Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 13/11/2014 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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Primera Sección
B OLETÍN O FICIAL - A ÑO CI - T OMO DXCVIII - Nº 198

académicos en ocasión de otros concursos o la promoción automática de cargos ante la Oficina de Concursos y Junta de Calificaciones quedarán eximidos de hacerlo en el marco de su participación en el presente llamado. Sólo deberán actualizar sus antecedentes a partir de la fecha que se les indique oportunamente.
Artículo 7. PUNTAJE DE ANTECEDENTES.
LOS antecedentes laborales y de capacitación serán valorados en treinta y cinco 35
puntos, como máximo, correspondiendo:
A.- Antecedentes Laborales:
I.- Antigedad en el Poder Judicial: un máximo de ocho 8 puntos;
II.- Antigedad en el Fuero: un máximo de cuatro 4 puntos.
Sobre ambos rubros, se fija la antigedad de veinticinco años 25 como límite máximo para los cómputos respectivos. Se divide 8 ó 4 en su caso por 25 obteniendo así el coeficiente por cada año de trabajo 0,32 ó 0,16 y estos se multiplican por la cantidad de años trabajados.
Para el cálculo de años trabajados se debe ponderar:
Antigedad en el Poder Judicial: Se debe primero obtener la cantidad de días transcurridos entre la fecha de ingreso al Poder Judicial y la fecha que se establece como tope para la inscripción, a este número se lo deberá dividir por 365 obteniendo de esta forma la cantidad de años trabajados. Este valor deberá ser multiplicado por el coeficiente de 0,32.
Antigedad en el Fuero: Se debe primero obtener la cantidad de días transcurridos entre las distintas fechas en que el agente trabajó en ámbitos judiciales en los que se aborda la temática de derecho sustancial y/o procesal propia de los tribunales comprendidos en el concurso, tomando como último día de cálculo la fecha que se establece como tope para la inscripción, a este número se lo deberá dividir por 365 obteniendo de esta forma la cantidad de años trabajados. Este valor deberá ser multiplicado por el coeficiente de 0,16.
Respecto de la antigedad en el Poder Judicial, se computa de conformidad a las previsiones del A.R. N 151 A del año 1988 y sus modificaciones, tomando en consideración los servicios anteriores reconocidos por la Junta de Calificaciones, lo cual deberá ser acreditado por el concursante con la correspondiente resolución que así lo disponga.
No se computarán los períodos en que el agente hubiere gozado de licencias sin goce de haberes o dado de baja transitoria por razones previsionales.
III.- Asistente de Magistrado: Hasta diez centésimas de punto 0,10 por cada año y en proporción al tiempo de desempeño como tal, con un máximo de un 1 punto.
IV.- Trabajar, al momento de la inscripción, en la Sede Judicial para la cual se inscribe:
Hasta diez centésimas 0,10 de punto por cada año y en proporción al tiempo de desempeño en la sede, con un máximo de un punto 1.
V.- Residir, al momento de la inscripción, en la Sede Judicial para la cual se inscribe mínimo de seis 6 meses, según constancias del Legajo personal del agente: cincuenta centésimas de punto 0,50.
VI.- Fiscal Público Electoral: hasta cincuenta centésimas de punto 0,50 por todo concepto conforme los siguientes valores: Provincial treinta y cinco centésimas de punto 0,35, Municipal quince centésimas de punto 0,15.
VII.- Presentismo: un máximo de tres 3 puntos. Para la asignación del puntaje, se tendrá en cuenta las inasistencias por razones particulares Art. 43 del R.A.L y las faltas de puntualidad imputadas al mencionado artículo, que el aspirante haya tenido en los últimos cuatro 4 años 2010, 2011, 2012 y 2013. Se otorgará tres 3 puntos al agente que no haya hecho uso de las mismas en dicho período y un puntaje proporcional a quienes tengan como máximo quince 15 días gozados por dicho artículo en igual período.
VIII.- Participantes de Asesorías Móviles: cinco centésimas de punto 0,05 por cada edición.
B.- ANTECEDENTES DE CAPACITACION: hasta un máximo de seis 6 puntos y de conformidad a los siguientes rubros:
a Participación activa en eventos académicos sobre temas directamente vinculados al cargo que se concursa: hasta un máximo de cinco 5 puntos: el puntaje será otorgado en forma proporcional a la cantidad de horas reloj totales de participación mediante un coeficiente que varía conforme la función desarrollada y quién organiza el evento:

