Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 25/08/2005

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

Viedma, 25 de Agosto del 2005

Nº 4336

Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 1.305.136
Precio Ejemplar del día: $ 1,50 PUBLICACION BISEMANAL
AÑO XLVI
EDICION DE 22 PAGINAS

SECRETARIA GENERAL
DE LA GOBERNACION
Dirección de Boletín Oficial Tel. 02920 422862 - 423512 Fax 02920-430404
Laprida 212 - 8500 Viedma
Sumario en Pág. 22

SECCION ADMINISTRATIVA

DECRETOS

DECRETO Nº 570
Viedma, 9 de junio del 2005.
Visto, el Expte. Nº 90595-G-2005, del registro del Ministerio de Gobierno; y CONSIDERANDO:
Que por el mismo se tramita el Contrato de Locación de Servicios mediante excepción al Art.
5º de la Ley Nº 3238, d ela Srta. Gloria Elizabeth Canullan, DNI. Nº 29.398.511, Cuil Nº 2729398511-7, para desempeñar funciones administrativas en la Secretaría de Seguridad y Justicia, del Ministerio de Gobierno - Jurisdicción 17, Programa 11.00.00.01;
Que las tareas a realizar por la mencionada agente no se superponen ni están en colisión con las encomendadas a personal estable de la Administración Pública Provincial;
Que la contratación de la Srta. Gloria Elizabeth Canullán fue autorizada por excepción por el Consejo Provincial de la Función Pública y Reconversión del Estado;
Que el presente trámite se encuadra en los términos de la Ley Nº 3487, Anexo I, Capítulo IX, Estatuto del Empleado Público Provincial y la Resolución Nº 90/97 del Consejo Provincial de la Función Pública y Reconversión del Estado;
Que han tomado debida intervención los Organismos de Control, Asesoría Legal y Fiscalía de Estado;
Que el presente Decreto se dicta en uso de las facultades conferidas con el Art. 181, Inc. 3 de la Constitución Provincial.
Por ello, El Gobernador de la Provincia de Río Negro DECRETA:
Artículo 1º - Aprobar en todos sus términos el Contrato de Locación de Servicios que como Anexo forma parte del presente Decreto, celebrado entre el Ministerio de Gobierno y la Srta. Gloria Elizabeth Canullán, DNI. Nº 29.398.511, Cuil Nº 2729398511-7, a partir de la fecha del presente Decreto y hasta el 31 de diciembre del 2005, para cumplir funciones administrativas, en la Secretaría de Seguridad y Justicia del Ministerio de Gobierno.
Art. 2º - Establecer una remuneración mensual para la prestación de los servicios, equivalente a la Categoría 03 del Agrupamiento Administrativo Ley Nº 1844.
Art. 3º - Proceder a la reserva interna en la Jurisdicción 17, Programa 11.00.00.01, Partidas 121 $ 3.606,64; 123 $ 422,00; 124 $ 397,36;
125 $ 214,90; 126 $ 721,36; 127 $ 170,56;

131 $ 736,00 y 355 $ 15,36, código de recursos 10 Rentas Generales, para atender las erogaciones resultantes.
Art. 4º - El presente Decreto será refrendado por el Sr. Ministro de Gobierno.
Art. 5º - Registrar, comunicar, publicar, tomar razón, dar al Boletín Oficial y archivar.
SAIZ.- P. I. Lázzeri.

