Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 02/07/2008 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

B OLETÍN O FICIAL

Córdoba, 2 de julio de 2008

1

SECCIÓN

AÑO XCVI - TOMO DXXII - Nº 124
CORDOBA, R.A. MIÉRCOLES 2 DE JULIO DE 2008

PUBLICACIONES

GOBIERNO

DE

www.boletinoficialcba.gov.ar E-mail: boletinoficialcba@cba.gov.ar
RESOLUCIONES
AGENCIA CÓRDOBA
DEPORTES S.E.M.

Modifican la Resolución Normativa Nº 1/2007
Publicada en el Boletín Oficial el 15 de agosto de 2007.

RESOLUCION Nº 51
Córdoba, 20 de Junio de 2008
VISTO: La Nota Nº 23982105576708, de fecha 12 de Mayo de 2008 - Iniciado por la Federación Argentina de Ajedrez, representada por el Sr. Presidente Ramón Nicolás V. Barrera.
Y CONSIDERANDO:
Que obra en autos el pedido por parte del Presidente de la Federación Argentina de Ajedrez, el Sr. Ramón Nicolás V. Barrera, solicitando que el XIX Festival Panamericano de Ajedrez de la juventud 2008, sea declarado de Interés Provincial.Que dicho evento cuenta con el apoyo de la Confederación de Ajedrez de las Américas.Que dicho acontecimiento se llevara a cabo desde el día 29 de Junio de 2008 hasta el 6 de Julio del corriente año, en Villa Carlos Paz, Provincia de Córdoba.
Que este Torneo es de gran trascendencia a nivel infanto-juvenil, no sólo por el interés deportivo que implica, sino que además hace hincapié en la formación de estos pequeños jugadores con vistas a una adecuada formación deportiva.
Que las categorías a participar serán desde Sub 8 a Sub 18.
Que el Señor Director de Deporte Federado manifiesta la importancia que representa el acontecimiento y se expresa en sentido favorable a lo peticionado.Que la característica de este acontecimiento posee entidad suficiente para
MINISTERIO DE FINANZAS
SECRETARÍA DE INGRESOS PÚBLICOS
DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS

RESOLUCIÓN NORMATIVA N 13
Córdoba, 30 de Junio de 2008
VISTO: Los Decretos Nº 517/2002 B.O. 09-05-02, Nº 1351/2005 B.O. 0612-05 y N 929/2008 B.O. 30-06-2008, las Resoluciones Ministeriales Nº 264/2005 B.O 14-12-05, Nº 288/2005 B.O. 15-12-05 y N 167/2008 B.O. 3006-2008, la Resolución de la Secretaria de Ingresos Públicos N 35/2008 B.O. 3006-08 y la Resolución Normativa N 1/2007 y modificatorias B.O. 15-08-2007, Y CONSIDERANDO:
QUE mediante el Decreto Nº 517/2002 se crearon los documentos de cancelación de Obligaciones Fiscales DoCOF, como instrumento de pago para la cancelación del capital de la deuda del sector público provincial con proveedores y contratistas.
QUE el Decreto Nº 1351/2005 implementó nuevamente el mecanismo de cancelación a través de los instrumentos previstos en el Decreto Nº 517/2002, manteniendo las normas que reglamentaron el mismo, excepto lo relativo a la po-

hacerlo merecedor del reconocimiento de la Agencia Córdoba Deportes Sociedad de Economía Mixta.

en nuestra provincial de Córdoba.

Por ello, en uso de sus atribuciones y las disposiciones contenidas en el decreto 592/05, y en el art. 3 inc. 8 del Estatuto de Esta Agencia que forma parte del Anexo III de la Ley 9156,
ARTÍCULO 2º.- LAS AUTORIDADES responsables del mencionado evento deberán elevar al directorio de la Agencia, en un plazo no mayor de quince 15 días de finalizado el mismo, un informe evaluativo sobre el tipo de actividad o tarea realizada.-

EL DIRECTORIO DE LA AGENCIA
CORDOBA DEPORTES S.E.M.
RESUELVE:

ARTÍCULO 3º.- PROTOCOLICESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.-

ARTÍCULO 1º.- DECLARAR de Interés Provincial al XIX Festival Panamericano de ajedrez de la Juventud 2008, que se realizará del día 29 de Junio al 6 de Julio de 2008,
SR. HILARIO SERLIN
DIRECTOR
LIC. MEDARDO D. LIGORRIA
PRESIDENTE

sibilidades de cancelar la deuda en cuotas DoCOF. Además precisó la nueva fecha hasta la cual se consideraban las acreencias del Estado Provincial para establecer el monto máximo de Documentos a librar, las obligaciones tributarias y/o precios de servicios y/o tarifas públicas vencidas y adeudadas que los beneficiarios o tenedores legitimados podían cancelar y asimismo la fecha de extinción de los documentos.
QUE el Decreto N 1351/2005 facultó al Ministerio de Finanzas a ampliar las fechas establecidas en el mismo, como así también a prorrogar la modalidad y alcance de la condonación total o parcial de recargos resarcitorios no abonado y multas no firmes.
QUE a través del Decreto N 929/2008, se establece una nueva fecha hasta la cual se consideran las acreencias en concepto de obligaciones tributarias vencidas e impagas al 31-12-2007 correspondientes al Estado Provincial a los fines de determinar el monto máximo de DoCOF que podrá librar el mismo, ampliando los periodos cancelables y asimismo dispone la posibilidad de solicitar un plan de pagos con los documentos hasta en doce 12 cuotas con un interés de financiación a partir de la segunda cuota.
QUE a través de la Resolución Ministerial Nº 167/2008 se efectuaron las adecuaciones que resultan pertinentes a las Resoluciones Ministeriales Nº 128/2002, N 288/2005 y Nº 22/2003, tendientes a instrumentar el pago de las obligaciones tributarias con los mencionados Documentos y a establecer la posibilidad de reformular planes vigentes. También dicha Resolución prorrogó hasta el 30-09-2008, la fecha de acogimiento y los beneficios de condonación del setenta por ciento 70 % previstos en los incisos a y b del Artículo 6 del Decreto N 517/2002 y modificatorios y normas complementarias.
QUE la Resolución de la Secretaría de Ingresos Públicos N 35/2008
estableció los montos mínimos de cuota y la tasa de financiación del uno por ciento 1% mensual acumulativo para el pago en cuotas con DoCOF.
QUE el Decreto N 1464/2005 estableció un régimen de regularización que hizo factible la normalización de las obligaciones tributarias por parte de los contribuyentes y/o responsables, a través del pago al contado o de un plan de pago en cuotas, previendo en dicho régimen la condonación parcial de los intereses por mora y recargos contemplados en los Artículos 90 y 91 del Código Tributario Provincial, Ley N 6006 - T.O. 2004 y modificatorias, el cual preveía como última fecha de regularización hasta el 30-06-08, la cual no fue prorrogada caducando consecuentemente dicho régimen.
QUE por lo expuesto resulta necesario ajustar la Resolución Normativa Nº 1/2007 y modificatorias y sus Anexos VI y IX, a efectos de precisar las condiciones del nuevo plan de pagos DoCOF y la caducidad del régimen de CONTINÚA EN PÁGINA 2

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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 02/07/2008 - 1º Sección

TitoloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaeseArgentina

Data02/07/2008

Conteggio pagine9

Numero di edizioni4192

Prima edizione01/02/2006

Ultima edizione02/08/2024

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