Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 02/05/2012 - 1º Sección

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BOLETÍN OFICIAL

votante, las que en ningún caso afectarán la validez del acto.Artículo 24.- REMISIÓN DE FAX, ACTAS, EQUIPO Y ÚTILES
ELECTORALES.
CLAUSURADO el acto comicial, el Presidente de Mesa deberá remitir a la Junta Electoral, vía fax, el telegrama de resultado del mismo. Las Actas suscriptas, los equipos y útiles electorales deberán ser introducidos en la urna, conjuntamente con los sufragios emitidos. Serán remitidos dentro de las 10 horas a la Junta Electoral, a cuyo cargo estará el escrutinio definitivo de los comicios.Artículo 25.- APODERADOS DE LISTAS.
LOS Apoderados de las listas habilitadas por la Junta Electoral, mediante la acreditación que se expida al efecto, podrán nominar Fiscales Generales o de Mesa, los que podrán suscribir las actas labradas por las autoridades de Mesa y fiscalizar los escrutinios provisorio y definitivo.Artículo 26.- FISCALIZACIÓN.
LOS Colegios de Abogados de la Provincia de Córdoba y la Asociación de Magistrados y Funcionarios de la Provincia de Córdoba, podrán designar veedores en la Junta Electoral a los fines de intervenir en la fiscalización del proceso eleccionario.
Artículo 27.- ESCRUTINIO DEFINITIVO.
LA Junta Electoral constituida tendrá a su cargo la realización del escrutinio definitivo del comicios; debiendo formular las comunicaciones de rigor.Artículo 28.- RECURSOS.
LAS decisiones que adopte la Junta Electoral serán apelables ante la Sala Electoral del Tribunal Superior de Justicia, la que se integrará con la presencia de los doctores Luis Enrique RUBIO, Domingo Juan SESÍN y Armando Segundo ANDRUET. Los recursos deberán interponerse en el término de dos días, concederse o denegarse inmediatamente, y resolverse en igual plazo. En los demás aspectos, serán de aplicación las normas pertinentes de la Ley Electoral Provincial Nº 9571 en cuanto resulten compatibles con la presente reglamentación.Artículo 29.- PROCLAMACIÓN
EL Tribunal Superior de Justicia procederá a la proclamación de los electos, otorgará los respectivos diplomas y formulará las comunicaciones oficiales.Artículo 30.- NORMAS SUPLETORIAS
EN todos los aspectos no previstos en la presente reglamentación, serán de aplicación supletoria la Ley Electoral Provincial Nº 9571 y el Decreto Nº 2180/99, en cuanto resulten compatibles.Artículo 31.- PUBLICIDAD.
PUBLÍQUESE la presente convocatoria por el término de tres 3 días en el Boletín Oficial de la Provincia. Comuníquese a la Federación de Colegios de Abogados de la Provincia, a los distintos Colegios de Abogados; Asociación de Magistrados y Funcionarios de la Provincia de Córdoba, a las áreas y oficinas aludidas y a las Delegaciones de Administración del interior de la Provincia.
Cúrsese nota de estilo con copia del presente acuerdo a la Sra.
Ministra de Justicia de la Provincia y al Consejo de la Magistratura.
Incorpórese en la página Web del Poder Judicial y dese la más amplia difusión periodística.Con lo que terminó el acto que previa lectura y ratificación de su contenido, firman el señor Presidente y los Señores Vocales con la asistencia del señor Administrador General del Poder Judicial, Dr. Gustavo Argentino PORCEL de PERALTA.

