Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 29/10/2009

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE SANTA CRUZ
Ministerio de la Secretaría General de la Gobernación
BOLETIN
CORREO
ARGENTINO
RI O
GALLEGOS

FRANQUEO A PAGAR

OFICIAL
DIRECCION GENERAL BOLETIN OFICIAL E IMPRENTA

CUENTA Nº 07-0034

AÑO LIV Nº 4334

PUBLICACION BISEMANAL Martes y Jueves
DECRETO Nº 1795

DECRETOS DEL
PODER EJECUTIVO

Sr. DANIEL ROMAN PERALTA
Gobern ad or Dr. PABLO GERARDO GONZALEZ
Min istro de la Jefatura de Gabi nete de Mi nistros Sr. CARLOS ALBERTO BARRETO
Mi nistro d e Gobierno Ingº. GUSTAVO ERNESTO MARTINEZ
Mi nis tro de la Secretaría General de la Gob ernación C.P. DIEGO LEONARDO ROBLES
Ministro de Econ omía y Obras Públi cas Sr. HORACIO MATIAS MAZU
Mi nistro d e As untos Social es Ingº. JAIME HORACIO ALVAREZ
Minis tro de l a Producción Prof. ROBERTO LUIS BORSELLI
Pres i den te del Consejo Provi nci al de Ed ucaci ón Dr. CARLOS JAVIER RAMOS
Fiscal de Estado
DECRETO Nº 1775
RIO GALLEGOS, 21 de Agosto de 2009.V I S T O:
El Expediente MEOP-Nº 410.499/08, elevado por el Ministerio de Economía y Obras Públicas y;
CONSIDE RANDO:
Que el FONDO FIDUCIARIO FEDERAL DE
INFRAE ST RUCT URA REGI ONAL F. F.F.I.R.
creado por Ley Nº 24.855, tiene como principales objetivos asistir financieramente a las Provincias, al Estado Nacional y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, brindando financiamiento de obras de infraestructura económica y social, tendientes a la utilización de mano de obra intensiva, la integración nacional, la disminución de los desequilibrios socioeconómicos, el desarrollo regional y el intercambio comercial;
Que dicho FONDO permite garantizar más allá del horizonte temporal de un ejercicio financiero, permitiendo generar estabilidad en el programa público de infraestructura social;
Que los proyectos que financia el FONDO FIDUCIARIO FE DERAL DE I NFRAEST RUCT URA
REGIONAL F.F.F.I.R., son consistentes con el plan de obra pública e infraestructura programados por el Ejecutivo Provincial;
Que por Ley Nº 2487 promulgada por Decreto Nº 816/98 se adhirió a las prescripciones de la Ley Nacional Nº 24.855 del FONDO FIDUCIARIO FEDERAL DE INFRAEST RUCT URA REGIONAL
F.F.F.I.R. en los términos del Artículo 15º del Decreto Nº 924/97;
Que dicha norma asimismo facultó a este Poder Ejecutivo Provincial para la tramitación con el FONDO FI DUCI ARIO FEDE RAL DE I NFRAEST RUCT URA REGIONAL F.F.F.I.R., de los proyectos y convenios de financiamiento de los Programas del citado FONDO FIDUCIARIO;
Que obran fundados antecedentes de los distintos aportes financieros otorgados por el FONDO FIDUCIARIO FEDERAL DE INFRAEST RUCT URA REGIONAL F.F.F.I.R. a la Provincia para la ejecución de las Obras Ampliación del Puerto de Puerto Deseado y las distintas etapas del Aeropuerto de El Calafate, cuya última Addenda Ampliatoria al Convenio Mutuo de asistencia financiera, tuvo como objeto el préstamo de más de PESOS ONCE MILLONES $ 11.000.000.- con destino a la ampliación de la cabecera de pista, calle de rodaje y plataforma del Aeropuerto de El Calafate;
Que en los actuados de marras, el nuevo Convenio Mutuo de Asistencia Financiera entre el FONDO
FIDUCIARIO FEDERAL DE INFRAEST RUCT URA REGIONAL F.F.F.I.R. y la PROVINCIA DE
SANTACRUZ, posee como objeto la ampliación de los edificios de la Aerostación del Aeropuerto de El Calafate, obra que ha sido debidamente contemplada en la Ley Nº 3050, manifestándose la continuidad de la política de expansión y mejoramiento de los servicios aeroportuarios de la Provincia;
Que ante la restricción financiera vigente producto
RIO GALLEGOS, 29 de Octubre de 2009.-

