Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 22/7/2016

Version en texte Qu'est-ce que c'est?Dateas est un site Web indépendant, non affilié à un organisme gouvernemental. La source des documents PDF que nous publions est l'agence officielle indiquée dans chacun d'eux. Les versions en texte sont des transcriptions non officielles que nous faisons pour fournir de meilleurs outils d'accès et de recherche d'informations, mais peuvent contenir des erreurs ou peuvent ne pas être complètes.

Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

2

BOLETIN OFICIAL

funcionarios que secundarán al titular de la misma;
Que a tal efecto se ha propuesto para el cargo de Coordinador Administrativo de la Secretaría de Gestión Pública al Dr. Cristhián Gustavo Weber quien reúne los requisitos exigidos para el desempeño del mismo;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1 - Asígnase las funciones de Coordinador Administrativo de la Secretaría de Gestión Pública al Dr. Cristhián Gustavo Weber, MI N
31.017.043, disponiéndose a tal efecto el pago de la diferencia resultante entre la categoría que revista el señor Weber, y un cargo Nivel 40 del Personal Fuera de Escalafón contemplado en la Ley N 8620.
Art. 2 - Autorízase a la Dirección General del Servicio Administrativo Contable de la Gobernación a liquidar y hacer efectiva la diferencia salarial dispuesta por el artículo precedente, imputando el gasto en las partidas presupuestarias correspondientes.
Art. 3 - El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno y Justicia.
Art. 4- Comuníquese, publíquese y archívese.
GUSTAVO E. BORDET
Mauro G. Urribarri
DECRETO Nº 152 GOB
AMPLIANDO DECRETO
Paraná, 10 de febrero de 2016
VISTO:
El Decreto N 113 GOB, de fecha 1 de febrero del corriente año; y CONSIDERANDO:
Que mediante el mismo se autorizó a una comitiva oficial encabezada por el titular de este Poder Ejecutivo, a concurrir a la República Oriental del Uruguay, durante los días 4 y 5
de febrero del corriente año, en el marco del III
Taller/Seminario Hacia un mejor aprovechamiento de las hidrovías en el Mercosur";
Que en relación a ello, resulta necesario ampliar las disposiciones del mencionado texto legal, incluyendo en la referida comitiva al Sr.
Ministro Secretario de Estado de Producción, D. Carlos Schepens y al Sr. Secretario de Gestión Pública, Prof. Sergio Valerio Reggi;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A : Art. 1 - Amplíase el Decreto N 113/16 GOB, disponiendo la inclusión del Sr. Ministro Secretario de Estado de Producción, D. Carlos Schepens, MI N
10.685.503, y el Sr. Secretario de Gestión Púb l i c a , P r o f . S e rg i o V a le r i o R e g g i, M I N
24.218.499, en la Comisión de Servicios para concurrir a la República Oriental del Uruguay, acompañando al titular de este Poder Ejecutivo, durante los días 4 y 5 de febrero de 2016, en el marco del III Taller/Seminario Hacia un mejor aprovechamiento de las hidrovías en el Mercosur, conforme lo manifestado en los considerandos precedentes.
Art. 2 - El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno y Justicia.
Art. 3- Comuníquese, publíquese y archívese.
GUSTAVO E. BORDET
Mauro G. Urribarri
MINISTERIO DE CULTURA Y
COMUNICACION
DECRETO Nº 10 MCyC

