Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 11/02/2010 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

BOLETÍN OFICIAL

CÓRDOBA, 11 de febrero de 2010

1

SECCIÓN

AÑO XCVIII - TOMO DXLI - Nº 29
CORDOBA, R.A. JUEVES 11 DE

PUBLICACIONES

DE

SECRETARÍA de CULTURA

Crean Programa Verano Cultural en Todas pARTES
RESOLUCION Nº 804

Córdoba 28 de diciembre de 2009.-

VISTO: El Expediente N 0385-020334/2009 del Registro de la Secretaría de Cultura.Y CONSIDERANDO:
Que a fs. 02 el Sr. Director General de Coordinación de esta Secretaría, propone la creación de un Programa destinado a difundir a los artistas cordobeses en los distintos Barrios de la ciudad de Córdoba para el año 2010, atento el éxito y los resultados altamente positivos obtenido en el año 2009 con la ejecución del mismo programa, asignándose la suma total de pesos Doscientos Cincuenta Mil $ 250.000,00.Que a fs. 3 el Sr. Secretario de Cultura toma conocimiento y autoriza la creación del Programa referenciado.Que a fs. 6 obra nota de la Dirección de Administración por lo cual informa que existen partidas presupuestarias para atender lo solicitado.Que atento lo establecido en el Art. 35 del anexo de la Ley 9454, resulta conveniente y oportuno la creación del programa propuesto.Por ello, las previsiones de las leyes Nº 9454, 9702, la Resolución Nº 244/
2008, y lo dictaminado por la Subdirección de Legales y Despacho bajo el N
501/09;
EL SECRETARIO DE CULTURA
RESUELVE
Artículo 1: CREASE el Programa denominado "Verano Cultural en Todas pARTES" para el año 2010, conforme lo establecido en los considerandos de la presente resolución, el cual tendrá como objetivos principales :
- La promoción de los artistas consolidados de Córdoba y de artistas locales en formación, mediante su actuación en los distintos Barrios ubicados en la ciudad de Córdoba, y sus aledaños;
- Garantizar el derecho al acceso a la Cultura a toda la población;
- Permitir la participación de la comunidad a través de las organizaciones sociales y/o barriales, Centros Vecinales y Asociaciones Civiles, en la difusión de la Cultura de Córdoba.Artículo 2: IMPÚTESE la suma de Pesos Doscientos Cincuenta Mil $250.000,00 a la Jurisdicción 1.30 Secretaría de Cultura, Programa 30.Artículo 3: PROTOCOLÍCESE, dése intervención al Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia, comuníquese, notifíquese y archívese.A RQ. JOSÉ J. GARCÍA VIEYRA
SECRETARIO DE CULTURA

GOBIERNO

www.boletinoficialcba.gov.ar E-mail: boletinoficialcba@cba.gov.ar
RESOLUCION Nº 818

para atender lo solicitado.-

Córdoba 30 de Diciembre de 2009.-

Que atento lo establecido en el Art.
35 del anexo de la Ley 9454, resulta conveniente y oportuno la creación del programa propuesto.-

VISTO: El Expediente N 0385020357/2009 del Registro de la Secretaría de Cultura.Y CONSIDERANDO:
Que a fs. 02 el Sr. Director General de Coordinación de esta Secretaría, propone la creación de un Programa destinado a la promoción, apoyo y difusión de las Bandas de Rock emergentes de la Provincia de Córdoba, el cual será denominado "Rockordoba 2010", a ejecutarse durante el año 2010, asignándose la suma de pesos Cien Mil $ 100.000,00.Que a fs. 3 el Sr. Secretario de Cultura toma conocimiento y autoriza la creación del Programa referenciado.Que a fs. 5 obra nota de la Dirección de Administración por lo cual informa que existen partidas presupuestarias
FEBRERO DE 2010

Por ello, las previsiones de las leyes Nº 9454, 9702, y lo dictaminado por la Subdirección de Legales y Despacho bajo el N 508/09;
EL SECRETARIO DE CULTURA
DEL GOBIERNO DE LA
PROVINCIA DE CORDOBA
RESUELVE

- Brindar a dichas Bandas la posibilidad de presentarse en escenarios concurridos con públicos heterogéneos;
- Generar un marco de Cooperación interinstitucional con los Municipios de la Provincia para la ejecución del programa;
- Rescatar los valores de la música de Rock local brindando la posibilidad de insertarse en el mercado de Córdoba;
- Garantizar el derecho al acceso a la Cultura a toda la población;

Artículo 2: DESTINESE la suma de Pesos Cien Mil $ 100.000,00
Artículo 1: CREASE el Programa para la ejecución del mismo.denominado "Rockordoba 2010" para el año 2010, conforme lo establecido Artículo 3: PROTOCOLÍCESE, en los considerandos de la presente dése intervención al Honorable Triresolución, el cual tendrá los siguientes bunal de Cuentas de la Provincia, comuníquese, notifíquese y archíobjetivos principales :
vese.- Apoyar, promover y difundir las ARQ . JOSÉ J. GARCÍA VIEYRA
Bandas de Rock emergentes de la Provincia de Córdoba;
SECRETARIO DE CULTURA

MINISTERIO de OBRAS y SERVICIOS PÚBLICOS

RESOLUCION Nº 140

Córdoba, 6 de Octubre de 2009
Expediente Nº 0451-056680/09.VISTO: este expediente el que obra el Convenio celebrado con fecha 23 de julio de 2009, entre el Gobierno de la Provincia de Córdoba y la Municipalidad de Quebracho Herrado, del cual surge el compromiso asumido por ambas partes de llevar adelante la Obra:
"PAVIMENTACIÓN DE DIEZ CUADRAS DE LA
LOCALIDAD DE QUEBRACHO HERRADO".
Y CONSIDERANDO:
Que la Municipalidad de Quebracho Herrado tendrá a su cargo la elaboración del Proyecto, Cómputo y Presupuesto y demás documentos para la concreción de la obra de que se trata, asumiendo la responsabilidad exclusiva y excluyente en todos los aspectos técnicos, económicos y civiles de la obra.
Que la citada Municipalidad se obliga a realizar las
contrataciones que sean necesarias para ejecutar la obra, en la forma, condiciones y demás especificaciones establecidas en el proyecto respectivo, como asimismo la Dirección Técnica de la Obra, Inspecciones y Certificados de avance de la misma, mientras que la Provincia, tendrá la facultad de supervisar el avance de los trabajos que realice la Municipalidad y/o Terceros.
Que la Provincia, a través del Ministerio de Obras y Servicios Públicos, asumirá el costo que demande la ejecución de la obra de referencia, el cual asciende a la suma de $ 500.000,00, a través de aportes económicos no reintegrables, que se harán efectivos en cada caso mediante un adelanto y el saldo contra la certificación mensual y consecutiva de avance de obra, la que será expedida por la Municipalidad, hasta completar el monto total del Convenio.
Que se ha efectuado la correspondiente Afectación Presupuestaria que implicará la ejecución de los trabajos, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 13 de la CONTINÚA EN PÁGINA 2

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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 11/02/2010 - 1º Sección

TitoloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaeseArgentina

Data11/02/2010

Conteggio pagine4

Numero di edizioni4192

Prima edizione01/02/2006

Ultima edizione02/08/2024

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