Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 27/09/2006 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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VIENE DE TAPA

de la cual los títulos generan inscripción provisoria, N
503/69 exclusiones para el cómputo del plazo de inscripciones provisorias, N 569/70 protocolo de preanotaciones hipotecarias, N 570/70 certificados para preanotaciones hipotecarias, N 124/75 loteos, N 1176/75 prórrogas, N 12/76 notificación de observaciones, N 54/81 expedición de certificados.
Resoluciones Generales: N 1/75 loteos, N 1/76
cancelaciones, N 4/76 prehorizontalidad, N 6/76
certificado catastral, N 1/77 notificación observaciones, N 2/77 registración de documentos judiciales, N 4/77
caducidades, N 5/77 informe al momento del ingreso, N 1/81 certificados para otra jurisdicción, N 4/81
conversión, N 6/81 actuación registral, N 8/81 plazos para expedir certificaciones, N 10/81 refinanciaciones, N 3/82 indisponibilidad de bienes británicos: perdió vigencia, N 4/82 informes y certificados, N 7/83
servidumbres administrativas electroducto, N 9/83
caducidades, N 10/83 caducidades, N 11/83
caducidades, N 16/83 refinanciaciones hipotecas, N
7/84 aportes sociedades comerciales, N 1/85
asentimiento conyugal, N 14/85 servidumbres administrativas gasoducto, N 6/86 mensuras parciales, N 3/87 medidas cautelares, N 7/87 sociedades conyugales disueltas, N 1/88 usufructo, N 12/88
informes y certificados, N 14/88 medidas cautelares, N 15/88 universalidades jurídicas, N 16/88 rogación, N 17/88 contenido de peticiones, N 19/88 segundos testimonios, N 21/88 folios personales, N 22/88
oponibilidad de inhibiciones, N 26/88 unión o anexión, N 28/88 incorporación de inmuebles, N 29/88
registración parcial, N 1/89 prehorizontalidad, N 4/89
uniones o anexiones, N 8/89 embargos en servidumbres personales, N 9/89 huelgas, N 11/89
inembargabilidad en Banco Hipotecario Nacional, N 6/
90 caducidades, N 13/90 matrículas, N 14/90
formularios normatizados, N 2/91 matrículas, N 7/91
fichón, N 1/93 anotación preventiva para subasta, N
2/93 tracto abreviado, N 5/94 adquisición por divorciados, N 6/94 mandatos, N 3/95 servidumbres por instrumento judicial, N 7/95 los sábados son días inhábiles, N 8/95 horario de atención, N 1/96 fugas, N 2/96 medidas cautelares, N 1/97 dominio fiduciario, N 5/97 calificación, N 8/97 asentimiento conyugal, N 9/97 inscripción urgente Banco Hipotecario, N 10/97 autorizaciones judiciales, N
11/97 mandatos, N 12/97 parques industriales, N
13/97 inscripción urgente entidades financieras, N
15/97 tracto abreviado, N 16/97 adjuntar informe para inscripción, N 17/97 mandatos, N 18/97 pedidos de gravámenes, N 19/97 divorcios, N 20/97 planos, N 21/97 prórrogas, N 22/97 cancelación cautelares, N 23/97 publicidad directa, N 25 y N 26/97 plazos de informes, N 27/97 caducidades, N 28/97
cancelación certificados, N 29/97 matriculas, N 30/
97 rechazo informes, N 31/97 rechazo cautelares, N 1/98 notificación medidas cautelares, N 4/98
observación y rechazo medidas cautelares, N 7/98
planos, N 11/98 letras hipotecarias, N 12/98 medidas cautelares, N 13/98 usucapión, N 14/98 publicidad directa, N 16/98 reserva de prioridad, N 17/98 fugas registrales, N 18/98 calificación registral, N 19/98
vigencia anotación preventiva subasta, N 20/98
matrículas, N 21/98 publicidad directa, N 22/98
precalificación, N 23/98 fugas registrales, N 24/98
medidas cautelares en universalidades jurídicas, N 28/
98 planos, N 29/98 búsquedas, N 30/98 cancelación gravámenes por Banco Hipotecario, N 31/98 countries, N 32/98 cédula de dominio, N 33/98 cancelaciones parciales hipotecas, N 34/98 matrículas, N 35/98
certificación catastral para someten a propiedad horizontal, N 37/98 matrícula, N 38/98 matrícula, N 40/98
reconstrucción de folios, N 43/98 reconstrucción de folios, N 5/99 fecha de inscripción de letras hipotecarias, N 12/99 certificado catastral, N 14/99 administradores de propiedad horizontal, N 15/99 medidas cautelares, N 21/99 búsquedas, N 22/99 sector nuevas formas de dominio: no se implementó, N 25/99 caducidades, N 27/99 reconstrucción de folios, N 28/99