RESOLUCIONES SINTETIZADAS
MINISTERIO DE JUSTICIA
DIRECCION DE INSPECCION DE
PERSONAS JURIDICAS
RESOLUCION N 029. 15/02/2012. Según Expediente N 0007-095183/2011. DESIGNAR como Comisión Normalizadora de la Entidad Civil denominada AGRUPACIÓN GAUCHA CANARIO
PERALTA DE ONCATIVO, con sede legal en la Ruta Nacional N9-Km 630, Ciudad de Oncativo, Provincia del Córdoba, a los Señores: Ricardo José FRANCO, D.N.I. N 11.378.027, José Alberto GOMEZ, D.N.I. N
26.481.991, Rinaldo Bruno CITTADINI, D.N.I. N
5.070.843, como integrantes de la misma, quienes deberán tomar posesión del cargo, suscribiendo un acta ante el Departamento Asociaciones Civiles y Fundaciones de esta Dirección.AUTORIZAR su funcionamiento por el término de sesenta 60 días hábiles, plazo en el cual deberá convocar a Asamblea General Ordinaria que trate los ejercicios vencidos y elija las autoridades de la entidad, garantizando la amplia participación de la masa societaria y respetando las normas estatutarias en vigencia.RESOLUCION N 030. 15/02/2012. Según Expediente N 0007-088467/2010. DESIGNAR como Comisión Normalizadora de la Entidad Civil denominada NATATORIO EL CHICHE-ASOCIACION
CIVIL sede legal en la Localidad de Los Surgentes, Provincia del Córdoba, a los Señores: Cristián Pablo VACCARINI, D.N.I. N 23.052.330, Mirco Renato TESTA, D.N.I. N 22.867.617, Germán Darío OSELLAME, D.N.I.
N 24.986.835, como integrantes de la misma, quienes deberán tomar posesión del cargo, suscribiendo un acta ante el Departamento Asociaciones Civiles y Fundaciones de esta Dirección.-AUTORIZAR su funcionamiento por el término de sesenta 60 días hábiles, plazo en el cual deberá convocar a Asamblea General Ordinaria que trate los ejercicios vencidos y elija las autoridades de la entidad, garantizando la amplia participación de la masa societaria y respetando las normas estatutarias en vigencia.RESOLUCION N 031. 15/02/2012. Según Expediente N 0007-081626/2010. DESIGNAR como Comisión Normalizadora de la Entidad Civil denominada JOCKEY CLUB GENERAL PAZ, con sede legal en Estación General Paz, Provincia del Córdoba, a los Señores: Jorge Alfredo OLIVO, D.N.I.
N 10.553.229, Oscar Armando REYNA, D.N.I. N
7.958.828, Juan Carlos ABREGU, D.N.I. N 6.379.420, como integrantes de la misma, quienes deberán tomar posesión del cargo, suscribiendo un acta ante el Departamento Asociaciones Civiles y Fundaciones de esta Dirección. AUTORIZAR su funcionamiento por el término de sesenta 60 días hábiles, plazo en el cual deberá convocar a Asamblea General Ordinaria que trate los ejercicios vencidos y elija las autoridades de la entidad, garantizando la amplia participación de la masa societaria y respetando las normas estatutarias en vigencia
DR. CARLOS FRANCISCO GARCÍA ALLOCCO
VOCAL

RESOLUCION N 032. 15/02/2012. Según Expediente N 0007-095399/2011. DESIGNAR como Comisión Normalizadora de la Entidad Civil denominada FUNDACION CITA CON LA VIDA, con sede legal en la Ciudad de Córdoba, Provincia del Córdoba, a los Señores: Cristian Javier ROSSI, D.N.I.
N 25.141.069; Luis Alfredo BELART, D.N.I. N
10.770.392; y Pablo Gustavo CZYRGNA, D.N.I. N
23.791.092; como integrantes de la misma, quienes deberán tomar posesión del cargo, suscribiendo un acta ante el Area Asociaciones Civiles y Fundaciones de esta Dirección.- AUTORIZAR su funcionamiento por el término de sesenta 60 días hábiles, plazo en el cual deberá convocar a Asamblea General Ordinaria que trate los ejercicios vencidos y elija las autoridades de la entidad, garantizando la amplia participación de la masa societaria y respetando las normas estatutarias en vigencia, debiendo adecuar su funcionamiento a lo normado por la Resolución General N088/2009 de esta Dirección de Inspección de Personas Jurídicas.-

DR. GUSTAVO ARGENTINO PORCEL DE PERALTA
ADMINISTRADOR GENERAL DEL PODER JUDICIAL

RESOLUCION N 033. 15/02/2012. Según Expediente N 0007-083748/2010. APROBAR la
DR. DOMINGO JUAN SESIN
P RESIDENTE
DRA. MARÍA ESTHER CAFURE DE BATTISTELLI
VOCAL
DR. LUIS ENRIQUE RUBIO
VOCAL
DR. ARMANDO S. ANDRUET H
VOCAL
DRA. MARÍA DE LAS M. BLANC G. DE ARABEL
VOCAL

