Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 02/11/2015 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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Primera Sección
de mejorar el funcionamiento de la Entidad.En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts.-33 segunda parte, inc. 1º 35, 45 -primer párrafoy concordantes del Código Civil, y en uso de las facultades conferidas por los arts. 2, 10 y correlativos de la Ley Nº 8652, LA DIRECCIÓN DE INSPECCION
DE PERSONAS JURÍDICAS
RESUELVE:
Artículo 1º.- APROBAR la Reforma del Estatuto Social, modificando los artículos 1, 2 y 7, sancionada en Reunión General Ordinaria de fecha 30 de Abril de 2015 de la entidad civil FUNDACION EDUCATIVA PROYECTAR, CUIT N 3070929702-9, comprendiendo el cambio de nombre por el de FUNDACION UNIVERSITARIA PRISTINA DEL RIO DE LA
PLATA, con asiento en la Ciudad de San Francisco, Provincia de Córdoba Artículo 2º.- DECLARAR subsistente la Personería Jurídica otorgada por Resolución N 280A/05 de fecha 5 de Agosto de 2005.-

B OLETÍN OFICIAL - A ÑO CII - T OMO DCXI - Nº 210

CÓRDOBA, 2 de Noviembre de 2015

la Entidad Civil denominada FUNDACION OCEANOS, con asiento en la Ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba, solicita autorización para funcionar como Persona Jurídica.-

la Entidad Civil denominada ASOCIACION CIVIL DEPORTIVA Y
RECREATIVA DEFENSORES DE SAR MIENTO, con asiento en la Ciudad de San Francisco, Provincia de Córdoba, solicita autorización para funcionar como Persona Jurídica.-

Y CONSIDERANDO:
Que conforme lo informado por el Area de Asociaciones Civiles, se ha verificado el cumplimiento de los requisitos legales, formales y fiscales exigidos.En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts. 148 inc. d, 193, 195 y concordantes del Código Civil y Comercial, y en uso de las facultades conferidas por los arts. 2, 10 y correlativos de la Ley 8652, LA DIRECCIÓN DE INSPECCIÓN
DE PERSONAS JURÍDICAS
RESUELVE:
Artículo 1º: APROBAR el Estatuto Social de la Entidad Civil denominada FUNDACION OCEANOS, con asiento en la Ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba.Artículo 2º: AUTORIZAR expresamente a la misma para actuar como Persona Jurídica.-

Artículo 3º.- PROTOCOLICESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia, vuelva al Área de Asociaciones Civiles y Fundaciones para la inscripción en el registro pertinente y archívese.-

Artículo 3º: PROTOCOLICESE, notifíquese, publíquese en el Boletín Oficial, vuelva al Área de Asociaciones Civiles y Fundaciones para la inscripción en el registro pertinente y archívese.-

DRA. MARÍA ELENA PRESTI DANISI
DIRECTORA GENERAL DE INSPECCIÓN DE
PERSONAS JURÍDICAS

DRA. MARÍA ELENA PRESTI DANISI
DIRECTORA GENERAL DE INSPECCIÓN DE
PERSONAS JURÍDICAS

Y CONSIDERANDO:
Que conforme lo informado por el Área de Asociaciones Civiles, se ha verificado el cumplimiento de los requisitos legales, formales y fiscales exigidos.En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts. 148 inc. b, 168, 174 y concordantes del Código Civil y Comercial de la Nación;
y en uso de las facultades conferidas por los arts. 2, 10 y correlativos de la Ley 8652, LA DIRECCIÓN DE INSPECCIÓN
DE PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E:
Artículo 1º: APROBAR el Estatuto Social de la Entidad Civil denominada ASOCIACION CIVIL DEPORTIVA Y RECREATIVA
DEFENSORES DE SARMIENTO, con asiento en la Ciudad de San Francisco, Provincia de Córdoba.Artículo 2º: AUTORIZAR expresamente a la misma para actuar como Persona Jurídica.Artículo 3º: PROTOCOLICESE, notifíquese, publíquese en el Boletín Oficial, vuelva al Área de Asociaciones Civiles y Fundaciones para la inscripción en el registro pertinente y archívese.DRA. MARÍA ELENA PRESTI DANISI
DIRECTORA GENERAL DE INSPECCIÓN DE
PERSONAS JURÍDICAS

Resolución N 405 - Letra:A

Resolución N 407 - Letra:A

Córdoba, 8 de Octubre 2015

Córdoba, 8 de Octubre de 2015

VISTO: El Expediente Nº 0007-119738/2015, mediante el cual la Entidad Civil denominada FUNDACION UNIVERSIDAD REGIONAL RIO TERCERO, con asiento en la Ciudad de Río Tercero, Provincia de Córdoba, solicita autorización para funcionar como Persona Jurídica.-

