Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 15/03/2007 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

B OLETÍN O FICIAL

Córdoba, 15 de marzo de 2007

3. El número del Examen Práctico realizado 1ro., 2do., etc..
4. Apercibimiento o sanción al profesor habilitado o del tutor responsable o representante legal, si correspondiere.
5. La fecha del Examen Práctico.
6. La identificación del funcionario y de la dependencia donde se efectuó el Examen Práctico. El funcionario deberá archivar por doce 12 meses el examen efectuado, sólo en el caso de no haber sido aprobado el mismo.
7. Todo otro dato de interés.
Tiempo de validez:
El Examen Práctico tiene validez hasta la obtención de la Licencia de Conducir.
Repetición del Examen Práctico:
Si el examinado no aprobare el Examen Práctico podrá repetirlo en el plazo previsto, debiendo abonar nuevamente el Derecho de Examen Práctico.

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Práctico de Conducción y la Guía para el llenado de la Planilla de Evaluación del Examen Practico de Conducción.
g El Evaluador constatara que cada uno de los puntos exigidos en la prueba sean superados por el aprendiz con total eficacia y con una conducta vial que le permita avanzar en las sucesivas etapas del examen práctico.
h El Evaluador debe efectuar la prueba en carecer de observador, es decir, NO le indicara al aprendiz como debe conducir, solo le impartirá el recorrido a seguir. Esta exigencia, también queda vigente para el tutor o representante legal, que sólo tiene intervención, en caso de riesgo vial inminente, para controlar el vehículo de ser necesario.
i La función a cumplir por el Evaluador es examinar los conocimientos y conductas adecuadas a las normas de comportamiento vial. Y NO LA DE ENSEÑAR, no obstante podrá observarle al Aprendiz correcciones de conductas equívocas, siempre que estás no sean producto de falta de conocimientos o que su condición sean de carácter eliminatorio.
4 Etapas de la Evaluación Práctica de Conducción.

Calificación:
La Constancia de Examen Práctico se calificará de la siguiente forma:
A APROBADO.
B NO APROBADO.
Sólo podrá acceder al paso siguiente quien obtenga la calificación: APROBADO.

1ra. ETAPA. Circuito de prueba o Zona de Baja Densidad de tránsito.
Se considera circuito de prueba o zona de baja densidad de tránsito, al sector, predio, zona, playón, escogido por la autoridad otorgante de Licencia, para la examinación practica al Aprendiz, debiendo poseer materializado dispositivos de guías, encauzamiento, espacios para estacionamiento, y dimensiones adecuadas mínimo 2700 m2 para cumplimentar lo exigido en los puntos 1 al 9 inclusive contenidos en la planilla de evaluación.

MANUAL DE PROCEDIMIENTO PARA EL EXAMEN PRÁCTICO.

A. Previo a circular puntos 1 al 5

Aptitud para conducir -

El Evaluador verificará el cumplimiento de los requisitos exigidos al Aprendiz Punto 2. Una vez cumplidos éstos, procederá con la realización del examen práctico de conducción.
El instructor, hace saber al Aprendiz que acaba de subir al vehículo por primera vez debe constatar;
que le Aprendiz cumpla con los cinco 5 primeros puntos detallados en la Planilla de Evaluación del Examen Practico de Conducción. EVALUACIÓN ACTITUDINAL.

FUNDAMENTOS
1 La evaluación práctica de conducción tiene por objeto cumplir con lo establecido en la Ley Provincial de Tránsito y en su Decreto Reglamentario.
El presente MANUAL DE PROCEDIMIENTOS es el instrumento para que el Evaluador pueda constatar que el Aspirante a obtener la licencia de conducir reúna las condiciones exigidas de una manera objetiva y apartada de la discrecionalidad.
Las condiciones exigidas en la presente son:

B. Inicio del Movimiento puntos 6 al 18
El Evaluador indica a su examinado que inicie con el movimiento del vehículo, Evalúa, que resuelva eficazmante los puntos 6 al 10 inclusive, y el18 de la EVALUACIÓN DE DESTREZA Y/O HABILIDAD.

2 Requisitos exigidos al Aprendiz para la Evaluación Práctica de Conducción.

Para evaluar ESTACIONAMIENTO. El instructor debe ser estricto en el cumplimiento de los puntos 11
al 14 inclusive. Las referencias que tiene el Aprendiz para la maniobra que realiza, son balizas retroflectoras y/o vallas de seguridad, que no comprometa la estructura exterior del vehículo.
EVALUACIÓN DE HABILIDAD Y COMPORTAMIENTO.

Requisitos exigidos al Aprendiz para la Evaluación Práctica de Conducción.

El Evaluador debe evaluar los puntos 15, 16 y 17. EVALUACIÓN DE COMPORTAMIENTO.