CÓRDOBA, 13 de noviembre de 2014

Los agentes que, prestando servicios en una Sede Judicial del interior, hayan viajado al Centro Judicial de Capital para asistir a cursos organizados por el Centro de Perfeccionamiento Dr. Ricardo Nuñez o el Instituto de Formación e Investigación de la Dirección de Policía Judicial, recibirán un puntaje adicional conforme la siguiente tabla:

Distancia existente entre el Centro Judicial donde presta servicios el agente, al momento de la capacitación, y la Ciudad de Córdoba Estas localidades reciben un puntaje adicional del 25%, en razón de la complejidad de la ruta
La duración de la participación debe ser acreditada en horas reloj u horas cátedra. Si de las constancias presentadas no surge la duración, se asignarán dos horas reloj. Para aquellos casos en que la constancia omita tal precisión, se aplicará un mecanismo de conversión a horas reloj siempre y cuando la constancia precise el comienzo y el fin del transcurso temporal del cursado. Así, si lo acredita en días, se considerarán dos 2 horas reloj por día; en cambio, si se especifica en meses por ejemplo: marzo a julio o un plazo determinado superior a siete días por ejemplo: desde el 07 de marzo, hasta el 15 de julio la extensión se calculará considerando dos 2 horas reloj por semana. Si fuese anual, al menos, debe precisar en cuál mes comenzó el cursado y la intensidad semanal, para que sea posible efectuar el cálculo, siempre considerando nueve meses de ciclo lectivo, caso contrario sólo se computará un total de dos 2 horas reloj.
En el caso que el concursante haya participado en un mismo evento en calidad de Asistente, Miembro Titular o Participante administrativo y como Disertante, Panelista, Expositor, Coordinador, Colaborador u Organizador sumará puntaje por ambas participaciones.
c Publicaciones sobre temas directamente vinculados al cargo que se concursa: en papel o digital: hasta un máximo de cuatro 4 puntos por todo concepto en atención a los siguientes tipos y parámetros:
- Libro, Doctrina, Trabajo de Investigación publicado en Diarios o Revistas científicos, Ponencia o Poster publicados, Producción de Material para cursos Aula Virtual Ctro. Ricardo C. Nuñez:

El cálculo de la extensión de las publicaciones se realizará sin contabilizar los anexos jurisprudenciales o normativos ni ilustraciones Las publicaciones que se encuentren editadas en más de un tomo, serán calificadas sumando el total de la extensión.
Si una misma producción científica es publicada más de una vez actualizada o ampliada, se otorgará puntaje por única vez y éste será el que corresponda a la categoría más favorable, de existir ésta.
Si en una misma publicación el agente participa en diferentes condiciones, se valorará por cada una de ellas conforme la extensión de dicha participación. No obstante si las participaciones son en condición de Autor y/o Coautor, se asignará el puntaje que corresponda a la condición más favorable y la extensión que resulte de la suma de las participaciones.

b Asistente, Miembro Titular o Participante en tareas administrativas en Cursos, Congresos, Jornadas, Seminarios, Ateneos, Talleres, etc., sobre temas directamente vinculados al cargo que se concursa: hasta un máximo de cuatro puntos 4. El puntaje será otorgado en forma proporcional a la cantidad de horas reloj totales de capacitación mediante un coeficiente que varía conforme si tuvo o no evaluación o trabajo final y quién organiza el evento:

- Coordinador, Autor, Coautor o Compilador de Apunte de Cátedra - Guía Práctica Cuadernillos desarrollados en Universidades u Organismos Gubernamentales o Intergubernamentales con constancia de utilización institucional emitida por la entidad correspondiente: siete centésimas de punto 0,07 por cada uno.
- Nota o comentario a fallo publicado en revista jurídica, veinticinco centésimas de punto 0,25 por cada uno.
- Tratamiento documental o reseña de fallos - Publicaciones Periodísticas - Selección de Jurisprudencia - Cita de trabajo de investigación o referencia bibliográfica - Otras Publicaciones:
tres centésimas de punto 0,03 por cada uno y hasta un punto 1 por todo concepto.
- Redactor Jurisprudencial del Boletín Judicial del Poder Judicial de Córdoba: seis centésimas de punto 0,06 por cada fallo aprobado y publicado.
d Participación en Investigación y Proyectos en temáticas vinculadas al cargo que se concursa, que hayan sido aprobados y/o implementados: hasta un máximo de dos 2 puntos por todo concepto en atención a los siguientes parámetros:

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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 13/11/2014 - 1º Sección

TitoloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaeseArgentina

Data13/11/2014

Conteggio pagine8

Numero di edizioni4173

Prima edizione01/02/2006

Ultima edizione05/07/2024

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