Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 14/7/2016

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

Paraná, jueves 14 de julio de 2016
cumentados en forma escritural o cartular, esta última al portador o nominativa. Si fueran cartulares podrán estar representados en láminas individuales o en certificados globales. Si fuera escriturales, el registro podrá ser asignado a Caja de Valores S.A. o a la entidad que se designe por resolución del Ministerio de Economía, Hacienda y Finanzas.
v Rescate anticipado: podrán ser rescatadas en forma anticipadas, en forma total o parcial o no.
w Legislación aplicable y jurisdicción: Las Letras se regirán por las leyes de la República Argentina y se someterán a la jurisdicción de los tribunales ordinarios de la Provincia de Entre Ríos.
Art. 2º El Ministerio de Economía, Hacienda y Finanzas, en el marco de los términos y condiciones generales establecidos en el artículo 1º del presente decreto, tendrá a su cargo implementar el Programa; determinar la conveniencia y oportunidad para la emisión de sus Series y Clases; establecer la tasa de interés y definir los términos y condiciones particulares de cada emisión; dictar las normas reglamentarias, aclaratorias, interpretativas o complementarias que requiera la operatoria y la debida instrumentación de lo establecido en el presente Decreto; y resolver cualquier cuestión que fuere necesaria para perfeccionar la operatoria.
Art. 3º Facúltase al Ministerio de Economía, Hacienda y Finanzas, y/o a la Secretaría de Hacienda, para la negociación, modificación, celebración y suscripción de la totalidad de los acuerdos, contratos, y/o documentación que resulten necesarios para la implementación, instrumentación, cotización, negociación, colocación y seguimiento de las emisiones de las letras que se realicen bajo el Programa. Ello incluye la suscripción de los títulos individuales o certificados globales que documenten las letras, la contratación del Agente de Registro, la determinación de las condiciones de colocación y adjudicación, la instrumentación de la garantía, y todo lo demás relativo al adecuado cumplimiento de lo previsto en el presente decreto.
Art. 4º Encuádrase las disposiciones del presente decreto en los artículo 67º de la Ley Nº 5140 t.o. Decreto Nº 404/95 MEOSP, modificado por el artículo 2º de la Ley Nº 10.111
y 8 de la Ley Nº 10.403.
Art. 5º El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Economia, Hacienda y Finanzas Art. 6º Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.
GUSTAVO E. BORDET
Hugo A. Ballay
DECRETO Nº 247 MEHF
SUSTITUCION
Paraná, 19 de febrero de 2016
VISTO:
Lo dispuesto en el artículo 2 de la Ley N
10353; y CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto Nº 3369/15 MEHF
se sustituyó, a partir del 1 de enero de 2015, las Tablas de Tramos establecidas en el artículo 16 de la Ley 10270, incorporadas al artículo 29 de la Ley Impositivo N 9622, y se establecieron las alicuotas del Impuesto a los Automotores, aplicando para este tributo diferentes tramos de valuación fiscal con una alicuota creciente en función de los mismos, a fin de respetar el criterio de progresividad del impuesto;
Que en razón de los diferentes incrementos registrados en los valores de aforo de los automotores conforme la tabla de valuaciones aprobada por la Dirección Nacional de Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y Créditos Prendarios Disposición DN
660/2015, resulta necesario efectuar una modificación de los tramos antes citados, con el objeto de mantener una equidad tributario entre los contribuyentes;

