Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 21/12/2005

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

Viedma, 22 de Diciembre del 2005
Establecer un período de gracia mínimo de 12
meses y máximo de 48 meses.
Establecer las tasas de interés correspondientes, en función de las rentabilidades medias originadas en el negocio analizado.
Quinta: Para el financiamiento del presente proyecto, la SEF otorga a la FUNBAPA la suma de PESOS TRESCIENTOS DIECIOCHO MIL $ 318.000, que la FUNBAPA administrará de acuerdo a lo establecido en el artículo 10 del Convenio Marco existente, ó el que se establezca de acuerdo a las características de los programas que se desarrollen.Sexta: La presente Acta Acuerdo tendrá vigencia mientras se desarrollen programas de estas características, ó los proyectos aprobados se encuentren en ejecución, debiendo analizarse conjuntamente la necesidad de mayores aportes de financiamiento, los que deberán contar con la conformidad del Ministro de Producción.En prueba de conformidad se firman dos ejemplares del mismo tenor, en la Ciudad de Viedma, a los
días del mes de de 2005.
ANEXO I al ACTA ACUERDO COMPLEMENTARIA
SEF-FUNBAPA
PROYECTO PILOTO
FINANCIAMIENTO PARA LA RECONVERSIÓN DE
PEQUEÑAS UNIDADES PRODUCTIVAS
FRUTICOLAS
Fundamento Actualmente se halla en elaboración el Programa de Financiamiento para la Reconversión de Pequeñas Unidades Productivas Frutícolas, el mismo está siendo diseñado siguiendo dos ejes. Uno según el objetivo principal que persigue, el de instrumentar y poner a disposición de los pequeños productores frutícolas de la Provincia de Río Negro un dispositivo financiero que reúna las condiciones de accesibilidad necesarias para su utilización para dinamizar el proceso de reconversión productiva, avanzando en el mejoramiento tecnológico para alcanzar la expansión del sector productivo. El segundo responde a los mecanismos operativos que permitan concretar su ejecución, de esta manera su diseño pretende la adaptación al propuesto en la creación del Fondo Fiduciario de Transformación del Sector Frutícola Ley Provincial.
Paralelamente a este desarrollo, y hasta que se hallan superado todas las etapas que permitan que este Programa se encuentre operativo, se implementará un Proyecto Piloto que permita aplicar una operatoria equivalente a pequeña escala. La misma cumplirá con los mismos requisitos y métodos que el Programa. De esta manera se pretende evaluar y ajustar las condiciones y procedimientos.
Etapas 1- Constitución y administración del fondo 1. 2-Determinación de los beneficiarios 2- Presentación y evaluación de proyectos 3- Determinación del plan de repago de los créditos 4- Asignación de los créditos 5- Verificación de aplicación fondos y seguimiento técnico 6- Evaluación del Proyectó Módulo de asignación financiera Se estipula un monto fijo por hectárea a reconvertir o implantar, este monto asciende a $ 10.000/Ha. De acuerdo a las estimaciones efectuadas y difundidas en la publicación del INTA EEA Alto Valle octubre de 2004 Pautas tecnológicas: frutales de pepita, este monto cubre el 82,5% de los costos en insumos del año 1 de la inversión de manzanos y el 81,5% de los de perales.

BOLETIN OFICIAL N 4370
Este monto será concedido a los productores seleccionados en forma de insumos para la implantación y protección del cultivo para el primer año de la inversión plantas, postes, alambre, agroquimicos, fertilizante, etc.
Se considera que de los fondos a disposición de la operatoria, un máximo del 6% podrían ser aplicados a gastos operativos, administrativos y de evaluación y monitoreo de los créditos.
Dimensionamiento y presupuesto El Proyecto Piloto pretende alcanzar la asistencia para la reconversión de 30 hectáreas en la zona de Alto Valle y Valle Medio. De esta manera, la disponibilidad de recursos financieros para la provisión de los insumos de implantación, asciende a $ 300.000.
Mientras que para las actividades de administración, evaluación, seguimiento y evaluación se realiza una previsión presupuestaria de $ 18.000
El monto total previsto para la concreción de toda la operatoria es, en consecuencia, de $ 318.000.
oOo DECRETO Nº 1536
Viedma, 06 de diciembre de 2005.Visto, el Expediente N 6.153-G-2005, del registro del Instituto Provincial del Seguro de Salud, y;
CONSIDERANDO:
Que por el mismo se tramita la aprobación del Contrato de Locación de Servicios, mediante excepción al Artículo 5 de la Ley N 3238, con la señora Zulma Soledad SARASOLA D.N.I. N 23.734.211 - CUIL N
27-23734211-4, para desempeñar funciones en la Delegación del Instituto Provincial del Seguro de Salud I.Pro.S.S., en la localidad de Coronel Belisle, Programa N 71.01.00.00.03;
Que las tareas a realizar por la mencionada agente no se superponen ni están en colisión con las encomendadas a personal estable de la Administración Pública Provincial;
Que la contratación de la señora Zulma Soledad SARASOLA, fue autorizada por excepción por el Consejo Provincial de la Función Pública y Reconversión del Estado;
Que el presente trámite se encuadra en los términos de la Ley N 3487, Anexo I, Capítulo IX, Estatuto del Empleado Público Provincial y la Resolución N 90/97
del Consejo Provincial de la Función Pública y Reconversión del Estado;
Que en virtud de no haber dado oportuno cumplimiento a las previsiones normativas establecidas en los Artículos 26 y 27 de la Ley N 3186, se deberán remitir las presentes actuaciones al Tribunal de Cuentas de la Provincia de Río Negro;
Que han tomado intervención los Organismos de Control, Asesoría Legal del Instituto Provincial del Seguro de Salud I.Pro.S.S., Secretaría Ejecutiva del Consejo Provincial de la Función Pública y Reconversión del Estado y Fiscalía de Estado, mediante Vista N 101679;
Que el presente Decreto se dicta en uso de las facultades conferidas en el Artículo 181 inciso 3 de la Constitución Provincial;
Por ello:
El Gobernador de la Provincia de Río Negro D E C R E T A:
Artículo 1.- Aprobar, en todos sus términos el Contrato de Locación de Servicios celebrado entre el Presidente del Instituto Provincial del Seguro de Salud I.Pro.S.S., Contador José Luis COLLINAO DNI N
13.462.744 y la señora Zulma Soledad SARASOLA
D.N.I.-N 23.734.211 CUIL. N 27-23734211-4, a partir del 16 de Mayo y hasta el 31 de Diciembre del 2005, para cumplir tareas administrativas en la Delegación del Instituto Provincial del Seguro de Salud I.Pro.S.S., en la localidad de Coronel Belisle, el que como Anexo forma parte del presente Decreto.-

