Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 16/02/2011 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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BOLETÍN OFICIAL

2001, chasis Nº 93ZC3570118301148, motor Nº 36213162688, de 14 asientos, Tacógrafo Kienzle 1825585, Dominio Nº DTK 860, chapa MOP Nº E 1021
RESOLUCION Nº 476- 13-08-2010- expediente Nº 0048.32797/10 AUTORIZAR la baja de la unidad que estuviera afectada al servicio que presta la empresa KECABUS
S.R.L., cuyos datos identificatorios se detallan: Marca Mercedes Benz, modelo del año 2001, chasis Nº 9BM688176YB233274, motor Nº 37498410467235, de 24 asientos, Dominio Nº DPS 018, chapa MOP Nº E 2019.
RESOLUCION Nº 477- 13-08-2010- expediente Nº 0048.32879/10 AUTORIZAR la baja de la unidad que estuviera afectada al servicio que presta EMPRESA SARMIENTO
S.R.L., cuyos datos identificatorios se detallan: Marca Mercedes Benz, modelo del año 2008, chasis Nº 9BM3840679F133140, motor Nº 904.968-UO-782771, de 42 asientos, Dominio Nº HRL 619, chapa MOP Nº R 228.
RESOLUCION Nº 478- 13-08-2010- expediente Nº 0048.32660/10 AUTORIZAR a la empresa VANS TOUR S.R.L. para que preste en temporada de Invierno 2010 los horarios obrantes a fs. 5 de autos, hasta tanto se resuelvan las nuevas concesiones según Decreto Reglamentario Nº 254/03 de la Ley Nº 8669, quedando sujetos a las modificaciones que eventuales reclamos las justifiquen.
RESOLUCION Nº 479- 13-08-2010- expediente Nº 0048.32882/10 AUTORIZAR al señor Misael JUAREZ -D.N.I. Nº 11.747.083-, C.U.I.T. Nº 20-11747083-1, Ingresos Brutos Nº 280285315, con domicilio en Faustino Tronge 960, Bº Villa Páez, Córdoba, para prestar por el término de DIEZ 10 años un Servicio Especial Restringido, con centro en CORDOBA, bajo la denominación de YONATHAN TOURS, y con las limitaciones que la reglamentación establece. AUTORIZAR la incorporación al servicio conferido al señor Misael JUAREZ, de la unidad cuyos datos identificatorios se detallan:
Marca Mercedes Benz, modelo del año 1991, chasis Nº 351.233-11-085362, motor Nº 347.970-10-123553, de 46 asientos, Tacógrafo Digitac 11111, Dominio Nº TDZ 746, adjudicándole la chapa MOP Nº ER 2197.
SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS
SUB SECRETARIA DE RECURSOS HIDRICOS
RESOLUCION N 562.-03/09/2010.- CONCEDER, a la MUNICIPALIDAD DE SAN
FRANCISCO DEL CHAÑAR, CERTIFICADO DE FACTIBILIDAD DE AGUA, el que como Anexo I forma parte integrante de la presente, para el inmueble de su propiedad, ubicado entre calles Belgrano, Ramírez y Presidente Julio Roca, en la localidad de San Francisco del Chañar, Pedanía: San Francisco, Provincia de Córdoba, el que cuenta con Nomenclatura Catastral D. 32, P. 04, Pblo. 10, C. 01, S. 01, Mz. 029, P. 001, Matrícula 1.162.592, Propiedad n 32-04-1.814.994/3. El presente Certificado de Factibilidad contempla, exclusivamente, la subdivisión de los predios en 141 lotes, por lo que si en el futuro se pretendiere subdividir los predios que conforman el actual loteo, deberá el responsable iniciar nuevamente la tramitación impuesta por la Resolución nº 646/05.-s/Expte. N0416-058742/10.
RESOLUCION N563.-03/09/2010.- CONCEDER, a la MUNICIPALIDAD DE SAN
FRANCISCO DEL CHAÑAR, CERTIFICADO DE FACTIBILIDAD DE AGUA, el que como Anexo I forma parte integrante de la presente, para el inmueble de su propiedad, ubicado en calle Av. Presidente Perón s/n, en la localidad de San Francisco del Chañar, Provincia de Córdoba, el que cuenta con Nomenclatura Catastral D. 32, P. 04, Pblo.
10, C. 01, S. 01, Mz. 023, P. 026, Matricula 1.163.949, Propiedad n 32-04-1.814.995/
1.El presente Certificado de Factibilidad contempla, exclusivamente, la subdivisión de los predios en 53 lotes, por lo que si en el futuro se pretendiere subdividir los predios que conforman el actual loteo, deberá el responsable iniciar nuevamente la tramitación impuesta por la Resolución nº 646/05.s/Expte N 0416-058746/10.
RESOLUCION N564.- 03/09/2010.- CONCEDER, a la MUNICIPALIDAD DE SAN
FRANCISCO DEL CHAÑAR, CERTIFICADO DE FACTIBILIDAD DE AGUA, el que como Anexo I forma parte integrante de la presente, para el inmueble de su propiedad, ubicado en calle J. A. Roca s/n, en la localidad de San Francisco del Chañar, Pedania:
San Francisco, Provincia de Córdoba, el que cuenta con Nomenclatura Catastral D.
32, P. 04, Pblo. 10, C. 01, S. 01, Mz. 028, P. 001, Matricula 1.163.948, Propiedad n 3204-1.814.993/5.El presente Certificado de Factibilidad contempla, exclusivamente, la subdivisión de los predios en 14 lotes, por lo que si en el futuro se pretendiere subdividir los predios que conforman el actual loteo, deberá el responsable iniciar nuevamente la tramitación impuesta por la Resolución nº 646/05.s/Epte N04160578745/10.
RESOLUCION N 565.-03/09/2010. APROBAR la readecuación y creación de nuevos items, correspondientes a la obra: RED COLECTORA DE LIQUIDOS
CLOACALES BARRIO COCCA E INDUSTRIAL LA CALERA PROVINCIA DE
CORDOBA BARRIO COCCA E INDUSTRIAL LA CALERA PROVINCIA DE
CORDOBA, que ejecuta la Empresa TECON CONSTRUCTORA S.R.L.-, conforme la documentación técnica obrante en autos, no reconociéndosele a la Contratista adicional alguno. s/Expte N 0416-051675/08.
RESOLUCION N 566.- 03/09/2010. APROBAR el Legajo Técnico de la obra REPARACION CIERRE LAGUNA DE RETARDO Y SISTEMATIZACION CAUCE ARROYO SALDAN CALLE URITORCO Y CASA DE RETIROS DPTO. COLON, obrante
CÓRDOBA, 16 de febrero de 2011

