Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 16/03/2017 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

2016 - 2017 Año Brocheriano
JUEVES 16 DE MARZO DE 2017
AÑO CIV - TOMO DCXXVII - Nº 52
CORDOBA, R.A.
http boletinoficial.cba.gov.ar Email: boe@cba.gov.ar MINISTERIO DE FINANZAS

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a SECCION

LEGISLACIÓN Y
NORMATIVAS

SUMARIO

SECRETARÍA DE INGRESOS PÚBLICOS

MINISTERIO DE FINANZAS
SECRETARIA DE INGRESOS PUBLICOS
Resolución N 2 Pag. 1

Resolución N 2

SECRETARIA DE TRANSPORTE
Resolución N 26 Pag. 3
Resolución N 25 Pag. 3

Córdoba, 15 de marzo de 2017
VISTO: El expediente Nº 0473-064218/2017.
Y CONSIDERANDO:
Que a través de la Ley N 10.411, modificatoria del Código Tributario Provincial -Ley N 6006 T.O. 2015 y sus modificatoriasse establecieron las disposiciones relativas al Impuesto a las Embarcaciones.
Que por el artículo 15 del Código Tributario Provincial, esta Secretaría se encuentra facultada para designar -o dar de baja, en su casoagentes de información respecto de los tributos legislados por este Código en las formas, plazos y condiciones que el mismo establezca.
Que a los fines de contribuir en la conformación del padrón de contribuyentes del referido impuesto, se estima conveniente, establecer un mecanismo por el cual aquellos sujetos y/o entidades que tengan alguna vinculación con los propietarios, tenedores o poseedores de embarcaciones informen a esta Administración Tributaria datos referidos a las mismas.

Que en tal sentido se identificaron a aquellos sujetos que proporcionen lugar para el fondeo, amarre o guarda de embarcaciones, quienes aseguren embarcaciones, aquellos que las comercializan y los que otorguen financiación para la compra de dichos bienes.

Que en base a lo expresado se estima conveniente establecer un régimen de información trimestral a cargo de los sujetos referidos precedentemente, especificando los datos y situaciones que deberán informarse.
Que asimismo resulta necesario facultar a la Dirección General de Rentas a dictar las normas que considere necesarias para la aplicación del presente régimen, así como para modificar y/o ampliar la información que los agentes deban proporcionar.

Por ello, atento las actuaciones cumplidas, lo informado por el Área de Asesoramiento Fiscal en Nota Nº 13/2017 y de acuerdo con lo dictaminado por el Área Legales de este Ministerio al Nº 124/2017.
EL SECRETARIO DE INGRESOS PUBLICOS
R E S U E L V E:
Artículo 1 Las personas humanas, sucesiones indivisas o explotaciones unipersonales, sociedades, asociaciones y demás personas jurídicas que proporcionen en la Provincia de Córdoba lugar para el fondeo, amarre o guarda de embarcaciones afectadas al desarrollo de actividades deportivas, de recreación o comerciales, independientemente de la figura jurídica adoptada, deberán informar trimestralmente con carácter de declaración jurada:
a Nombre, apellido, denominación o razón social, número de BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
Acuerdo Reglamentario N 1403 A Pag. 4
Acuerdo N 13 A Pag. 5
PODER EJECUTIVO
Decreto N 127 Pag. 6
Decreto N 129 Pag. 7
Decreto N 130 Pag. 8
Decreto N 131 Pag. 8
Decreto N 132 Pag. 9
Decreto N 1950 Pag. 10
Decreto N 151 Pag. 11
Decreto N 152 Pag. 12
Decreto N 153 Pag. 13
Decreto N 154 Pag. 14
Decreto N 155 Pag. 14
Decreto N 156 Pag. 15
Decreto N 157 Pag. 16
Decreto N 158 Pag. 17
Decreto N 159 Pag. 18
Decreto N 160 Pag. 19
Decreto N 161 Pag. 20
Decreto N 162 Pag. 21

CUIT/CUIL/CDI/DNI y domicilio del propietario, poseedor o tenedor;
b Nombre, apellido, denominación o razón social, número de CUIT/CUIL/CDI/DNI y domicilio del solicitante del servicio/espacio para el fondeo, amarre o guarda de la embarcación;
c Nombre de la embarcación;
d Número de dominio de la embarcación identificación tributaria o la inexistencia del mismo;
e Número de matrícula otorgado por Seguridad Náutica de la Provincia de Córdoba -Autoridad de Aplicación de la Ley N 5040 y sus modificatorias-, la Prefectura Naval Argentina o registros jurisdiccionales;
f Embarcación: tipo, uso, eslora, manga, puntal, año de construcción, capacidad;
g Motor: año de fabricación, N de motor, potencia;
h Modalidad del servicio fondeo, amarre, guardería, alquiler, etc.
y periodicidad.
i Seguro: existencia de seguro o no, tipo, suma asegurada.

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Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 16/03/2017 - 1º Sección

TitoloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaeseArgentina

Data16/03/2017

Conteggio pagine21

Numero di edizioni4177

Prima edizione01/02/2006

Ultima edizione12/07/2024

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