Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 07/05/2008 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

Córdoba, 7 de mayo de 2008
RESOLUCION Nº 37 - 22/02/08 - APROBAR el Proyecto relativo a la ejecución de la obra:
Abastecimiento de Agua Potable a Villa Las Jarillas, obrante en estas actuaciones y AUTORIZAR la ejecución de la misma a la Comuna de San Antonio De Arredondo - Dpto. Punilla.- La citada Comuna será responsable por cualquier daño que se produzca a terceros y/o bienes de los mismos con motivo de la ejecución de la obra, como así también de efectuar el Aviso de Proyecto para ser presentado ante la Agencia Córdoba Ambiente, si correspondiere; presentando los planos conforme a obra, una vez finalizada la misma, s/ Expte. Nº 0416-049583/
07.RESOLUCION Nº 39 - 22/02/08 - CONCEDER a los Sres. Hugo Eduardo Zapiola, José Matías Zapiola, Mariana García de Marzocchi, Norma Elena Fernández, Olga Viviana Fernández, Rodolfo Andrés Fernández, Carlos Eduardo Fernández, Patricia Alejandra Fernández, Andrés Fernández y Zulema García Di Carlo, Certificado De Factibilidad De Agua, que como Anexo I forma parte de la presente, para un loteo a ejecutar en el inmueble ubicado sobre Ruta Provincial Nº 14 de la localidad de Nono, Departamento San Alberto, Provincia de Córdoba, Matrícula Nº 984.650, Propiedad Nº 2807-2560252/1, con Nomenclatura Catastral Dep: 28, Ped: 07 Pblo: 20, C:
01, S: 01, Mz: 049, P: 001, s/ Expte. Nº 0416-047998/08.RESOLUCION Nº 40 - 22/02/08 - AUTORIZAR a la Empresa ECOGAS Distribuidora de Gas del Centro S.A., a efectuar el cruce con una tubería de gas de 63 mm. de diámetro, bajo el Arroyo Los Bustos en calle J. B. Chiodi, entre Av. Portecelo y Av. BelgranoVilla Giardino Provincia de Córdoba, para la obra: Provisión de Gas Natural a Hotel de Luz y Fuerza - DC010053/001-Villa Giardino-Provincia de Córdoba, conforme a la documentación técnica obrante en estas actuaciones y bajo las condiciones establecidas, s/ Expte. Nº 0416050598/07.RESOLUCION Nº 41 - 25/02/08 - AUTORIZAR EN
FORMA PRECARIA al establecimiento elaborador de quesos propiedad de la firma Lácteos Cerutti S.R.L., sito en zona rural s/n de la localidad de La Playosa, a descargar a una laguna de retención con implantación de especies arbóreas, los efluentes industriales y de un pozo absorbente los efluentes cloacales, ambos adecuadamente depurados, que se generan en el mismo, bajo las condiciones establecidas, s/ Expte. Nº 0416046088/06.RESOLUCION Nº 42 - 25/02/08 - AUTORIZAR - con carácter PRECARIO, PERSONAL E INTRANSFERIBLEal Sr. Juan Domingo Previtera, con domicilio en calle 9
de Julio esq. Del Campillo de la localidad de Bialet Massé, a retirar material árido del embalse del Dique San Roque, en la zona ubicada a aproximadamente cuatrocientos cincuenta 450 metros aguas abajo del puente carretero de la Ruta E - 55, en jurisdicción de la Municipalidad de Bialet Massé, accediendo al mismo por camino público, con una pala cargadora, en los siguientes términos:
a EL área a explotar estará delimitada por la posibilidad de utilización del predio dentro del perilago con un frente de extracción de 200 m.b Teniendo en cuenta que las extracciones son beneficiosas para la vida útil del embalse no se fija volumen máximo de extracción.
c Deberá respetarse el horario comercial que rija en la zona, siendo diez horas diarias el máximo permitido.
d La autorización tendrá vigencia por un 1 año a partir de la fecha de notificación de la presente.e Mensualmente, hasta el día 10 del mes siguiente, deberá remitir a esta repartición la declaración jurada del volumen extraído a fin de efectuar la facturación correspondiente.
f Las tareas de retiro del material árido deberán ser realizadas de forma tal que no provoquen daños en las márgenes ni alteren las condiciones naturales del escurrimiento de las aguas.
g La violación o incumplimiento de cualquiera de los
B OLETÍN O FICIAL