a fs. 4/48 de estas actuaciones. ADJUDICAR en forma directa a la Empresa CONSTRUCTORA CORFUR S.A., por la suma de PESOS DOSCIENTOS NOVENTA
Y OCHO MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y SIETE CON VEINTINUEVE CENTAVOS
$ 298.257,29, por resultar ésta la oferta más económica ajustada a Pliegos reuniendo las condiciones técnicas exigidas .s/Expte. N 0416-059177/10.
RESOLUCION N568.-07/09/2010.APLICAR a la empresa EL TABAQUILLO S.R.L.
y/o quienresulte responsable legal de la misma, sita en calle Las Toscas s/n, Villa Esquiú de la ciudad de Córdoba una multa diaria de PESOS SETENTA Y SEIS $
76,00, hasta tanto la infracción subsista, esto es hasta que cumplimente con lo requerido oportunamente a los fines de obtener la autorización de descarga de sus líquidos residuales conforme al Decreto nº 415/99 y su modificatorio nº 2711/01, bajo apercibimiento de perseguir su cobro por vía judicial, de ordenar el cese definitivo del vertido y de efectuar la pertinente denuncia penal en caso de persistir en el incumplimiento .Los responsables de la empresa EL TABAQUILLO S.R.L. deberán abonar el Derecho de Inspección, de acuerdo a lo establecido en el ARt. 9.32 del Decreto 415/99.NOTIFICAR a la MUNICIPALIDAD DE CORDOBA que el citado Establecimiento NO HA CUMPLIMENTADO con la normativa legal de la Provincia, conforme a las constancias de estos actuados y al texto de la presente Resolución, expresando además que el mantenimiento y otorgamiento de habilitación corre por exclusiva cuenta y responsabilidad de la Municipalidad en función de los deberes y obligaciones que le son propios en dicha materia, entre los que se deben incluir garantizar en todo momento el cumplimiento de la normativa provincial vigente. s/
Expte N 0416-049383/07.
RESOLUCION N570.-10/09/2010. CONCEDER a la MUNICIPALIDAD de CORRAL DE BUSTOS-IFFLINGER, a través de su responsable legal, Señor Intendente Municipal Sr. HÉCTOR PAGANI, el CERTIFICADO DE FACTIBILIDAD DE DESCARGA
de efluentes cloacales adecuadamente tratados en planta depuradora al canal de drenaje hasta la Cañada de Santa Lucía, bajo las condiciones establecidas en los artículos siguientes, siendo su cumplimiento, según corresponda, responsabilidad de la Municipalidad de Corral de Bustos-Ifflinger.El presente Certificado de Factibilidad no significa Autorización de descarga de efluentes cloacales al cuerpo receptor previsto, razón por la cual la MUNICIPALIDAD DE CORRAL DE BUSTOS-IFFLINGER deberá solicitar a esta Repartición Provincial la correspondiente Autorización de vertido, como requisito previo a la puesta en marcha de la planta de tratamiento, para lo cual deberá presentar: a toda la documentación técnica correspondiente a la etapa a habilitar, firmada en todas sus hojas por el profesional inscripto en el registro instrumentado por el Decreto 415/99 y por el responsable legal, la que deberá además estar visada por el Colegio en el que se encuentre inscripto el profesional actuante. b el proyecto completo del sistema radicular propuesto en folio único 208 ccumplimentar con lo establecido a fs. 198 por el Departamento Desages Cloacales del Área Estudios y Proyectos de esta Repartición, d Presentar la Declaración Jurada, con todos los datos requeridos en la misma, firmada por el responsable