Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 27/09/2005

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

Viedma, 26 de Setiembre del 2005

Nº 4345

Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 1.305.136
Precio Ejemplar del día: $ 1,50 PUBLICACION BISEMANAL
AÑO XLVI
EDICION DE 16 PAGINAS

SECRETARIA GENERAL
DE LA GOBERNACION
Dirección de Boletín Oficial Tel. 02920 422862 - 423512 Fax 02920-430404
Laprida 212 - 8500 Viedma
Sumario en Pág. 16

SECCION ADMINISTRATIVA

DECRETOS

DECRETO Nº 855
Viedma, 21 de julio del 2005.
Visto el expediente N 21.085-SCA-DA-04, del registro del Ministerio de Coordinación; y CONSIDERANDO:
Que por el mismo se tramita el Contrato de Locación de Servicios de la Sra. Lidia Raquel Alan, DNI N
17.536.521 - Cuil. N 23-17536521-4 Categoría 08, Agrupamiento Profesional del Escalafón de la Ley N
1844 Jurisdicción 09, Programa 11, Actividad 01, para realizar tareas como Bibliotecaria en la Biblioteca Popular Ceferino Namuncurá de la localidad de Valcheta, dependiente de la Agencia Río Negro Cultura;
Que la presente contratación se encuadra en lo establecido por el Anexo I, Capítulo IX de la Ley N 3487;
Que se han cumplimentado los requisitos establecidos por el Artículo 16 del Anexo I del Decreto N 1774/98 y Artículo 16 de la Ley N 3238, para excepcionar esta contratación;
Que en el Acta N 18/2004, del Consejo Provincial de la Función Pública y Reconversión del Estado, en su punto 06, se autoriza la contratación desde el 01 de julio de 2004 al 31 de diciembre de 2004;
Que dada la urgencia de contar con sus servicios, se deberá reconocer los mismos, a partir del 1 de julio de 2004 al 31 de diciembre de 2004;
Que han tomado debida intervención los órganos de control, Secretaría Legal, Técnica y de Asuntos Legislativos y la Fiscalía de Estado;
Que el presente Decreto se dicta en uso de las facultades previstas en la Ley N 3836 y el Art. 181 Inc.
3 de la Constitución Provincial.
Por ello, El Gobernador de la Provincia de Río Negro DECRETA:
Artículo 1º - Aprobar el Contrato de Locación de Servicios celebrado entre el Sr. Ministro de Coordinación Don César Alfredo Barbeito DNI N
17.065.380 y la Sra. Lidia Raquel Alan DNI 17.536.521
Cuil N 23-17536521-4 Categoría 08, Agrupamiento Profesional, Jurisdicción 09, Programa 11, Actividad 01, para realizar tareas en la Biblioteca Popular Ceferino Namuncurá de la Localidad de Valcheta, dependiente de la Agencia Río Negro Cultura de acuerdo a lo expresado en los considerandos de la presente desde el 1 de julio de 2004 hasta el 31 de diciembre de 2004.Art. 2º - Reconocer los servicios prestados por la Sra. Lidia Raquel Alan, a partir del 1 de Julio y hasta el 31 de Diciembre de 2004.Art. 3.- Comprometer el gasto que demande la presente erogación a los créditos de la Jurisdicción 09, Programa 11, Actividad 01, de la Agencia Río Negro Cultura, dependiente del Ministerio de Coordinación, para el presente ejercicio financiero.

Art. 4.- Facultar al Servicio de Contabilidad competente a efectuar los reajustes correspondientes de acuerdo a los incrementos salariales que con carácter general disponga el Gobierno de la Provincia, para el personal del Agrupamiento citado.Art. 5º.- El presente Decreto será refrendado por el Sr. Ministro de Coordinación.
Art. 6º - Registrar, comunicar, publicar, tomar razón, dar al Boletín Oficial y archivar.
SAIZ.- C. A. Barbeito.

