Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe del 24/1/2024

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe

BOLETIN OFICIAL / MIERCOLES 24 DE ENERO DE 2024

rídicos de la Empresa Provincial de la Energía y de la Dirección General de Asuntos Jurídicos y Despacho del Ministerio recurrente, dictaminando favorablemente;
Que el trámite se encuadra dentro de las prescripciones determinadas conforme a las facultades conferidas por el artículo 72 incisos 1, 4 y 5
de la Constitución Provincial;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R ETA:

ARTÍCULO 1.- Modifíquese el artículo 1 del Decreto N 0273 de fecha 05 de abril de 2021, el que quedará redactado de la siguiente manera:
ARTÍCULO 1º.- Apruébese el Régimen de Audiencias Públicas para el Sector de la Energía Eléctrica, contenida en el presente, e institúyase como Autoridad de Aplicación del mismo al Ministerio de Desarrollo Productivo de la Provincia de Santa Fe, estando facultada en tal carácter a dictar todas aquellas normas complementarias operativas, técnicas y de ejecución.-
ARTÍCULO 2.- Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.PULLARO
Lic. Gustavo José Puccini 41784


DECRETO Nº 0033

SANTA FE, 19 ENE 2024

VISTO:
El Expediente N 00321-0000547-2 del Registro del Sistema de información de Expedientes mediante el cual se gestiona una modificación en la Unidad Ejecutora del Decreto N 620/22 del Programa Readecuación de las Obras de Mitigación Contra Inundaciones y Estabilización de las Barrancas Zona Este de la Ciudad de San Javier, Provincia de Santa Fe y;

CONSIDERANDO:
Que por Ley N 14224/23 se sancionó la Ley Orgánica de Ministerios del Poder Ejecutivo, en donde se establecen las distintas funciones de los distintos Ministerios y Secretarías de Estado;
Que por Decreto N 061/23 se aprueba la Estructura Funcional de la Conducción Política del Ministerio de Economía y las Misiones y Funciones para las Secretarías y Subsecretarías del mencionado Ministerio;
Que por Decreto N 053/23 se aprueba la Estructura Orgánico de los niveles superiores del Ministerio de Obras Públicas, con su correspondiente organigramas, misiones y funciones, correspondientes a las distintas áreas del mismo;
Que por Decreto N 071/23 se crea la AGENCIA DE COOPERACIÓN
ECONÓMICA Y FINANCIAMIENTO EXTERNO ACEFE, dependiente del Ministerio de Economía, que entre otras funciones tiene la de integrar los órganos de coordinación de las Unidades de Gestión o Unidades Ejecutoras que tengan a su cargo la administración y/o ejecución de proyectos de inversión financiados por organismos internacionales de crédito, agencias de financiamiento o cualquier otro recurso procedente del crédito público;
Que por Resolución N006/23 del Ministerio de Economía se aprobó el reglamento interno de la Agencia de Cooperación Económica y Financiamiento Externo y se designa al Coordinador de Gestión de Proyectos y al Coordinador de Gestión de Financiamiento de dicha agencia;
Que en la Unidad Ejecutora Decreto N 620/22 del Programa Readecuación de las Obras de Mitigación Contra Inundaciones y Estabilización de las Barrancas Zona Este de la Ciudad de San Javier, Provincia de Santa Fe, intervienen distintas áreas involucradas en estructuras modificadas por los actos administrativos citados ut supra, por lo que se hace necesaria su adecuación;
Que asimismo, se hace necesaria la modificación de las Misiones y Funciones de la mencionada Unidad Ejecutora, a efectos de dar mayor agilidad a los procesos administrativos involucrados en el Programa Readecuación de las Obras de Mitigación Contra Inundaciones y Estabilización de las Barrancas Zona Este de la Ciudad de San Javier, Provincia de Santa Fe y como consecuencia de las funciones conferidas a la AGENCIA DE COOPERACIÓN ECONÓMICA Y FINANCIAMIENTO EXTERNO ACEFE y de su reglamento interno;
Que la Dirección General de Inversión Pública, en función de instrucciones recibidas procedió a elaborar las modificaciones necesarias a la estructura y funciones de la Unidad Ejecutora Dto. 620/22;
Que, en función de ello, se considera oportuno y conveniente la modificación de la Unidad Ejecutora Decreto N 620/22 del Programa Readecuación de las Obras de Mitigación Contra Inundaciones y Estabilización de las Barrancas Zona Este de la Ciudad de San Javier, Provincia de Santa Fe;

Pág. 5

Que la Subdirección General de Asuntos Jurídicos de la Dirección General de Inversión Pública, y la Secretaría Legal y Técnica del Ministerio de Economía, consideraron pertinente la gestión y aconsejaron el dictado del presente decreto;
POR ELLO:

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:

ARTICULO 1º:Modifíquese el artículo 1ro. del Decreto N 620/22, el que quedará redactado de la siguiente forma:
ARTÍCULO 1: Créase la Unidad Ejecutora Provincial del Programa Readecuación de las Obras de Mitigación Contra Inundaciones y Estabilización de las Barrancas Zona Este de la Ciudad de San Javier, Provincia de Santa Fe, cuya Coordinación General estará a cargo, como autoridad superior de la misma, de los Señores Ministros de Economía y de Obras Públicas, la cual estará facultada para establecer sus contenidos mínimos y las directrices a observar en su ejecución y desarrollo.

ARTICULO 2º:Modifíquese el artículo 2do. del Decreto N 620/22, el que quedará redactado de la siguiente forma:
ARTÍCULO 2º: Para el cumplimiento de sus funciones, esta Unidad Ejecutora, además de la Coordinación General establecida en el Artículo 1º, estará conformada por una Coordinación Ejecutiva integrada conjuntamente por el Director Ejecutivo de la Agencia de Cooperación Económica y Financiamiento Externo ACEFE del Ministerio de Economía y el Secretario de Recursos Hídricos del Ministerio de Obras Públicas; una Coordinación Operativa a cargo del Coordinador de Gestión de Proyectos de la ACEFE y las Áreas detalladas de acuerdo a la estructura organizativa, que como Anexo A forma parte del presente Decreto.
ARTICULO 3º:Modifíquense las Misiones y Funciones para las distintas áreas que integran la Unidad de Ejecutora creada mediante Decreto N 620/22, las que quedarán redactadas conforme se detallan en el Anexo B, el cual forma parte integrante del presente Decreto.
ARTICULO 4º:Refréndase por el señor Ministro de Economía y de Obras Públicas.
ARTICULO 5:Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.
PULLARO
Dr. Pablo Andrés Olivares Abog. Lisandro Rudy Enrico

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe del 24/1/2024

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Santa Fe

PaysArgentine

Date24/01/2024

Page count34

Edition count722

Première édition03/05/2002

Dernière édition31/07/2024

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