BOLETIN OFICIAL
Que el presente se dicta en uso de las facultades conferidas por la Ley N 10353 que autoriza al Poder Ejecutivo a disponer la modificación de las tablas de tramos fijadas en el artículo 29 de la Ley Nº 9622 t.o. 2014 aplicables para la determinación del impuesto a los automotores;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Sustitúyanse a partir del 1º de enero de 2016, las Tablas de Tramos establecidas por el artículo 1º del Decreto Nº 3369/15
MEHF, incorporadas al artículo 29 de la Ley 9622, por las siguientes: Automóviles, familiares, rurales, ambulancias, fúnebres, jeeps y similares de origen nacional o importados y embarcaciones afectadas a actividades deportivas o de recreación.
Base Imponible Tramo Mayor a Menor o Igual a
Cuota Fija Alícuota s/ Excedente I, -, $ 15.600,00, $ 312,00, -;
II, $ 15.600,00, $ 45.600,00, $ 312.00, 0.018;
III, $ 45.600,00, $ 120.000,00, $ 852,00, 0,020;
IV; $ 120.000,00, $ 237.600,00, $ 2.340,00, 0,023;
V, $ 237.600,00, $ 366.000,00, $ 5.045,00, 0;026;
VI, $ 366.000,00, -, $ 8.383,00, 0,030.
Camionetas, Pick Ups, Jeeps Pick Ups, Furgones y Similares Base Imponible Tramo Mayor a Menor o Igual a
Cuota Fija Alícuota s/ Excedente I, -, $ 15.600,00, $ 312,00, -;
II, $ 15.600.00, $ 61.200,00, $ 312.00, 0,020;
III, $ 61.200.00, $ 151.200,00, $ 1.224,00, 0,023;
IV, $ 151.200,00, $ 297.600,00, $ 3.294.00, 0,027;
V, $ 297.600,00, -, $ 7.247,00, 0,030.
Art. 2º Facúltase a la Administradora Tributaria de la Provincia a dictar las normas y efectuar las adecuaciones que resulten necesarias para la aplicación del presente decreto.
Art. 3º El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Economia, Hacienda y Finanzas Art. 4º Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.
GUSTAVO E. BORDET
Hugo A. Ballay
DECRETO Nº 248 MEHF
RATIFICANDO RESOLUCION
Paraná, 19 de febrero de 2016
VISTO:
La Resolución N 512 de fecha 9 de noviembre de 2015, dictado por la Administradora Tributaria de Entre Ríos; y CONSIDERANDO:
Que la citada norma legal dispuso la incorporación a partir, del 1 de diciembre de 2015 a la planta de personal permanente de la Administradora Tributaria ad referéndum del Poder Ejecutivo del agente Víctor Alejandro Grecco, DNI N 26.307.004;
Que el presente trámite encuadra en las disposiciones establecidas en la Ley N 10.091, artículo 6 inciso I;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Ratifícase la Resolución N 512
de fecha 9 de noviembre de 2015, dictada por la Administradora Tributaria, mediante la cual se dispuso la incorporación a partir del 1 de diciembre de 2015 a la planta de personal permanente del organismo, del agente Víctor Alejandro Grecco, DNI N 26.307.004, Legajo Nº 158.766, en el Tramo Profesional Universitario - Profesional Ccategoría 4, en virtud de lo expresado en los considerandos del presente decreto.
Art. 2º El presente decreto será refrenda-

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do por el señor Ministro Secretario de Estado de Economia, Hacienda y Finanzas Art. 3º Regístrese, comuníquese, publíquese, archivese y pasen las actuaciones a la Administradora Tributaria de Entre Rios a sus efectos.
GUSTAVO E. BORDET
Hugo A. Ballay
DECRETO Nº 249 MEHF
APROBANDO ESTRUCTURA
Paraná, 19 de febrero de 2016
VISTO:
La Ley Nº 10091; y CONSIDERANDO:
Que mediante la mencionada ley se crea la Administradora Tributaria de la Provincia de Entre Ríos como entidad autárquica de derecho público en el ámbito de la Provincia, disponiéndose que su Dirección Superior y Administración estén a cargo de un Director Ejecutivo, quien será secundado por un Director General Adjunto, siendo ambos designados por el Poder Ejecutivo;
Que a su vez, el artículo 5º de la citada norma establece que los demás directores del organismo serán establecidos en la estructura superior de la A.T.E.R., la que a tal efecto fijará el Poder Ejecutivo;
Que, por aplicación del articulo 1 de la Ley N 10091, la ex Dirección General de Rentas y la ex Dirección General de Catastro se han fusionado en el ámbito de la A.T.E.R. tornándose necesaria la existencia de una estructura jerárquica en lo que refiere a sus direcciones, con el objeto de ordenar internamente el resto de las estructuras intermedias y de este modo permitir un funcionamiento operativo y ágil de la Administradora, atendiendo a la importancia y características que el organismo reviste dentro del Estado Provincial;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Aprúebase la Estructura Superior Jerárquica de la Administradora Tributaria de Entre Ríos, la que como anexo forma parte integrante del presente.
Art. 2º El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Economia, Hacienda y Finanzas Art. 3º Regístrese, comuníquese, publíquese y pasen las actuaciones a la Administradora Tributaria de Entre Rios a sus efectos.
GUSTAVO E. BORDET
Hugo A. Ballay
DECRETO Nº 272 MEHF
Paraná, 22 de febrero de 2016
Dejando sin efecto la designación como Procurador Fiscal del Dr. Aldo Pedro María Benedetti, DNI Nº 23.299.821, Matrícula N 4681, con domicilio real en calle Julio A. Roca Nº 95
de la ciudad de Gualeguay - Entre Ríos, y revocando el Poder General para actuar en Juicios y Asuntos Administrativos en todo el territorio Provincial.
Disponiendo que a través del Departamento Procuración Fiscal de la Administradora Tributaria de la Provincia se realicen los trámites pertinentes para requerir toda la documentación que a la fecha del presente no haya sido restituida por el profesional.
Disponiendo que a través de la Fiscalía de Estado de la Provincia se analice si la conducta del Dr. Aldo Pedro María Benedetti, ocasionado un perjuicio real y concreto al Fisco Provincial, iniciándose las acciones legales pertinentes en caso de corresponder.
DECRETO Nº 295 MEHF
Paraná, 22 de febrero de 2016
Disponiendo el otorgamiento a la Empresa Líneas Aéreas de Entre Ríos S.E. de una asistencia financiera en concepto de transferencias a empresas públicas no financieras por la suma de $ 246.625.

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 14/7/2016

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaysArgentine

Date14/07/2016

Page count20

Edition count4801

Première édition01/12/2003

Dernière édition02/08/2024

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