Boletín Oficial de la República Argentina del 10/09/2007 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Lunes 10 de setiembre de 2007

Primera Sección
incluyó como tasa de interés variable admitida la tasa BUENOS AIRES DEPOSITS LARGE AMOUNT
RATES BADLAR. Adicionalmente, se señala que se realizaron modificaciones en las normas sobre la participación de inversores en el capital o en la negociación de paquetes accionarios, partes de capital o cuotas sociales de las entidades financieras y cambiarias. Se estableció que el análisis a realizar a efectos de la integración del capital tendrá por objeto verificar que de la situación patrimonial declarada se evidencien solvencia y liquidez suficientes para permitir el cumplimiento de los aportes comprometidos, así como para afrontar las demás obligaciones que les correspondan como accionistas en el futuro y que dicha capacidad provenga de fuentes habituales: ingresos del trabajo personal o actividad comercial, giro de la empresa, etcétera. Además, se modificó la norma relacionada con la designación de directores de bancos públicos en donde la designación depende de un acto del PODER EJECUTIVO NACIONAL y la pertinente autorización por parte del BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA. Se estableció que podrán asumir los cargos mientras se tramite su autorización en el BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA, considerando su designación en comisión, ad referéndum de la resolución de autorización y sin perjuicio de la validez de los actos en que participen durante ese período.
Por último se puede citar que se estableció la obligatoriedad de la Sindicatura, tanto para las entidades financieras como para las casas y agencias de cambio. Para el año 2007 se prevé que el BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA continúe trabajando en el cumplimiento de estos objetivos, con especial énfasis en:
i. Promover el desarrollo de instrumentos que permitan prolongar los plazos de fondeo de las entidades financieras;
ii. Continuar con el análisis de medidas que permitan prolongar el plazo de los préstamos otorgados por las entidades, con condiciones financieras más favorables tanto para el financiamiento del consumo de bienes durables viviendas, automotores como principalmente de la inversión productiva del sector privado;
iii. Analizar medidas que promuevan la bancarización y el acceso a servicios financieros, principalmente por parte de una mayor proporción de la población;
iv. Continuar estudiando los estándares internacionales en materia regulatoria, como los estándares mínimos para la exigencia de capitales en bancos con actividad internacional, su impacto y su aplicación a economías emergentes. Adicionalmente, continuará su participación en foros internacionales: a como miembro activo de los grupos de trabajo del Comité de Basilea; y b como coordinador argentino de la Comisión de Sistema Financiero, SUBGRUPO DE TRABAJO Nº 4 Asuntos Financieros del MERCADO COMUN DEL SUR MERCOSUR trabajando en la identificación de asimetrías en los marcos normativos y en las políticas regulatorias adoptadas en este contexto regional. En otra dimensión, y complementariamente a las tareas de coordinación y participación nacional e internacional en materia normativa, se continuará investigando en los temas de regulación prudencial que resulten de interés en el contexto actual, con el objetivo de detectar necesidades de adecuación de la normativa vigente.

BOLETIN OFICIAL Nº 31.235

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En este marco, se llevarán a cabo análisis de cambios en la legislación de la REPUBLICA ARGENTINA y de la ASOCIACION LATINOAMERICANA DE INTEGRACION ALADI, de procedimientos internos del BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA, y de seguimiento de pagos y cobros.
II. FONDO MONETARIO INTERNACIONAL FMI.
El BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA continuará la cooperación que mantiene con el Organismo en materia de provisión de información estadística y económica, la cual se plasma a través de su participación en diversos programas y publicaciones del FONDO MONETARIO INTERNACIONAL FMI y en los que, en algunos casos; la tarea desarrollada por el BANCO CENTRAL DE
LA REPUBLICA ARGENTINA consiste no sólo en proporcionar al Organismo información elaborada por la Institución, sino también en coordinar con otras Dependencias y Areas Oficiales la preparación y remisión al Organismo de la información pertinente.
III. BANCO MUNDIAL BM/ BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO BID/ BANCO DE
PAGOS INTERNACIONALES BIS.
El BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA continuará atendiendo y coordinando la atención de los pedidos de información. Asimismo, entenderá en los aspectos vinculados con los aportes de capital de los distintos organismos, en el análisis de la reposición o aumento y en la gestión del instrumento autorizante a nivel nacional o interno, hasta finalizar con la efectivización de los pagos que correspondan.
IV. Otros temas.
En el marco de la cooperación internacional que viene desarrollando el BANCO CENTRAL DE LA
REPUBLICA ARGENTINA y acorde con la tendencia internacional de intercambio de información entre entidades supervisoras de diferentes países, se negociarán Memoranda de Entendimiento con éstas para mejorar la transparencia en el intercambio de información, permitiendo una correcta evaluación de las condiciones financieras y del desempeño de las entidades financieras establecidas en el territorio de los países signatarios. Los aspectos generales que cubre el memorando incluyen el intercambio de información sobre la autorización de entidades financieras, los respectivos sistemas regulatorios;
las sanciones administrativas y los informes de inspección.
e Aspectos relacionados con Relaciones Internacionales.
El BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA continuará y profundizará su participación en el Centro de Estudios Monetarios Latinoamericanos CEMLA, tratando de maximizar la utilización de la existencia del Centro en materia de formación y como foro de intercambio de experiencias. En materia de difusión de la política económica y monetaria, y ante las variadas consultas que surgen por parte de diferentes países u organismos de regulación y supervisión acerca de la evolución y comportamiento de las variables económico-financieras, el BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA promovió y seguirá promoviendo reuniones con las delegaciones de los distintos organismos de los países a fin de aportar un conocimiento acabado de la evolución reciente de las mismas y de la situación actual del sistema financiero argentino.

