Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 16/08/2009

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

Viedma, 17 de Agosto de 2009

Nº 4751

Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 1.305.136
Precio Ejemplar del día: $ 2,00
PUBLICACION BISEMANAL
AÑO L
EDICION DE 22 PAGINAS

SECRETARIA GENERAL
DE LA GOBERNACION
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Laprida 212 - 8500 Viedma
Sumario en Pág. 22

RESOLUCIONES

Provincia de Río Negro MINISTERIO DE TURISMO
Resolución Nº 676/09 MT
Viedma, 23 de Julio de 2.009.
Visto: El Expte. n 2.392-AT-08 del, Registro de la Dirección de Proyectos y Fiscalización, mediante el cual se tramita la Habilitación Turística del alojamiento turístico denominado Contra Viento y Marea, propiedad de la señora Patricia Beatriz Chicco, con domicilio en la Av. Costanera y calle 59 del Balneario El Cóndor, y CONSIDERANDO:
Que por Decreto 657/03 y Resolución 228/05 se aprobó la Reglamentación del Sistema de Clasificación de Alojamientos Turísticos de la Provincia de Río Negro;
Que el presente expediente fue iniciado con fecha 30/10/08, con Planos presentado con fecha 04/08/99 y Certificado Final de Obra del 11/05/07, por lo que se considera al establecimiento como existente al momento del dictado de la nueva reglamentación, conforme a la previsión del Artículo 16 de la citada Resolución, y por ello es procedente mantener los requerimientos dimensionales de la normativa anterior;
Que ha presentado documentación suficiente al efecto de iniciar el trámite de Habilitación Turística indicada en el Artículo 12 de la Resolución 228/05 y a Fs. 28 obra Acta de Inspección n 0295 y a Fs.29/38 el relevamiento confeccionado con fecha 05 de Noviembre de 2.008;
Que a Fs. 42/44, surge del Informe de Categorización que el establecimiento reúne los requisitos para su habilitación turística como Tipo 5: Departamentos de Alquiler Turísticos, Categoría: Única;
Por ello:
El Ministro de Turismo de la Provincia de Río Negro RESUELVE:
Artículo 1.- Habilitar por el término de tres 3
años a partir de la fecha, al establecimiento denominado Contra Viento y Marea, propiedad de la señora Patricia Beatriz Chicco, en el Tipo 5:
Departamentos de Alquiler Turísticos, Categoría Unica, en virtud de lo normado por la Reglamentación del Sistema de Clasificación de Alojamientos Turísticos aprobado por Decreto 657/03 y Resolución 228/05, con un total de Tres 3 Unidades Alojativas y Quince 15 plazas.
Artículo 2.- Inscribir al establecimiento Contra Viento y Marea en el Registro Único Provincial de Alojamientos Turísticos.
Artículo 3.- Extender el correspondiente Certificado de Habilitación Turística, el que deberá exhibirse permanentemente en la recepción o ingreso al establecimiento.

Artículo 4.- Caducar la presente Habilitación Turística en caso de no mantener actualizada la documentación integrante del Legajo Hotelero Provincial, presentando la renovación de la misma para el caso de que se encuentre vencida.
Artículo 5.- Registrar, comunicar, notificar al interesado, publicar, remitir copia a la Municipalidad de Viedma, Dirección General de Rentas y Policía de Río Negro, dar al Boletín Oficial y archivar.
Lic. José Omar Contreras, Ministro de Turismo.
Guillermo Pino, Supervisión Servicios Turísticos.

