Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 27/7/2016

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

Paraná, miércoles 27 de julio de 2016
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Autorízase a la titular del Ministerio de Desarrollo Social a hacer uso de la suma total de pesos un millón doscientos mil $ 1.200.000 de acuerdo al detalle del anexo que forma parte integrante del presente conforme lo expresado en los considerandos del presente.
Art. 2º Facúltase a la titular del Ministerio de Desarrollo Social a dictar resoluciones disposiciones reglamentarias y complementarias establecer procedimientos y todas aquellas medidas que resulten necesarias para el otorgamiento del beneficio acordado por el artículo 1º.
Art. 3º Facúltase a la Subsecretaría de Administración del Ministerio de Desarrollo Social a emitir orden de entrega de fondos ante Tesorería General de la Provincia por la suma total de $ 1.200.000 y autorízase a la citada Subsecretaría para que a través del Área Tesorería haga entrega de los fondos correspondientes a favor de quien la reglamentación que se dicte lo determine.
Art. 4º Impútese el egreso a los siguientes créditos del presupuesto vigente: DA 959 Carácter 1 - Jurisdicción 40 - Subjurisdicción 00 - Entidad 0000 - Programa 01 - Subprograma 00 - Proyecto 00 - Actividad 01 - Obra 00 Finalidad 1 - Función 31 - Fuente de Financiamiento 13 - Subfuente de Financiamiento 0374
- Inciso 5 - Partida Principal 1 - Partida Parcial 4 - Partida Subparcial 0000 - Departamento 99
- Ubicación Geográfica 99.
Art. 5º El presente decreto será refrendado por la señora Ministra Secretaria de Estado Desarrollo Social.
Art. 6º Comuníquese, publíquese y archívese.
Gustavo E. BORDET
M. Laura Stratta ANEXO
Destino Los montos autorizados a otorgar por parte del señor Ministro de Desarrollo Social en carácter de Aportes Directos a personas en situación de vulnerabilidad estarán destinados a resolver situaciones apremiantes en forma inmediata de acuerdo a las siguientes prioridades: adquisición de medicamentos gastos originados por traslado y estadía fuera de su lugar de residencia y atención de necesidades básicas elementales.
Montos a otorgar - Monto por beneficiario - hasta $ 2.000.
- Monto mensual - hasta $ 100.000.
- Monto total afectado - $ 1.200.000.
período y forma El monto total afectado se prevé para el ejercicio presupuestario 2016 los cuales serán otorgadas en forma diaria incluyendo feriados fines de semana y en las visitas que la señora Ministra efectúe al interior de la provincia a través de un formulario de autorización que será aprobado de conformidad con lo establecido en el artículo 2º del presente.
DECRETO Nº 104 MDS
DESIGNACIÓN
Paraná, 26 de enero de 2016
VISTO:
El inicio de un nuevo período de Gobierno; y CONSIDERANDO:
Que atento a ello corresponde designar a los funcionarios que secundaran al Poder Ejecutivo en la gestión provincial;
Que se ha propuesto para el cargo de Director de Deportes Planificación Desarrollo y Rendimiento Deportivo dependiente de la Secretaría de Deportes al señor Ezequiel Lavayén quien reúne los requisitos para ocupar el mismo;

BOLETIN OFICIAL
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Desígnese Director de Deportes Planificación Desarrollo y Rendimiento Deportivo dependiente de la Secretaría de Deportes al señor Ezequiel Lavayén, DNI Nº 26.303.591, domiciliado en calle Urquiza Nº 818 de la ciudad de La Paz con una remuneración equivalente al Cargo 36 - Ley 8.620.
Art. 2º El presente decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Social.
Art. 3º Comuníquese y publíquese oportunamente archívese.
Gustavo E. BORDET
M. Laura Stratta
DECRETO Nº 147 MDS
DESIGNACIÓN
Paraná, 10 de febrero de 2016
VISTO:
El inicio de un nuevo período de Gobierno; y CONSIDERANDO:
Que atento a ello corresponde designar a los funcionarios que secundarán al Poder Ejecutivo en la gestión provincial;
Que se ha propuesto para el cargo de Director de Deportes Social de la Subsecretaría de Deportes Social y Federados dependiente de la Secretaría de Deportes al señor Edgardo Marcelo Sánchez quien reúne los requisitos para ocupar el mismo;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Desígnase Director de Deportes Social de la Subsecretaría de Deportes Social y Federados dependiente de la Secretaría de Deportes al señor Edgardo Marcelo Sánchez, MI Nº 22.308.947 con retención del cargo del cual es titular en el Ministerio de Salud.
Art. 2º El presente decreto será refrendado por la señora Ministra Secretaria de Estado de Desarrollo Social.
Art. 3º Comuníquese, publíquese y archívese.
Gustavo E. BORDET
M. Laura Stratta
DECRETO Nº 200 MDS
APROBANDO CONTINUIDAD DE
PROGRAMA
Paraná, 10 de febrero de 2016
VISTO:
Las presentes actuaciones iniciadas ante el Ministerio de Desarrollo Social por la Subsecretaría de Desarrollo Territorial Jurisdiccional; y CONSIDERANDO:
Que mediante las mismas gestiona la continuidad para el corriente año 2016 del programa denominado Iniciativas populares para mi Barrio que fuera aprobado por Decreto Nº 645/12
MDS y su ampliatorio Decreto Nº 1.023/12
MDS y prorrogado por Decretos Nos. 206/13
MDS 308/14 MDS y 583/15 MDS ejecutado a través de la mencionada Subsecretaría y que consiste en la realización de concursos tendientes a incentivar a personas o grupos al diseño y presentación de iniciativas populares que mejoren la realidad social de su barrio y a las cuales una vez seleccionadas se les otorga los fondos necesarios para su ejecución;
Que la iniciativa popular es una herramienta de participación con la cual se pretende impulsar el desarrollo local a través de la integración de la comunidad acercando ideas enmarcadas en la realidad socio-cultural política y económica de la localidad brindando espacios de participación en la organización comunitaria;
Que atento a ello y teniendo en cuenta la muy buena recepción que ha tenido este tipo de proyectos por parte de la población destinataria se considera conveniente continuar su eje-

