Boletín Oficial de la República Argentina del 10/11/2015 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Martes 10 de noviembre de 2015
2002, N 648 del 26 de mayo de 2004, N 2098 del 3 de diciembre de 2008 y la Resolución S.G. N56 del 28 de enero de 2005, la Resolución S.G. N412 del 11 de abril de 2005, y la Resolución de la ex Subsecretaría de la Gestión Pública N25 del 4
de mayo de 2005, y CONSIDERANDO:
Que por la citada Ley se aprobó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio del año 2015.
Que el artículo 7 de la mencionada Ley establece que: Salvo decisión fundada del Jefe de Gabinete de Ministros, las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Nacional no podrán cubrir los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de sanción de la presente Ley, ni los que se produzcan con posterioridad.
Que por el artículo 10 de la citada Ley se dispuso que las facultades otorgadas por la misma al JEFE DE GABINETE DE MINISTROS podrán ser asumidas por el PODER
EJECUTIVO NACIONAL, en su carácter de responsable político de la administración general del país y en función de lo dispuesto por el inciso 10 del artículo 99 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.
Que mediante el Decreto N491/02 se estableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal, en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la jurisdicción correspondiente.
Que por el Decreto N 648/04 se aprobó la estructura organizativa de la SECRETARIA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA
NACIÓN hasta el primer nivel operativo con dependencia directa del nivel político.
Que por la Resolución S.G. N 412/05, se aprobaron diversas Coordinaciones de la SECRETARIA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, con sus correspondientes acciones.
Que por la Resolución de la ex S.G.P
N 25/05, se ratificó el nivel de la función ejecutiva correspondiente a la Coordinación de Ceremonial de la Unidad Secretario General.
Que por la particular naturaleza de las tareas asignadas a la mencionada Jurisdicción, resulta necesario proceder a la designación transitoria del titular de la Coordinación de Ceremonial de la Unidad Secretario General, cargo con Función Ejecutiva III, exceptuándolo a tal efecto de lo establecido en el artículo 7 de la citada Ley y de lo dispuesto en los Títulos II, Capítulos III, IV
y VIII, y IV del CONVENIO COLECTIVO DE
TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL
DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO
PUBLICO SINEP, homologado por Decreto N2098/08.
Que el organismo mencionado ha propuesto a tal efecto para el cargo aludido al Sr. Marcos BUERO HERRADA D.N.I
N35.159.465, a quien se lo debe exceptuar de los requisitos a que se refiere el artículo 14 del Convenio antes citado.
Que conforme lo señalado por la Dirección de Programación y Control Presupuestario de la Dirección General de Administración de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, se cuenta con los créditos presupuestarios correspondientes para financiar la designación propuesta.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN
ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL, de los artículos 7 y 10 de la Ley N27.008 y lo dispuesto por el artículo 1
del Decreto N491/02.

Por ello, LA PRESIDENTA
DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1 Dáse por designado, con carácter transitorio, a partir del 3 de agosto de 2015 y por el plazo de CIENTO OCHENTA 180
días hábiles, al Sr. Marcos BUERO HERRADA
D.N.I. N 35.159.465, en el cargo de Coordinador de Ceremonial de la Unidad Secretario General de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, Nivel B - Grado 0, autorizándose el pago correspondiente de la Función Ejecutiva Nivel III del Sistema Nacional de Empleo Público SINEP, aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por Decreto N2098/08, con autorización excepcional por no reunir los requisitos mínimos establecidos en el artículo 14 de dicho ordenamiento y con excepción a lo dispuesto por el artículo 7 de la Ley N27.008.
Art. 2 El cargo involucrado deberá ser cubierto de conformidad con los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II Capítulos III, IV y VIII, y IV del CONVENIO COLECTIVO DE
TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL DEL
SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO
SINEP, homologado por Decreto N2098/08, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA 180
días hábiles contados a partir del 3 de agosto de 2015.
Art. 3 El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto será atendido con cargo a las partidas específicas del presupuesto vigente de la Jurisdicción 20 - 01 SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE
LA NACIÓN.
Art. 4 Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. FERNÁNDEZ DE KIRCHNER.
Aníbal D. Fernández. Aníbal F. Randazzo.

