Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 6/10/2009

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

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Santa Cruz, en adelante llamado el DEUDO R Y/O
EL GO BIERNO PRO VINCIAL por una parte y por la otra TELEFO NICA DE ARGENTINA S.A., representada en este acto por su apoderado, Dr.
ROBERT O JAVIER MEDLEJ, también con facultades suficientes, con domicilio en la calle Suipacha 150 2º Piso de la ciudad Autónoma de Buenos Aires, en adelante TELEFO NICA, se acuerda lo siguiente:
PRIMERO : EL DEUDO R reconoce como propia, exigible y legítima la deuda que mantiene con TELEFO NICA de P esos tr escien tos v eint iséis mil n ovec ien tos do s c on sese nta y dos cen tav os $ 326.902,62 originada por abonos y consumos de los servicios telefónicos, incluida llamadas a celulares detallados en ANEXO I y se obliga a abonarla en las condiciones y términos que se acuerdan en el presente convenio.
SEGUNDO : EL DEUDO R abona en este momento un anticipo de pesos ochenta y un mil setecientos veinticinco con sesenta y cinco centavos $ 81.725,65 de la mencionada deuda, entregando en este acto cheque . por dicho importe, ban co TERCERO : El resto de la deuda de pesos doscientos cuarenta y cinco mil ciento setenta y seis con noventa y siete centavos $ 245.176,97, será abonado en 3 cuotas mensuales, iguales y consecutivas de pesos ochenta y un mil setecientos veinticinco con sesenta y cinco centavos $ 81.725,65, comenzando la 1er. cuota del 01 al 10 de Abril de 2009 y así sucesivamente cada treinta 30 días.CUARTO : En caso de incumplimiento por parte del DEUDO R de cualquiera de las obligaciones asumidas en el presente, quedará automáticamente sin efecto el mismo, pudiendo TELEFO NICA reclamar judicialmente y directamente al deudor el saldo de la deuda indicada en el punto tercero más los intereses, fijándose como intereses moratorios los fijados en el Artículo 16 del Reglamento General de Clientes del Servicio Básico Telefónico. El presente convenio no importa novación de la deuda. Se deja constancia que el presente convenio podrá ser ejecutado de acuerdo con el procedimiento de Juicio Ejecutivo.Q UINTO : A los efectos del presente convenio las partes se someten a la jurisdicción de los T ribunales Ordinarios de la Ciudad Autónoma de Río Gallegos con renuncia expresa a cualquier otro fuero o jurisdicción.SEXTO : El impuesto de sellos será pagado en la proporción que a cada una le corresponda.Se firman tres ejemplares de igual tenor a un mismo fin y cada una recibe el suyo de conformidad en este acto.________

RIO GALLEGO S, 06 de O ctubre de 2009.el propósito de evitar y disminuir el uso indebido de drogas, tanto legales como ilegales en el ámbito del Municipio de Río Gallegos;
Que no cabe duda que este flagelo resulta perjudicial para la salud de nuestros habitantes, por lo que resulta imperativo aunar esfuerzos entre todos los sectores para poder adoptar políticas que tiendan a una mejor calidad de vida de todos los habitantes;
Que en tal sentido se signa este Convenio a fin de implementar dentro de la ciudad de Río Gallegos, el Programa PREVENIR, por el cual los organismos mencionados conjuntamente con aquellos sectores que quieran participar en esta temática, abordarán y ejecutarán medidas tendientes a la prevención y disminución de adicciones al consumo de drogas;
Que en consecuencia corresponde el dictado del presente;
Por ello y atento a Nota SLyT-Nº 927/09, emitida por la Secretaría Legal y T écnica de la Gobernación, obrante a fojas 5;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D ECRE TA:
Artículo 1º.- RATIFICASE en todas sus partes el Acta Acuerdo suscripto entre la Secretaría de Programación para la Prevención de la Drogadicción y la Lucha contra el Narcotráfico de la Presidencia de la Nación SEDRONAR, representada por el señor Secretario de Estado Doctor José Ramón GRANERO , la Municipalidad de Río Gallegos, representada por el señor Intendente Arquitecto Héctor RO Q UEL y el Gobierno de la Provincia de Santa Cruz, representado por el señor Gobernador don Daniel Román PERALTA, conjuntamente con el Ministerio de Asuntos Sociales representado por su titular el señor Horacio Matías MAZU y el Consejo Municipal de la Niñez y Adolescencia, representado por su Presidente doña Teresa SO TO , el que como Anexo I forma parte integrante del presente.Artículo 2º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Asuntos Sociales.Artículo 3º.- PASE al Ministerio de Asuntos Sociales quien remitirá copia ante quien corresponda y a Secretaría Legal y T écnica de la Gobernación, a sus efectos, tomen conocimiento Contaduría General y T ribunal de Cuentas, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHIVESE.Sr. PERALTA-Sr. Horacio Matías Mazú ________

