Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 17/02/2011 - 1º Sección

Versione di testo Cosa è?Dateas è un sito indipendente non affiliato a entità governative. La fonte dei documenti PDF che pubblichiamo qui è l'entità governativa indicata in ciascuno di essi. Le versioni in testo sono trascrizioni che realizziamo per facilitare l'accesso e la ricerca di informazioni, ma possono contenere errori o non essere complete.

Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

10
otorgada por Resolución N 208 A, de fecha 18 de Octubre de 1995 s/ Expte Nº 0528-003534/2010
RESOLUCION Nº 282 A- 21/07/10 - DESIGNAR
como Comisión Normalizadora de la Entidad Civil denominada CENTRO COMERCIAL E INDUSTRIAL
Y AFINES DE QUILINO, con sede legal en la Localidad de Quilino, Provincia de Córdoba, a los Señores: Gaspar Eduviges NIETO D.N.I. Nº 14.829.256, Eduardo Alfredo QUINTEROS, D.N.I. Nº 20.346.505 y Susana Carina FREYTES, D.N.I. Nº 21.469.461, como integrantes de la misma, quienes deberán tomar posesión del cargo, suscribiendo un acta ante el Departamento Asociaciones Civiles y Fundaciones de esta Dirección.AUTORIZAR su funcionamiento por el término de sesenta 60 días hábiles, plazo en el cual deberá convocar a Asamblea General Ordinaria que trate los ejercicios vencidos y elija las autoridades de la entidad, garantizando la amplia participación de la masa societaria y respetando las normas estatutarias en vigencia.- s/ Expte Nº 0007-077673/2009
RESOLUCION Nº 268 A- 12/07/10 - DESIGNAR
como Comisión Normalizadora de la Entidad Civil denominada ORGANIZACIÓN PRO-VIAJE DE
ESTUDIOS DE INGENIERIA-ASOCIACION CIVILO.V.E.I., con sede legal en la Ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba, a las Señoras: María José RECALDE, D.N.I. Nº 33.830.530, Antonella Paola PERRONE, D.N.I. Nº 34.189.474 y Paloma FURLAN
D.N.I. Nº 34.246.220, como integrantes de la misma, quienes deberán tomar posesión del cargo, suscribiendo un acta ante el Departamento Asociaciones Civiles y Fundaciones de esta Dirección.AUTORIZAR su funcionamiento por el término de sesenta 60 días hábiles, plazo en el cual deberá convocar a Asamblea General Ordinaria que trate los ejercicios vencidos y elija las autoridades de la entidad, garantizando la amplia participación de la masa societaria y respetando las normas estatutarias en vigencia s/ Expte Nº 0007-084002/2010
RESOLUCIÓN Nº 274 A- 14/07/10 - OTORGASE
Personería Jurídica a la Entidad Civil denominada CENTRO VECINAL DE BARRIO PARQUE SAN JUAN, con asiento en la Ciudad de Alta Gracia, Provincia de Córdoba. s/ Expte Nº 0007-077465/2009
RESOLUCION Nº 267 A - 12/07/10 - APROBAR la Reforma del Estatuto Social, sancionada en Asamblea Extraordinaria de fecha 29 de Marzo de 2010, modificando el artículo 1 de la entidad civil ASOCIACIÓN TOPO S DEPORTIVA, RECREATIVA Y
DE ACONDICIONAMIENTO FISICO, comprendiendo el cambio de nombre por el de ASOCIACION TOPO S
DEPORTIVA, RECREATIVA DE PORRISMO Y
ANIMACIÓN, CUIT N 30-70820476-1, con asiento en la Ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba .DECLARAR subsistente la Personería Jurídica otorgada por Resolución N 336 A de fecha 28 de Agosto de 2000.- s/ Expte Nº 0007-082280/2010
RESOLUCIÓN Nº 263 A- 01/07/10 - OTORGASE
Personería Jurídica a la Entidad Civil denominada CENTRO VECINAL BARRIO ELIAS ROMERO, con asiento en la Ciudad de Cosquín, Provincia de Córdoba s/ Expte Nº 0007-084383/2010
MINISTERIO DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS
SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS
SUB SECRETARIA DE RECURSOS HIDRICOS
RESOLUCION N576.-20/09/2010.- Conceder a los Sres. MONTOYA JUANA LUCÍA, MONTOYA MANUEL
BERNABÉ, MONTOYA RICARDO RODOLFO, MONTOYA DOLORES VIRGINIA, MONTOYA SILVIA
DEL VALLE, MONTOYA RAFAEL JULIO Y FARIAS
ARIEL LISANDRO, el CERTIFICADO DE
FACTIBILIDAD DE DESCARGA al subsuelo a través de perforaciones absorbentes, para los efluentes cloacales adecuadamente tratados que se originen en
