Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 06/08/2009

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

Viedma, 6 de Agosto de 2009

Nº 4748

Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 1.305.136
Precio Ejemplar del día: $ 2,00
PUBLICACION BISEMANAL
AÑO L
EDICION DE 16 PAGINAS

SECRETARIA GENERAL
DE LA GOBERNACION
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Laprida 212 - 8500 Viedma
Sumario en Pág. 16

RESOLUCIONES

Provincia de Río Negro CONSEJO PROVINCIAL DE EDUCACION
Resolución Nº 169/08.
J.D.
JUNTA DE DISCIPLINA DOCENTE C.P.E. R.N.
Edicto:
Se hace saber por este medio al Sr. GOMEZ, Luis Alberto, CUIL N 20-14213128-6 que la Junta de Disciplina Docente dependiente del Consejo Provincial de Educación ha dictado la Resolución N 169/JD/
08, del Expediente N 14912/JD/04, que en su parte pertinente dice:
Visto:
Viedma, R. N. 28 de Octubre de 2008.El Expediente N 14912 -JD-04 del Registro del Consejo Provincial de Educación del Ministerio de Educación de la provincia de Río Negro S/Presuntas inconductas que involucran al Sr. GOMEZ, Luis Alberto Auxiliar Docente de Atraico, y ;
CONSIDERANDO:
Por ello La Junta de Disciplina Docente RESUELVE:
Artículo 1: Declarar la nulidad de las fs. 208 y 223, por los considerandos expuestos.
Artículo 2: Declarar Exento de Responsabilidad al Sr. GÓMEZ, Luis Alberto, C.U.I.L. N 20-14213128-6, docente de la Escuela Hogar N 162 de Atraico, por los considerandos expuestos.
Artículo 3: Dejar sin efecto la separación transitoria del cargo.
Artículo 4: Notificar al interesado por medio de la Supervisor de Nivel correspondiente, cumplido, vuelva con firma, aclaración, N de C.U.I.L. y fecha de notificación.
Artículo 5: Registrar, comunicar, archivar.
Queda Ud. debidamente notificado.
Mabel Noemí González, Presidente. María de los A. Migone, Secretaria. Mirta Adriana Venchi, Vocal Consejo Pcial. de Educación.
oOo Provincia de Río Negro Subsecretaría de Ingresos Publicos DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
Resolución Nº 814
Viedma, 28 de Julio de 2.009.
Visto, el expediente N 132036-R-2008 del registro de la Dirección General de Rentas; y CONSIDERANDO:
Que a fojas 1 obra nota N 333/09, de la Delegación Zonal de Rentas Capital Federal, solicitando la baja como agente de retención del Impuesto de Sellos, al contribuyente Consolidar Compañía de Seguros de Vida S.A. CUIT N 33-67856413-9, dado que esta empresa fue absorbida por la razón social Consolidar Compañía
de Seguros de Retiro S.A., e informa que la compañía absorbida ha presentado todas las DDJJ y ha depositado las retenciones correspondientes al Impuesto Sellos;
Que a fojas 2 obra solicitud de baja como agente de retención del Impuesto de Sellos, presentado por Consolidar Compañía de Seguros de Vida S.A., refrendada por su apoderada Sra/ta. Carolina Larrañaga;
Que a foja 4 a 29 obra constancia del acuerdo definitivo de fusión por absorción entre: Consolidar Compañía de Seguros de Retiro S.A.Sociedad Absorbente y Consolidar Compañía de Seguros de Vida S.A. Sociedad Absorbida;
Que a foja 30 a 31 obra constancia de Poder Especial a favor de Carolina Larrañaga DNI. N 23.332.581
conferida por los apoderados de la denominación Consolidar Compañía de Seguros de Vida S.A.;
Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas en los artículos 5 y 33, 3er párrafo, del Código Fiscal Ley I N 2686;
Por ello:
El Subsecretario de Ingresos Públicos a/c de la Dirección General de Rentas RESUELVE:
Artículo 1.- Otorgar la baja como Agente de Retención del Impuesto de Sellos a partir del 06/04/
2009 al contribuyente Consolidar Seguros de Vida S.A.
CUIT N 33-67856413-9, con domicilio en calle Independencia N 169 piso 05, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Artículo 2.- Regístrese, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial, notifíquese al Agente de Recaudación y a la Delegación Zonal de Capital Federal, cumplido archívese.Cr. José Luis Giorgis, Susecretario de Ingresos Públicos a/c de la Dirección Gral. de Rentas. Arnoldo F. Sánchez Ayala, Director de Recursos.
