Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 29/11/2010

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

Paraná, lunes 29 de noviembre de 2010
teria de acciones y procedimientos constitucionales, y control de legalidad supranacional y de derechos humanos. Serán valorados asimismo sus planes de trabajo, los medios que propone para que su función sea eficiente y para llevar a la práctica los cambios que sugiere, sus valores éticos, su vocación democrática y por los derechos humanos.
Queda prohibido el interrogatorio sobre la eventual adhesión del postulante a un partido político; pedir opiniones acerca de jueces u obligarlo a prejuzgar.
En caso de no haber unanimidad respecto al puntaje que mereciesen todos los aspirantes o alguno de ellos, la calificación se efectuará promediando las puntuaciones que cada miembro del Consejo hubiese realizado respecto de cada uno de los concursantes. La decisión del Consejo en este punto no será susceptible de impugnación.
Art. 25º - Una vez realizada la entrevista y determinada la puntuación final de cada postulante, el Consejo elevará al Poder Ejecutivo una terna con carácter vinculante para éste, integrada por los tres primeros concursantes que hayan obtenido, como mínimo, un puntaje total de sesenta 60 puntos y que además hubiesen participado en las tres etapas previstas en el Artículo 17º. En el caso en que no pudiese conformarse la terna, el Consejo elevará la nómina del o los concursantes que reúnan los requisitos previstos en el presente artículo.
Art. 26º - El Consejo podrá tramitar conjuntamente una convocatoria múltiple, de acuerdo a las reglas precedentes, cuando exista más de una vacante para la misma función, sede y especialidad. En tal caso, con la terna prevista en el artículo precedente se elevará una lista complementaria a razón de un postulante por cada vacante adicional a cubrir con el objeto de integrar las ternas sucesivas.
Art. 27º - Prohibición temporaria. Quien sea designado en el cargo no podrá presentarse nuevamente a un concurso, hasta tanto transcurran tres años de asumido el mismo.
Art. 28º - Llamado a concurso. Inmediatamente, y en el plazo máximo de quince 15 días de producida alguna vacante en los cargos enunciados en el Artículo 1º de esta ley, el Superior Tribunal de Justicia lo comunicará al Poder Ejecutivo y al Consejo a los fines de cumplimentar el trámite previsto en la presente. El Presidente del Consejo deberá convocar a concurso para la cobertura de la vacante en el plazo máximo de treinta 30 días, computable desde que fuera notificado por el Superior Tribunal de Justicia de la vacante producida.
Art. 29º - Reglamentación. El Consejo regulado por la presente se encuentra facultado para dictar la reglamentación administrativa atinente a su funcionamiento en el marco y respeto de esta ley.
Art. 30º - Invitación a los municipios. En los supuestos en que sea de aplicación el Artículo 175, inciso 18º de la Constitución provincial, se invita a los municipios y comunas en los cuales haya que designar Jueces de Paz a instrumentar mecanismos de evaluación que estén en consonancia con el establecido en la presente ley.
Podrán los municipios o comunas solicitar la intervención del Consejo de la Magistratura para la selección de jueces de paz. En tal caso se aplicará el procedimiento de designación de la presente ley.
TÍTULO IV
RECURSOS Y PERSONAL
Art. 31º - El Poder Ejecutivo Provincial, dotará al Consejo de la Magistratura, de los recursos económicos necesarios para lograr su cometido.
Art. 32º - La administración y disposición de los recursos asignados estará a cargo del propio Consejo, para lo cual se constituirá una Oficina Contable que asistirá al organismo en los aspectos presupuestarios, contables y fi-

BOLETIN OFICIAL
nancieros de su funcionamiento y a cuyo cargo se desempeñará una persona con título de Contador Público Nacional.
Art. 33º - Comuníquese, etcétera.
Paraná, Sala de Sesiones, 9 de noviembre de 2010
Jorge Eduardo Lauritto Presidente H.C. de Senadores Maria Mercedes Basso Secretaria H.C. de Senadores Jorge Pedro Busti Presidente H.C. de Diputados Jorge Gamal Taleb Secretario H.C. de Diputados Paraná, 17 de noviembre de 2010
POR TANTO:
Téngase por Ley de la Provincia, cúmplase, comuníquese, dése al Registro Oficial y archívese.
SERGIO D. URRIBARRI
Adán H. Bahl Ministerio de Gobierno, Justicia y Educación, 17 de noviembre del 2010. Registrada en la fecha bajo el Nº 9996. CONSTE Adán Humberto Bahl.

