Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 14/02/2013 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

CÓRDOBA, 14 de febrero de 2013

ARTÍCULO 1.- DECLARAR de Interés Educativo el Quincuagésimo Curso de Rectores Hacia un Bicentenario en Justicia y Solidaridad 2010 2016; El desarrollo curricular de la escuela católica. Aportes para una Nueva Evangelización; el que organizado por el Consejo Superior de Educación Católica, se llevará a cabo entre los días 13 al 16 de febrero del año 2013, en la sede del Centro de Exposiciones de la Ciudad de Buenos Aires sito en la Ciudad Homónima.

Que el eje temático propuesto en esta nueva edición es El desarrollo curricular de la escuela católica. Aportes para una Nueva Evangelización, abordado a través de tutoriales, disertaciones, conferencias, plenarios relatos de experiencias en mesas de trabajo a cargo de referentes calificados, por lo que es propósito de este Ministerio declarar el Curso de Interés Educativo.

ARTÍCULO 2.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, notifíquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.

Por ello, los informes producidos y en uso de las atribuciones conferidas por Resolución Ministerial N 118/2006;

INGRESOS PÚBLICOS
Resolución Nº 53

Córdoba, 19 de Octubre de 2011

VISTO: El expediente Nº 0034-071925/2011, del registro de la Dirección General de Rentas.

PROF. DELIA M. PROVINCIALI
SECRETARIA DE EDUCACIÓN

Figueroa, Director de Jurisdicción Gestión de Deuda Judicial 11-017, para actuar en nombre de la Dirección General de Rentas, en forma conjunta o alternativa con el Director General, a los fines de la sustanciación del procedimiento de ejecución fiscal administrativa con control judicial, en virtud de lo dispuesto en la Ley Nº 9024 Título II y modificatoria.
Por ello, atento las actuaciones cumplidas, lo prescripto por los Artículos 10 1 y 10 10 de la Ley Nº 9024 y de acuerdo con lo dictaminado por el Área Legales de este Ministerio al Nº 769/11,
Que en las presentes actuaciones el Señor Director General de la citada Repartición propone a la Doctora María Daniela
ARTÍCULO 2º.- PROTOCOLÍCESE, notifíquese, comuníquese a la Dirección General de Personal y archívese.

PRESUPUESTO e INVERSIONES PÚBLICAS
Córdoba, 28 de diciembre de 2012

VISTO: El expediente Nº 0025-048823/2012 por el que se propicia la incorporación y modificación de partidas al Manual de Clasificaciones Presupuestarias.
Y CONSIDERANDO:
Que el inciso j del Artículo 17 de la Ley Nº 9086, establece como competencia de la Dirección General de Presupuesto e Inversiones Públicas: Determinar el plan de cuentas contable y clasificador presupuestario, que será único y de uso obligatorio para toda la administración
Que el Artículo 3º de la Resolución Nº 4/11 Compendio de Normas y Procedimientos de la Secretaría de Administración Financiera de este Ministerio, faculta a esta Dirección General a dictar en el marco de su competencia, las disposiciones que considere pertinentes para incorporar, ampliar, modificar y/o derogar las disposiciones contenidas en el TÍTULO I: SUBSISTEMA PRESUPUESTO.
Que asimismo, el Artículo 233 del Anexo A de la citada Resolución establece que toda incorporación, ampliación, modificación y/o derogación que cada Órgano Rector crea conveniente realizar, será incorporada a la norma, siguiendo las pautas determinadas en la misma.
Por ello, atento las actuaciones cumplidas, lo dictaminado por el Área Legales de este Ministerio al Nº 795 /12.
LA DIRECTORA GENERAL DE PRESUPUESTO
E INVERSIONES PÚBLICAS
R E S U E L V E:
ARTÍCULO 1º.- INCORPORAR en el Clasificador de Recursos Gasto y Glosario, aprobado por el Artículo 11 del Anexo A Capitulo III de la Resolución Nº 4/11 de la Secretaría de Administración Financiera, las siguientes partidas:
2990800 Fondo Infraestructura Para Municipios Y Comunas Establecido por Ley N 10.117 el fondo estará destinado a obras que contribuyan a la mejora de la infraestructura de agua y saneamiento, educativa, de la salud, de vivienda o vial de municipios y/o comunas en ámbitos urbanos o rurales. Se integrará con el
CR. EDUARDO J. GAUNA
SECRETARIO DE INGRESOS PÚBLICOS
MINISTERIO DE FINANZAS

ARTÍCULO 1º.- DESIGNAR a la Doctora María Daniela
DIRECCIÓN GENERAL DE

Resolución Nº 3

FIGUEROA D.N.I. Nº 27.351.194, Legajo Personal Nº 227.351.194, cargo: Director de Jurisdicción Gestión de Deuda Judicial 11-017 de la Dirección General de Rentas, para actuar en nombre de dicha Dirección General en forma conjunta o alternativa con el Director General a los fines de la sustanciación del procedimiento de ejecución fiscal administrativa con control judicial, en virtud de lo dispuesto en la Ley Nº 9024 Título II y modificatoria.