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Art. 2.- Reconocer los servicios prestados, por la señora Zulma Soledad SARASOLA D.N.I. N
23.734.211 - CUIL N 27-23734211-4, a partir del 16 de Mayo del 2005 y hasta la firma del presente Decreto.Art. 3.- Establecer una remuneración mensual para la prestación de los servicios equivalente a la categoría 03 del Agrupamiento Administrativo, Ley N 1844.Art. 4.- Por la Contaduría General del Instituto Provincial del Seguro de Salud, impútese la suma total de PESOS: SEIS MIL QUINIENTOS CUARENTA Y CINCO
CON OCHO CENTAVOS $ 6.545,08, y de TICKET:
SEISCIENTOS SETENTA Y SEIS CON VEINTISIETE
676,27, al Programa N 71.01.00.00.03.Art. 5.- Una vez finalizado el trámite administrativo girar las presentes actuaciones al Tribunal de Cuentas de la Provincia de Río Negro, para su intervención en virtud de la Ley N 2747 y normas complementarias.Art. 6.- El presente Decretó será refrendado por la Señora Ministro de Salud.Art. 7.- Registrar, comunicar, publicar, tomar razón, dar al Boletín Oficial archivar.SAIZ.- A. E. Gutierrez.
En la ciudad de Viedma, Capital de la Provincia de Río Negro, a los 16 días del mes de Mayo del año 2005, entre el Instituto Provincial del Seguro de Salud I.Pro.S.S., representado en este Acto por su Presidente, entre el Instituto Provincial del Seguro de Salud I.Pro.S.S., representado en este Acto por su Presidente, Contador José Luis COLLINAO DNI. N 13.462.744, en adelante EL CONTRATANTE; y la Señora Zulma Soledad SARASOLA DNI. N 23.734.211 en adelante LA CONTRATADA, se conviene celebrar el presente contrato de locación de servicios sujeto a las siguientes cláusulas y condiciones:
PRIMERA: LA CONTRATADA, se desempeñará como Administrativa, en la Delegación del Instituto Provincial del Seguro de Salud I.Pro.S.S., de la localidad de Coronel Belisle, quedando subordinado a las disposiciones, órdenes disciplinarias, métodos y normas de trabajo que establezca EL CONTRATANTE, comprometiéndose a su fiel cumplimiento.
SEGUNDA: LA CONTRATADA percibirá una retribución mensual por sus servicios equivalente a la Categoría 03 del Agrupamiento Administrativo de la Ley 1844, sueldo anual complementario, salario familiar y demás que pudieren corresponder; equiparándose también al Escalafón del Empleado Público Provincial a los fines de eventuales incrementos saláriales. Dicha remuneración estará sujeta a los descuentos por jubilación, obra social y demás descuentos que por Ley correspondan, debiendo cumplir 30 horas semanales.
TERCERA: LA CONTRATADA no tendrá derecho a la estabilidad, ni a la carrera administrativa que establecen las normas legales en vigencia para los empleados públicos provinciales.
CUARTA: El presente Contrato tendrá vigencia a partir del 16 de Mayo y hasta el 31 de Diciembre del año 2005.
QUINTA: Las partes podrán sin causa alguna rescindir el presente contrato, aún cuando medie principio de ejecución, con la única exigencia de comunicarlo fehacientemente a la otra parte con treinta 30 días de antelación, sin que ello genere derecho a indemnización alguna, salvo cuando el Contrato tenga fecha de finalización.
SEXTA: Para todos los efectos legales y/o convencionales emergentes del presente contrato, EL
CONTRATANTE fija su domicilio legal en Julio Argentino Roca N 250 de la ciudad de Viedma, y LA
CONTRATADA, en calle Manuel Belgrano s/n, de la localidad de Coronel Belisle, donde se consideran válidas todas las comunicaciones que debieran cursarse;
pactando la Primera Circunscripción Judicial de la Provincia de Río Negro, con asiento en la ciudad de Viedma, con expresa renuncia a cualquier otro fuero o jurisdicción.
En prueba de conformidad, previa lectura y ratificación, se firman los ejemplares de ley y cada parte recibe el suyo en este acto.

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Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 21/12/2005

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaeseArgentina

Data21/12/2005

Conteggio pagine40

Numero di edizioni1923

Prima edizione03/01/2002

Ultima edizione25/07/2024

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