puntos anteriores significará la anulación del permiso otorgado y el decomiso de los equipos.h Dentro de los cinco 5 días hábiles posteriores a la recepción de la notificación, el recurrente deberá presentarse ante personal del Departamento Explotación de esta Subsecretaria para retirar talonarios de guías, formularios de declaraciones juradas y ser instruido en los procedimientos administrativos y técnicos, s/ Expte.
Nº 0416-044469/06.RESOLUCION Nº 43 - 25/02/08 - Conceder a la Dirección Provincial de la Vivienda el CERTIFICADO DE
FACTIBILIDAD DE DESCARGA al subsuelo a través de perforaciones absorbentes individuales, para los efluentes cloacales adecuadamente tratados que se originen en las viviendas unifamiliares que se construyan en el inmueble ubicado entre Av. Anizacate y Calle de las Cuevas de la ciudad de Córdoba, Departamento Capital, con nomenclatura catastral provincial Dep. 11, Ped.
01, Pblo. 01, C. 31, S. 25, M. 001, P. 12, bajo las condiciones establecidas en los artículos siguientes, siendo su cumplimiento, según corresponda, responsabilidad de la Dirección Provincial de la Vivienda y/o de cada uno de los futuros propietarios de las viviendas, obligaciones que deberán necesariamente constar en los contratos de compraventa y en las escrituras de propiedad correspondientes, s/ Expte. Nº 0416049702/07.RESOLUCION Nº 44 - 25/02/08 - Conceder a las Sras.
Gilda María Eugenia Carlota Escobar De Obarrio, Adela Mercedes Escobar De Corral y Susana Amelia Escobar De Moreno el CERTIFICADO DE FACTIBILIDAD DE
DESCARGA al subsuelo a través de pozos absorbentes individuales, para los efluentes cloacales adecuadamente tratados que se originen en las viviendas unifamiliares que se construyan en el loteo a desarrollar en un inmueble de su propiedad ubicado entre calles Belisario Roldán, Adelia María, Montevideo y Fray Justo Santa María de Oro, con nomenclatura catastral Depto. 24, Ped. 05, Loc. 52, Circ. 04, Sec. 02, Mza. 266-268-45, Parc. 10-0109 de la localidad de Río Cuarto, Departamento Río Cuarto, bajo las condiciones establecidas en los artículos siguientes, siendo su cumplimiento, según corresponda, responsabilidad de las propietarias del loteo y/o de cada uno de los futuros propietarios de las viviendas, obligaciones que deberán necesariamente constar en los contratos de compraventa y en las escrituras de propiedad correspondientes, s/ Expte. Nº 0416-048029/
06.RESOLUCION Nº 45 - 25/02/08 - CONCEDER a los Sres. Pedro Héctor Londero L.E. Nº 2.644.347, Francisco Juan Jaurena D.N.I. nº 711.829.246 y Ricardo Jaurena D.N.I. Nº 7.870.152 el Certificado de Factibilidad de Agua para un inmueble de su propiedad, ubicado en Bº Cabero de la Ciudad de Río Tercero, Pedanía El Salto, Departamento Tercero Arriba de la Provincia de Córdoba, el que cuenta con Nomenclatura Catastral Dep: 33 Ped: 01 - Pblo: 17 - C: 01 - S: 03 - Mza: 48 - P: 2; con Matrícula Nº 750855, Propiedad Nº 3301-2262129/4. El presente Certificado de Factibilidad contempla, exclusivamente, la subdivisión de los predios en veintidós 22 lotes en total, por lo que si en el futuro se pretendiere subdividir los predios que conforman el actual loteo, deberá el responsable iniciar nuevamente la tramitación impuesta por la Resolución 646/05. Los responsables del emprendimiento deberán cumplimentar con las disposiciones contenidas en la Ley de Ambiente N 7343, sus Dctos. reglamentarios y de toda otra normativa de naturaleza ambiental incumbente, s/ Expte. Nº 0416050519/07.RESOLUCION Nº 46 - 25/02/08 - CONCEDER a la Municipalidad de Río Tercero el Certificado de Factibilidad que como Anexo I forma parte de la presente, para Provisión de Agua a un loteo ubicado entre calles vecinalista Eduardo Pereyra, José Luis Caggia, 4 de Julio y calle Pública de la ciudad de Río Tercero, Matrícula Nº 514.419, Propiedad Nº 220121992353, con la siguiente nomenclatura catastral provincial: Dep: 33 - Ped: 01 -

