Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 22/7/2016

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

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BOLETIN OFICIAL

Art. 3: Manténgase plenamente en vigencia y en todos sus términos el Reglamento de Sumarios Administrativos establecido por el artículo 20 y concordantes Resolución N
555/71 SGG, conforme lo dispuesto por el artículo 1 del Decreto N 2840/07 GOB.
Art. 4: El presente decreto será refrendado por el Sr. Ministro Secretario de Estado de Salud.
Art. 5: Comuníquese, publíquese y archívese.
Ariel L. de la Rosa, Ministro Secretario de Estado de Salud de Entre Ríos.
F. 500-00000880 3 v./25.7.16

DESIGNACION DE GERENTE
NUEVA

PARANA
A+A SRL
ACTA Nº 1
En la ciudad de Paraná, Provincia de Entre Ríos, a los once días del mes de abril de 2016, siendo las 21:00 Hs., se reúnen los dos socios constituyentes de A+A SRL., socios ARRIAS
ALEJANDRO EDUARDO y ARRIAS MARTIN
GUILLERMO, para tratar el siguiente orden del día convenido con anterioridad, consistente en la constitución del domicilio social y designación de socios gerentes.
Luego de un breve intercambio de opiniones y a propuesta del Señor ARRIAS MARTIN GUILLERMO, se aprueba por unanimidad establecer la dirección de la sede social en calle Urquiza 1797 de la ciudad de Paraná, Provincia de Entre Ríos.
Pasando a tratar el segundo tema del orden del día se aprueba por unanimidad designar como socio gerente al Señor ALEJANDRO
EDUARDO ARRIAS. Siendo las 22:00 Hs. y no habiendo más temas para tratar, concluye la presente firmando los presentes al pie en conformidad a lo resuelto.
Registro Público de Comercio DIPJ Paraná, 29 de junio de 2016 José L. Nani, abogado DIPJ.
F.C.S. 502-00007320 1 v./22.7.16

CONTRATO
NUEVO

PARANA
A+A SRL
En la ciudad de Paraná, Provincia de Entre Ríos, a los once días del mes de abril de dos mil dieciséis, reunidos los señores ARRIAS
ALEJANDRO EDUARDO, Matrícula Individual Nº 26.150.698 , de 38 años de edad, nacido el 7 de noviembre de 1977, de profesión comerciante, de estado civil casado con DE TORRES
MARIA EVANGELINA, Matricula individual 27.006.341, ambos domiciliados realmente en calle La Rioja 1194, piso 7, Dpto. A de la ciudad de Paraná, Provincia de Entre Ríos; y el Sr.
ARRIAS MARTIN GUILLERMO , Matrícula Individual Nº 23.190.514, de 42 años de edad, nacido el 30 de mayo de 1973, de profesión ingeniero, de estado civil soltero, domiciliado realmente en Calle 1429 Nº 3234, Lomas del Golf de la ciudad de Paraná, Provincia de Entre Ríos; todos argentinos nativos; convienen en celebrar el presente contrato constitutivo de SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, el que se regirá por las siguientes cláusulas particulares y lo dispuesto en la Ley Nº 19.550 de Sociedades Comerciales, sus modificatorias y el Código de Comercio Argentino.
Denominación: Los contratantes convienen en constituir una Sociedad de Responsabilidad Limitada bajo la denominación A+A S.R.L. con domicilio social en la localidad de Paraná, Pro-