AUTORIZACIÓN
Paraná, 8 de enero de 2016

VISTO:
Las presentes actuaciones, iniciadas por el Ministerio de Cultura y Comunicación; y
CONSIDERANDO:
Que por las mismas se gestiona la autorización para le otorgamiento de aportes no reintegrables en el ámbito de la citada jurisdicción, mediante el dictado de resoluciones ministeriales, durante el transcurso del ejercicio presupuestario 2016; y Que siendo los destinatarios de los aportes personas físicas, las contribuciones se orientan a la promoción y acceso a la cultura de los sectores más vulnerables, permitiendo de este modo a las personas de escasos recursos realizar una actividad cultural, conforme a las pautas que se establecen mediante la presente norma legal; y Que, asimismo, es propósito de este Poder Ejecutivo facultar al señor Secretario General y de Relaciones Institucionales de la Gobernación, quien se encuentra a cargo del Despacho del Ministerio de Cultura y Comunicación, a otorgar aportes no reintegrables mediante el dictado de resoluciones del área, durante el ejercicio 2016, a personas físicas o jurídicas, sean éstas municipios, asociaciones civiles, fundaciones, cooperadoras escolares o asistenciales, instituciones religiosas, comisiones vecinales, centros de integración comunitaria CIC, talleres y/o agrupaciones y/o personas dedicadas a la actividad cultural en Entre Ríos y afines, debidamente registradas en la Subsecretaría de Políticas Culturales, previo cumplimiento de la presentación de la documentación y requisitos que se detallan en el anexo I del presente; y Que, en este orden de ideas, resulta pertinente además establecer el procedimiento, requisitos y documentación necesaria para el otorgamiento de las ayudas económicas que se deriven de la presente autorización; y Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Autorízase señor Secretario General y de Relaciones Institucionales de la Gobernación a cargo del Despacho del Ministerio de Cultura y Comunicación, a otorgar aportes no reintegrables mediante el dictado de resoluciones del área, durante el ejercicio 2016, a personas físicas o jurídicas, sean éstas municipios, asociaciones civiles, fundaciones, cooperadoras escolares o asistenciales, instituciones religiosas, comisiones vecinales, centros de integración comunitaria CIC, talleres y/o agrupaciones y/o personas dedicadas a la actividad cultural en Entre Ríos y afines, debidamente registradas en la Subsecretaría de Políticas Culturales, previo cumplimiento de la presentación de la documentación y requisitos que se detallan en el anexo I del presente.
Art. 2º Determínase un tope mensual, por beneficiario, de hasta pesos veinte mil $
20.000,00 para ayudas económicas a personas jurídicas, los que serán pasibles de rendición de cuentas por los beneficiarios ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia.
Art. 3º Déjase establecido que para el otorgamiento de los aportes no reintegrables o ayudas económicas previstas en el presente decreto, deberá observarse el procedimiento fijado en el Anexo II de la presente.
Art. 4º Facúltase a la Dirección General del Servicio Administrativo Contable jurisdiccional a efectuar los pagos pertinentes, conforme a las resoluciones que se dicten según lo dispuesto por el artículo 1º del presente.
Art. 5º El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno y Justicia.
Art. 6º Comuníquese, publíquese y oportunamente archívese.
GUSTAVO E. BORDET
Mauro G. Urribarri
Paraná, viernes 22 de julio de 2016
DECRETO Nº 38 MCyC
ACEPTANDO ADSCRIPCIÓN
Paraná, 18 de enero de 2016
VISTO:
La Resolución Nº 049/19 de la Dirección Provincial de Vialidad; y CONSIDERANDO:
Que mediante la misma se dispuso la adscripción de la agente Gabriela Andrea Rodríguez, M.I. Nº 22.892.269, legajo Nº 158.900, a la Secretaría General y de Relaciones Institucionales de la Gobernación, desde el 8 de enero hasta el 31 de diciembre del corriente año; y Que se ha considerado necesario reforzar el plantel de la Secretaría Privada de la Secretaría de Comunicación con personal capacitado y con conocimientos específicos;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Acéptase la adscripción dispuesta por medio de la Resolución Nº 049/16, emitida por la Dirección Provincial de Vialidad, de la agente Gabriela Andrea Rodríguez, M.I. Nº 22.892.269, legajo Nº 158.900, a la Secretaría General y de Relaciones Institucionales de la Gobernación, desde el 8 de enero hasta el 31
de diciembre del corriente año, para prestar servicios en la Secretaría Privada de la Secretaría de Comunicación, de acuerdo a lo expresado en los considerandos precedentes.
Art. 2º Dispónese que por la Dirección de Administración jurisdiccional se liquide y abone a la agente Gabriela Andrea Rodríguez, la diferencia remunerativa entre el cargo que detenta en la planta permanente de la Administración Provincial y el correspondiente al de Funcionario Político Nivel 41, Ley 8.620, viáticos y cualquier otro emolumento que perciban los funcionarios políticos con el mismo nivel, y por todo concepto.
Art. 3º El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno y Justicia.
Art. 4º Comuníquese, publíquese y archívese.
GUSTAVO E. BORDET
Mauro G. Urribarri
DECRETO Nº 56 MCyC
MODIFICANDO PRESUPUESTO
Paraná, 21 de enero de 2016
VISTO:
Las presentes actuaciones a través de las cuales se gestiona la incorporación al ejercicio 2016, de fondos nacionales destinados a la promoción turística de la región del Litoral, a fin de mitigar los efectos negativos generados por las inundaciones, y;
CONSIDERANDO:
Que la modificación propuesta permitiría adecuar los créditos a las reales necesidades de la Jurisdicción 60- Ministerio de Cultura y Comunicación, mediante ampliación de créditos de acuerdo a las planillas analíticas de recursos y gastos, obrantes en autos;
Que dicha ampliación se llevará a cabo mediante la incorporación de la Subfuente 5237
Aporte Nación para promoción turística del Litoral;
Que la Dirección General de Presupuesto ha tomado intervención e informa que la modificación presupuestaria resulta técnicamente viable y encuadra en los términos del artículo 16º de la Ley Nº 10.403 de presupuesto 2016;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Modifícase el presupuesto general de la Administración Provincial ejercicio 2016;
mediante ampliación de créditos, en la Jurisdicción 60: Ministerio de Cultura y Comunicación, por la suma de pesos dos millones $
2.000.000,00, conforme se discrimina en las planillas analíticas de recursos y gastos que, agregadas, forman parte del presente, y de

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 22/7/2016

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaysArgentine

Date22/07/2016

Page count14

Edition count4801

Première édition01/12/2003

Dernière édition02/08/2024

Télécharger cette édition

Otras ediciones

<<<Julio 2016>>>
DLMMJVS
12
3456789
10111213141516
17181920212223
24252627282930
31