DECRETOS
SINTETIZADOS

DECRETO Nº 1624
RIO GALLEGOS, 31 de Julio de 2009.V I ST O :
El Expediente GOB-Nº 111.127/09; y CONSIDE RANDO:
Que por el actuado de referencia se propicia ratificar el Acta de Acuerdo suscripto entre la Secretaría de Programación para la Prevención de la Drogadicción y la Lucha contra el Narcotráfico de la Presidencia de la Nación SEDRONAR, representada por el señor Secretario de Estado Doctor José Ramón GRANERO , la Municipalidad de Río Gallegos, representada por su Intendente, Arquitecto Héctor RO Q UEL y el Gobierno de la Provincia de Santa Cruz, representado por el señor Gobernador, don Daniel Román PERALTA, conjuntamente con el Ministerio de Asuntos Sociales representado por su titular, señor Horacio Matías MAZU y el Consejo Municipal de la Niñez y Adolescencia, representado por su Presidente doña Teresa SO TO , el cual forma parte integrante del presente;
Que el citado Acuerdo tiene como finalidad coadyuvar mancomunadamente entre los Organismos Públicos de la Nación, Municipales y Provinciales, con
RIO GALLEGOS, 31 de Julio de 2009.REASUMIR por el suscripto, a partir del día 31 de Julio del año 2009 la atención del Despacho del Poder Ejecutivo de la Provincia.El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de la Secretaría General de la Gobernación.________
DECRETO Nº 1603
RIO GALLEGOS, 31 de Julio de 2009.Expediente MSGG-Nº 320.175/09.O TO RGASE un Aporte No Reintegrable con cargo a re ndir cuent a do cumen tada de su inv ersión, por la suma de PESO S TRES MIL Q UINIENTO S
$ 3.500.- a favor del señor Miguel Angel GUEVARA
D.N.I. Nº 18.224.039 de nuestra ciudad capital, destinado a cubrir diversos gastos en virtud de la derivación de su hija a Capital Federal debido a la enfermedad que padece y por no poder hacer frente a los mismos por la difícil situación económica por la que atraviesa.EL GASTO que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo anterior, será atendido con cargo al ANEXO: Ministerio de la Secretaría General de la Gobernación - IT EM: Ministerio - CARACT ER:Administración Central - FINALIDAD: Servicios Sociales - FUNCION: Promoción y Asistencia Social - SUBFUNCION: Promoción y Asistencia Social Sin Discriminar - SECCION: Erogaciones Corrientes - SECT OR: T ra nsferencias - PART IDA
PRINCIPAL: Transferencias - PARTIDAPARCIAL:
T ransferencias al Sector Privado para Financiar Gastos Corrientes - PART IDA SUBPARCIAL: Ayudas Sociales a Personas, del Presupuesto 2009.Por Tesorería General de la Provincia previa intervención de la Contaduría General y la Dirección Provincial de Administración de la Gobernación, ABO NESE la suma de PESO S TRES MIL Q UINIENTO S $ 3.500.- a favor del señor Miguel Angel GUEVARA D.N.I. Nº 18.224.039 de nuestra ciudad capital, con cargo a rendir cuenta documentada de su inversión.________
DECRETO Nº 1604
RIO GALLEGOS, 31 de Julio de 2009.Expediente MSGG-Nº 319.173/09.MO DIFICAR en sus partes pertinentes el Decreto Nº 646/09, donde dice: Hospital Distrital de Puerto Deseado deberá decir: Hospital Zonal de Caleta Olivia ________

DECRETO Nº 1601

DECRETO Nº 1605

RIO GALLEGOS, 30 de Julio de 2009.Expediente MG-Nº 585.977/07.-

RIO GALLEGOS, 31 de Julio de 2009.Expediente MSGG-Nº 320.162/09.-

AUTO RIZASE, al Ministerio de Gobierno a suscribir Contrato de Locación de Servicios con la señora Mirta Lucia VELO ZO D.N.I. Nº 11.579.949, quien cumplirá funciones en el ámbito de la Subsecretaría de la Mujer del citado Ministerio, entre las fechas 1º de Julio y hasta el 31 de Diciembre del año 2009, a quien se le asignará una remuneración mensual equivalente a una 1 Categoría 10, más los adicionales y suplementos vigentes que se establezcan a favor de los agentes de laAdministración Pública Provincial.FACULTASE al Ministerio de Gobierno a aprobar el Contrato de Locación de Servicios autorizado por el Artículo anterior, para adecuar la contratación, conforme a la prestación efectiva de los servicios, debiendo incluir la imputación preventiva del gasto que demandará la atención del mismo.-

ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL
B.O. Nº 4327 DE 20 PAGINAS

BO LETIN O FICIAL
DECRETO Nº 1602

O TO RGASE, un Aporte No Reintegrable con cargo a rendir cuenta documentada de su inversión, por la suma de PESO S DIEZ MIL $ 10.000.- a favor de la señ ora Olga Yan et SANC HEZ D. N. I. Nº 92.713.330 de esta ciudad, destinado a la adquisición de materiales de construcción para la terminación de una 1 habitación y baño en la vivienda que ocupa con su hija, cuyos gastos no puede afrontar debido a la difícil situación económica por la que atraviesa.EL GASTO que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo anterior, será atendido con cargo al ANEXO: Ministerio de la Secretaría General de la Gobernación IT EM: Ministerio CARACT ER. Administración Central FINALIDAD: Servicios Sociales FUNCION: Promoción y Asistencia Social SUBFUNCION: Promoción y Asistencia Social Sin Discriminar - SECCION: Erogaciones de Capital SECT OR: T ransferencias PART IDA
PRINCIPAL: Transferencias - PARTIDAPARCIAL:

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 6/10/2009

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

PaeseArgentina

Data06/10/2009

Conteggio pagine20

Numero di edizioni1765

Prima edizione19/02/2002

Ultima edizione02/07/2024

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