Boletín Oficial de la República Argentina del 11/02/2016 - Primera Sección

Versione di testo Cosa è?Dateas è un sito indipendente non affiliato a entità governative. La fonte dei documenti PDF che pubblichiamo qui è l'entità governativa indicata in ciascuno di essi. Le versioni in testo sono trascrizioni che realizziamo per facilitare l'accesso e la ricerca di informazioni, ma possono contenere errori o non essere complete.

Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Jueves 11 de febrero de 2016
Art. 11. Las designaciones en los cargos aludidos en los artículos 1 a 7 del presente Decreto, deberán ser cubiertos conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII, y IV del SISTEMA
NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO SINEP, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA 180
días hábiles contados a partir de la fecha de la presente medida.
Art. 12. El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto será atendido con cargo a las partidas específicas del presupuesto vigente de la Jurisdicción 20-16 CONSEJO NACIONAL DE COORDINACION DE POLITICAS SOCIALES de la PRESIDENCIA DE LA
NACION.
Art. 13. Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO
OFICIAL y archívese. MACRI. Carolina Stanley.

AUTORIDAD DECUENCA
MATANZA RIACHUELO

MINISTERIO
DECOMUNICACIONES

efectiva devolución, de acuerdo con la tasa y la modalidad que allí se establece.

Decreto 334/2016

Que en virtud de lo expuesto, y teniendo en cuenta el requerimiento formulado por la Provincia de JUJUY, así como su participación en el Régimen de Coparticipación Federal de Impuestos, corresponde otorgar el mentado anticipo, cuya devolución operará dentro del presente ejercicio fiscal, con el fin de cubrir dificultades financieras transitorias.

Designación.

Bs. As., 10/02/2016
VISTO, el artículo 99, inciso 7 de la CONSTITUCION NACIONAL.
EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1 Desígnase como Jefe de Gabinete de Asesores del MINISTERIO DE
COMUNICACIONES al señor Raúl Adolfo RIPA D.N.I. N 10.683.225, con rango y jerarquía de Secretario.
Art. 2 Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO
OFICIAL y archívese. MACRI. Oscar R.
Aguad.

Decreto 332/2016
Desígnanse representantes del Poder Ejecutivo Nacional.

MINISTERIO DEHACIENDA
YFINANZAS PÚBLICAS

Bs. As., 10/02/2016

Decreto 335/2016

VISTO la Ley N 26.168 y sus modificatorios, los Decretos N13 del 10 de diciembre de 2015, N232 del 22 de diciembre de 2015 y N223 del 19 de enero de 2016, y
Dispónese adelanto financiero a la Provincia de Jujuy.

CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley N26.168 y sus modificatorios se creó la AUTORIDAD DE CUENCA MATANZA RIACHUELO ACUMAR.

VISTO el Expediente N S01: 0007990/2016
del Registro del MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS, la Ley N 11.672, Complementaria Permanente de Presupuesto t.o. 2014 y la Ley N23.548 y sus modificaciones, y
Que a través del Decreto N 232/2015 se aprobó la estructura orgánica funcional del MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE, contemplando dentro de su órbita a la Autoridad Cuenca Matanza Riachuelo ACUMAR, designando en su lugar a nuevos representantes de la Jurisdicción.
Que ha tomado la debida intervención la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la citada Jurisdicción.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas al PODER EJECUTIVO NACIONAL por los artículos 99, incisos 1 y 7, de la CONSTITUCIÓN
NACIONAL y el artículo 2 de la Ley 26.168
y sus modificatorios.
Por ello, EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1 Desígnase representantes del PODER EJECUTIVO NACIONAL ante la AUTORIDAD DE CUENCA MATANZA RIACHUELO
ACUMAR, al Señor SERGIO GUSTAVO FEDEROVISKY D.N.I. N14.902.544, al Señor JULIO
RICARDO TORTI D.N.I. N11.956.090, y al Señor IVAN CARLOS DAGOBERTO KERR D.N.I.
N25.597.686.
Art. 2 Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. MACRI. Sergio A. Bergman.

Que el Artículo 56 de la Ley N 11.672, Complementaria Permanente de Presupuesto t.o. 2014 dispone, entre otras cuestiones, que la SECRETARÍA DE HACIENDA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 70 in fine de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N24.156 y sus modificaciones, afectará la Coparticipación Federal de Impuestos de aquellas Provincias y/o Municipios que mantengan deudas con el TESORO
NACIONAL.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE HACIENDA Y
FINANZAS PÚBLICAS ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades otorgadas por el Artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN
NACIONAL y el Artículo 124 de la Ley N 11.672, Complementaria Permanente de Presupuesto t.o. 2014.
Por ello,
Bs. As., 10/02/2016

Que el artículo 2 de la mencionada Ley modificado por el Decreto N 223/2016, contempla que dicho Ente estará integrado por el titular del MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE, quien ejercerá la presidencia. Asimismo, establece que los restantes integrantes serán TRES 3 representantes del Poder Ejecutivo Nacional, DOS 2 representantes de la Provincia de Buenos Aires, y DOS 2
representantes de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