EL SECRETARIO DE INGRESOS PUBLICOS
RESUELVE:

Y CONSIDERANDO:

aporte obligatorio que deberán realizar los contribuyentes del Impuesto Inmobiliario Rural, equivalente al 2,1% de la base imponible de dicho gravamen.
11020500 Por Refinanciación Ley 9802
Plan de Refinanciación de Saldo de Deudas Consolidadas al 31
de mayo de 2010; que los municipios y comunas tengan con la Provincia de Córdoba generadas por los instrumentos y/u operatorias detallados en la mencionada Ley.
11020600

Acuerdo Global
Establecido por el Convenio Nº 25/03 Acuerdo Global 2003
ratificado por Ley Nº 9108 Pacto III y contemplado en la ley 9082
Plan de Refinanciación de Saldo de Deudas.
ARTÍCULO 2º.- INCORPORAR en el Clasificador de Erogaciones por Objeto del Gasto y glosario, aprobado por el Artículo 13 del Anexo A Capitulo III de la Resolución Nº 4/11 de la Secretaría de Administración Financiera, la siguiente partida:
1090000 Participación Porcentual Decreto 670/05
Atendiendo al Decreto del Poder Ejecutivo N 670 del año 2005
se establece que el monto total previsto en este ítem se corresponde con una asignación especial presupuestada para el pago del adicional remunerativo que se liquidará a todo el personal y funcionarios que se desempeñen en el APROSS. La asignación mensual se realizará dividiendo en 13 partes iguales el monto total
presupuestado; distribuyéndose entre todo el personal comprendido una cuota parte en la misma oportunidad de pago del salario mensual, y media cuota parte en cada liquidación de SAC.; teniendo en cuenta para ello el cumplimiento efectivo de sus funciones y demás obligaciones regladas por el APROSS. La asignación individual que así resulte no reconoce variabilidad por antigedad ni diferencias por jerarquías funcionales.
ARTÍCULO 3º.- SUSTITUIR en el Clasificador de Recursos aprobado por el Artículo 11 del Anexo A Capitulo III de la Resolución Nº 4/11 de la Secretaría de Administración Financiera, las siguientes partidas:
Donde dice:
1020200
2993600
22000000

Financiamiento Educativo Ley 9870 Art 115
Fondo Para Autovías Provinciales Variación De Otros Activos Y Pasivos
Debe decir:
1020200
2993600
22000000

Financiamiento Educativo Fondo Fijo Ley 9819
Variaciones Patrimoniales
ARTÍCULO 4º.- La presente Resolución tendrá vigencia desde el 28 diciembre de 2012.
ARTÍCULO 5º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese al Tribunal de Cuentas de la Provincia, a la Contaduría General de la Provincia, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
CRA. ÉLIDA CRISTINA RUIZ
DIRECTORA GENERAL DE
PRESUPUESTO E INVERSIONES PÚBLICAS
MINISTERIO DE FINANZAS

Y CONSIDERANDO:

MINISTERIO DE

FINANZAS
Resolución Nº 492

3

LA SECRETARIA DE EDUCACIÓN
RESUELVE:

educativa-formativa de todos los integrantes de la comunidad educativa; motivar la participación de directivos y docentes en el manejo de estrategias didácticas que garanticen la respuesta a las actuales demandas sociales y culturales; socializar experiencias de inclusión educativa ; y rescatar aquellas experiencias y fortalezas de la escuela católica, en sus pedagogías y quehaceres educativos, frente a circunstancias difíciles o adversas.

SECRETARÍA DE

Primera Sección
B OLETÍN OFICIAL - A ÑO C - T OMO DLXXVII - Nº 17

Córdoba, 28 de diciembre de 2012

VISTO: El Expediente Nº 0027-048822/2012 en el que se propicia establecer pautas de alcance general con relación a la Política de Sustentabilidad asumida por este Ministerio.

Que en el marco de trabajo que se viene desarrollando en el ámbito de esta Cartera de Estado en materia de Responsabilidad Social se considera necesario incrementar las medidas tendientes a la sostenibilidad económica, social y ambiental.
Que en el año 2011 se obtuvo la validación de Global Reporting Initiative GRI en relación al Primer Reporte de Sustentabilidad correspondiente al año 2010.
Que teniendo en cuenta los parámetros de trabajo establecidos

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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 14/02/2013 - 1º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

CountryArgentina

Date14/02/2013

Page count12

Edition count4190

First edition01/02/2006

Last issue31/07/2024

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