de los avatares de la economía mundial, es razonable y viable según Dictamen CGP-Nº 327/09 de la Contaduría General de la Provincia, de promover un endeudamiento de las características dispuestas en el ANEXO I, atento a que el peso de los servicios de la deuda y la amortización del capital no comprometen sustancialmente los ingresos derivados de la Coparticipación Federal de Impuestos;
Que no obran objeciones por parte de la Fiscalía de Estado según lo emanado del Dictamen Nº 16/09, aludiendo sustento legal para la operatoria en lo dispuesto por la Ley Nº 2487;
Por ello y atento al Dictamen SLyT-Nº 025/09, emitido por la Secretaría Legal y T écnica de la Gobernación, obrante a fojas 52/54;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D ECRE TA:
Artículo 1º.- APRO BAR en todas sus partes el modelo de Convenio Mutuo de Asistencia Financiera entre el FONDO FIDUCIARIO FEDERAL DE
INFRAEST RUCT URAREGIONAL F.F.F.I.R. por una parte, y por la otra la PROVINCIA DE SANTA
CRUZ, el cual forma parte integrante del presente.Artículo 2º.- AUTO RIZAR al Ministro de Economía y Obras Públicas a suscribir el Convenio mencionado en elArtículo precedente con el Presidente del Consejo de Administración como representante del Fondo Fiduciario Federal de Infraestructura Regional.Artículo 3º.- NO TIFICAR al FONDO FIDUCIARIO FE DERAL DE INFRAEST RUCT URA REGIONAL F.F.F.I.R. - Coordinador Ejecutivo - con domicilio en Avenida Leandro Alem Nº 1074 - 6º Piso - C.P. C1001AAR - Ciudad Autónoma de Buenos Aires.Artículo 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Economía y Obras Públicas.Artículo 5º.- PASE a Secretaría Legal y T écnica de la Gobernación y al Ministerio de Economía y Obras Públicas quien remitirá copia del presente al Fondo Fiduciario Federal de Infraestructura Regional a sus efectos, tomen conocimiento Contaduría General y T ribunal de Cuentas, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHIVESE.-

ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL
B.O. Nº 4334 DE 12 PAGINAS

Sr. PERALTA-C.P. Diego Leonardo Robles
RIO GALLEGOS, 25 de Agosto de 2009.V I S T O:
El Expediente MAS-N 216.832/08, seis cuerpos elevados por el Honorable T ribunal Disciplinario de la Administración Pública Provincial; y CONSIDERANDO
Que por las actuaciones de referencia se tramitó el sumario administrativo instruido en contra de la agente de Planta Permanente - Agrupamiento Administrativo - Categoría 16, doña Sandra Ester ALVAREZ, quien prestaba servicios en la Dirección General de Tesorería, como Jefa de Departamento de Pagos dependiente del Ministerio de Asuntos Sociales; concluyendo que la participación de la nombrada en el caso investigado ha sido claramente demostrada, enmarcándose su responsabilidad conforme lo establecido en el Artículo 7 - Incisos 2, 3 y 5 de la Ley 591/67 en concordancia con el Artículo 8 Inciso f del Decreto Reglamentario N 1543/67;
Que el sumario fue instruido a requerimiento de las autoridades del Ministerio de Asuntos Sociales, mediante Resolución Ministerial N 1638/08, a fin de atribuir y/o deslindar responsabilidades de las presuntas irregularidades detectadas y denunciadas oportunamente por la responsable del área, todo ello en virtud de las previsiones enmarcadas en el Decreto N 253/76;
Que tales irregularidades consistían en que en el Libro Banco llevado por la Tesorería General de ese Ministerio, se constató el cobro de cheques confeccionados y presuntamente percibidos por la Jefa de Departamento - señora Sandra Ester ALVAREZ, de acuerdo a la documentación entregada por el Banco Santa Cruz S.A, motivo por el cual se efectuó la correspondiente denuncia penal ante la Seccional Primera de Policía de esta ciudad;
Que a tenor de las pruebas obrantes en autos, la instrucción sumarial concluyó adjudicar responsabilidad administrativa a la señora Sandra Ester ALVAREZ por considerar: que su participación en el caso ha sido claramente demostrada, por lo tanto dada la gravedad del hecho que se le imputa, ponderamos su responsabilidad de acuerdo a la violación en cumplimiento de las siguientes normas Artículo 7
- Incisos 2, 3 y 5 de la Ley Nº 591 en lo relacionado a deberes y Artículo 8 - Inciso f de Decreto N
1543/67 reglamentario del Estatuto;
Que posteriormente a fojas 961/67 y vuelta de autos obra alegato de defensa impetrado por la señora Sandra Ester ALVAREZ en contra de dichas conclusiones, impugnando el proceso sumarial y ofreciendo medidas probatorias;
Que a tales efectos, la instrucción sumariante se avocó al tratamiento en forma exhaustiva y pormenorizada de las impugnaciones efectuadas por la nombrada, produciendo parte de la prueba peticionada por ella, insistiendo en todos sus términos en las conclusiones anteriormente arribadas;
Que posteriormente el Ministerio de Asuntos Sociales dictó la Resolución N 4004 con fecha 04 de Noviembre de 2008; obrante a fojas 1109/1119, que dispuso la elevación de los actuados al T ribunal de Disciplina de la Administración Pública Provincial, para el estudio de la sanción de EXONERACION de la señora Sandra Ester ALVAREZ, tomando éste in-

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 29/10/2009

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

PaeseArgentina

Data29/10/2009

Conteggio pagine12

Numero di edizioni1765

Prima edizione19/02/2002

Ultima edizione02/07/2024

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