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cución durante el ejercicio presupuestario 2016 estableciendo que cada iniciativa seleccionada reciba un aporte por única vez de carácter no reintegrable el cual debe ser rendido ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia para lo cual se faculta por el presente al Ministerio de Desarrollo Social a aprobar y disponer los pagos respectivos mediante el dictado de resoluciones de la titular de dicha cartera;
Que para su ejecución se estima una inversión de la suma total de $ 600.000 a cuyo efecto la Subsecretaría de Administración del Ministerio de Desarrollo Social ha efectuado la reserva de fondos pertinente con la correspondiente intervención de la señora contadora delegada de la Contaduría General de la Provincia;
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos Jurisdiccional ha tomado intervención sugiriendo se faculte a la titular del ministerio a dictar las reglamentaciones que crea correspondiente referidas a la forma condiciones y requisitos que deben cumplir las propuestas seleccionadas y que aspiren a ser beneficiarias del programa las que deberán ser cumplimentadas por la Subsecretaría de Desarrollo Territorial o la que en el futuro la reemplace en la ejecución del mismo;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Apruébase la continuidad para el presente ejercicio presupuestario 2016 del Programa Iniciativas Populares para mi Barrio que fuera aprobado mediante Decreto Nº 645/12 MDS y su ampliatorio Nº 1.023/12 MDS
y prorrogado por Decretos Nos. 206/13 MDS
308/14 MDS y 583/15 MDS, tendiente a incentivar a personas o grupos al diseño y presentación de iniciativas populares que mejoren la realidad social de su barrio con cargo de rendición de cuenta ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia cuya ejecución administración y control como su verificación y aval serán responsabilidad de la Subsecretaría de Desarrollo Territorial del Ministerio de Desarrollo Social de conformidad con lo expresado en los considerandos del presente.
Art. 2º Facúltase al Ministerio de Desarrollo Social a invertir hasta la suma total de pesos seiscientos mil $ 600.000 en la ejecución del programa aprobado en el artículo anterior por el presente período presupuestario 2016 y a aprobar y disponer el pago de las sumas que correspondan a favor de las propuestas seleccionadas mediante el dictado de resoluciones de la señora ministra del área previa intervención de la señora contadora delegada de la Contaduría General de la Provincia y con cargo de rendir cuenta ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia.
Art. 3º Autorízase a la Subsecretaría de Administración del Ministerio de Desarrollo Social a emitir órdenes de pago con sus respectivas solicitudes de fondos ante la Tesorería General de la Provincia como así a efectuar los pagos pertinentes.
Art. 4º Impútese el gasto con cargo a los siguientes créditos del presupuesto vigente:
DA 959 - Carácter 1 - Jurisdicción 40 - Subjurisdicción 00 - Entidad 0000 - Programa 01 Subprograma 00 - Proyecto 00 - Actividad 01 Obra 00 - Finalidad 1 - Función 31 - Fuente de Financiación 13 - Subfuente de Financiación 0374 - Inciso 5 - Partida Principal 1 - Partida Parcial 4 - Partida Subparcial 0000 - Departamento 99 - Ubicación Geográfica 99.
Art. 5º Facúltase a la titular del Ministerio de Desarrollo Social a dictar las reglamentaciones que crea correspondiente referidas a la forma condiciones y requisitos que deben cumplir las propuestas seleccionadas que aspiren a ser beneficiarias del programa las que debe-

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 27/7/2016

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaysArgentine

Date27/07/2016

Page count24

Edition count4801

Première édition01/12/2003

Dernière édition02/08/2024

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