Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 10/12/2015

Version en texte Qu'est-ce que c'est?Dateas est un site Web indépendant, non affilié à un organisme gouvernemental. La source des documents PDF que nous publions est l'agence officielle indiquée dans chacun d'eux. Les versions en texte sont des transcriptions non officielles que nous faisons pour fournir de meilleurs outils d'accès et de recherche d'informations, mais peuvent contenir des erreurs ou peuvent ne pas être complètes.

Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

Viedma, 10 de Diciembre de 2015

Nº 5414

SECRETARIA GENERAL

Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 1.305.136
Precio Ejemplar del día: $ 10,00 PUBLICACION BISEMANAL
AÑO LVI
EDICION DE 10 PAGINAS

Tel. 02920 422862 - 423512 Fax 02920-430404
Laprida 212 - 8500 Viedma
Sumario en Pág. 10

DECRETO

DECRETO Nº 1917
Viedma, 24 Noviembre de 2015.
Visto: el Expediente N 154.410-CPPD-2.015, del Registro del Ministerio de Desarrollo Social, y:
CONSIDERANDO:
Que por las citadas actuaciones, se tramita la ratificación del Convenio celebrado entre el Ministerio de Desarrollo Social y la asociación Civil denominada Centro de Rehabilitación Integral Patagonico, de la ciudad de San Carlos de Bariloche Personería Jurídica otorgada por Decreto Nº 452
de fecha 16 de Abril de 1996;
Que la mencionada Asociación tiene como propósito la rehabilitación integral del individuo en todas sus áreas funcionales y en su dimensión ética social humana como plataforma de inserción en el marco socio ecológico de pertenencia potenciando su energía creativa, para darle el espacio de ser el hacedor de su autonomía de vida y elevar sus expectativas;
Que se requiere para la continuidad de las prestaciones una erogación económica que pueda cubrir los gastos trimestrales de servicio agua, gas, teléfono e Internet por un importe de Pesos cinco mil $ 5.000.00, merienda y almuerzo de los alumnos Pesos seis mil quinientos $ 6.500,00, elementos de limpieza Pesos dos mil quinientos $ 2.500,00, seguros de personas Pesos un mil quinientos $
1.500,00, seguros de casa y elementos Pesos un mil $ 1.000,00, pago de personal. honorarios de profesionales Pesos cuarenta y cinco mil $
45.000,00, arreglo y mantenimiento caldera Pesos dos mil $ 2.000,00, gastos de traslados Pesos un mil quinientos $ 1.500,00, material didáctico Pesos seis mil $ 6.000,00. gastos de librería Pesos tres mil doscientos $ 3.200,00 y gastos varios Pesos ochocientos $ 800,00. La Asociación actualmente presta servicios a sesenta y tres 63 personas con discapacidad de distintas edades:
Que el Ministerio de Desarrollo Social se compromete a otorgar a la citada asociación un aporte económico de Pesos trescientos mil $
300.000,00, pagaderos en dos 02 cuotas iguales y bimestrales de Pesos ciento cincuenta mil $
150.000,00 cada una:
Que a fojas 04/12 obra Informe Social Institucional donde se recomienda la suscripción del mencionado Convenio:
Que la presente tramitación se encuadra en lo normado por el Artículo 3º del Decreto Nº 134/10 y su modificatorio Decreto Nº 229/
13;

