Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 18/06/2012

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

Viedma, 18 de Junio de 2012

Nº 5049

SECRETARIA LEGAL Y TECNICA
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Precio Ejemplar del día: $ 6,00 PUBLICACION BISEMANAL
AÑO LIII
EDICION DE 28 PAGINAS

Sumario en Pág. 28

DECRETOS

DECRETO Nº 651
Viedma, 1 de junio de 2012.
Visto, El Expediente N 117.612-ST-2012, del registro de la Secretaría de Trabajo, y;
CONSIDERANDO:
Que por el mismo se tramita el Contrato de Locación de Servicios del Sr.
Claudio Raúl Villar DNI N 16.986.701 - Cuil N 20-16.986.701-2, quien realiza tareas de Servicios de Apoyo en la Delegación Zonal de Cipolletti, dependiente de la Secretaría de Trabajo;
Que las tareas a desarrollar por el mencionado agente no se superponen ni están en colisión con las encomendadas al personal estable de la Administración Pública provincial;
Que la presente contratación se encuadra en lo establecido para el Anexo I, Capítulo IX de la Ley L N 3487;
Que se han cumplimentado los requisitos establecidos por Ley N 3487, y el Acta N 16/11 del Consejo Provincial de la Función Pública y Reconversión del Estado para excepcionar la presente contratación;
Que han tomado debida intervención los Organismos de Control, la Secretaría Ejecutiva del Consejo Provincial de la Función Pública y Reconversión del Estado, Asesoría Legal de la Secretaría de Trabajo a fojas y Fiscalía de Estado mediante Vista N 03417-12, obrante a fojas 53;
Que el presente Decreto se dicta en uso de las facultades conferidas por el Art. 181 Inciso 1 de la Constitución Provincial.
Por ello, El Gobernador de la Provincia de Río Negro DECRETA:
Artículo 1º - Aprobar en todos sus términos el Contrato de Locación de Servicios suscripto entre la Secretaría de Trabajo y el agente Claudio Raúl Villar DNI. N 16.986.701 - Cuil N 20-16.986.701-2, el que como Anexo II forma parte integrante del presente Decreto.Art. 2º - Reconocer a los fines remunerativos los servicios prestados desde el 1 de enero de 2012 a la firma del presente.
Art. 3º - Comprometer el gasto que demande la presente erogación a los créditos de la Jurisdicción 08, Programa 24, Actividad 01 de la Secretaría de Trabajo.
Art. 4º - Facultar al Servicio de Contabilidad competente a efectuar los ajustes que sean necesarios ante diferencias o incrementos salariales que con carácter general disponga el Gobierno de la Provincia de Río Negro.
Art. 5º - El presente Decreto será refrendado por el Sr. Ministro de Gobierno.
Art. 6º - Registrar, comunicar, publicar, tomar razón, dar al Boletín Oficial y archivar.
WERETILNECK.- H. H. Lastra.

Anexo I al Decreto Nº 651
Personal Temporario Agente Claudio Raúl Villar Retribución al cargo Sueldo Anual Complementario Contrib. Patron. Jubilación
Partidas 121
123
124

Período 1-01-2012
al 30-06-2012
$ 3.852,24
$ 987,24
$ 424,40

Personal Temporario Agente Claudio Raúl Villar Contrib. Obra Social Contrib. p/Otras O. Sociales
Partidas 125
127

Total
Período 1-01-2012
al 30-06-2012
$ 292,12
$ 7.994,92

$ 13.550,92

Anexo al Decreto Nº 651
CONTRATO DE LOCACIÓN DE SERVICIOS
Entre la Secretaría de Trabajo representado por el Sr. Luis Rolando Troncoso L.C. N 8.215.139, con domicilio en la calle Rivadavia 55 de la ciudad de Viedma, en adelante EL CONTRATANTE, por una parte, y el Sr.
Claudio Raúl Villar DNI N 16.986.701 - Cuil N 20-16986701-2, con domicilio en la calle José Hernández N 2097, de la localidad de Cipolletti, en adelante EL CONTRATADO por la otra, se conviene en celebrar el presente Contrato de Locación de Servicios sujeto a las siguientes cláusulas:
PRIMERA: EL CONTRATANTE encomienda al contratado tareas de Servicios de Apoyo en la Secretaría de Trabajo.SEGUNDA: EL CONTRATADO percibirá como retribución de sus servicios el equivalente a la categoría 01 del Agrupamiento Servicios de Apoyo del Escalafón de la Ley N 1844, de acuerdo a los montos establecidos por las normativas vigentes, previa certificación de sus servicios mensuales.TERCERA: EL CONTRATADO prestará servicios en el horario, forma y lugar que establezca EL CONTRATANTE.CUARTA: EL CONTRATADO tiene derecho a las licencias instituidas en el Capítulo IX, de la Ley N 3.487 en cuanto al personal no permanente.QUINTA: La retribución del CONTRATADO estará sujeta a los descuentos de la Ley establecidos en la Legislación Previsional vigente y cargas sociales establecidas por la Ley N 2.753 del I.PRO.S.S. y sus modificaciones.SEXTA: EL CONTRATADO queda sometido a las disposiciones de la Ley N 3.487 y supletoriamente a la Ley N 1.844, comprometiéndose a su fiel cumplimiento y no tendrá derecho a la estabilidad y a la Carrera Administrativa que consagra el Estatuto en vigencia. Asimismo, será de aplicación la disposición de dicho instrumento legal en cuanto corresponda a deberes y obligaciones que debe observar en su condición de agente de este Organismo. EL CONTRATADO queda sometido a las disposiciones, órdenes disciplinarias, métodos y normas de trabajo que establezca EL
CONTRATANTE, comprometiéndose a su fiel cumplimiento.SEPTIMA: Cualquiera de las partes podrán rescindir el presente en cualquier momento sin necesidad de interpelación judicial o extrajudicial. La rescisión se operará de pleno derecho con la comunicación fehaciente con treinta 30 días de anticipación.OCTAVA: El presente contrato tendrá vigencia a partir del 1 de enero de 2012 y hasta el 30 de junio de 2012, pudiendo ser prorrogado de acuerdo a lo que establezcan las normas legales que se dicten al respecto y con el simple acuerdo de las partes.NOVENA: Para todos los efectos emergentes de este Contrato las partes constituyen domicilio en los indicados ut-supra, sometiéndose a las jurisdicciones de las Tribunales Ordinarios de la Provincia de Río Negro con asiento en la ciudad de Viedma, renunciando a cualquier otro fuero o jurisdicción.En prueba de conformidad, se firman dos 2 ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la ciudad de Viedma, Capital de la Provincia de Río Negro el día

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Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 18/06/2012

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaeseArgentina

Data18/06/2012

Conteggio pagine28

Numero di edizioni1923

Prima edizione03/01/2002

Ultima edizione25/07/2024

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