Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 09/02/2011 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

BOLETÍN OFICIAL

CÓRDOBA, 9 de febrero de 2011

1

SECCIÓN

AÑO XCIX - TOMO DLIII - Nº 28
CORDOBA, R.A., MIÉRCOLES 9 DE FEBRERO DE 2011

PUBLICACIONES

DE

GOBIERNO

www.boletinoficialcba.gov.ar E-mail: boletinoficialcba@cba.gov.ar
PODER EJECUTIVO

Obras de desages urbanos en la ciudad de Córdoba Decreto Nº 2387
Córdoba, 20 de diciembre de 2010
VISTO: El expediente Nº 0424-042633/2010, en que se procura la aprobación de la Addenda al Convenio Marco celebrado entre el Gobierno de la Provincia de Córdoba, la Municipalidad de la Ciudad de Córdoba y el Banco de la Provincia de Córdoba S.A. con fecha 29 de diciembre de 2009 protocolizado bajo el Nº 84/09.
Y CONSIDERANDO:
Que el Convenio de que se trata fue suscripto con el objeto de brindar soluciones urgentes a la necesidad imperiosa de ejecutar obras de desages urbanos en la Ciudad de Córdoba, fijando acciones conjuntas en tal sentido, en atención al interés tanto del Municipio Capitalino como el Gobierno Provincial en función de la gran importancia que tales obras aportan para los ciudadanos que habitan en dicha Ciudad.
Que mediante la Addenda cuya aprobación se propicia las partes signatarias convinieron en modificar las cláusulas Tercera, Cuarta, Quinta y Sexta en lo atinente a los compromisos que cada parte asume en relación a la Línea de Créditos para Empresas Constructoras adjudicatarias de las obras supra referenciadas, a cuyo fin se establecen las condiciones comerciales y operativas más importantes referidas a dicha Línea crediticia, con cesión en garantía de certificados de obras emitidos por la Municipalidad de Córdoba.

Decreto Nº 132
Córdoba, 27 de enero de 2011
VISTO: El expediente Nº 0045-013157/05/
A52874/10, en el que se propicia se autorice la cesión de los derechos, acciones y obligaciones emergentes del contrato de la obra:
PAVIMENTACIÓN CAMINO SECUNDARIO S271 TRAMO: POTRERO DE GARAY SAN

Por ello, atento las actuaciones cumplidas, lo prescripto por los artículos 144 inciso 4º y 191 de la Constitución Provincial y de acuerdo lo dictaminado por el Departamento Jurídico del Ministerio de Finanzas al Nº 676/10 y por Fiscalía de Estado al Nº 1569/10.
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA :
ARTÍCULO 1º.- APRUÉBASE en todos sus términos la Addenda al Convenio Marco celebrado entre el Gobierno de la Provincia de Córdoba, la Municipalidad de la Ciudad de Córdoba y el Banco de la Provincia de Córdoba S.A.
con fecha 29 de diciembre de 2009, protocolizado bajo el Nº 84/09, la que como Anexo I con cinco 5 fojas útiles, forma parte integrante del presente Decreto.
Artículo 2º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro de Finanzas y por el señor Fiscal de Estado.
Artículo 3º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
CR. JUAN SCHIARETTI
GOBERNADOR
CR. ÁNGEL MARIO ELETTORE
MINISTRO DE FINANZAS
JORGE EDUARDO CÓRDOBA
FISCAL DE ESTADO

CLEMENTE DEPARTAMENTO: SANTA
MARÍA, efectuada por la Empresa LUIS G.
BOSCH EMPRESA CONSTRUCTORA S.A., a favor de la Empresa BRITOS S.A.
Y CONSIDERANDO:
Que obra en autos el contrato de cesión suscripto por las empresas precedentemente citadas, así como la certificación de las firmas del
Decreto Nº 2432
Córdoba, 23 de diciembre de 2010
VISTO: El expediente N 0473042672, el artículo 148, inciso b del Código Tributario Provincial Ley N
6006 T.O. 2004 y sus modificatoriasy el Decreto Nº 268/10.
Y CONSIDERANDO:
Que por Ley N 9703, se ha procedido a efectuar modificaciones al Código Tributario Provincial Ley N
6006 T.O. 2004 y sus modificatoriascon vigencia a partir del 1 de Enero de 2010.
Que entre ellas, cabe destacar la modificación a la definición de ventas al por mayor en la comercialización de combustibles líquidos y gas natural tipificada en el artículo 148 del precitado ordenamiento.
Que en tal sentido, se ha establecido que serán consideradas como ventas al por mayor: a la venta de combustibles a sujetos que adquieran el producto para revenderlo o comercializarlo, por desarrollar como actividad el expendio de combustible y b el expendio de gasoil, cuando dicho combustible tenga por objeto revestir el carácter de insumo para la producción primaria, la actividad industrial y la prestación del servicio de transporte.
Que mediante Decreto Nº 268/10, se estableció que existirá venta mayorista
instrumento por Escribano Público mediante Actuación Notarial.
Que habiéndose dado intervención al Departamento I-Obras y Conservación de Pavimentos de la Dirección Provincial de Vialidad, el mismo se expide en autos respecto a la no objeción de la aceptación de la cesión, ya que la Empresa BRITOS S.A. se encuentra ejecutando actualmente dos importantes obras para la referida Repartición.

en el expendio de gasoil en los casos que sea adquirido como insumo para las actividades de producción primaria e industrial cuando la comercialización sea efectuada en unidades de venta iguales o superiores a quinientos 500
litros por expendio y de doscientos 200 litros por expendio en el caso de actividades de prestación del servicio de transporte.
Que dadas las particularidades de capacidad de carga que, en el expendio de combustible como insumoposeen algunos adquirentes, se estima necesario dentro de las facultades conferidas a este Poder Ejecutivo, modificar las actuales condiciones y/o limitaciones establecidas en el artículo 1º del mencionado Decreto.
Por ello, atento las actuaciones cumplidas, lo informado por la Dirección de Asesoría Fiscal en Nota Nº 75/10, lo dictaminado por el Departamento Jurídico del Ministerio de Finanzas al Nº 715/10 y por Fiscalía de Estado al Nº 1604/10;
EL GOBERNADOR
DE LA PROVINCIA
DECRETA :
ARTÍCULO 1.- SUSTITÚYENSE
los Apartados 1 y 2 del artículo 1 del Decreto Nº 268/10 por los siguientes:
1. Producción primaria y/o la actividad industrial: Doscientos 200 litros por CONTINÚA EN PÁGINA 2

Que a fs. 4 de autos obra el Decreto Nº 1362/
08 por el cual se adjudicó la obra de que se trata a la Empresa LUIS G. BOSCH EMPRESA
CONSTRUCTORA S.A., a fs. 5/6 el respectivo Contrato de Obra, y a fs. 28/29 del F.U. 2 se informa sobre el estado de avance de obra.
Que a fs. 15 obra el correspondiente Certificado de Habilitación para Adjudicación a nombre de la Empresa BRITOS S.A.
CONTINÚA EN PÁGINA 2

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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 09/02/2011 - 1º Sección

TitoloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaeseArgentina

Data09/02/2011

Conteggio pagine12

Numero di edizioni4176

Prima edizione01/02/2006

Ultima edizione11/07/2024

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