Que han tomado debida intervención los Organismos de Control, Asesoría Legal del Ministerio de Desarrollo Social, Contaduría General de la Provincia y Fiscalía de Estado mediante Vista N 06058-15;
Que el presente Decreto se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 131º inciso 1
de la Constitución Provincial;
Por ello:
El Gobernador de la Provincia de Río Negro DECRETA:
Artículo 1º.- Ratifícase en todos sus términos el Convenio obrante a fojas 13 a 15 que como anexo forma parte del presente Decreto, celebrado entre el Ministerio de Desarrollo Social, representado por el Señor Ministro Hector Fabian Galli DNI Nº 20.793.294 y la Asociación Civil denominada Centro de Rehabilitación Integral Patagónico CUIT N 30-63904265-8, de la ciudad de San Carlos de Bariloche, representada por su Presidente, Señora María Inés Ardaist CUIL N 27-029680731.Art. 2 - Otorgase un aporte no reintegrable en cumplimiento de la clásula segunda del Convenio ratificado en el Artículo 1º, destinado al funcionamiento de la mencionada Fundación, por el monto explicito en el Artículo 3º.Art. 3º.- Apruébase el gasto por un monto total de Pesos trescientos mil $ 300.000,00, pagaderos en dos 02 cuotas iguales y bimestrales de Pesos ciento cincuenta mil $ 150.000,00 cada una.Art. 4.- Comprométase la suma total de Pesos ciento cincuenta mil $ 150.000,00, a los créditos del Programa 03, Actividad 02, Partida 517, Transferencias a Otras Instituciones Culturales y Sociales sin Fines de Lucro. Código de Recursos 11721 en el presente ejercicio, la segunda cuota se abonará en ejercicio 2016, a cargo del Ministerio de Desarrollo Social.Art. 5º.- El importe aprobado deberá abonarse por la Tesorería General de la Provincia correspondiente a la cuenta corriente Nº 11990010
y girado a la orden de la Asociación denominada Centro de Rehabilitación Integral Patagonico de la ciudad de San Carlos de Bariloche CUIT Nº 30-68904265-8 siendo su Presidente la Señora María Inés Ardaist CUIL N 27-02968073-1
responsable de la administración y oportuna rendición de cuentas conforme a lo establecido en el Decreto Nº 134/10 y su modificatorio Decreto N 229/13.Art. 6º.- Autorizase al Ministerio de Desarrollo Social a efectivizar el pago del Convenio ratificado por el Artículo 1 adecuándose a las disposiciones en vigencia.-

Art. 7º.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Ministro de Desarrollo Social.Art. 8.- Regístrese, comuníquese, publíquese, tómese razón, dese al Boletín Oficial y archívese.WERETILNECK. F. G. Galli.

Convenio entre el Ministerio de Desarrollo Social de la Provincia de Río Negro y La Asociación Civil Centro de Rehabilitación Integral Patagónico de la localidad de San Carlos de Bariloche Provincia de Río Negro.Año 2015
Entre el Ministerio de Desarrollo Social de la Provincia de Río Negro, representada en este acto por el Señor Ministro de Desarrollo Social Galli, Héctor Fabián DNI N: 20.793.294, en adelante EL MINISTERIO. con domicilio en la calle Buenos Aires y Belgrano de la ciudad de Viedma por una parte y LA ASOCIACIÓN CIVIL CENTRO
DE
REHABILITACIÓN
INTEGRAL
PATAGÓNICO. de la localidad de San Carlos de Bariloche, representada en este acto por su Presidente, Señora Ardaist, María Inés LC N:
2.968.073, en adelante LA ASOCIACIÓN. con domicilio en la calle San José N 66, de la Localidad de San Carlos de Bariloche, Provincia de Río Negro, por la otra, acuerdan celebrar el presente convenio, sujeto a las siguientes cláusulas:
Primera: La Asociación, de la localidad de San Carlos de Bariloche, tiene como propósito la rehabilitación integral del individuo en todas sus áreas funcionales y en su dimensión ética social humana como plataforma de inserción en el marco socio ecológico de pertenencia potenciando su energía creativa, para darle el espacio de ser el hacedor de su autonomía de vida y elevar sus expectativas. Se requieren para la continuidad de las prestaciones una erogación económica que pueda cubrir: los gastos de servicio agua, gas, teléfono.
Internet, merienda y almuerzos de alumnos, elementos de limpieza, seguros de personas, seguros de casa y elementos, pago personal y honorarios de profesionales. arreglo y mantenimiento caldera, gastos de traslado, material didáctico, gastos de libreria, gastos varios. La Asociación actualmente presta servicios a sesenta y tres 63
personas con discapacidad de distintas edades.Segunda: El Ministerio se compromete a otorgar a La Asociación un aporte económico de Pesos trescientos mil $ 300.000, pagadero en dos 2 cuotas iguales y bimestrales de Pesos ciento cincuenta mil $ 150.000 para cubrir los gastos que ocasionen las actividades a realizar por La Asociación en el marco del presente Convenio y de su Estatuto Social.-

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 10/12/2015

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaysArgentine

Date10/12/2015

Page count10

Edition count1919

Première édition03/01/2002

Dernière édition11/07/2024

Télécharger cette édition

Otras ediciones

<<<Diciembre 2015>>>
DLMMJVS
12345
6789101112
13141516171819
20212223242526
2728293031