Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 01/02/2011 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

BOLETÍN OFICIAL

CÓRDOBA, 1º de febrero de 2011

1

SECCIÓN

AÑO XCIX - TOMO DLIII - Nº 22
CORDOBA, R.A., MARTES 1º DE FEBRERO DE 2011

PUBLICACIONES

DE

GOBIERNO

PODER EJECUTIVO

www.boletinoficialcba.gov.ar E-mail: boletinoficialcba@cba.gov.ar
MINISTERIO de OBRAS y SERVICIOS PÚBLICOS

PRODUCTORES DE DIFERENTES DEPARTAMENTOS Y PEDANÍAS

Resolución Nº 239

Declaran en estado de emergencia y/o desastre agropecuario
Expediente Nº 0451-060428/10.-

Decreto Nº 2069
Córdoba, 2 de noviembre de 2010
VISTO: El Expediente N 0436-058680/2010, del registro del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentos.
Y CONSIDERANDO:
Que en las presentes actuaciones se procura la declaración del estado de Emergencia y/o Desastre Agropecuario, según corresponda, para diversas zonas de la Provincia de Córdoba que han sufrido los efectos de la sequía y donde ha resultado afectada gravemente la producción o la capacidad productiva, dificultando la evolución de las actividades agrícolas y ganaderas como consecuencia del fenómeno mencionado.
Que la Secretaría de Agricultura del Ministerio mencionado, propicia la declaración del estado de Emergencia Agropecuaria y/o Desastre para diversas zonas de esta Provincia que han sido afectadas por sequía, conforme a la reunión mantenida en el seno de la Comisión Provincial de Emergencia Agropecuaria el día 9 de septiembre de 2010.
Que se ha adjuntado en autos informe técnico de la situación del sector agropecuario de la zona afectada.
Que de las actuaciones obrantes surge que la propuesta se origina como consecuencia de lo actuado en el marco de la Comisión Provincial de Emergencia Agropecuaria, en cumplimiento de sus funciones, según las previsiones del artículo 4 de la Ley N 7121.
Que la ocurrencia de este fenómeno ha incidido desfavorablemente sobre la capacidad productiva de las explotaciones rurales, afectando gravemente su producción y el normal desenvolvimiento del ciclo económico-productivo, dificultando también la evolución misma de las actividades ganaderas del sector norte y oeste y agrícolas de la zona centro de la provincia y el cumplimiento de las obligaciones fiscales; todo lo cual hace necesario y procedente disponer medidas adecuadas a las circunstancias en que se desenvuelve la economía provincial.
Que el artículo 96 del Código Tributario Provincial Ley
Nº 6006 t.o. 2004 y sus modificatorias faculta al Poder Ejecutivo para disponer beneficios impositivos a contribuyentes y/o responsables de determinadas zonas o categorías cuando fueren afectados por casos fortuitos o de fuerza mayor.
Que ha tomado la intervención de su competencia la Dirección de Jurisdicción de Asesoría Fiscal de la Secretaría de Ingresos Públicos del Ministerio de Finanzas.
Que se ha cumplimentado con el procedimiento que determina la Ley N 7121, en un todo de acuerdo con lo dispuesto por sus artículos 4, 5, 8, correlativos y concordantes.
Por ello, actuaciones cumplidas, normas legales citadas, lo dispuesto por los artículos 96 del Código Tributario Provincial Ley N 6006, t.o. 2004 y sus modificatorias, 8 de la Ley N 9456, 71 y 144 inciso 1 de la Constitución Provincial, lo dictaminado por la Dirección de Asuntos Legales del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentos bajo N
506/2010 y por Fiscalía de Estado al N /2010;

Córdoba, 4 de noviembre de 2010

VISTO: este Expediente en el que obra el Convenio suscripto con fecha 5 de octubre de 2010 entre el Gobierno de la Provincia de Córdoba y la Municipalidad de Huerta Grande, del cual surge el compromiso asumido por ambas partes de llevar adelante la Obra: PAVIMENTACIÓN DE
CALLE PEDRO EUGENIO ARAMBURU.
Y CONSIDERANDO:
Que la citada Municipalidad ha presentado oportunamente Proyecto, Planos, Cómputo y Presupuesto de la obra de que se trata.
Que la Provincia de Córdoba, a través de este Ministerio, asume el costo que demande la ejecución de la obra citada, el cual asciende a la suma de $ 779.100,74, a través de un aporte económico no reintegrable, que se hará efectivo mediante un adelanto de $ 230.000,00
y el saldo contra la certificación mensual de avance de obra, la que será expedida por la Municipalidad, hasta completar el monto total del Convenio.
Que el Convenio mencionado se refiere al otorgamiento de un subsidio a favor de la Municipalidad de Huerta Grande por el monto consignado en su cláusula primera, con la modalidad de pago prevista en su cláusula tercera y con una finalidad determinada, encuadrándose en las previsiones del artículo 6º de la Ley 9191.
Por ello y lo dictaminado por el Departamento Jurídico de este Ministerio con el Nº 569/10,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:

EL MINISTRO DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS
R E S U E L V E:

ARTÍCULO 1.- DECLÁRASE a partir del día 09 de Septiembre de 2010 y hasta el día 08 de Marzo de 2011, en estado de Emergencia y/o Desastre Agropecuario, según corresponda, a los productores ganaderos afectados por sequía durante el período otoño-invierno del año 2010, que desarrollan su actividad en las Pedanías y Departamentos que se enumeran a continuación:

ARTÍCULO 1º.- OTORGAR un subsidio por la suma de PESOS
SETECIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL CIEN CON SETENTA Y
CUATRO CENTAVOS $ 779.100,74, a favor de la Municipalidad de Huerta Grande, conforme lo establecido en Convenio suscripto con fecha 5 de octubre de 2010, entre el Gobierno de la Provincia de Córdoba, representado en ese acto por el suscripto, por una parte, y la citada Municipalidad, representada por su Intendente, señor Hugo A. CAPDEVILA, por la otra, con oportuna rendición de cuentas, para la ejecución de la Obra: PAVIMENTACIÓN DE CALLE PEDRO EUGENIO ARAMBURU, que como ANEXO I, compuesto de DOS 2 fojas, integra la presente resolución.

Departamentos Cruz del Eje
General Roca
Pedanías Cruz del Eje Candelaria Higueras Pichanas San Marcos Jageles Cuero Necochea CONTINÚA EN PÁGINA 2

ARTÍCULO 2º.- IMPUTAR el egreso que asciende a la suma de PESOS SETECIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL CIEN CON SETENTA
Y CUATRO CENTAVOS $ 779.100,74 conforme lo indica la Dirección de Jurisdicción de Administración de este Ministerio en su Documento de Contabilidad Nota de Pedido Nº 2010/000760, de la siguiente manera:
CONTINÚA EN PÁGINA 2

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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 01/02/2011 - 1º Sección

TitoloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaeseArgentina

Data01/02/2011

Conteggio pagine7

Numero di edizioni4175

Prima edizione01/02/2006

Ultima edizione10/07/2024

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