Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 05/09/2006 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

1

SECCIÓN

AÑO XCIV - TOMO D - Nº 147
CORDOBA, R.A. MARTES 5 DE

PUBLICACIONES

DE

GOBIERNO

SETIEMBRE DE 2006

www.boletinoficialcba.gov.ar E-mail: boletinoficialcba@cba.gov.ar
RESOLUCIONES

Declaran de Interés Educativo el 6to Congreso Regional de Educación:
Los Desafíos del Tercer Milenio: Comprensión y Motivación en la Escuela MINISTERIO DE EDUCACIÓN
SECRETARÍA DE EDUCACIÓN
RESOLUCION Nº 634
Córdoba, 28 de Agosto de 2006
VISTO: Las actuaciones presentadas por la Comisión de Educación de la Oficina del Senador de la Nación, Cr. Roberto D. Urquía y la Fundación Educando, donde se solicita declarar de Interés Educativo el 6to. Congreso Regional de Educación: Los Desafíos del Tercer Milenio:
Comprensión y motivación en la Escuela, que bajo la organización de las citadas instituciones se llevará a cabo los días 29 y 30 de septiembre de 2006, en la ciudad de General Deheza;
Y CONSIDERANDO:
Que los objetivos propuestos pretenden generar un
espacio de reflexión sobre la práctica para socializar el conocimiento creado, concientizar acerca de las inteligencias múltiples que poseemos, como herramientas disponibles para el aprendizaje solidario y comprometer a los docentes con el protagonismo que genera un clima de aprendizaje óptimo y favorable para el alumno.
Que tanto la temática seleccionada como el nivel y la experiencia de los disertantes posibilitarán que los participantes puedan revisar y mejorar sus prácticas, permitiendo un crecimiento y desarrollo profesional.
Que este Ministerio no puede permanecer ajeno a este importante acontecimiento, por lo que se estima conveniente en esta instancia acceder a lo solicitado.
Por ello, los informes producidos y en uso de las
MINISTERIO DE FINANZAS
SECRETARÍA DE INGRESOS PÚBLICOS
DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
RESOLUCIÓN NORMATIVA N 25
Córdoba, 1º de Setiembre 2006
VISTO: El Artículo 32 del Decreto N 443/2004 y modificatorio B.O. 31-05-04 y la Resolución Normativa N 1/04 y modificatorias B.O. 24-09-04;
Y CONSIDERANDO:
QUE por Resoluciones Normativas N 20 y Nº 21, modificatorias de la Resolución Normativa N 1/2004 de esta Dirección, se estableció la vigencia del nuevo Aplicativo SiLARPIB.CBA, reglamentando sus funcionalidades y a la vez se adecuó las formalidades a cumplimentar por
parte de los Agentes previstas en la Sección 1 del Capítulo 3 del Título IV de la Resolución Normativa N 1/2004 y modificatorias.
QUE resulta conveniente generalizar el uso de dicho aplicativo para todo el universo de Agentes de Retención, Recaudación y/o Percepción previsto en el Artículo 219 1 de la Resolución Normativa 1/2004 y modificatorias en virtud de facilitar el cumplimiento de sus obligaciones fiscales.
QUE es necesario adecuar el Artículo 314 de la Resolución Normativa mencionada a efectos de precisar los casos incluidos en
el Artículo 32 del Decreto N 443/
04 y modificatorio.
POR ELLO, atento lo dispuesto por los Artículos 18 y 37
del Código Tributario Provincial vigente, Ley Nº 6006 - T.O. 2004 y modificatorias, y en el Artículo 53
del Decreto Nº 443/04, EL DIRECTOR GENERAL
DE LA DIRECCIÓN GENERAL
DE RENTAS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- MODIFICAR la Resolución Normativa Nº 1/2004
y modificatorias, publicada en el Boletín Oficial de fecha 24-09-04, de la siguiente manera:
1 SUSTITUIR el punto 3 del Artículo 219 2, por el siguiente:
3 Para el Resto de Agentes:
deberá utilizarse a partir del 01-

atribuciones conferidas por la Resolución Ministerial Nº 118/06;
EL SECRETARIO DE EDUCACIÓN
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- DECLARAR de Interés Educativo el 6to. Congreso Regional de Educación: Los Desafíos del Tercer Milenio: Comprensión y motivación en la Escuela, que bajo la organización de la Comisión de Educación de la Oficina del Senador de la Nación, Cr. Roberto D. Urquía y la Fundación Educando se llevará a cabo los días 29 y 30
de septiembre de 2006, en la ciudad de General Deheza.ARTÍCULO 2º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.DR. CARLOS A. SÁNCHEZ
SECRETARIO DE EDUCACIÓN

10-2006. Para los periodos Setiembre/2006 y anteriores que no se hubieren presentado y/o pagado, podrán hacerlo excepcionalmente por el Sistema SIBCBA hasta el 31-10-2006. Con posterioridad a esta última fecha sólo deberá efectuarse la presentación y/o pago con el nuevo sistema SiLARPIB.CBA.
2 SUSTITUIR el primer párrafo del Artículo 314 por el siguiente:
ARTÍCULO 314º.- Las sumas percibidas indebidamente originadas en devoluciones, bonificaciones, descuentos, quitas o rescisiones de operaciones, o en operaciones efectuadas con sujetos no pasibles establecidos en el Artículo 22 del Decreto Nº 443/04
y modificatoriodeberán ser respaldadas por la nota de crédito correspondiente y/o la constancia
de anulación de percepción, total o parcial, que deberá contener los requisitos establecidos en los Artículos 296º, 297º, 300º, 301 y 305º de la presente norma.
ARTÍCULO 2º.- PROTOCOLÍCESE, PUBLÍQUESE en el Boletín Oficial, pase a conocimiento de los Sectores pertinentes y ARCHÍVESE.

CR. ALFREDO LALICATA
DIRECTOR GENERAL
DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS

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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 05/09/2006 - 1º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

CountryArgentina

Date05/09/2006

Page count3

Edition count4173

First edition01/02/2006

Last issue05/07/2024

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