Boletín Oficial de la República Argentina del 07/04/2000 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

BOLETIN

OFICIAL

DE LA REPUBLICA ARGENTINA
BUENOS AIRES, VIERNES 7 DE ABRIL DE 2000

AÑO CVIII

$ 0,70
Los documentos que aparecen en el BOLETIN OFICIAL

Nº 29.375
MINISTERIO DE JUSTICIA
Y DERECHOS HUMANOS
DR. RICARDO R. GIL LAVEDRA
MINISTRO

DIRECCION NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL
DR. RUBEN A. SOSA
DIRECTOR NACIONAL
Domicilio legal: Suipacha 767
1008 - Capital Federal Tel. y Fax 4322-3788/3949/
3960/4055/4056/4164/4485

http www.jus.gov.ar/servi/boletin/
Sumario 1 Sección Síntesis Legislativa

e-mail: boletin@jus.gov.ar Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 34.903

1

LEGISLACION
Y AVISOS OFICIALES

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA ha tomado la intervención que le compete.
Que el presente decreto se dicta en ejercicio de las facultades conferidas al PODER EJECUTIVO NACIONAL por el Artículo 99, Incisos 1 y 2 de la CONSTITUCION NACIONAL.
Por ello, EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º Sustitúyese el Inciso d del Artículo 3º del Decreto Nº 855 de fecha 27 de agosto de 1997 por el siguiente texto:
d El valor FOB/FOR/FOT de cada operación no supere la suma de DOLARES ESTADOUNIDENSES DIEZ MIL U$S 10.000.-.
Art. 2º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.- DE LA RUA. Rodolfo H. Terragno.
José L. Machinea.

PRESIDENCIA DE LA NACION

DECRETOS

EXPORTACIONES

Decreto 297/2000

Bs. As., 4/4/2000

Bs. As., 4/4/2000
VISTO el Expediente Nº 254.042/99 del Registro de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA, y el Decreto Nº 855 de fecha 27 de agosto de 1997, que estableció el régimen simplificado opcional de exportación para las zonas de frontera, y CONSIDERANDO:
Que el objetivo del presente decreto es fomentar el aumento en el volumen de las exportaciones, efectuadas por pequeños operadores, en mejores condiciones de operatividad y competencia.
Que el sector al que está orientado el régimen simplificado establecido por el Decreto Nº 855/97, ha exteriorizado en distintos ámbitos la necesidad de incrementar los montos máximos por operación, en armonía con su práctica habitual de comercio exterior.
Que es conveniente y necesario modificar a tal fin el Artículo 3º, Inciso d del Decreto mencionado en el VISTO, a fin de lograr la finalidad para la cual fue creado dicho régimen.

auténticos y obligatorios por el efecto de esta publicación y por comunicados y suficientemente circulados dentro de todo el territorio nacional Decreto Nº 659/1947

26 de la Ley Nº 25.237 y de conformidad con lo dispuesto por el artículo 13 del Decreto Nº 977 del 6 de julio de 1995.

cargo a las partidas específicas del presupuesto de la Jurisdicción 20-01 SECRETARIA GENERAL
de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

Por ello,
Art. 5º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. DE LA RUA. Rodolfo H. Terragno.
Federico T. M. Storani.

EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º Autorízase a la SECRETARIA
GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACION
para proceder a la cobertura del cargo Nivel A con Función Ejecutiva Nivel I, Director General de Acción Política, con carácter de excepción a lo previsto en el artículo 22 de la Ley Nº 25.237 y en los Títulos III, Capítulos I, II y III; y VI, artículo 71, primer párrafo, primera parte, del Anexo I al Decreto Nº 993/91 T.O. 1995.
Art. 2º La designación efectivizada conforme las disposiciones precedentes deberá en un todo ajustarse a los requisitos mínimos que para el acceso a los niveles escalafonarios de cada agrupamiento se encuentran establecidos en el Título II, Capítulos I, II y III del Anexo I del Decreto Nº 993/91 T.O. 1995.
Art. 3º Dentro del término de CIENTO
OCHENTA 180 días desde la respectiva designación, el cargo involucrado deberá ser cubierto mediante los Sistemas de Selección previstos en el Sistema Nacional de la Profesión Administrativa aprobado por el Decreto Nº 993/91 T.O. 1995.
Art. 4º Los gastos que demande el cumplimiento del presente Decreto serán atendidos con
RESOLUCIONES
Secretaría General
ADHESIONES OFICIALES
Resolución 153/2000
Declárase de interés nacional a la XXXV Exposición Agrícola, Ganadera, Comercial, Industrial y de Servicios, a llevarse a cabo en la ciudad de San Miguel de Tucumán.
Bs. As., 3/4/2000
VISTO la Actuación Nº 5373.00.1.8 del Registro de la PRESIDENCIA DE LA NACION donde tramita la solicitud de declarar de interés nacional a la XXXV Exposición Agrícola, Ganadera, Comercial, Industrial y de Servicios, y
Exceptúase a la Secretaría General de las restricciones impuestas por el Decreto Nº 993/91, para la cobertura de un cargo.

Decreto 298/2000
Modifícase el artículo 3º, inciso d del Decreto Nº 855/97, que estableció un régimen simplificado opcional de exportación para las zonas de frontera.

DE LA REPUBLICA ARGENTINA serán tenidos por
VISTO lo solicitado por la SECRETARIA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACION, y
SUMARIO

CONSIDERACION:

Pág.
Que en virtud de haberse producido la vacante del cargo Nivel A con Función Ejecutiva Nivel I Director General de Acción Política, la citada Secretaría considera imprescindible su cobertura a fin de no entorpecer el desarrollo de las actividades relacionadas con las políticas de gobierno.
Que tal requerimiento implica resolver la cobertura de dicho cargo mediante excepciones a lo previsto en el artículo 22 de la Ley Nº 25.237 y por el término de CIENTO OCHENTA 180 días a partir de la fecha de la pertinente designación, a las pautas generales de selección que para el acceso a la función de que se trate se encuentran establecidas en los Títulos III, Capítulos I, II y III y VI, artículo 71, primer párrafo primera parte, del Anexo I
del Decreto Nº 993 del 27 de mayo de 1991
T.O. 1995.
Que necesariamente, tal designación deberá ajustarse a los requisitos mínimos que para el acceso a los niveles escalafonarios de cada agrupamiento son impuestos en el Título II, Capítulos I, II y III del Decreto Nº 993/91 T.O.
1995.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes de los artículos 99, inciso 1, de la Constitución Nacional, 22 y
ADHESIONES OFICIALES
Resolución 153/2000-SG
Declárase de interés nacional a la XXXV Exposición Agrícola, Ganadera, Comercial, Industrial y de Servicios, a llevarse a cabo en la ciudad de San Miguel de Tucumán.

EXPORTACIONES
Decreto 298/2000
Modifícase el artículo 3º, inciso d del Decreto Nº 855/97, que estableció un régimen simplificado opcional de exportación para las zonas de frontera.

1

Pág.
NOMENCLATURA COMUN DEL
MERCOSUR
Resolución 108/2000-SH
Inclúyese una determinada mercadería en una posición arancelaria, confirmándose la Resolución Nº 1114/97
de la exAdministración Nacional de Aduanas.

2

PRESIDENCIA DE LA NACION
Decreto 297/2000
Exceptúase a la Secretaría General de las restricciones impuestas por el Decreto Nº 993/91, para la cobertura de un cargo.

1

1
REMATES OFICIALES

INDUSTRIA
Disposición 37/2000-SSICYM
Modifícase el anexo de la Resolución Nº 186/99-SICYM, por la que se aprobara un plan de intercambio compensado otorgado a la firma Establecimiento Mecánico O.C.E. S. R. L.

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Boletín Oficial de la República Argentina del 07/04/2000 - Primera Sección

TitoloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaeseArgentina

Data07/04/2000

Conteggio pagine20

Numero di edizioni9391

Prima edizione02/01/1989

Ultima edizione09/07/2024

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