Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 20/08/2009

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

Viedma, 20 de Agosto de 2009

Nº 4752

Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 1.305.136
Precio Ejemplar del día: $ 2,00
PUBLICACION BISEMANAL
AÑO L
EDICION DE 16 PAGINAS

SECRETARIA GENERAL
DE LA GOBERNACION
Dirección de Boletín Oficial Tel. 02920 422862 - 423512 Fax 02920-430404
Laprida 212 - 8500 Viedma
Sumario en Pág. 16

DECRETOS

DECRETO Nº 535
Viedma, 23 de julio de 2009.Visto, el Expediente N 002.607-G-2.008, del Registro del Ministerio de Gobierno, y;
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley G N 4.193 se procedió a la regulación del ejercicio de la función notarial y de la profesión de escribano, como también organizó su desempeño en el ámbito de la Provincia;
Que de conformidad al Artículo 31 de la citada Ley, se dispuso que el número de registros de cada Distrito Notarial y la delimitación territorial se fijará en relación a la cantidad de habitantes, al tráfico escriturario, como asimismo, teniendo en cuenta el movimiento económico de la población en la actividad notarial;
Que dicha determinación, corresponde efectuarla en base a los datos que suministre una Comisión especial creada al efecto por dos 2 representantes del Poder Ejecutivo y dos 2 representantes del Colegio Notarial;
Que la Comisión designada mediante el Decreto N 1.240/08, ha propuesto al Poder Ejecutivo, luego de evaluada la iniciativa del Colegio Notarial, la creación de un 1 registro notarial en la localidad de Dina Huapi;
Que en función de ello, y que habiéndosele dado intervención al Señor Ministro de Gobierno éste presta conformidad con la propuesta formulada, por lo que corresponde proceder a la creación de un registro notarial en la citada localidad;
Que por su parte se ha resuelto la cancelación de los Registros de Contratos Públicos N 29 y N 94, ubicados en la ciudad de San Carlos Bariloche, de conformidad a la facultad prevista por el Artículo 30 de la citada norma;
Que han tomado debida intervención los Organismos de Control, Dirección General de Asuntos Legales del Ministerio de Gobierno y Fiscalía de Estado, a fojas 30 Vuelta;
Que el presente Decreto se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 181 Inciso 1 de la Constitución Provincial;
Por ello:
El Gobernador de la Provincia de Río Negro D E C R E T A:
Artículo 1.- Disponer la creación de un 1 Registro Notarial con asiento en la localidad de Dina Huapi, Departamento de San Carlos de Bariloche, de conformidad a los Artículo 30 y 31 de la Ley G N 4.193; por los motivos expuestos en los considerandos precedentes.Art. 2.- Disponer la cancelación de los Registros de Contratos Públicos N 29
y N 94, ubicados en la ciudad de San Carlos Bariloche, de conformidad a la facultad prevista por el Artículo 30 de la Ley G N 4.193.Art. 3.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Ministro de Gobierno.Art. 4.- Registrar, comunicar, publicar, tomar razón, dar al Boletín Oficial y archivar.SAIZ.- J. L. Rodríguez.oOo DECRETO Nº 543
Viedma, 06 de agosto de 2009.Visto, El expediente N 001.276-G-2.008, del Registro del Ministerio de Gobierno, y;
CONSIDERANDO:
Que por las citadas actuaciones se tramita la aprobación del Convenio celebrado entre el Ministerio de Gobierno y la Municipalidad de Guardia Mitre;
Que en virtud de dicho Convenio el Ministerio de Gobierno se compromete a abonar al Municipio una suma fija de PESOS SIETE MIL TRESCIENTOS
SESENTA Y SEIS CON NOVENTA Y CINCO CENTAVOS $ 7.366,95 en concepto
de compensación de gastos por el funcionamiento de la Junta Electoral Municipal designada mediante Resolución N 396/06 del Tribunal Electoral Provincial;
Que dicho aporte se efectúa en cumplimiento de lo normado por el Artículo 239 de la Ley O N 2.431;
Que por ello, corresponde proceder a la aprobación del mencionado convenio;
Que el mismo halla sustento legal en lo establecido en el Artículo 2 del Decreto N 194/76;
Que han tomado debida intervención los Organismos de Control, Dirección General de Asuntos Legales y Fiscalía de Estado, a fojas 33 Vuelta;
Que el presente Decreto se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 181 Inciso 1 de la Constitución Provincial;
Por ello:
El Gobernador de la Provincia de Río Negro D E C R E T A:
Artículo 1.- Aprobar el Convenio celebrado entre el Ministerio de Gobierno de la Provincia de Río Negro, representado por el Señor Ministro de Gobierno Contador José Luís RODRIGUEZ y la Municipalidad de Guardia Mitre, representada por el Señor Intendente Municipal Don Miguel Norberto DEMASI, que como Anexo forma parte integrante del presente Decreto, por los fundamentos expuestos en los considerandos precedentes.Art. 2.- Comprometer los créditos del Programa 1 Actividad 01- Partida 572
Otras transferencias a Municipalidades la suma de PESOS SIETE MIL
TRESCIENTOS SESENTA Y SEIS CON NOVENTA Y CINCO CENTAVOS $
7.366,95, Código de Financiamiento 10 del Presupuesto General de Gastos Vigentes.Art. 3.- Liquidar por Tesorería General de la Provincia la suma total de PESOS
SIETE MIL TRESCIENTOS SESENTA Y SEIS CON NOVENTA Y CINCO
CENTAVOS $ 7.366,95, a la orden del Señor Intendente Municipal Don Miguel Norberto DEMASI CUIL N 20-05505301-5, quien será responsable de la recepción y oportuna rendición de fondos, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 2 del Decreto N 194/76.Art. 4.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Ministro de Gobierno.Art. 5.- Registrar, comunicar, publicar, tomar razón, dar al Boletín Oficial y archivar.SAIZ.- J. L. Rodríguez.
CONVENIO ENTRE EL MINISTERIO DE GOBIERNO Y LA MUNICIPALIDAD
DE GUARDIA MITRE PARA LA COBERTURA DE GASTOS
DE LA JUNTA ELECTORAL MUNICIPAL
En ciudad de Viedma a los 20 días del mes de mayo de 2009 entre el Ministerio de Gobierno de la Provincia de Río Negro representada en este acto por el Señor Ministro de Gobierno, Cdor. José Luis Rodríguez, en adelante EL MINISTERIO
con domicilio en calle Laprida 212 de la ciudad de Viedma y la Municipalidad de Guardia Mitre representada por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Miguel Norberto Demasi en adelante LA MUNICIPALIDAD con domicilio en Avda. Julián Murga 650 de la misma ciudad, se conviene la celebración del presente acuerdo con el objeto de atender en parte los gastos que ocasiona el funcionamiento de la Junta Electoral Municipal conformada por Resolución N 396/06 del Tribunal Electoral Provincial, sujeto a las siguientes cláusulas:
PRIMERA: LA PROVINCIA, de conformidad al Art. 239 de la Ley O N 2431, se compromete a abonar una suma fija y por todo concepto de pesos siete mil trescientos seseta y seis con noventa y cinco ctvos. $ 7.366,95 a LA MUNICIPALIDAD, en concepto de compensación de gastos para el funcionamiento de la Junta Electoral Municipal, comprensivo esto del 50% que le corresponde abonar a esa jurisdicción, por el tiempo de funcionamiento de la mencionada Junta.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 20/08/2009

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaysArgentine

Date20/08/2009

Page count16

Edition count1916

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