Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 25/08/2005

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

Viedma, 25 de Agosto del 2005
Que han tomado debida intervención los Organismos de Control, Asesoría Legal y Fiscalía de Estado, mediante Vista Nº 99996;
Que el presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 181, Inciso 1 de la Constitución Provincial.
Por ello, El Gobernador de la Provincia de Río Negro DECRETA:
Artículo 1º - Crear, en el ámbito de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos, dependiente del Ministerio de Hacienda, Obras y Servicios Públicos, la Unidad Ejecutora Provincial del Proyecto de Energías Renovables en Mercados Rurales U.E.P.
PERMER, cuyas misiones y funciones se especifican en el Anexo I que forma parte del presente Decreto.Art. 2.- La Coordinación General de la Unidad Ejecutora Provincial del Proyecto de Energías Renovables en Mercados Rurales U.E.P.
PERMER, estará a cargo del Señor Ministro de Hacienda, Obras y Servicios Públicos.Art. 3.- La Coordinación Ejecutiva de la Unidad Ejecutora Provincial del Proyecto de Energías Renovables en Mercados Rurales U.E.P.
PERMER, estará a cargo del Sr. Secretario de Obras y Servicios Públicos.Art. 4.- El Sr. Secretario de Obras y Servicios Públicos designará al personal de la Secretaria que integrará la Unidad Ejecutora Provincial del Proyecto de Energías Renovables en Mercados Rurales U.E.P.
PERMER, determinando sus funciones y afectación.Art. 5º - El presente Decreto será refrendado por el Sr. Ministro de Hacienda, Obras y Servicios Públicos.
Art. 6º - Registrar, comunicar, tomar razón, dar al Boletín Oficial y archivar.
SAIZ.- P. F. Verani.

Anexo I

BOLETIN OFICIAL N 4336
4 Asesorar al Gobierno Provincial en el proceso de concesionamiento de prestación del servicio eléctrico en el mercado disperso.
5 Elaborar y proponer al poder concedente los documentos básicos de la futura concesión del servicio eléctrico en el mercado disperso, basándose en los documentos genéricos disponibles en la Unidad Coordinadora del Proyecto U.C.P., conforme a las condiciones establecidas en los convenios del préstamo, adaptados al marco legal provincial.
6 Supervisar y verificar el cumplimiento de las condiciones establecidas en los Convenios del Préstamo para efectuar los desembolsos de subsidios a las inversiones.
7 Gestionar cuando corresponda las respectivas No Objeciones del Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento a través de la Unidad Coordinadora del Proyecto U.C.P..
8 Realizar el control y seguimiento de las inversiones relacionadas con la instalación de equipos y sistemas de generación en Treinta Establecimientos Educativos provinciales, comprendidos en la Licitación Pública Internacional RN-001/2005, en primera instancia, y luego las que se ejecuten por parte del futuro concesionario del servicio en el mercado disperso.
9 Coordinar con el Ente Provincial Regulador de la Electricidad E.P.R.E. y con los organismos provinciales competentes, el programa de inversiones en el ámbito del mercado disperso que requieran financiamiento de parte del Proyecto de Energías Renovables en Mercados Rurales PERMER.
10 Coordinar con la Unidad Coordinadora del Proyecto U.C.P. el ordenamiento de la información económico - financiera relativa al avance del Proyecto de Energías Renovables en Mercados Rurales PERMER.
11 Llevar un registro detallado de las altas y bajas en el servicio, del equipamiento instalado en cada cliente, pago de los derechos que correspondan, conformidad del cliente e informar de estas acciones a la Unidad Coordinadora del Proyecto U.C.P..
12 Verificar el cumplimiento de las acciones que determine el contrato de concesión relativas al control de la calidad de servicio.
oOo
RESOLUCIONES

MISIONES Y FUNCIONES
DE LA UNIDAD EJECUTORA PROVINCIAL
DEL PROYECTO DE ENERGIAS
RENOVABLES EN MERCADOS RURALES
U.E.P. PERMER
La Unidad Ejecutora Provincial para el Proyecto de Energías Renovables en Mercados Rurales U.E.P. PERMER constituida en el ámbito de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos de la Provincia de Río Negro, tiene las siguientes misiones y funciones:
1 Actuar como contraparte de la Unidad Coordinadora del Proyecto U.C.P. en la tarea de implementación del Proyecto de Energías Renovables en Mercados Rurales PERMER en la Provincia de Río Negro.
2 Supervisar el plan de implementación del Proyecto en sus aspectos técnicos, legales y económicos, en forma coordinada con la Unidad Coordinadora del Proyecto U.C.P. y con las autoridades del Gobierno de la Provincia y demás actores involucrados.
3 Identificar posibles problemas en la ejecución del Proyecto de Energías Renovables en Mercados Rurales PERMER y proponer los mecanismos que permitan arbitrar su solución.