vincia de Entre Ríos, pudiendo ser trasladado con el consentimiento unánime de los socios.
Asimismo, con el voto de unanimidad de los socios podrá instalar agencias y/o sucursales en cualquier punto del país y del extranjero.
Duración: La sociedad se constituye por el plazo de noventa 90 años, contados a partir de su inscripción en el Registro Público de Comercio de la Inspección de Personas Jurídicas, plazo que podrá prorrogarse por uno igual, por acuerdo de los socios.
Objeto: La sociedad tiene por objeto dedicarse por cuenta propia, de terceros y/o asociada con terceros, dentro o fuera del País, a las actividades consistentes en: a distribución, elaboración, compra, venta, importación y exportación de materiales descartables y biomédicos, de droguería, medicamentos, artículos de ortopedia, electromedicina, artículos para laboratorios, cirugía y de uso hospitalario, prótesis y especialidades medicinales. A tales fines la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones y ejercer los actos que no sean prohibidos por las leyes o por el estatuto. b Realizar inversiones mediante aporte de capital propio, con personas físicas y/o sociedades comerciales existentes o a constituirse, cuyo destino tenga relación con el objeto social; dar y tomar préstamos y financiaciones en general, comprar y vender acciones, títulos públicos y/o privados.
Constituir fideicomisos, pudiendo actuar como fideicomitente, fiduciario, fideicomisario o beneficiario; y realizar operaciones inmobiliarias y financieras en general, quedando excluída en todos estos casos las operaciones y actividades comprendidas en la Ley de Entidades Financieras. c importación y exportación. d Representaciones, comisiones y mandatos. e Explotación de marcas y patentes: nacionales o extranjeras. Para su cumplimiento, la sociedad tendrá plena capacidad jurídica para realizar todo tipo de actos, contratos u operaciones que se vinculen directa o indirectamente con su objeto social.
Capital: El capital social se fija en la suma de doscientos mil pesos $ 200.000,00, dividida en doscientas 200 cuotas iguales de pesos mil $ 1000,00 cada una. El referido capital se encuentra totalmente suscripto por los socios de acuerdo al siguiente detalle: don ARRIAS
ALEJANDRO EDUARDO, ciento veinte 120
cuotas por el valor de pesos ciento veinte mil $ 120.000,00, don ARRIAS MARTIN GUILLERMO, ochenta 80 cuotas por el valor de pesos ochenta mil $ 80.000,00.
Los socios integran las cuotas sociales en un veinticinco por ciento 25% en dinero en efectivo, obligándose los mismos a integrar el saldo restante dentro del plazo de dos años, a partir de la fecha de inscripción de la sociedad.
Aumento de capital: Los socios podrán resolver, mediante asamblea de socios, el aumento del capital social por decisión de una mayoría equivalente a la mitad más uno del capital social, la misma asamblea fijará el monto y los plazos para su integración.
Administración y representación: La Administración estará a cargo de uno o más socios gerentes que se designarán en la primer reunión de socios para ejercer dicho cargo, ejerciendo la representación legal, cuyas firmas precedidas del sello social obligan a la Sociedad. Desempeñarán sus funciones durante el plazo de duración de la Sociedad. La firma sólo podrá obligarse en operaciones que se relacionen con el giro social, para lo cual podrán actuar de manera indistinta.
Los socios gerentes actuarán con toda amplitud en los negocios sociales, pudiendo realizar cualquier acto o contrato para la adquisición de bienes muebles o inmuebles y las operaciones mencionadas en la cláusula Tercera del presente contrato.
Registro Público de Comercio DIPJ Paraná, 29 de junio de 2016 José L. Nani, abogado DIPJ.
F.C.S. 502-00007319 1 v./22.7.16

Paraná, viernes 22 de julio de 2016

SUMARIO
DECRETOS
Gobernación Año 2016
129, 130, 151, 152
Ministerio de Cultura y Comunicación 10, 38, 56, 94, 105, 106, 107, 108, 110, 112, 127, 194, 220, 221, 224
Ministerio de Trabajo 24, 25, 26, 27, 28, 29, 30, 31, 43, 50, 51, 52
RESOLUCIONES
Ministerio de Economía, Hacienda y Finanzas 377, 379, 380, 381, 382
Las publicaciones de edictos, se recibirán hasta las 9 hs., del día anterior al de publicación, sin excepción
BOLETIN OFICIAL
Creado por Ley Nº 2487 fecha 5 - Nov. 13, derogada por Decreto Ley Nº 6346 del 30
- Mar. 79. Ratificado por Ley 7504 - Por Decreto Nº 878 S.G.G. fecha 30 - Mar. 79 se instrumenta el régimen legal de las ediciones del Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos.
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Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 22/7/2016

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaysArgentine

Date22/07/2016

Page count14

Edition count4798

Première édition01/12/2003

Dernière édition30/07/2024

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