BOLETÍN OFICIAL
las viviendas unifamiliares ubicadas en el loteo sito entre calles Tucumán, Av. San Martín y el Canal Constitución N 10 de la localidad de Malvinas Argentinas, Pedanía Constitución, Departamento Colón, Provincia de Córdoba, nomenclatura catastral provincial Dpto. 13, Ped. 03, Pblo. 26, C. 01, S. 02, M. 098 y 099, HRG. 2112, PARC. RURAL 5975, DOMINIO
NÚMERO 3.131, FOLIO 4.319 TOMO 18 AÑO 1960, Propiedad N 1303-0.929.892/7, bajo las condiciones establecidas en los artículos siguientes, siendo su cumplimiento, según corresponda, responsabilidad de/
los propietarios y/o de cada uno de los futuros propietarios de las viviendas, obligaciones que deberán necesariamente constar en los contratos de compraventa y en las escrituras de propiedad correspondientes.El presente Certificado de Factibilidad contempla la subdivisión del predio en 31
lotes treinta y un lotes para la construcción de viviendas unifamiliares, con una superficie por lote variable entre 221,94 m2 y 1204,45 m2.
Se considera exclusivamente la generación de líquidos cloacales del tipo domiciliarios tratados en cámara séptica y vertidos a través de perforaciones absorbentes al subsuelo; si en un futuro se plantea la instalación de cualquier tipo de establecimiento industrial, comercial o de servicios, estos casos ameritarán por parte de este Organismo un tratamiento independiente.Para todos los lotes se deberá cumplimentar con los siguientes requerimientos: a La calidad del líquido se deberá encuadrar dentro de los límites permitidos y corresponderá al desage cloacal de una vivienda unifamiliar. b En todos los lotes se deberá dejar el espacio suficiente para la duplicación del sistema en caso de ser necesario.
Esta Repartición Provincial no se hace responsable de los daños y perjuicios que la disposición de efluentes cloacales genere a terceros, bienes o cosas, los cuales serán de exclusiva cuenta de los propietarios y no tendrán derecho a reclamo alguno ante este Organismo.
Los responsables legales deberán dar cumplimiento a las exigencias correspondientes a fin de obtener el Certificado de Factibilidad de Agua para el loteo, de acuerdo a lo establecido en las normativas vigentes Decreto 4560/55, Ley 8548/96 y Resolución 646/05.
Se deja expresa constancia que en caso de que la Municipalidad de Malvinas Argentinas, u otro Organismo o Empresa autorizada, proceda al tendido de la red cloacal en la zona de emplazamiento del loteo, y en caso de contar con factibilidad técnica de conexión, los propietarios de las viviendas deberán proceder indefectiblemente a conectar a la red los vertidos de efluentes cloacales, procediendo a anular los pozos absorbentes que se dejen fuera de uso, informando de tal situación en tiempo y forma a esta Repartición.
Queda bajo responsabilidad del proponente la ejecución de las obras adecuadas para el correcto drenaje natural de las aguas pluviales, recomendándose la planificación detallada de éstas a los efectos de no alterar el escurrimiento natural de las aguas superficiales.
El citado emprendimiento urbanístico deberá dar cumplimiento a todas las disposiciones de la Ley Provincial del Ambiente N 7343/85 y sus Decretos Reglamentarios.
Los criterios puestos de manifiesto no invalidan otras exigencias de los restantes Organismos Oficiales de la Provincia, que por otras consideraciones ambientales pudieran objetar el desarrollo del citado emprendimiento urbanístico.s/Expte N0416-056096/09.
RESOLUCION N577..- 22/09/2010.- PRORROGAR, hasta el día 1 de Diciembre del cte. año, la AUTORIZACION PRECARIA, PERSONAL e INTRANSFERIBLE a PRE-VENIR O.N.G. con domicilio legal en calle Siria n 174 de la ciudad de Villa Dolores, a realizar las tareas de limpieza sobre el Río Los Sauces, en los sectores San Pedro, Villa Dolores, Villa Sarmiento y Sauce Arriba.Se deja constancia que esta autorización no implica derecho real o posesorio alguno a favor de la solicitante ni delegación de derecho o facultad de