B OLETÍN O FICIAL

Córdoba, 27 de septiembre de 2006

modificaciones de hipotecas, N 30/99 certificado catastral, N 31/99 informes y certificados, N 32/99
inhibiciones en concursos, N 12/00 caducidad, N 13/
00 expropiaciones, N 14/00 leasing, N 30/02 registro de alquileres y garantías, N 4/01 informes búsquedas, N 5/01 caducidades, N 5/02 medidas cautelares, N
6/02 prórrogas, N 8/02 reconstrucción de folios, N 9/
02 tracto abreviado en subastas, N 10/02 prórrogas, N 11/02 certificado catastral, N 13/02 búsquedas, N
14/02 informes, N 15/02 rectificaciones, N 17/02
certificados catastrales, N 19/02 informes, N 21/02
medidas cautelares, N 22/02 informes, N 23/02
registro personal de concursos y quiebras, N 25/02
usufructo, N 26/02 comunicación de subasta, N 28/
02 condenados a más de 3 años, N 29/02 a excepción del articulo 3 que se refiere a tasas búsquedas, N 31/02
impugnación de subasta, N 32/02 condenados a más de 3 años, N 38/02 condenados a mas de 3 años, N
42/02 condenados a más de 3 años, N 43/02 medidas cautelares, N 47/02 condenados a más de 3 años, N
49/02 registro de herederos declarados, N 51/02 informe a la fecha de ingreso, N 52/02 contralor de pagos de tasas, N 1/03 registro de inmuebles subastados, N 2/
03 registro de propietarios de vivienda única, N 4/03
litis, N 5/03 nuevo formulario A, N 6/03 comunicación de subasta, N 9/03 formulario A, N 10/03 medidas cautelares, N 11/03 declaraciones juradas registro de poseedores, N 12/03 toma a cargo hipotecas, N 17/03
digesto registral, N 19/03 usucapión, N 20/03
usucapiones, N 01/04 inembargabilidad del usufructo, N 7/04 informes, N 8/04 presunción juris tantum en asientos convertidos a folio real, N 9/04 prórrogas, N
13/04 caducidad anotaciones hipotecarias, N 14/04
aportes a sociedades en formación y toda otra norma o resolución que se oponga al presente reglamento. -

de anotación correspondiente a él o los cesionarios con registraciones vigentes al momento de la expedición de la solicitud.

ARTÍCULO TERCERO: La presente resolución entrará en vigencia a partir del día dieciséis de octubre de dos mil seis 16-10-2006.-

a en caso de sociedades anónimas la búsqueda se efectuará por las voces SOCIEDAD ANÓNIMA y S.A.;

ARTÍCULO CUARTO: Protocolícese, publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia, dése copia y archívese.DRA. MARÍA CRISTINA CÁCERES DE DNKLER
DIRECTORA GENERAL
REGISTRO GENERAL DE LA PROVINCIA

