Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 02/11/2015 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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Primera Sección
Por lo expuesto, normas citadas y lo dictaminado por la Dirección de Jurisdicción de Asuntos Legales, dependiente de este Ministerio, bajo N 071/2015, EL MINISTRO DE INDUSTRIA, COMERCIO, MINERÍA
Y DESARROLLO CIENTÍFICO TECNOLÓGICO
R E S U E L V E:
Artículo 1 FORMALIZAR las modificaciones en las asignaciones de Recursos Financieros del Presupuesto General de la Administración Provincial en vigencia, conforme los Documentos de Modificación de Crédito Presupuestario Nros. 09, 10, 11 y 12
correspondientes al mes de Abril del año 2015, que como Anexo Único, compuesto de ocho 8 fojas útiles forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2 PROTOCOLÍCESE, dése intervención al Tribunal de Cuentas, comuníquese a la Legislatura, a la Contaduría General de la Provincia y a la Dirección General de Presupuesto e Inversiones Públicas, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.

MINISTRO

LIC. GUILLERMO ACOSTA
COMERCIO, MINERÍA
CIENTÍFICO TECNOLÓGICO

DE INDUSTRIA,
Y

DESARROLLO

ANEXO
http goo.gl/9xDbJI

Resolución N 57

Córdoba, 23 de Julio de 2015

VISTO: El expediente N 0311-003575/2015 en el que se propicia la formalización de ajustes en la distribución de los Recursos Financieros asignados por el Presupuesto General de la Administración Provincial en vigencia.
Y CONSIDERANDO:
Que conforme lo dispuesto por el artículo 31 del Decreto N 150/
04 Reglamentario de la Ley N 9086, modificado por Decreto N
1966/09, es facultad de los titulares de cada uno de los Poderes y Jurisdicciones de la Administración Central autorizar las modificaciones presupuestarias compensadas entre los créditos asignados dentro de su misma Jurisdicción.
Que por Decreto Nº 2881/11 se reestablecieron las facultades oportunamente conferidas a los titulares de cada uno de los Poderes y Jurisdicciones de la Administración Central sobre la materia.
Que mensualmente cada uno de los Poderes y Jurisdicciones deberá formalizar dichas modificaciones mediante el dictado de la Resolución pertinente.
Que obran en autos copias certificadas de Formularios de Compensación Nros. 14, 15, 16, 17, 18 y 19 de las modificaciones
B OLETÍN OFICIAL - A ÑO CII - T OMO DCXI - Nº 210

CÓRDOBA, 2 de Noviembre de 2015

presupuestarias realizadas en el mes de Mayo de 2015.
Que obra Resolución Ministerial Nº 021 de fecha 27 de Junio de 2014, mediante la cual se faculta al Director General de Administración de este Ministerio a efectuar las modificaciones de las asignaciones de Recursos Financieros y las adecuaciones al Plan de Inversiones Públicas del Presupuesto General de la Administración Provincial en vigencia, con los alcances y condiciones exigidos por el Decreto Nº 1966/2009, con efecto retroactivo al 01 de Mayo de 2014.
Que dichas modificaciones propuestas encuadran en las disposiciones legales vigentes, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 31 y 110 in fine de la Ley de Administración Financiera y del Control Interno de la Administración General del Estado Provincial N 9086.
Por lo expuesto, normas citadas y lo dictaminado por la Dirección de Jurisdicción de Asuntos Legales, dependiente de este Ministerio, bajo N 089/2015,
04 Reglamentario de la Ley N 9086, modificado por Decreto N
1966/09, es facultad de los titulares de cada uno de los Poderes y Jurisdicciones de la Administración Central autorizar las modificaciones presupuestarias compensadas entre los créditos asignados dentro de su misma Jurisdicción.
Que por Decreto Nº 2881/11 se reestablecieron las facultades oportunamente conferidas a los titulares de cada uno de los Poderes y Jurisdicciones de la Administración Central sobre la materia.
Que mensualmente cada uno de los Poderes y Jurisdicciones deberá formalizar dichas modificaciones mediante el dictado de la Resolución pertinente.
Que obran en autos copias certificadas de Formularios de Compensación Nros. 20 y 21 de las modificaciones presupuestarias realizadas en el mes de Junio de 2015.
Que obra Resolución Ministerial Nº 021 de fecha 27 de Junio de 2014, mediante la cual se faculta al Director General de Administración de este Ministerio a efectuar las modificaciones de las asignaciones de Recursos Financieros y las adecuaciones al Plan de Inversiones Públicas del Presupuesto General de la Administración Provincial en vigencia, con los alcances y condiciones exigidos por el Decreto Nº 1966/2009, con efecto retroactivo al 01 de Mayo de 2014.
Que dichas modificaciones propuestas encuadran en las disposiciones legales vigentes, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 31 y 110 in fine de la Ley de Administración Financiera y del Control Interno de la Administración General del Estado Provincial N 9086.
Por lo expuesto, normas citadas y lo dictaminado por la Dirección de Jurisdicción de Asuntos Legales, dependiente de este Ministerio, bajo N 102/2015,
EL MINISTRO DE INDUSTRIA, COMERCIO, MINERÍA
Y DESARROLLO CIENTÍFICO TECNOLÓGICO
R E S U E L V E:
Artículo 1 FORMALIZAR las modificaciones en las asignaciones de Recursos Financieros del Presupuesto General de la Administración Provincial en vigencia, conforme los Documentos de Modificación de Crédito Presupuestario Nros. 14, 15, 16, 17, 18
y 19 correspondientes al mes de Mayo del año 2015, que como Anexo Único, compuesto de doce 12 fojas útiles forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2 PROTOCOLÍCESE, dése intervención al Tribunal de Cuentas, comuníquese a la Legislatura, a la Contaduría General de la Provincia y a la Dirección General de Presupuesto e Inversiones Públicas, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.