MINISTERIO DE GOBIERNO, JUSTICIA Y EDUCACION
DECRETO Nº 2734 MGJE
MODIFICANDO PLANTA DE CARGOS
Paraná, 12 de agosto de 2010
VISTO:
Las presentes actuaciones, por las que el Consejo General de Educación interesa una modificación de la planta permanente de cargos, conforme lo dispuesto por Resolución Nº 0914 CGE, de fecha 7 de abril de 2010, regularizando la situación del agente Cristóbal Miño y propiciar el cambio de tramo del mismo; y CONSIDERANDO:
Que por Resolución Nº 2.909 CGE, de fecha 22 de agosto de 2007, ampliatoria de la Resolución Nº 2.566/07 CGE, se designa en la planta permanente del Consejo General de Educación al agente Cristóbal Ramón Miño, como Personal Obrero y Maestranza, categoría 10, en la Escuela de Educación Técnica Nº 1 España de La Paz, utilizando el cargo de Personal Administrativo, categoría 7, vacante, por fallecimiento del señor Adán Diego Mijoch;
Que la Dirección de Recursos Humanos informa que el citado agente ha registrado el título de perito mercantil otorgado por la Escuela Secundaria Nº 9 Domingo F. Sarmiento ex Colegio Domingo F. Sarmiento del Departamento La Paz, lo cual avala el cambio de tramo solicitado;
Que el Consejo General de Educación emite la Resolución Nº 0914/10 CGE por la cual se dispone realizar las adecuaciones presupuestarias del cargo en el cual fue designado el agente Cristóbal Ramón Miño;
Que a fin de dar efectivo cumplimiento, el Departamento Presupuesto del citado organismo ha confeccionado las planillas anexo III, reflejando el cambio de tramo y la reubicación del agente;
Que obra intervención de la Dirección General de Presupuesto donde se expide manifestando la viabilidad del trámite, encuadrando en las previsiones del artículo 19º de la Ley Nº 9.948;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Modifícase la planta de cargos del presupuesto general ejercicio 2010 de la Jurisdicción 20- Ministerio de Gobierno, Justicia y Educación Entidad 201- Consejo General de Educación, de acuerdo a las planillas anexo III, que forman parte del presente decreto.
Art. 2º El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno, Justicia y Educación.

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Art. 3º Regístrese, comuníquese, publíquese, archívese y con copia remítanse las presentes actuaciones al Consejo General de Educación, a sus efectos.
SERGIO D. URRIBARRI
Adán H. Bahl
DECRETO Nº 2743 MGJE
Paraná, 12 de agosto de 2010
Autorizando el otorgamiento de un aporte extraordinario no reintegrable por la suma de $ 27.116,00 a la Junta de Gobierno de Pueblo Cazes, del Departamento Colón, en nombre de su presidente el señor Bondaz, Roberto Carlos, DNI Nº 13.288.522, con destino a costear los gastos que demandará la construcción del piso y contrapiso para el futuro salón de usos múltiples de dicha junta, con cargo de rendición de dichos fondos ante el Tribunal de Cuentas de Entre Ríos.
Autorizando a la Dirección General del Servicio Administrativo Contable de esta Jurisdicción 20 a hacer efectiva la contribución económica otorgada por la presente.
DECRETO Nº 2744 MGJE
MODIFICANDO PLANTA DE CARGOS
Paraná, 12 de agosto de 2010
VISTO:
Las presentes actuaciones por las cuales se interesa una modificación de la planta permanente de cargos, conforme lo resuelto por Resolución Nº 4.872, de fecha 2 de diciembre de 2008, del Consejo General de Educación; y CONSIDERANDO:
Que por la misma se designa al señor Víctor Alejandro Godoy, DNI Nº 26.392.201, como personal administrativo, categoría 10, planta permanente en la Escuela Superior de Comercio Celestino Marcó, del Departamento Gualeguay, en el cargo vacante por jubilación ordinaria especial del señor Ramón Oscar Godoy, quien revistó como personal administrativo, categoría 4, en el citado establecimiento;
Que en el artículo 3º de la mencionada norma, se dispone que la Dirección General Presupuestaria y Contable del Consejo General de Educación a través de los departamentos de competencia, realice las adecuaciones presupuestarias necesarias a fin de efectivizar lo resuelto;
Que el Departamento Presupuesto del Consejo General de Educación informa que la modificación interesada no generará un mayor costo, por lo que desde el punto de vista presupuestario dicho trámite es técnicamente viable, adjuntando la planilla anexo III, reflejando la modificación interesada;
Que obra intervención de la Dirección General de Presupuesto de la Provincia informando que la modificación de cargos propuesta encuadra en los términos del artículo 19º de la Ley Nº 9.948;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Modifícase la planta permanente de cargos de la Jurisdicción 20- Ministerio de Gobierno, Justicia y Educación Entidad 201Consejo General de Educación, de acuerdo a la planilla anexo III, que forma parte del presente decreto.
Art. 2º El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno, Justicia y Educación.
Art. 3º Regístrese, comuníquese, publíquese, archívese y con copia remítanse las presentes actuaciones al Consejo General de Educación, a sus efectos.
SERGIO D. URRIBARRI
Adán H. Bahl
DECRETO Nº 2745 MGJE
MODIFICANDO PLANTA DE CARGOS
Paraná, 12 de agosto de 2010
VISTO:
Las presentes actuaciones por las cuales se

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Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 29/11/2010

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaeseArgentina

Data29/11/2010

Conteggio pagine24

Numero di edizioni4786

Prima edizione01/12/2003

Ultima edizione12/07/2024

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