oOo Provincia de Río Negro DEPARTAMENTO PROVINCIAL DE AGUAS
Resolución Nº 1128
Viedma, 23 de Julio de 2.009.
Visto el expediente N 122716-DGRS-09 del Registro del Departamento Provincial de Aguas, y CONSIDERANDO:
Que por las presentes actuaciones se tramita la Primera Revisión Tarifaria de la Concesión del Servicio Público de Agua Potable del Barrio Parque El Faldeo, cuya prestación se encuentra concesionada a la Junta Vecinal del citado barrio;
Que los artículos 43 y 51 del Contrato de Concesión vigente prevén la modificación de los valores tarifarios y precios, conforme a los artículos 32 y 36 del Marco Regulatorio del sector, aprobado por Ley J N 3183;
Que a fojas 4 a 7 de estos actuados, se presentó El Concesionario proponiendo al Ente Regulador la revisión tarifaria del quinquenio, conforme al artículo 51 del Contrato de Concesión, a fin de recomponer la
ecuación económico-financiera del contrato, en atención al serio desfasaje como consecuencia del fuerte incremento que tuvieron los costos que intervienen en la prestación del servicio de provisión de agua potable a su cargo, presentando la documentación pertinente obrante en fojas 8 a 98 y entre fojas 103 a 177;
Que en consecuencia el Departamento Provincial de Aguas, luego de analizar la situación planteada por El Concesionario, concluye que se encuentra debidamente justificada la solicitud de revisión tarifaria, convocando en tal sentido a Audiencia Pública mediante la Resolución N 585/09 fojas 185/186, la cual se celebró el 19-05-09;
Que en mérito a las conclusiones surgidas con motivo de la celebración de dicha audiencia pública conforme al documento de la desgrabación agregado entre fs. 217 a 226- este Organismo elaboró un informe técnico fs. 227 a 235 en el cual se volcaron las conclusiones;
Que la Comisión concluye que la Concesión del Servicio Público de Agua Potable del Barrio Parque El Faldeo requiere elevar su nivel de facturación a efectos de restablecer el equilibrio económico y financiero de la concesión, garantizando además de tal modo la calidad, regularidad y eficiencia en la prestación de los servicios a su cargo;
Que, a tal efecto y en base al estudio realizado por la Comisión, resulta recomendable aprobar un incremento promedio del 103 % para los valores tarifarios al consumo, estableciendo un valor máximo del cargo fijo de $ 23,50.- y de 1,92.- $/m excedente, por entender que se halla adecuadamente justificado y permitiría afrontar el plan de inversiones previsto;
Que el dictado de la presente, se enmarca en lo preceptuado en el artículo 15, inciso i del Marco Regulatorio aprobado por la Ley J N 3183, en el artículo 43 del contrato de concesión -aprobado mediante el Decreto N 624/04- y en los principios generales de derecho administrativo relativos a la prestación de servicios públicos;
Que han tomado debida intervención la Dirección de Asuntos Legates de este Organismo y la Fiscalía de Estado de la Provincia;
Por ello, El Intendente General de Hidráulica y Saneamiento a/c de la Superintendencia General de Aguas RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar el nuevo régimen tarifario para la prestación del servicio público de agua potable del Barrio Parque El Faldeo de San Carlos de Bariloche, el que como anexo, se adjunta a la presente norma sustituyendo en adelante el Anexo II del Contrato de Concesión vigente. El nuevo régimen entrará en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial.
Artículo 2- Regístrese, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial, cumplido, archívese.
Ing. Carlos Enrique Selzer, Intendente Gral. de Hidráulica y Saneamiento.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 06/08/2009

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaysArgentine

Date06/08/2009

Page count16

Edition count1916

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