DECISIONES
ADMINISTRATIVAS

JEFATURA DEGABINETE
DEMINISTROS
Decisión Administrativa 1095/2015
Apruébase y adjudícase Licitación Pública Nº6/2015.

Bs. As., 30/10/2015
VISTO el Expediente N CUDAP: EXP-JGM:
0006826/2015 del registro de la JEFATURA
DE GABINETE DE MINISTROS, el Decreto N1023 del 13 de agosto de 2001 y sus modificatorios y el Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional aprobado por el Decreto N 893
del 7 de junio de 2012 y su modificatorio, y CONSIDERANDO:
Que por el expediente citado en el Visto tramitó la LICITACIÓN PÚBLICA N6/2015, para la adquisición de vehículos terrestres de apoyo logístico y cisternas para el combate de incendios forestales, rurales y de interfase para el Sistema Federal de Manejo del Fuego de la SECRETARÍA DE
AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS.
Que de fojas 118 a 163, obra la Resolución de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N294 del 29 de abril de 2015 por la que se autorizó el procedimiento de selección por LICITACIÓN PÚBLICA contemplada en los artículos 25, inciso a apartado 1
del Decreto N1023/2001 y sus modificatorios y 15 y 34, inciso c del Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional, aprobado mediante el
BOLETIN OFICIAL Nº 33.253

Decreto N893 del 7 de junio de 2012 y su modificatorio, por la suma estimada de PESOS DOSCIENTOS SESENTA MILLONES
$ 260.000.000,00, aprobándose como Anexo el Pliego de Bases y Condiciones Particulares respectivo y se delegó en el titular de la DIRECCIÓN DE COMPRAS, CONTRATACIONES, PATRIMONIO Y SUMINISTROS de la DIRECCIÓN GENERAL
DE ADMINISTRACIÓN de la SECRETARÍA
DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS la facultad de emitir circulares modificatorias en los términos del artículo 61 del Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional, aprobado por el Decreto N 893 del 7 de junio de 2012 y su modificatorio.
Que a fojas 170 a 172, 174 a 210 y 213 obran las constancias de difusión y publicidad del llamado y la convocatoria de la Licitación Pública N6/2015.
Que con fecha 29 de abril de 2015 la precitada DIRECCIÓN DE COMPRAS, CONTRATACIONES, PATRIMONIO Y SUMINISTROS emitió la Circular Modificatoria N1
de la Licitación Pública N 6/2015, la que se encuentra incorporada a fojas 169, adjuntándose a fojas 170 a 172, 174 a 210 y 213 las respectivas constancias de difusión y publicidad de la misma.
Que con fecha 22 de mayo de 2015 la DIRECCIÓN DE COMPRAS, CONTRATACIONES, PATRIMONIO Y SUMINISTROS
emitió la Circular Aclaratoria N1 de la Licitación Pública N 6/2015, incorporada a fojas 225 a 231, obrando a fojas 233 a 310
las constancias de difusión y publicidad de la misma.
Que a fojas 311 obra Nota SIGEN
N 3052/2015-SCyMI emitida por la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN que informa que atento a que los bienes solicitados devienen específicos dadas sus particulares características técnicas, en virtud de lo establecido en el artículo 3, inciso e del Anexo I
de la Resolución SIGEN N122/2010, no resulta pertinente en ésta oportunidad el informe de Precios Testigo solicitado.
Que a fojas 312 a 313 obra el Acta de Apertura N 8/2015, habiéndose obtenido la oferta de la firma CMS SUDAMERICANA
S.R.L; CUIT N30-70230237-0, la que se encuentra incorporada a los actuados a fojas 314 a 844, adjuntando el certificado de no registrar sanciones en el REPSAL Registro Público de Empleadores con sanciones laborales Ley N26.940 verificado en el momento de la apertura a fojas 859.
Que de fojas 863 a 866 se expidió la Coordinación del Plan Nacional de Manejo del Fuego de la SECRETARÍA DE AMBIENTE
Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, en su calidad de Unidad Requirente, informando que la oferta presentada por la firma CMS SUDAMERICANA S.R.L; CUIT
N 30-70230237-0 para los Items N 1 y N 2 del Único Renglón se ajusta a lo requerido en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares.
Que se ha solicitado a la firma oferente, a través de la notificación obrante a fojas 875
a 879 una mejora de la oferta presentada para el Renglón Único de la presente contratación, habiéndose obtenido la respuesta ante el requerimiento indicado, según luce a foja 880 a 891.
Que de fojas 906 a 911 obra el Dictamen de Evaluación de Ofertas N13 de fecha 19 de junio de 2015 mediante el cual la Comisión Evaluadora aconsejó adjudicar el Renglón Único de la presente licitación a la firma CMS SUDAMERICANA S.R.L; CUIT N3070230237-0 de acuerdo al análisis de los distintos aspectos allí efectuado.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SECRETARÍA DE
COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA Y
EVALUACIÓN PRESUPUESTARIA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN han tomado la intervención que les compete.