Provincia de Río Negro CONTADURÍA GENERAL
Resolución Nº 122
Viedma, 24 de agosto del 2005.
Visto, la Ley Nº 3.178, el Decreto Nº 312/98, la Resolución LRN Nº 513/95 y la Resolución CG
Nº 81/99, y CONSIDERANDO:
Que la Presidencia de la Legislatura ha dictado la Resolución LRN Nº 513/95 fijando la política salarial de los empleados legislativos, estableciendo entre otros adicionales el concepto de antigedad;
determinando el dos por ciento 2% por cada año de servicio;
Que la Resolución LRN 48/98 reduce a partir del 1 de enero de 1997 al uno por ciento 1% la bonificación mencionada en el considerando anterior;
Que el Tribunal de Cuentas de la Provincia a través de la Ley 2.747 adoptó las mismas remuneraciones y adicionales que la Legislatura Provincial;
Que el Decreto Nº 312/98 aprobó la equiparación de las remuneraciones del personal que reviste en la Contaduría General de la Provincia con las fijadas en el Tribunal de Cuentas Provincial;

3
Que la Resolución del Visto fijó para el personal de la Contaduría General una bonificación por antigedad del uno por ciento 1% por cada año de servicio;
Que se hace necesario entonces, la adecuación definitiva a los efectos remunerativos, de las asignaciones del personal de la Contaduría General al del Tribunal de Cuentas, tal cual lo establecido en las normas mencionadas ut supra;
Que, a los efectos de no producir una suba importante en el presupuesto vigente, se considera razonable realizar un cronograma de liquidación para este ejercicio financiero y siguientes;
Que lo expresado se corresponde con la política salarial del gobierno y el aumento del mínimo a las categorías inferiores;
Que el Art. 68 de la Ley de Administración Financiera y de Control Nº 3.186 establece la competencia de la Jurisdicción;
Que en virtud de lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por la normativa legal vigente corresponde el dictado del presente acto administrativo.
Por ello, El Contador General de la Provincia RESUELVE:
Artículo 1º - Modificar el Art. 3º de la Resolución Nº 081/99, que quedará redactado de la siguiente forma: La antigedad del personal de la Contaduría General, en concordancia a lo establecido por la Resolución Nº 4/98 del Tribunal de Cuentas se computará por cada año de servicio o fracción mayor de seis 6 meses, el dos por ciento 2% por año hasta el 31 de diciembre de 1996. A partir del 1 de enero de 1997 el uno por ciento 1% por año o fracción mayor de seis 6 meses; por los motivos expuestos en los considerandos.
Art. 2º - Liquidar el beneficio de antigedad, a los agentes públicos dependientes de esta Jurisdicción, de acuerdo a la forma establecida en el Art. 1º de la presente en función del siguiente cronograma:
a Auxiliares: a partir de los haberes que corresponden al mes de mayo de 2005.
b Jefes de Sección: a partir de los haberes que corresponden al mes de junio de 2005.
c Jefes de División: a partir de los haberes que corresponden al mes de julio de 2005.
d Jefes de Departamento: a partir de los haberes del mes de setiembre de 2005.
e Personal Superior: a partir del 1 de enero de 2006.
Art. 3º - Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.
Cr. Daniel Rodolfo Bossero, Contador General.
oOo
Provincia de Río Negro MINISTERIO DE EDUCACIÓN
JUNTA DE DISCIPLINA DOCENTE
Resolución Nº 63/JD/05
Se hace saber por este medio a la Sra. Antoun Leila, DNI. Nº 25.368.410 que la Disciplina Docente, dependiente del Consejo Provincial de Educación ha dictado la Resolución Nº 63/JD/05, del Expte. Nº 14.073-J.D-2004, que en su parte pertinente dice:
Viedma RN, 18 de agosto del 2005.
Visto, el Expte. Nº 14.073-JD-04 del registro del Consejo Provincial de Educación, s/Presunta Situación Irregular docente Antoun, Leila Adriana del V., Escuelas Primarias Nº 66 y 133 de General Roca, y;

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 25/08/2005

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaeseArgentina

Data25/08/2005

Conteggio pagine22

Numero di edizioni1926

Prima edizione03/01/2002

Ultima edizione05/08/2024

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