VISTO: El Expediente Nº 0007-119689/2015, mediante el cual la Entidad Civil denominada FUPDASA FUNDACION PRO
DEFENSA DEL ANIMAL EN SITUACIÓN DE ABANDONO, con asiento en la Ciudad de Cosquín, Provincia de Córdoba, solicita autorización para funcionar como Persona Jurídica.-

Y CONSIDERANDO:
Que conforme lo informado por el Area de Asociaciones Civiles, se ha verificado el cumplimiento de los requisitos legales, formales y fiscales exigidos.En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts. 148 inc. d, 193, 195 y concordantes del Código Civil y Comercial, y en uso de las facultades conferidas por los arts. 2, 10 y correlativos de la Ley 8652,
Y CONSIDERANDO:
Que conforme lo informado por el Area de Asociaciones Civiles, se ha verificado el cumplimiento de los requisitos legales, formales y fiscales exigidos.En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts. 148 inc. d, 193, 195 y concordantes del Código Civil y Comercial, y en uso de las facultades conferidas por los arts. 2, 10 y correlativos de la Ley 8652,
LA DIRECCIÓN DE INSPECCIÓN
DE PERSONAS JURÍDICAS
RESUELVE:

LA DIRECCIÓN DE INSPECCIÓN
DE PERSONAS JURÍDICAS
RESUELVE:

Artículo 1º: APROBAR el Estatuto Social de la Entidad Civil denominada FUNDACION UNIVERSIDAD REGIONAL RIO
TERCERO, con asiento en la Ciudad de Río Tercero, Provincia de Córdoba.-

Artículo 1º: APROBAR el Estatuto Social de la Entidad Civil denominada FUPDASA FUNDACION PRO DEFENSA DEL
ANIMAL EN SITUACIÓN DE ABANDONO, con asiento en la Ciudad de Cosquín, Provincia de Córdoba.-

Artículo 2º: AUTORIZAR expresamente a la misma para actuar como Persona Jurídica.-

Artículo 2º: AUTORIZAR expresamente a la misma para actuar como Persona Jurídica.-

Artículo 3º: PROTOCOLICESE, notifíquese, publíquese en el Boletín Oficial, vuelva al Área de Asociaciones Civiles y Fundaciones para la inscripción en el registro pertinente y archívese.-

Artículo 3º: PROTOCOLICESE, notifíquese, publíquese en el Boletín Oficial, vuelva al Área de Asociaciones Civiles y Fundaciones para la inscripción en el registro pertinente y archívese.-

DRA. MARÍA ELENA PRESTI DANISI
DIRECTORA GENERAL DE INSPECCIÓN DE
PERSONAS JURÍDICAS

DRA. MARÍA ELENA PRESTI DANISI
DIRECTORA GENERAL DE INSPECCIÓN DE
PERSONAS JURÍDICAS

Resolución N 409 - Letra:A
Córdoba, 8 de Octubre de 2015
VISTO: El Expediente Nº 0007-120558/2015 mediante el cual la Entidad Civil denominada Asociación Civil Coro Voces de Esperanza, con asiento en la Ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba, solicita autorización para funcionar como Persona Jurídica.Y CONSIDERANDO:
Que conforme lo informado por el Área de Asociaciones Civiles, se ha verificado el cumplimiento de los requisitos legales, formales y fiscales exigidos.En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts. 148 inc.
b, 169, 174 y concordantes del Código Civil y Comercial de la Nación; y en uso de las facultades conferidas por los arts. 2, 10
y correlativos de la Ley 8652, LA DIRECCIÓN DE INSPECCIÓN
DE PERSONAS JURÍDICAS
RESUELVE:

Resolución N 406 - Letra:A

Artículo 1º: APROBAR el Estatuto Social de la Entidad Civil denominada Asociación Civil Coro Voces de Esperanza, con asiento en la Ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba.Artículo 2º: AUTORIZAR expresamente a la misma para actuar como Persona Jurídica.Artículo 3º: PROTOCOLICESE, notifíquese, publíquese en el Boletín Oficial, vuelva al Área de Asociaciones Civiles y Fundaciones para la inscripción en el registro pertinente y archívese.-

Resolución N 408 - Letra:A

Córdoba, 8 de Octubre 2015

Córdoba, 8 de Octubre 2015

VISTO: El Expediente Nº 0007-119465/2015, mediante el cual
Y VISTO: El Expediente Nº 0650-001309/2015 mediante el cual
DRA. MARÍA ELENA PRESTI DANISI
DIRECTORA GENERAL DE INSPECCIÓN DE
PERSONAS JURÍDICAS

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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 02/11/2015 - 1º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

CountryArgentina

Date02/11/2015

Page count8

Edition count4190

First edition01/02/2006

Last issue31/07/2024

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