8

Que la presente medida se dicta de conformidad con las atribuciones conferidas por el artículo 100, incisos 1 y 2, de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, el artículo 35, inciso b y su Anexo del Reglamento de la Ley N 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional, aprobado por el Decreto N1344/07 y el artículo 14, inciso c, del Reglamento aprobado por el Decreto N 893/12, ambos modificados por su similar N1039/13.
Por ello, EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1 Apruébase lo actuado en la LICITACIÓN PÚBLICA N6/2015, contemplada en el artículo 25, inciso a apartado 1 del Decreto N 1023/2001 y sus modificatorios, y 15
y 34, inciso c del Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional, aprobado mediante el Decreto N893 de fecha 7 de junio de 2012 y su modificatorio, con el objeto de contratar la adquisición de vehículos terrestres de apoyo logístico y cisternas para el combate de incendios forestales, rurales y de interfase para el Sistema Federal de Manejo del Fuego de la SECRETARÍA DE AMBIENTE Y
DESARROLLO SUSTENTABLE de la JEFATURA
DE GABINETE DE MINISTROS.
Art. 2 Adjudícase a favor de la firma CMS SUDAMERICANA S.R.L., CUIT N 3070230237-0, el Renglón Único de la citada licitación, por la suma de EUROS VEINTE MILLONES OCHOCIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL € 20.895.000,00 y PESOS TREINTA Y DOS MILLONES CIENTO TREINTA MIL
$32.130.000,00, debiendo la empresa adjudicataria proveer e instalar sin cargo en el primer montaje de DOS 2 unidades de Taller Modular TM conformadas por un volumen móvil y transportable de 240 m2 cubiertos de taller y guarda de camiones, 120 m2 de pañol de herramientas y almacén de repuestos, 60 m2 de oficinas y 60 m2 de área de descanso y esparcimiento, todo con muebles y herramientas acordes de la actividad camión, todo ello de acuerdo a su propuesta de mejora de oferta obrante a fojas 880 a 891.
Art. 3 El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida, se atenderá con cargo a las partidas específicas del Presupuesto de la SECRETARÍA DE AMBIENTE Y
DESARROLLO SUSTENTABLE de la JEFATURA
DE GABINETE DE MINISTROS.
Art. 4 Autorízase a la DIRECCIÓN DE
COMPRAS, CONTRATACIONES, PATRIMONIO
Y SUMINISTROS de la DIRECCIÓN GENERAL
DE ADMINISTRACIÓN de la SECRETARÍA DE
AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS a emitir la correspondiente Orden de Compra.
Art. 5 Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO
OFICIAL y archívese. Aníbal D. Fernández.
Aníbal F. Randazzo.

JEFATURA DEGABINETE
DEMINISTROS
Decisión Administrativa 1120/2015
Dase por aprobada contratación en la Secretaría de Gabinete.

Bs. As., 30/10/2015
VISTO el Expediente N CUDAP: EXP-JGM:
0053577/2015 del Registro de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la Ley N27.008 y los Decretos Nros. 577 del 7 de agosto de 2003 y sus modificatorios y 2345
del 30 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, y CONSIDERANDO:
Que en la SECRETARÍA DE GABINETE dependiente de la JEFATURA DE GABINETE
DE MINISTROS resulta indispensable apro-

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 10/11/2015 - Primera Sección

TitreBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaysArgentine

Date10/11/2015

Page count56

Edition count9394

Première édition02/01/1989

Dernière édition12/07/2024

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