Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 19/02/2013 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

CÓRDOBA, 19 de febrero de 2013

B OLETÍN OFICIAL - A ÑO C - T OMO DLXXVII - Nº 20

Primera Sección
13

DIRECCIÓN DE

INSPECCIÓN de PERSONAS JURÍDICAS
Resolución Nº 574 A

Córdoba, 18 de Diciembre de 2012

VISTO: El Expediente Nº 0007-099657/2012 mediante el cual la Entidad Civil denominada Asociación Civil Un Nuevo Arco Iris en Córdoba, con asiento en la Ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba, solicita autorización para funcionar como Persona Jurídica.Y CONSIDERANDO: Que conforme lo informado por el Area de Asociaciones Civiles, se ha verificado el cumplimiento de los requisitos legales, formales y fiscales exigidos.En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts. 33 segunda parte, inc. 1º-, 35, 45 primer párrafoy concordantes del Código Civil, y en uso de las facultades conferidas por los arts. 2, 10 y correlativos de la Ley 8652, LA DIRECCIÓN DE INSPECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º: APROBAR el Estatuto Social de la Entidad Civil denominada Asociación Civil Un Nuevo Arco Iris en Córdoba, con asiento en la Ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba.-

LA DIRECCIÓN DE INSPECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º: APROBAR el Estatuto Social de la Entidad Civil denominada FUNDACIÓN ECO
SUSTENTABLE, con asiento en la Ciudad de Brinkmann, Provincia de Córdoba.ARTÍCULO 2º: AUTORIZAR expresamente a la misma para actuar como Persona Jurídica.ARTÍCULO 3º: PROTOCOLICESE, notifíquese, publíquese en el Boletín Oficial, vuelva al Area de Asociaciones Civiles y Fundaciones para la inscripción en el registro pertinente y archívese.DRA. ANA MARÍA BECERRA
SUBSECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALES
A/C. DE INSPECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

Resolución Nº 570 A

ARTÍCULO 2º: AUTORIZAR expresamente a la misma para actuar como Persona Jurídica.ARTÍCULO 3º: PROTOCOLICESE, notifíquese, publíquese en el Boletín Oficial, vuelva al Area de Asociaciones Civiles y Fundaciones para la inscripción en el registro pertinente y archívese.DRA. ANA MARÍA BECERRA
SUBSECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALES
A/C. DE INSPECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

Resolución Nº 572 A

Córdoba, 18 de Diciembre de 2012

VISTO: El Expediente Nº 0007-099848/2012 mediante el cual la Entidad Civil denominada CENTRO DE VETERANOS DE GUERRA DE MALVINAS-PUNILLA SUR-Asociación Civil, con asiento en la Ciudad de Villa Carlos Paz, Provincia de Córdoba, solicita autorización para funcionar como Persona Jurídica.Y CONSIDERANDO: Que conforme lo informado por el Area de Asociaciones Civiles, se ha verificado el cumplimiento de los requisitos legales, formales y fiscales exigidos.En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts. 33 segunda parte, inc. 1º-, 35, 45 primer párrafoy concordantes del Código Civil, y en uso de las facultades conferidas por los arts. 2, 10 y correlativos de la Ley 8652, LA DIRECCIÓN DE INSPECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E:
ARTÍCULO 1º: APROBAR el Estatuto Social de la Entidad Civil denominada CENTRO DE
VETERANOS DE GUERRA DE MALVINAS-PUNILLA SUR-Asociación Civil, con asiento en la Ciudad de Villa Carlos Paz, Provincia de Córdoba.ARTÍCULO 2º: AUTORIZAR expresamente a la misma para actuar como Persona Jurídica.ARTÍCULO 3º: PROTOCOLICESE, notifíquese, publíquese en el Boletín Oficial, vuelva al Área de Asociaciones Civiles y Fundaciones para la inscripción en el registro pertinente y archívese.DRA. ANA MARÍA BECERRA
SUBSECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALES
A/C. DE INSPECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