CÓRDOBA, 2 de mayo de 2012

Reforma del Estatuto Social, modificando los arts. N
12, 15, 25, 49, 50, 68 y 76, sancionada en Asamblea General Extraordinaria de fecha 9 de Junio de 2010
de la Entidad RADIO CLUB SAN FRANCISCO,CUIT
N 30-66917106-0, con asiento en la Ciudad de San Francisco, Provincia de Córdoba. DECLARAR
subsistente la Personería Jurídica otorgada por Resolución N 069 A /1988, de fecha 03 de Mayo de 1988RESOLUCION N 034. 15/02/2012. Según Expediente N 0007-089821/2011. APROBAR la Reforma del Estatuto Social, modificando los arts.
7, 8,16,18, 30 y 34 sancionada en Asamblea General Ordinaria de fecha 15 de Abril de 2011
ASOCIACIÓN CIVIL CAFETO, CUIT N3071207093-1,con asiento en la Ciudad de Oncativo, Provincia de Córdoba .-DECLARAR subsistente la Personería Jurídica otorgada por Resolucion N 128
A/2008, de fecha 31 de Marzo de 2008.RESOLUCION N 049. 22/02/2012. Según Expediente N 0007-095331/2011. RECTIFIQUESE
la Resolución N 519A/011 de fecha 02 de Diciembre de 2011, en donde dice:
MUNICIPALIDAD DE VILLA NUEVA debe decir MUNICIPALIDAD DE CORDOBA.RESOLUCION N 093. 20 MAR 2012.Segun Expediente N 0007-095499/2011. Referida a la Entidad Civil denominada FUNDACION MARIA
IGNACIA NAVARRO DE LABAT. Se ha dispuesto:
RECHAZAR el planteo de nulidad deducido en estas actuaciones administrativas por resultar abstracto.
RESOLUCION N 102. 21 MAR 2012.Segun Expediente N 0007-081206/2009. Referidas a la Asociación Civil CENTRO DE JUBILADOS Y
PENSIONADOS Y BIBLIOTECA SANTA MONICA.
Propiciar ante la Señora Ministro de Justicia y Derechos Humanos la designación de un Interventor liquidador en la referida entidad, pudiendo recaer la misma en la persona del Cdor. JORGE OMAR
VALFRE, M.I. 12.510.236, salvo mejor criterio de la superioridad.
RESOLUCION N 103. 21 MAR 2012.Segun Expediente N 0007-084197/2010. Referidas a la Asociación Civil UNA LUZ EN EL CAMINO Propiciar ante la Señora Ministro de Justicia y Derechos Humanos la designación de un Interventor liquidador en la referida entidad, pudiendo recaer la misma en la persona del Cdor. JORGE OMAR VALFRE, M.I.
12.510.236, salvo mejor criterio de la superioridad.
RESOLUCION N 104. 21 MAR 2012.Segun Expediente N 0007-085521/2010. Referidas a la Asociación Civil ASOCIACIÓN DE TURISMO
ALTERNATIVO DE CORDOBA ASOCIACIÓN CIVL APTAC Propiciar ante la Señora Ministro de Justicia y Derechos Humanos la designación de un Interventor liquidador en la referida entidad, pudiendo recaer la misma en la persona de la Dra. VIRGINIA
GREZZANA, M.I. 05.660.984, salvo mejor criterio de la superioridad.
RESOLUCION N 105. 21 MAR 2012.Segun Expediente N 0007-085864/2010. referidas a la ASOCIACIÓN CIVIL DE JUBILADOS NACIONALES
DE LA PROVINCIA DE CORDOBA Propiciar ante la Señora Ministro de Justicia y Derechos Humanos la designación de un Interventor liquidador en la referida entidad, pudiendo recaer la misma en la persona de la Dra. VIRGINIA GREZZANA, M.I.
5.660.984, salvo mejor criterio de la superioridad.
RESOLUCION N 106. 21 MAR 2012.Segun Expediente N 0007-079855/2009. referidas a la Asociación Civil ASOCIACIÓN CIVIL AMIGOS DEL
CERRO COLORADO CORDOBA Y NORTE
ARGENTINO A.C.A.C.C.C.N.A Propiciar ante la Señora Ministro de Justicia y Derechos Humanos la designación de un Interventor liquidador en la referida entidad, pudiendo recaer la misma en la persona del Cdor. JORGE OMAR VALFRE, M.I.
12.510.236, salvo mejor criterio de la superioridad.

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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 02/05/2012 - 1º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

CountryArgentina

Date02/05/2012

Page count8

Edition count4176

First edition01/02/2006

Last issue11/07/2024

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