CÓRDOBA, 17 de febrero de 2011
ninguna naturaleza; tampoco asume esta Subsecretaría responsabilidad alguna en la ejecución de los trabajos de referencia siendo a exclusiva cuenta y cargo de la requirente las erogaciones que implique el desarrollo de los mismos.Esta Subsecretaría de Recursos Hídricos supervisará las tareas de limpieza a través de sus áreas conjuntamente con la Municipalidad de Villa Dolores y la Comuna de Villa Sarmiento.s/Expte.
N0416-060125/10.
RESOLUCIÓN Nº 587 05/10/10 expediente Nº 0416059550/10 APROBAR el Legajo Técnico compuesto de Memoria Descriptiva, Pliego Particular de Especificaciones Técnicas y Descripción de las Obras, Cómputo Métrico y Presupuesto y Planos de la obra:
MEJORAMIENTO CAUCE NATURAL ARROYO SUR
AUSONIA IDIAZABAL - DEPARTAMENTO GENERAL
SAN MARTÍN, obrante a fs. 3/11 de estas actuaciones.
ADJUDICAR en forma directa a la MUNICIPALIDAD
DE AUSONIA Dpto. Gral. San Martín, la ejecución de la obra MEJORAMIENTO CAUCE NATURAL ARROYO
SUR AUSONIA IDIAZABAL - DEPARTAMENTO
GENERAL SAN MARTÍN, por la suma de PESOS
DOSCIENTOS OCHENTA MIL $ 280.000,00, conforme las cláusulas establecidas en el Convenio obrante a fs.
12 de autos, el que como Anexo I forma parte integrante de la presente.AUTORIZAR la inversión de la suma de PESOS
DOSCIENTOS OCHENTA MIL $ 280.000,00, para atender el pago del aporte derivado del citado convenio e imputar dicho egreso según lo informado por la Dirección de Jurisdicción de Administración del MINISTERIO DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS en Afectación Preventiva-Nota de Pedido 2010/000495 fs.
14 a: Programa-Partida 505-003/12.06.00.00 - 293001
del P.V.RESOLUCIÓN Nº 588 05/10/10 expediente Nº 0416060139/10 APROBAR la elección de autoridades para la Comisión Directiva del CONSORCIO DE USUARIOS
DE RIO PRIMERO - ZONA NORTE, integrada por las siguientes personas:
Presidente:
Daniel Fernandez:
Vicepresidente: Raúl Boarotto Tesorero:
Arturo Cacciamano Secretario:
Luis Giannobi Vocal 1:
Esteban Ghelli Vocal 2:
Norberto Tassi Vocal 3:
Rubén Papalini RESOLUCIÓN Nº 589 05/10/10 expediente Nº0416051244/07 APLICAR a la firma ACEITERA GENERAL
DEHEZA S.A, con domicilio en Intendente Urquía nº 149, Gral. Deheza, Provincia de Córdoba, una multa de PESOS TRES MIL OCHOCIENTOS $ 3.800,00, por incumplimiento de la normativa contenida en el Art.
173º de la Ley 5589,prevista en el Art. 275º del Código de Aguas de la Provincia y Resolución nº 375/06. Dicha multa deberá hacerla efectiva dentro del término de DIEZ l0 días contados a partir de la fecha de su notificación, bajo apercibimiento, en caso de incumplimiento, de perseguir su cobro por vía judicial y que de persistir en la omisión de la colocación del dispositivo de medición se aplicará el Art. 276º del mismo cuerpo legal y se procederá a la suspensión del uso del agua, mediante el precintado de la perforación RESOLUCIÓN Nº 594 05/10/10 expediente Nº0416008018/95 RECTIFICAR el Artículo 3 de la Resolución nº 525 de fecha 18 de agosto de 2010, el que queda redactado de la siguiente manera:
Los responsables del Establecimiento deberán presentar en un plazo de treinta 30 días,contados a partir de la fecha de su notificación, un Cronograma de tareas a realizar en forma secuencial por duplicado, para regularizar su situación con relación al tratamiento de líquidos residuales industriales y cloacales disminución de Materia Orgánica, todo ello bajo apercibimiento de los Arts. 183, 187, 275 y 276 del Código de Aguas de la Pcia. de Córdoba Decreto Ley n 5589.

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 17/02/2011 - 1º Sección

TitoloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaeseArgentina

Data17/02/2011

Conteggio pagine10

Numero di edizioni4190

Prima edizione01/02/2006

Ultima edizione31/07/2024

Scarica questa edizione

Altre edizioni

<<<Febrero 2011>>>
DLMMJVS
12345
6789101112
13141516171819
20212223242526
2728