITUCION NACIONAL y el Artículo 1º del Decreto Nº491 de fecha 12 de marzo de 2002.
Por ello, LA PRESIDENTA
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º Dase por prorrogada la designación transitoria por el término de CIENTO
OCHENTA 180 días hábiles, en UN 1 cargo Nivel B, de Coordinador Audiencias, Protocolo y Despacho de la Secretaría Privada, de la Unidad Secretario de la SECRETARIA DE
POLITICA ECONOMICA del MINISTERIO DE
ECONOMIA Y PRODUCCION, de la agente Doña Adriana Carmen Patricia LARROUDE M.I.
Nº12.462.200, a partir del término establecido en el Artículo 2º del Decreto Nº585 de fecha 21
de mayo de 2007.

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Boletín Oficial de la República Argentina del 10/12/2008 - Primera Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

CountryArgentina

Date10/12/2008

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Last issue29/06/2024

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