Córdoba, 18 de Diciembre de 2012

VISTO: El Expediente Nº 0007-093403/2011 mediante el cual la Entidad Civil denominada Fundación ARAR agrupación de rehabilitación para adictos rehabilitados a la sociedad, con asiento en la Ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba, solicita autorización para funcionar como Persona Jurídica.Y CONSIDERANDO: Que conforme lo informado por el Area de Asociaciones Civiles, se ha verificado el cumplimiento de los requisitos legales, formales y fiscales exigidos.En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts. 33 segunda parte, inc. 1º-, 35, 45 primer párrafoy concordantes del Código Civil; Ley N 19.836, y en uso de las facultades conferidas por los arts. 2, 10 y correlativos de la Ley 8652, LA DIRECCIÓN DE INSPECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E:
ARTÍCULO 1º: APROBAR el Estatuto Social de la Entidad Civil denominada Fundación ARAR
agrupación de rehabilitación para adictos rehabilitados a la sociedad, con asiento en la Ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba.ARTÍCULO 2º: AUTORIZAR expresamente a la misma para actuar como Persona Jurídica.ARTÍCULO 3º: PROTOCOLICESE, notifíquese, publíquese en el Boletín Oficial, vuelva al Area de Asociaciones Civiles y Fundaciones para la inscripción en el registro pertinente y archívese.DRA. ANA MARÍA BECERRA
SUBSECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALES
A/C. DE INSPECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

Resolución Nº 569 A

Córdoba, 18 de Diciembre de 2012

VISTO: El Expediente Nº 0007-093343/2011 mediante el cual la Entidad Civil denominada EPAC
Electricistas Profesionales Asociados de Córdoba Asociación Civil, con asiento en la Ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba, solicita autorización para funcionar como Persona Jurídica.Y CONSIDERANDO: Que conforme lo informado por el Area de Asociaciones Civiles, se ha verificado el cumplimiento de los requisitos legales, formales y fiscales exigidos.En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts. 33 segunda parte, inc. 1º-, 35, 45 primer párrafoy concordantes del Código Civil, y en uso de las facultades conferidas por los arts. 2, 10 y correlativos de la Ley 8652, LA DIRECCIÓN DE INSPECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
RESUELVE:

Resolución Nº 571 A

Córdoba, 18 de Diciembre de 2012

VISTO: El Expediente Nº 0007-091836/2011 mediante el cual la Entidad Civil denominada FUNDACIÓN ECO SUSTENTABLE, con asiento en la Ciudad de Brinkmann, Provincia de Córdoba, solicita autorización para funcionar como Persona Jurídica.Y CONSIDERANDO: Que conforme lo informado por el Area de Asociaciones Civiles, se ha verificado el cumplimiento de los requisitos legales, formales y fiscales exigidos.En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts. 33 segunda parte, inc. 1º-, 35, 45 primer párrafoy concordantes del Código Civil; Ley N 19.836, y en uso de las facultades conferidas por los arts. 2, 10 y correlativos de la Ley 8652,
ARTÍCULO 1º:APROBAR el Estatuto Social de la Entidad Civil denominada EPAC Electricistas Profesionales Asociados de Córdoba Asociación Civil, con asiento en la Ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba.ARTÍCULO 2º: AUTORIZAR expresamente a la misma para actuar como Persona Jurídica.ARTÍCULO 3º: PROTOCOLICESE, notifíquese, publíquese en el Boletín Oficial, vuelva al Area de Asociaciones Civiles y Fundaciones para la inscripción en el registro pertinente y archívese.DRA. ANA MARÍA BECERRA
SUBSECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALES
A/C. DE INSPECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 19/02/2013 - 1º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

CountryArgentina

Date19/02/2013

Page count13

Edition count4176

First edition01/02/2006

Last issue11/07/2024

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