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Pblo: 17 - C: 02 - S: 01 - M: 164 - P 01, s/ Expte. Nº 0416048521/07.RESOLUCION Nº 47 - 25/02/08 - NO HACER LUGAR, por extemporáneo, al Recurso de Reconsideración interpuesto por el Sr. Francisco Albaretto, en contra de la Resolución Nº 573 de ex DiPAS., de fecha 20 de setiembre de 2007, s/ Expte. Nº 0416-044322/06.RESOLUCION Nº 48 - 25/02/08 - AUTORIZAR - con carácter Precario, Personal e Intransferibleal Sr. Eraldo Daniel Rosso D.N.I 10.707.232, a extraer material árido del cauce del Río Suquía en la zona ubicada a aproximadamente seis 6 Kilómetros aguas abajo del puente carretero de la Ruta Nacional Nº 19 en la margen derecha, en zona rural, jurisdicción de Pedro Vivas con una bomba aspirante, en los siguientes términos:
a La autorización tendrá vigencia por un 1 año a partir de la fecha de notificación de la presente.b El área a explotar estará delimitada por la posibilidad de utilización del predio dentro de la línea de ribera.
c Deberá respetarse el horario comercial que rija en las localidades de la zona, siendo diez horas diarias el máximo permitido.
d El volumen máximo autorizado a extraer será de 200 doscientos metros cúbicos mensuales, asignando un frente de cien 100 metros.
e El transporte del material extraído deberá hacerse con sus correspondientes guías que esta Dependencia proveerá.f El permisionario deberá abonar mensualmente el volumen extraído y presentado por las Declaraciones Juradas correspondientes.
g Las tareas del retiro del material árido deberán ser realizadas de forma tal que no provoquen daños en las márgenes ni alteren las condiciones naturales del escurrimiento de las aguas.h La violación o incumplimiento de cualquiera de los puntos anteriores significará la anulación del permiso otorgado y el decomiso de los equipos.i Dentro de los cinco 5 días hábiles posteriores a la recepción de la notificación, el recurrente deberá presentarse ante personal del Departamento Explotación de este Organismo para retirar talonarios de guías, formularios de declaraciones juradas y ser instruido en los procedimientos administrativos y técnicos, s/ Expte.
Nº 0416-040315/05.-

RESOLUCION Nº 49 - 25/02/08 - APROBAR el Padrón de Usuarios del Sistema de Riego Sistema de Riego Margen Izquierda del Dique Pichanas para la conformación del Consorcio de Regantes, obrante a fs.
4/26 de estas actuaciones, s/ Nota Nº DIPAS01567393024-507.RESOLUCION Nº 51 - 26/02/08 - APLICAR a la Municipalidad de las Varillas, una multa de Pesos Un Mil Cuatrocientos Cincuenta $ 1.450,00, por incumplimiento al la normativa contemplada en el Decreto Nº 415/99 y su modificatorio Nº 2711/01. Dicha multa deberá hacerla efectiva dentro del término de Diez l0 días contados a partir de la fecha de su notificación, bajo apercibimiento, en caso de incumplimiento, de perseguir su cobro por vía judicial. EMPLAZAR a la citada Municipalidad para que en el perentorio término de Treinta 30 días, contados a partir de la fecha de su notificación, presente ante esta Dirección toda la documentación requerida oportunamente, bajo apercibimiento de aplicar mayores sanciones conforme lo previsto en el Art. 276º multa conminatoria de la Ley Nº 5589, s/ Expte. Nº 0416047924/06.DIRECCIÓN PROVINCIAL DE VIALIDAD
RESOLUCION Nº 30 - 21/01/08 - Autorizar, con carácter precario, a la Cooperativa de Luz y Fuerza y Otros Servicios Públicos de Villa General Belgrano Limitada, para ejecutar los trabajos correspondientes al tendido y cruce aéreo de una Línea de media Tensión 13,2Kv en la

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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 07/05/2008 - 1º Sección

TitoloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaeseArgentina

Data07/05/2008

Conteggio pagine4

Numero di edizioni4197

Prima edizione01/02/2006

Ultima edizione09/08/2024

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