del establecimiento y el profesional designado. e Constancia de pago del monto equivalente al 60% del canon anual de uso, según lo establecido en el artículo 9.31 del Decreto 415/99 y modificatorio N 2711/01.La Municipalidad de Corral de Bustos-Ifflinger deberá evitar el volcamiento al canal durante 24 o 48 hs en el momento que se produzcan lluvias de importancia pico de crecidas, almacenando los excedentes en las lagunas, por lo que deberá considerarse un volumen de reserva para este caso.La calidad de los efluentes cloacales a evacuar al cuerpo receptor deberán satisfacer en todo momento las condiciones de volcamiento fijadas por las Normas para la Protección de los Recursos Hídricos Superficiales y Subterráneos de la Provincia de Córdoba Decreto 415/99 y modificatorio.Esta Repartición Provincial no se hace responsable de los daños y perjuicios que la disposición de efluentes cloacales genere a terceros, bienes o cosas, los cuales serán de exclusiva cuenta de la Municipalidad de Corral de BustosIfflinger y no tendrán derecho a reclamo alguno ante este Organismo. Queda bajo responsabilidad del proponente la ejecución de las obras adecuadas para el correcto drenaje natural de las aguas pluviales dentro del predio en el que se construya la planta de tratamiento, recomendándose la planificación detallada de éstas a los efectos de no alterar el escurrimiento natural de las aguas superficiales. La Municipalidad de Corral de Bustos-Ifflinger deberá dar cumplimiento a todas las disposiciones de la Ley Provincial del Ambiente N 7343/85 y sus Decretos Reglamentarios.Los criterios puestos de manifiesto no invalidan otras exigencias de los restantes Organismos Oficiales de la Provincia, que por otras consideraciones ambientales pudieran objetar el desarrollo del citado emprendimiento. s/Expte N 0416-050507/07.
RESOLUCION N572 .-10/09/2010. APLICAR al establecimiento MyV BATERIAS, propiedad de la firma MARIO Y VICTOR MARCHISIO S.R.L., sito en calle Diagonal Ica n 1938, B Alem de la ciudad de Córdoba, una multa de PESOS ONCE MIL
CUATROCIENTOS $ 11.400,00, por incumplimiento a los emplazamientos formulados por esta Repartición para regularizar la descarga de sus efluentes líquidos conforme al Decreto nº 415/99 y su modificatorio nº 2711/01. Dicha multa deberá hacerla efectiva dentro del término de DIEZ l0 días contados a par-tir de la fecha de su notificación, bajo apercibimiento, en caso de incumplimiento,de perseguir su cobro por vía judicial.EMPLAZAR al citado Establecimiento para que en el perentorio término de DIEZ 10 días, contados a partir de la fecha de su notificación, presente ante esta Subsecretaría toda la documentación requerida oportunamente, a fin de obtener la autorización de descarga de sus líquidos residuales, bajo apercibimiento de aplicar mayores sanciones conforme lo previsto en el Art. 276º de la Ley nº 5589 y de ordenar el cese definitivo del vertido en forma inmediata.s/Expte N 0416-054673/08.

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 16/02/2011 - 1º Sección

TitoloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaeseArgentina

Data16/02/2011

Conteggio pagine10

Numero di edizioni4190

Prima edizione01/02/2006

Ultima edizione31/07/2024

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