A Certificado de Aprobado el Examen Teórico y de Mecánica Ligera, D.N.I. o cédula de identidad.
B Pago del Derecho a examen.
C Certificado del profesor habilitado o declaración jurada del tutor-responsable o representante legal, de haber cumplido un mínimo de horas de manejo practica en aprendizaje, según lo establecido para cada clase de Licencia, por el Área Técnica de la Dirección de Prevención de Accidentes de Tránsito. Este certificado podrá ser firmado en presencia del funcionario a cargo del Examen Práctico.
D Presentarse al examen con la licencia de Aprendizaje y acompañado del profesor habilitado o del Tutor o el Representante Legal, quien deberá portar la Licencia de conducir concordante con la de Aprendizaje.
E Vehículo en condiciones legales y de funcionamiento, y acorde al tipo de Licencia que se desea obtener.
F De NO APROBAR el Examen Practico de Conducción, el Aprendiz podrá realizar nuevamente el examen a los treinta días 30 y con el previo pago del nuevo derecho a examen.
G El vehículo utilizado en la prueba debe identificarse con la letra A de acuerdo a lo establecido.

En esta parte de la evaluación, el instructor tiene referencia de la capacidad conductiva del Aprendiz para determinar, si continua con el examen o lo da por reprobado.

Capacidad conductiva: de habilidad y destreza frente a la práctica de conducción.
Cumplimiento de las Normas y del Sistema de Señalización: de Comportamiento vial.

El Aprendiz debe demostrar cumplimiento a las normas y mantener la destreza para incorporarse a la calzada de media densidad de transito.
Es fundamental, que el instructor sea objetivo e imparcial en la evaluación de cada punto contenido en la Guía de Procedimientos.
2da. ETAPA. Circulación en zona de Media Densidad de Tránsito.
Se considera zona de media densidad de tránsito a sectores urbanos o rurales, donde la circulación sin ser de alta velocidad es fluida, pudiendo contar con intersecciones, avenidas, que en función del horario escogido para la examinación, no implique situaciones que apremien al Aprendiz.
C. Incorporación a Vías de Mayor caudal de Tránsito puntos 19 al 35

Requisitos del APRENDIZ con discapacidad, en la Evaluación Practica de conducción.
A - B - C - D - E - F - G. Ídem Anterior. Se anexa:
H Las practicas se realizaran en un vehículo con las adaptaciones perfectamente acondicionadas a la discapacidad o minusválida del Aprendiz. Solo podrá acceder a la categoría clase C o D, siempre y cuando no resulte un riesgo para la Seguridad Vial de terceros.
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Requisitos y funciones del evaluador
a El Evaluador debe tener APROBADO el Curso sobre Normas de Tránsito y Seguridad Vial, dictado por la Dirección de Prevención de Accidentes de Transito.
b El examen práctico debe iniciarse en un circuito de prueba o en área urbana de bajo riesgo vial o en zona de baja densidad de tránsito.
c Una vez comprobada y aprobada la destreza del aprendiz, la prueba continuara en forma progresiva en zonas de media y alta densidad de tránsito o de mayor riesgo vial.
d El Evaluador debe efectuar el examen instalado en el asiento trasero, y solo ocupa el asiento del acompañante delantero, en caso que el Aprendiz no tenga un representante legal o Tutor, o a la derecha de éste en los vehículos que no posean asiento trasero.
e El Evaluador debe someter al Aprendiz a un examen exhaustivo de destreza y cumplimiento de normas y de la señalización vial. El examen consta de una gran cantidad y variedad de Situaciones de Tránsito. El Evaluador verificará el cumplimiento y buen desempeño del aprendiz, ser inflexible en los requisitos y aspectos que se tomen en cuenta para la realización y aprobación del examen practico de conducción.
f El Evaluador debe remitirse estrictamente al presente Manual de Procedimientos y al Examen
El Evaluador constata la actitud, la destreza y el cumplimiento a las normas. El aprendiz luego de haber aprobado eficazmente la primera parte o etapa, realizará la práctica en una zona de media densidad de tránsito.
La evaluación total de esta 2da. Etapa comienza en el punto 19, y se desarrolla hasta el punto 35.
EVALUACIÓN DE HABILIDAD Y COMPORTAMIENTO.
El evaluador deberá constatar, en ésta etapa que el Aspirante a licencia, tiene condiciones adecuadas, superando todos los puntos de esta etapa, para recién someterlo a la 3ra y última, puesto a que en el correcto cumplimiento se apreciará si el Aspirante reúne condiciones de exigencias superiores que le demandan una alta densidad de tránsito, Sr. Evaluador no comprometa la integridad física ni material propia o de terceros.
3ra. ETAPA. Circulación en zonas de Alta Densidad de tránsito.
Se considera Zona de Alta Densidad de Transito a las áreas Urbanas ó rurales con gran caudal de tránsito contando, con intersecciones reguladas por señalización fija o dinámica, carriles con diferencias de velocidades que permitan la examinación de Adelantamiento.
DCirculación en calzadas de alto riesgo puntos 36 al 48
Es importante que el Evaluador sepa que grado de respuesta tiene el aprendiz hasta el momento, para continuar la evaluación.

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 15/03/2007 - 1º Sección

TitoloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaeseArgentina

Data15/03/2007

Conteggio pagine25

Numero di edizioni4192

Prima edizione01/02/2006

Ultima edizione02/08/2024

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