Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 30/07/2008

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

Viedma, 31 de Julio de 2008

Nº 4642

Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 1.305.136
Precio Ejemplar del día: $ 2,00
PUBLICACION BISEMANAL
AÑO IL
EDICION DE 30 PAGINAS

SECRETARIA GENERAL
DE LA GOBERNACION
Dirección de Boletín Oficial Tel. 02920 422862 - 423512 Fax 02920-430404
Laprida 212 - 8500 Viedma
Sumario en Pág. 30

LEY

LEY Nº 4337
La Legislatura de la Provincia de Río Negro Sanciona con Fuerza de LEY:
Artículo 1.- Apruébase el modelo de Contrato de Préstamo BID a suscribirse entre la Provincia de Río Negro y el Banco Interamericano de Desarrollo BID y el modelo de Contrato de Garantía a suscribirse entre la Nación Argentina y el Banco Interamericano de Desarrollo BID, todos dentro del Programa de Jornada Escolar Extendida de la Provincia, cuyos textos se incorporan como parte integrante de la presente Ley.
Art. 2.- Autorízase al Poder Ejecutivo a suscribir el Contrato de Préstamo con el Banco Interamericano de Desarrollo BID, por la suma de dólares estadounidenses cincuenta y ocho millones quinientos mil U$S 58.500.000,00.
Art. 3.- Facúltase al Poder Ejecutivo a afectar en garantía por hasta la suma total del préstamo, con más los intereses y gastos, los fondos que correspondan de la cuenta de Coparticipación Federal de Impuestos, Ley N 23.548 o el régimen que la reemplace y/o sustituya y/o de la cuenta de Regalías Hidrocarburíferas, los montos en pesos equivalentes a los importes señalados al tipo de cambio vendedor que fija el Banco de la Nación Argentina al cierre de las operaciones del día anterior a la fecha en que se produzca la cancelación.
Art. 4.- Facúltase al Poder Ejecutivo a aplicar los mecanismos y procedimientos administrativo-contables convenidos con el Banco Interamericano de Desarrollo BID, que posibiliten el desenvolvimiento de las acciones pertinentes conforme la especialidad y características de la operatoria, facultándolo asimismo a establecer las reglamentaciones y los ajustes normativos necesarios para garantizar la ejecución del Programa de Jornada Escolar Extendida.
Art. 5.- Comuníquese al Poder Ejecutivo y archívese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia de Río Negro, en la ciudad de Viedma, a los diez días del mes de julio del año dos mil ocho.
Ing. Bautista J. Mendióroz, Presidente Legislatura.- Ing. Víctor Hugo Medina, Secretario Legislativo.

Viedma, 21 de julio de 2008.
Cúmplase, publíquese, dése al registro, al Boletín Oficial y archívese.
Dr. Miguel Angel Saiz, Gobernador.- César Barbeito, Ministro de Educación.
Cdor. Pablo F. Verani, Ministro de Hacienda, Obras y Servicios Públicos.
DECRETO Nº 632
Registrada bajo el número de Ley cuatro mil trescientos treinta y siete 4337.
Viedma, 21 de Julio de 2008.
Dra. Silvia Jáñez, Secretaria Legal y Técnica y de Asuntos Legislativos.

provenientes de familias de menores ingresos. Para ello, el Programa financiará la extensión de la jornada escolar de cuatro 4 a ocho 8 horas en escuelas de primaria en beneficio de los alumnos en condiciones de vulnerabilidad social y educativa, de modo de garantizar más y mejor tiempo escolar.
1.02.- Al final del Programa se espera haber logrado una cobertura de la Jornada Extendida JE cercana al treinta por ciento 30% de los alumnos, asociada a una disminución en las tasas de repitencia y sobre-edad y a mejoras en los niveles de aprendizaje respecto del grupo de comparación, y con relación a sí mismos al inicio del Programa. El impacto del Programa debería reflejar, no sólo cambios positivos en las variables de eficiencia interna y calidad, sino una reducción en la brecha respecto de la situación de alumnos de estratos más altos de ingreso.
II. Descripción 2.01.- El Programa está organizado en tres 3 componentes orientados a los siguientes objetivos específicos: i la construcción de nuevas escuelas, la ampliación o rehabilitación de escuelas existentes y la dotación de su equipamiento, con el fin de contar con los espacios físicos, el equipo y el material didáctico adecuado para el desarrollo de la JE; ii el fortalecimiento de la capacidad de los equipos docentes y directivos, en aspectos pedagógicos y de gestión; y iii el desarrollo de instrumentos y mecanismos que contribuyan a fortalecer la gestión institucional del sistema, incluyendo el reconocimiento a la mejora en el desempeño educativo y la instalación de una cultura evaluativa del desempeño.
2.02.- El Programa busca contribuir en la respuesta a los desafíos planteados en el diagnóstico y a los objetivos formulados en la legislación y en la política educativa, nacional y provincial, avanzando en garantizar más y mejores horas de clase, en particular para alumnos de sectores vulnerables en lo social y educativo, así como condiciones materiales adecuadas, docentes capacitados y prácticas pedagógicas efectivas en el aula.
Componente 1
Aplicación de la oferta escolar de JE
2.03.- Se mejorará la infraestructura educativa en la provincia a efectos de permitir la implementación de la JE. Se prevé que, al final del Programa, se haya intervenido en un total de ochenta y ocho 88 escuelas, con una cobertura de, al menos, un veintisiete por ciento 27% de los alumnos de educación primaria asistiendo a escuelas de jornada extendida.
2.04.- A continuación se detalla el cronograma de ejecución de las obras y de incorporación de los alumnos a la JE:
Cronograma de incorporación de escuelas al Programa Año 1
Escuelas nuevas 5
Escuelas rehabilitadas 17
Alumnos en JE
5.252

Año 2
7 17
5.952

Año 3
4 20
5.520

Año 4
1 8
1.998

Año 5
1 8
1.998

Total 18
70
20.720

Anexo Único EL PROGRAMA
Programa de Jornada Escolar Extendida de la Provincia de Río Negro I. Objetivo 1.01.- El fin del Programa es mejorar la equidad de la educación primaria y contribuir a cerrar la brecha existente en las oportunidades educativas de los niños y niñas pertenecientes a distintos estratos de ingreso, esto se logrará a través de una mejora en los resultados educativos de los alumnos de primaria
2.05.- El Programa prevé el financiamiento de: i la ampliación y/o rehabilitación de, aproximadamente, setenta 70 escuelas; ii la construcción de, aproximadamente, dieciocho 18 escuelas de JE, ubicadas en zonas donde se concentra la población en condiciones de mayor vulnerabilidad socio-económica y donde hay una demanda insatisfecha por servicios educativos; y iii el equipamiento de las escuelas, incluyendo mobiliario pizarrones, bibliotecas, archivadores, escritorios y sillas para maestros, equipamiento para salas especiales, muebles y utensilios para cocinas y comedores y salas de usos múltiples, así como material didáctico, libros y bibliotecas, incluyendo sets de laboratorio, orquesta, educación física, plástica, matemática y ciencias sociales. Todas las escuelas contarán con el acceso a las Tecnologías de la Información y la

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Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 30/07/2008

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaeseArgentina

Data30/07/2008

Conteggio pagine30

Numero di edizioni1919

Prima edizione03/01/2002

Ultima edizione11/07/2024

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