MINISTRO

LIC. GUILLERMO ACOSTA
COMERCIO, MINERÍA
CIENTÍFICO TECNOLÓGICO

DE INDUSTRIA,
Y

DESARROLLO

ANEXO
http goo.gl/iWGg7T

Resolución N 71

Córdoba, 7 de Septiembre de 2015

VISTO: El expediente N 0311-003757/2015 en el que se propicia la formalización de ajustes en la distribución de los Recursos Financieros asignados por el Presupuesto General de la Administración Provincial en vigencia.
Y CONSIDERANDO:
Que conforme lo dispuesto por el artículo 31 del Decreto N 150/

EL MINISTRO DE INDUSTRIA, COMERCIO, MINERÍA
Y DESARROLLO CIENTÍFICO TECNOLÓGICO
R E S U E L V E:
Artículo 1 FORMALIZAR las modificaciones en las asignaciones de Recursos Financieros del Presupuesto General de la Administración Provincial en vigencia, conforme los Documentos de Modificación de Crédito Presupuestario Nros. 20 y 21
correspondientes al mes de Junio del año 2015, que como Anexo Único, compuesto de cuatro 4 fojas útiles forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2 PROTOCOLÍCESE, dése intervención al Tribunal de Cuentas, comuníquese a la Legislatura, a la Contaduría General de la Provincia y a la Dirección General de Presupuesto e Inversiones Públicas, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.

MINISTRO

LIC. GUILLERMO ACOSTA
COMERCIO, MINERÍA
CIENTÍFICO TECNOLÓGICO

DE INDUSTRIA,
Y

DESARROLLO

ANEXO
http goo.gl/F3ubcO

SECRETARÍA DE

INGRESOS PUBLICOS Resolución N 26

MINISTERIO DE FINANZAS

Córdoba, 30 de Octubre de 2015

VISTO: El Expediente Nº 0473-059245/2015.
Y CONSIDERANDO:
Que a través del Decreto Nº 443/04 y sus modificatorios, el Poder Ejecutivo instauró un régimen de retención, percepción y/
o recaudación del Impuesto sobre los Ingresos Brutos.
Que el citado Decreto otorga a esta Secretaría diferentes facultades para nominar y/o dar de baja a los agentes de retención, percepción y/o recaudación involucrados en el citado régimen así como para reglamentar aspectos relativos a la aplicación del mismo.
Que en uso de sus facultades, a través del dictado de la Resolución N 19/14, sus modificatorias y complementarias, esta Secretaría reglamentó el citado régimen.
Que a través de la Resolución N 021/15 de esta Secretaría, se nominó agentes de Retención a entidades administradoras de
Sistemas de Cobranzas y de Pagos.
Que se han recibido presentaciones de los referidos agentes solicitando se prorrogue la fecha establecida para su actuación como tales.
Que a los fines de facilitar el correcto cumplimiento por parte de los agentes de retención mencionados, se estima conveniente prorrogar la fecha a partir de la cual deberán iniciar su actuación como agentes según la nominación efectuada por la Resolución N 021/15 de esta Secretaría.
Por ello, atento las actuaciones cumplidas, lo informado por la Dirección General de Asesoría Fiscal en Nota Nº 54/2015 y de acuerdo con lo dictaminado por el Área Legales de este Ministerio al Nº 587/2015,
Artículo 1 de la Resolución N 021/15 de esta Secretaría, por TINSA SOCIEDAD ANONIMA CUIT 30-70758637-7. A tales efectos inclúyase en el Anexo I de la Resolución N 19/14 de esta Secretaría al mencionado agente.

EL SECRETARIO DE INGRESOS PÚBLICOS
RESUELVE:

Artículo 4 PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.

Artículo 1 SUSTITUIR la designación como agente de retención a TINSA S.A CUIT 33-70709282-9, efectuada por el
CR. LUIS DOMINGUEZ
SECRETARIO DE INGRESOS PÚBLICOS

Artículo 2 PRORROGAR hasta el 1 de marzo de 2016 la fecha a partir de la cual deberán comenzar a actuar como agentes de retención los sujetos nominados por el artículo 1 y el artículo 5 de la Resolución N 021/15 de esta Secretaría.
Artículo 3 FACULTAR a la Dirección General de Rentas a dictar las normas que resulten necesarias para la aplicación de la presente resolución.

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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 02/11/2015 - 1º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

CountryArgentina

Date02/11/2015

Page count8

Edition count4176

First edition01/02/2006

Last issue11/07/2024

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