c Administración de Reservas.
La administración de las reservas internacionales está dirigida a optimizar la rentabilidad de las mismas, sujeto a preservar su seguridad, mantener un alto grado de liquidez y bajo estricto control los riesgos de tasa de interés, tipo de cambio y crédito.
Para lograr esos objetivos se completará la tarea de redefinición de las pautas de inversión iniciada en el año 2006. Esas nuevas pautas de inversión sistematizan las decisiones de índole estratégica, al mismo tiempo que incluyen la adopción de índices de referencia, dirigidos a medir la eficiencia de las decisiones de inversión de índole táctica.
Durante el año 2007 se continuará con el plan de actualización de los recursos informáticos utilizados para la administración de las reservas internacionales. Al mismo tiempo se continuará con el proceso comenzado en el año 2006, dirigido a renovar completamente los sistemas y a adoptar una solución informática integral que cubra todas las etapas de la administración de las reservas.
La toma de decisiones en materia de inversiones se basará en el análisis de la coyuntura y en estudios de las perspectivas de la economía internacional, dirigidos a proyectar la evolución de las tasas de interés de las economías centrales y de los tipos de cambio entre sus respectivas monedas.
d Aspectos relacionados con Acuerdos Internacionales.
El BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA continuará con la atención de los asuntos relacionados con las instituciones financieras internacionales o nacionales del exterior y con los organismos de integración y agrupamientos regionales, los acuerdos bilaterales y los convenios especiales que suscriba nuestro país.
En tal sentido, como miembro del MERCADO COMUN DEL SUR MERCOSUR y en el marco de su participación en el GRUPO MERCADO COMUN GMC, proseguirá con la tarea de identificación y establecimiento de los instrumentos que en un futuro puedan permitir la coordinación de políticas macroeconómicas y sectoriales entre los Estados Parte, en lo atinente a armonización de estadísticas oficiales, integración de los mercados financieros y de capitales, considerando los respectivos marcos regulatorios y los sistemas de pago entre los países. La dedicación a estos aspectos se complementará con la participación en el GRUPO DE MONITOREO MACROECONOMICO GMM.
Por otra parte, le compete la coordinación con los demás Bancos Centrales integrantes del MERCADO COMUN DEL SUR MERCOSUR, de todo lo referido a Asuntos Financieros a través del SUBGRUPO DE TRABAJO Nº 4, el que está compuesto por las Comisiones del Sistema Financiero, de Prevención del Lavado de Dinero y del Financiamiento del Terrorismo, de Seguros y Mercado de Capitales. Continuará interviniendo en la elaboración de un acuerdo marco con la REPUBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL, que siente las bases para el desarrollo de un sistema de pagos en monedas locales entre el mencionado país y la REPUBLICA ARGENTINA, que pueda ser extensible a los demás miembros del MERCADO COMUN DEL SUR MERCOSUR. Realizará asimismo el seguimiento y el análisis del compromiso asumido por la REPUBLICA ARGENTINA ante la ORGANIZACION MUNDIAL
DEL COMERCIO OMC en materia de servicios financieros.
Coordinará con las respectivas áreas del Banco la información y documentación que sobre Servicios Financieros sea requerida con motivo del Examen de Política Comercial TPR de la REPUBLICA
ARGENTINA, ejercicio al que regularmente se prestan los países miembro de la ORGANIZACION
MUNDIAL DEL COMERCIO OMC en el marco del intercambio y consolidación de información que se requiere para la elaboración del informe de la Secretaría del citado organismo.
I. CONVENIOS DE PAGOS Y CREDITOS RECIPROCOS
El BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA es signatario de varios Convenios de Pagos y Créditos Recíprocos, siendo el más importante el correspondiente a la ASOCIACION LATINOAMERICANA DE INTEGRACION ALADI. Su finalidad es la cooperación multilateral entre los Bancos Centrales de la región con vistas a estimular las relaciones financieras entre los países participantes, facilitar la expansión de su comercio recíproco y sistematizar las consultas mutuas en cuestiones monetarias, cambiarias y de pagos.