CONTRATO
DE LOCACION DE SERVICIOS
Entre la Provincia de Río Negro, representada en este acto por el Sr. Ministro de Coordinación, Dn. César Alfredo Barbeito, Cuil Nº 20-17065380-8, con domicilio legal en calle Laprida Nº 212 de la ciudad de Viedma, por una parte; y la Sra. Lidia Raquel Alan, DNI. Nº 17.536.521, Cuil Nº 23-17536521-4, con domicilio en Mariano Moreno s/nº, de la localidad de Valcheta por la otra, se conviene celebrar el presente Contrato de Locación de Servicios sujeto a las siguientes cláusulas:
PRIMERA: El CONTRATADO prestará sus servicios bajo relación de dependencia de la Agencia Río Negro Cultura, cumpliendo funciones de Bibliotecaria en la Biblioteca Popular Ceferino Namuncurá, de la localidad de Valcheta, con un régimen de seis 06 horas diarias, y un total de treinta 30
horas semanales.
SEGUNDA: La retribución a favor de EL
CONTRATADO será equivalente a la Categoría 08, Agrupamiento Profesional del Escalafón de la Ley Nº 1844, de acuerdo a los montos establecidos por la Ley de remuneración en vigencia, con bonificación por:
zona, título, antigedad y salario familiar, y las demás que pudieran corresponderle, quedando éstas sujetas a los descuentos de la Ley correspondientes Obra Social, Aporte Previsional, Seguro.
TERCERA: El presente contrato tendrá vigencia a partir del 1 de julio y hasta el 31 de diciembre de 2004, pudiendo ser prorrogado de acuerdo a lo que establezcan las normas legales que se dicten al respecto y con el simple acuerdo de las partes.
CUARTA: EL CONTRATADO queda sometido a los deberes, disposiciones, órdenes disciplinarias, prohibiciones y métodos de trabajos establecidos por el contratante, a través de la Ley 3487, comprometiéndose éste a su fiel cumplimiento. No teniendo derecho a estabilidad, ni a la carrera administrativa que establecen las normas legales vigentes para el personal de planta permanente de la Administración Pública Provincial.
QUINTA: EL CONTRATADO tiene derecho a las licencias que la Ley 3487 establece para el personal no permanente en el Anexo I, Capítulo IX del Estatuto General y Básico.

SEXTA: Cada una de las partes podrá rescindir el presente Contrato, dando aviso fehaciente de la finalización del mismo con treinta 30 días de anticipación, sin que esto implique para la Agencia Río Negro Cultura, reconocimiento de indemnización alguna.
SÉPTIMA: EL CONTRATADO pondrá en conocimiento a la Agencia Río Negro Cultura, de toda ocupación, empleo o actividad profesional que haya ejercido o ejerza, aún en caso de encontrarse en uso de licencia de cualquier tipo o percepción de jubilación, pensión o retiro por parte del Estado Nacional, Municipal, Empresas del Estado y/u Organismos Descentralizados.
OCTAVA: Para todos los efectos judiciales emergentes en este contrato, las partes constituyen domicilio ut supra indicado, sometiéndose a la jurisdicción de los tribunales de la Provincia de Río Negro, con asiento en la ciudad de Viedma.
En prueba de conformidad, se firman tres 3
ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, quedando el original en poder de la Agencia Río Negro Cultura, el duplicado para el contratado y el triplicado para ser agregado al Expte. Nº 21085-SCA- 2DA2- 2004, en la ciudad de Viedma, Capital de la Provincia de Río Negro, a los días del mes de del año 200 .
oOo DECRETO Nº 982
Viedma, 18 de agosto del 2005.
Visto, El Expediente N 124.182 del registro Interno de la Secretaría de Estado de Salud del Ministerio de Salud y Desarrollo Social de la Provincia de Río Negro, y;
CONSIDERANDO
Que la Legislatura Provincial ha sancionado con fecha 29/05/03 la Ley Provincial N 3.742, la que tiene como objeto facilitar el acceso de la población a los medicamentos genéricos, entendidos éstos como un bien social básico y fundamental;
Que para la aplicación de la citada ley, es preciso contar con definiciones claras para su adecuada instrumentación en todo el territorio de la Provincia;
Que por la misma se establece que toda receta o prescripción médica u odontológica debe efectuarse expresando el nombre genérico del medicamento o denominación común internacional que se indique, seguida de la forma farmacéutica y dosis/unidad, con detalle del grado de concentración;
Que por el citado plexo legal se persigue la defensa del consumidor de medicamentos y drogas farmacéuticas, resultando concordante con los principios rectores de la Ley N 2.817;
Que el Estado Provincial debe favorecer el acceso a los medicamentos, en ese orden, con la Ley que se reglamenta se pretende avanzar en la defensa de los derechos del consumidor, ya que permite a la población

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Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 27/09/2005

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaeseArgentina

Data27/09/2005

Conteggio pagine16

Numero di edizioni1920

Prima edizione03/01/2002

Ultima edizione15/07/2024

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