En la ciudad de Viedma, Capital de la Provincia de Río Negro, entre el Ministerio de Gobierno, representado en este acto por su titular, Sr. Pedro Iván Lázzeri, DNI. Nº 14.853.721, con domicilio legal en calle Laprida 212 de la ciudad de Viedma, por una parte, en adelante El Organismo, y la Srta.
Gloria Elizabeth Canullán, DNI. Nº 29.398.511, Cuil Nº 27-29398511-7, con domicilio en la calle San Luis Nº 1040 del barrio Fátima, de esta ciudad, por la otra, en adelante El Contratado, se conviene en celebrar el presente Contrato de Locación de Servicios, sujeto a las siguientes cláusulas:
PRIMERA: El Contratado prestará sus servicios bajo relación de dependencia en la Secretaría de Seguridad y Justicia, dependiente del Ministerio de Gobierno.
SEGUNDA: El Contratado percibirá como retribución por sus servicios una remuneración mensual equivalente a la Categoría 03 del Agrupamiento Administrativo, de acuerdo a los montos establecidos en la Ley de Remuneraciones vigente, con las bonificaciones por salario familiar y las demás que pudieran corresponderle.
TERCERA: El presente contrato tendrá vigencia a partir de la fecha de su aprobación por Decreto y hasta el 31 de diciembre del 2005.
CUARTA: El Contratado percibirá además, las asignaciones correspondientes en concepto de sueldo anual complementario, subsidio familiar, conforme las prescripciones vigentes, viático y toda otra compensación, inclusive los incrementos de sueldo que fueren otorgados en forma general por la Administración Pública Provincial.
QUINTA: El Contratado quedará comprendido dentro del régimen de licencia instituido en la Ley Nº 3487 Capítulo IX y Acta Nº 12/2003 del Consejo Provincial de la Función Pública y Reconversión del Estado.
SEXTA: La retribución de El Contratado estará sujeta a los descuentos jubilatorios y cargas sociales establecidas por la Ley Nº 2753 del I.PRO.S.S. y sus modificatorias.
SÉPTIMA: El Contratado queda sometido a las disposiciones, órdenes disciplinarias, métodos y normas de trabajo que establezca El Organismo, comprometiéndose a su fiel cumplimiento. No tendrá derecho a la estabilidad, ni a la carrera
administrativa que establecen las normas legales en vigencia para los empleados públicos provinciales.
OCTAVA: Las partes podrán rescindir el presente contrato sin que ello implique reconocimiento de indemnización alguna entre los contratantes, dando aviso fehaciente de la rescisión con treinta 30 días de anticipación.
NOVENA: Para todos los efectos legales emergentes de este contrato, las partes constituyen domicilio en los ut supra indicados, sometiéndose a la jurisdicción de los tribunales ordinarios de la Provincia de Río Negro, con asiento en la ciudad de Viedma.
En prueba de conformidad, previa lectura y ratificación, se firman los ejemplares de ley y cada parte recibe el suyo en este acto.
oOo DECRETO Nº 944
Viedma, 2 de agosto del 2005.
Visto, el Expte. Nº 46.805-T-05 del registro de la Secretaría de Estado de Turismo; y CONSIDERANDO:
Que por el mismo se tramita el Contrato de Locación de Servicios mediante excepción al Art.
5º de la Ley Nº 3238, del Sr. Matías Piermarini, DNI. Nº 25.093.437, cuil Nº 20-25093437-9 para desempeñar tareas profesionales en la Secretaría de Estado de Turismo, Jurisdicción 10, Programa 11.00.00.01;
Que las tareas a realizar por el mencionado agente no se superponen ni están en colisión con las encomendadas al personal estable de la Administración Pública Provincial;
Que la contratación del Sr. Matías Piermarini, fue autorizada por excepción por el Consejo Provincial de la Función Pública y Reconversión del Estado;
Que el presente trámite se encuadra en los términos de la Ley Nº 3487, Anexo I, Capítulo IX, Estatuto del Empleado Público Provincial y la Resolución Nº 90/97 del Consejo Provincial de la Función Pública y Reconversión del Estado;
Que han tomado intervención los Organismos de Control, Asesoría Legal y la Fiscalía de Estado;
Que el presente Decreto se dicta en uso de las facultades conferidas en el Art. 181 Inc. 3 de la Constitución Provincial.
Por ello, El Gobernador de la Provincia de Río Negro DECRETA:
Artículo 1º - Aprobar en todos sus términos el Contrato de Locación de Servicios celebrado entre el Secretario de Estado de Turismo, licenciado José Omar Contreras, DNI. Nº 13.714.494 y el Sr.
Matías Piermarini, DNI. Nº 25.093.437, a partir

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Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 25/08/2005

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaeseArgentina

Data25/08/2005

Conteggio pagine22

Numero di edizioni1919

Prima edizione03/01/2002

Ultima edizione11/07/2024

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