BOLETIN OFICIAL Nº 33.314

CONSIDERANDO:
Que el Gobierno de la Provincia de JUJUY se ve impedido, en forma transitoria, de atender financieramente los compromisos más urgentes derivados de la ejecución de su presupuesto de gastos y amortización de deudas.
Que en función de ello, resulta necesario procurar soluciones inmediatas a las dificultades financieras transitorias por las que atraviesa la Provincia.
Que el Artículo 124 de la Ley N11.672, Complementaria Permanente de Presupuesto t.o. 2014, autoriza al ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS actual MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS, a acordar a las Provincias y al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, anticipos a cuenta de las respectivas participaciones en el producido de los Impuestos Nacionales sujetos a distribución o de los montos previstos en el Compromiso Federal.
Que conforme a la norma reseñada en el considerando anterior, dichos anticipos deberán ser reintegrados dentro del mes de su otorgamiento, mediante la retención del producido de los mismos impuestos coparticipados.
Que, por su lado, el citado artículo dispone que el PODER EJECUTIVO NACIONAL, con opinión favorable del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
PÚBLICAS, podrá ampliar dicho plazo de devolución, sin exceder el ejercicio fiscal en que se otorgue.
Que, asimismo, la norma en trato dispone que los montos anticipados devengarán intereses sobre saldos, desde la fecha de su desembolso hasta la de su
EL PRESIDENTE
DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1 Dispónese otorgar, a través de la SECRETARÍA DE HACIENDA dependiente del MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS, un adelanto financiero a la Provincia de JUJUY, por hasta la suma total de PESOS QUINIENTOS MILLONES
$500.000.000.
Art. 2 Facúltase a la SECRETARÍA DE
HACIENDA a disponer la cancelación de los anticipos otorgados con más los intereses que se devenguen, la que se efectuará mediante la afectación de la respectiva participación en el Régimen de la Ley N23.548 y sus modificaciones, o el que lo sustituya y en otros recursos coparticipables sin afectación a un destino específico.
Art. 3 Establécese que, a los fines de dar cumplimiento con la presente medida, el Gobierno de la Provincia de JUJUY deberá:
a Afectar su participación en el Régimen de Distribución de Recursos Fiscales entre la Nación y las Provincias establecido por la Ley N23.548 y sus modificaciones o el régimen que lo sustituya y en otros recursos coparticipables sin afectación a un destino específico por hasta los montos anticipados con más sus intereses.
b Autorizar a la SECRETARÍA DE HACIENDA a retener automáticamente los fondos emergentes de la Ley N 23.548 y sus modificaciones o el régimen que la sustituya y en otros recursos coparticipables sin afectación a un destino específico por hasta los montos anticipados, a fin de cancelar los fondos que se otorgan más sus intereses.
Art. 4 La CONTADURÍA GENERAL DE
LA NACIÓN registrará la presente erogación en concepto de anticipo de fondos de la TESORERÍA GENERAL DE LA NACIÓN, ambas dependientes de la SUBSECRETARÍA DE
PRESUPUESTO de la SECRETARÍA DE HACIENDA y cargará en la cuenta el importe equivalente a la Provincia de JUJUY.
Art. 5 Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. MACRI. Marcos Peña.
Rogelio Frigerio. Alfonso de Prat Gay.

4

MINISTERIO
DEMODERNIZACIÓN
Decreto 333/2016
Desígnase Subsecretario de Tecnología y Ciberseguridad.

Bs. As., 10/02/2016
VISTO el artículo 99, inciso 7, de la CONSTITUCIÓN NACIONAL
EL PRESIDENTE
DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1 Desígnase, a partir del 29 de Enero de 2016, SUBSECRETARIO DE TECNOLOGÍA Y CIBERSEGURIDAD dependiente del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN al Ingeniero D. José Joaquín HIRSCHSON ALVAREZ PRADO D.N.I. N13.631.061.
Art. 2 Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL del REGISTRO
OFICIAL y archívese. MACRI. Andrés H.
Ibarra.

MINISTERIO DETURISMO
Decreto 330/2016
Designación.

Bs. As., 10/02/2016
VISTO, el artículo 99, inciso 7 de la CONSTITUCION NACIONAL.
EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1 Desígnase al Licenciado D. Matías Agustín SANTOS CROCSEL M.I.
N29.030.504, en el cargo de Jefe de Asesores de Gabinete del Ministro de Turismo, con rango y jerarquía de Subsecretario, a partir del 13 de enero de 2016.
Art. 2 Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. MACRI. José G. Santos.

DECISIONES
ADMINISTRATIVAS

INSTITUTO NACIONAL
DEASOCIATIVISMO
YECONOMÍA SOCIAL
Decisión Administrativa 57/2016
Dase por prorrogada designación.

Bs. As., 10/02/2016
VISTO el Expediente N 337/2008 del registro del INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL, organismo descentralizado en la órbita del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, los Decretos N 227 del 20 de enero de 2016, N1638 del 7 de octubre de 2008, N1865
del 16 de octubre de 2014 y N2098 del 3
de diciembre de 2008, y lo solicitado por el INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL, y CONSIDERANDO:
Que por el Decreto N227/16 se estableció que toda designación de personal en el ámbito de la Administración Pública Nacional,

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la República Argentina del 11/02/2016 - Primera Sección

TitoloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaeseArgentina

Data11/02/2016

Conteggio pagine44

Numero di edizioni9410

Prima edizione02/01/1989

Ultima edizione28/07/2024

Scarica questa edizione

Altre edizioni

<<<Febrero 2016>>>
DLMMJVS
123456
78910111213
14151617181920
21222324252627
2829