Para tal fin, el BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA organizará y conducirá seminarios, jornadas, presentaciones y charlas a cargo de distintos funcionarios internos y externos, a modo de dar un panorama confiable de la situación.
Finalmente, el BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA intensificará su participación en las reuniones del Grupo de los 20 G20, a efectos de intervenir en la elaboración de la agenda internacional que se construye entre los países más desarrollados y un grupo de países emergentes dando sus puntos de vista en temas relevantes como el desarrollo institucional del sector financiero, el combate a los abusos en el sistema financiero y otros.
f Superintendencia de Entidades Financieras y Cambiarias.
I. Objetivos de Supervisión y Seguimiento.
Dada la recomposición gradual observada en el sistema financiero, se ha retomado completamente la metodología de supervisión orientada al riesgo. El esquema de supervisión implementado es lo suficientemente flexible como para adaptar las tareas de inspección a los riesgos que en cada situación se identifiquen. A tales efectos, dicho proceso ha sido concebido como un ciclo continuo que combina inspecciones en la sede de las entidades financieras control en sede, con el seguimiento a distancia realizado desde la SUPERINTENDENCIA DE ENTIDADES FINANCIERAS Y CAMBIARIAS, en período intrainspecciones control fuera de sede, y reconoce los objetivos que seguidamente se exponen:
1. Velar por la estabilidad del sistema financiero en su conjunto y contribuir a mejorar la transparencia en la información suministrada por las entidades financieras al público en general.
2. Diagnosticar sistemáticamente la situación de cada entidad financiera y la viabilidad de las mismas, de manera comprehensiva y consolidada.
3. Promover una disciplina preventiva eficaz, para preservar la solvencia y estabilidad de las entidades y subsanar las debilidades detectadas en los procesos de gestión de los riesgos bancarios.
4. Promover el ejercicio prudente de la profesión bancaria, para enfatizar la responsabilidad del Directorio y de las gerencias de las entidades en el desarrollo de sistemas de gestión, control e información, coherentes con el perfil de riesgos asumidos y con la complejidad de sus operaciones.
En el nuevo ciclo de inspecciones 2006/2007, en la sede de las entidades financieras control en sede se ha retomado por completo la metodología descripta, la cual incluye la comunicación de las calificaciones obtenidas a las entidades financieras.
II. Otras tareas relevantes.
Adicionalmente al esquema de supervisión anteriormente expuesto, se realizan en el Area de Supervisión y Seguimiento una serie de tareas que básicamente se pueden resumir en los aspectos que a continuación se detallan:
1 Tareas propias del seguimiento intensivo que se realiza en aquellas entidades que, por la particular situación que atraviesan, han sido encuadradas en los términos del Artículo 34 ó 35 bis de la Ley Nº 21.526
y sus modificatorias Ley de Entidades Financieras o se dispuso la designación de veedores.
2 Planes de Negocios: la Superintendencia requiere la presentación de planes de negocios y proyecciones económicas por un período de TRES 3 años, lo que implica verificar periódicamente la evolución real de las entidades versus la proyectada, debiendo concluir para cada período evaluado acerca de la significatividad y justificación de los desvíos observados, solicitándose nuevas presentaciones en el caso que corresponda.
3 Cumplimiento de las disposiciones normativas vigentes a través de la aplicación, entre otros de los procedimientos oportunamente definidos en materia de:
operaciones de comercio exterior y cambios.

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Boletín Oficial de la República Argentina del 10/09/2007 - Primera Sección

TitoloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaeseArgentina

Data10/09/2007

Conteggio pagine32

Numero di edizioni9393

Prima edizione02/01/1989

Ultima edizione11/07/2024

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