Informes de búsqueda y previa búsqueda 3.1. Las búsquedas de titularidades de inmuebles, incluso las solicitadas para anotar embargos previa búsqueda artículo 539 Código Procesal Civil y Comercial de la Provincia de Cordoba, serán procesados en base a la información proporcionada por el índice de titularidades incorporados a los sistemas informáticos.
Cuando los tribunales lo indicaren expresamente o los peticionantes lo pidieren de manera expresa, la búsqueda se retrotraerá hasta 1935 o desde el inicio de la existencia de la persona física o jurídica sobre la que se solicita la información, excepto en los supuestos de quiebras.
3.2. Las informaciones de búsquedas previas para la anotación de gravámenes se realizarán considerando únicamente a las personas consignadas en el formulario D, con prescindencia de las expresadas en el anexo 4. En caso de dudas sobre el orden de formulación de los nombres y apellidos de las personas, se considerará que primero se indicó el apellido y luego los nombres.
El uso de ciertas abreviaturas para la designación de personas jurídicas, como por ejemplo S.A. por sociedad anónima, Cía. por compañía, Hnos. por hermanos o Ltda. por limitada, no será causal para la observación o rechazo de la solicitud; a tal efecto, el Registro practicará la búsqueda previa para la anotación de gravámenes según las siguientes pautas:

b en caso de personas jurídicas que incluyan en su denominación social la expresión: y compañía o compañía la búsqueda se efectuará por las voces COMPAÑÍA y CIA.;
c en caso de personas jurídicas que incluyan en su denominación social la expresión: hermanos la búsqueda se efectuará por las voces HERMANOS y HNOS.;

REGLAMENTO REGISTRAL
d en caso de personas jurídicas que incluyan en su denominación social la expresión: y limitada o limitada la búsqueda se efectuará por las voces LIMITADA y LTDA.;

CAPÍTULO I - CERTIFICADOS E INFORMES Y
PUBLICIDAD DIRECTA
Manera de contar los plazos 1.1. La reserva de prioridad con motivo de la solicitud de los certificados registrales comenzará a computarse a partir del momento de su presentación en este Registro, conforme al procedimiento interno marcado con asiento en el Diario de Ingreso, produciéndose también desde ese instante el bloqueo registral.
1.2. Se publicitará el estado jurídico de los bienes y de las personas según las constancias registrales hasta el momento de su presentación.
1.3. El plazo de validez de los certificados registrales se computará a partir de la expedición de dicho documento, momento desde el cual comenzará a contarse el plazo para la celebración del acto jurídico tenido en miras al solicitar el certificado en cuestión.
Contestación cuando universalidades jurídicas
hubiere
cesiones
en
2. Cuando en el folio real o cronológico se hubiere consignado nota vinculante remitiendo a folios personales en ocasión de anotación de cesiones en universalidades jurídicas, en las contestaciones de los informes y certificados se consignarán los nombres, número de documento nacional de identidad y el diario
e en caso de personas jurídicas que incluyan en su denominación social la expresión: sociedad colectiva la búsqueda se efectuará por las voces SOCIEDAD
COLECTIVA y SOC. COLECTIVA;
f en caso de personas jurídicas que incluyan en su denominación social la expresión: asociaciones la búsqueda se efectuará por las voces ASOCIACIONES y ASOC.;
g en caso de personas jurídicas que incluyan en su denominación social la expresión: fundación la búsqueda se efectuará por las voces FUNDACIÓN y FUND..
3.3. Serán rechazadas las solicitudes de búsquedas que no satisfagan los siguientes requisitos:
a no se indique el motivo del pedido;
b no conste la firma y sello cuando corresponda del peticionante;
c no se identifiquen precisamente las personas físicas sobre las que se solicita la búsqueda, indicando nombre y apellido completos y tipo y número de documento de identidad. Ante la más mínima duda

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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 27/09/2006 - 1º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

CountryArgentina

Date27/09/2006

Page count14

Edition count4177

First edition01/02/2006

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