Resolución Nº 677/09 MT
Viedma, 23 de Julio de 2.009.
Visto: El Expte. n 2.380-AT-07 del, Registro de la Dirección de Proyectos y Fiscalización, mediante el cual se tramita la Habilitación Turística del alojamiento turístico denominado Roca, Concesión del Sr.
Ricardo Eduardo Sánchez, con domicilio en la calle Roca 347 de la ciudad de Viedma, y CONSIDERANDO:
Que por Decreto 657/03 y Resolución 228/05 se aprobó la Reglamentación del Sistema de Clasificación de Alojamientos Turísticos de la Provincia de Río Negro;
Que el presente expediente fue iniciado con fecha 16/10/07, con habilitación comercial del 30/03/07 y certificado de final de obra de 26/10/78, por lo que se considera al establecimiento como existente al momento del dictado de la nueva reglamentación, conforme a la previsión del Artículo 16 de la citada Resolución, y por ello es procedente mantener los requerimientos dimensionales de la normativa anterior;
Que ha presentado documentación suficiente al efecto de iniciar el trámite de Habilitación Turística indicada en el Artículo 12 de la Resolución 228/05 y a Fs. 41 obra Acta de Inspección n 0241 y a Fs.42/50 el relevamiento confeccionado con fecha 14 de Julio de 2.008;
Que a Fs. 53/55, surge del Informe de Categorización que el establecimiento reúne los requisitos para su habilitación turística como Tipo 3: Residencial u Hospedaje, Categoría: Uníca;
Por ello:
El Ministro de Turismo de la Provincia de Río Negro RESUELVE:
Artículo 1.- Habilitar por el término de tres 3 años a partir de la fecha, al establecimiento hotelero denominado Roca, concesión del señor Ricardo Eduardo Sánchez, en el Tipo 3: Residencial u Hospedaje, Categoría Unica, en virtud de lo normado por la Reglamentación del Sistema de Clasificación de Alojamientos Turísticos aprobado por Decreto 657/03
y Resolución 228/05, con un total de Veintidos 22
habitaciones y Cincuenta 50 plazas hoteleras.
Artículo 2.- Inscribir al establecimiento Roca en el Registro Único Provincial de Alojamientos Turísticos.

Artículo 3.- Extender el correspondiente Certificado de Habilitación Turística, el que deberá exhibirse permanentemente en la recepción o ingreso al establecimiento.
Artículo 4.- Caducar la presente Habilitación Turística en caso de no mantener actualizada la documentación integrante del Legajo Hotelero Provincial, presentando la renovación de la misma para el caso de que se encuentre vencida.
Artículo 5.- Registrar, comunicar, notificar al interesado, publicar, remitir copia a la Municipalidad de Viedma, Dirección General de Rentas y Policía de Río Negro, dar al Boletín Oficial y archivar.Lic. José Omar Contreras, Ministro de Turismo.
Guillermo Pino, Supervisión Servicios Turísticos.

Resolución Nº 678/09 MT
Viedma, 23 de Julio de 2.009.
Visto: El Expte n 1.802-AT-02 del Registro de la Dirección de Proyectos y Fscalización, mediante el cual se tramita Habilitación Turística del alojamiento turístico denominado Tosca, concesión del señor Raúl Angel Zunzunegui, con domicilio en la calle Alsina 357 de la ciudad de Viedma, y CONSIDERANDO:
Que por Decreto 657/03 y Resolución 228/05 se aprobó la Reglamentación del Sistema de Clasificación de Alojamientos Turísticos de la Provincia de Río Negro;
Que el presente expediente fue iniciado con fecha 30/07/02, con habilitación comercial del 06/04/, por lo que se considera al establecimiento como existente al momento del dictado de la nueva reglamentación, conforme a la previsión del Artículo 16 de la citada Resolución, y por ello es procedente mantener los requerimientos dimensionales de la normativa anterior;
Que ha presentado documentación suficiente al efecto de iniciar el trámite de Habilitación Turística indicada en el Artículo 12 de la Resolución 228/05 y a Fs. 20 obra Acta de Inspección n 0251 y a Fs.26/31 el relevamiento confeccionado con fecha 21 de Agosto de 2.008;
Que a Fs. 32/34, surge del Informe de Categorización que el establecimiento reúne los requisitos para su habilitación turística como Tipo 3: Residencial u Hospedaje, Categoría: Única;
Por ello:
El Ministro de Turismo de la Provincia de Río Negro RESUELVE:
Artículo 1.- Habilitar por el término de tres 3 años a partir de la fecha, al establecimiento hotelero denominado Tosca, concesión del señor Raúl Angel Zunzunegui, en el Tipo 3: Residencial u Hospedaje, Categoría Unica, en virtud de lo normado por la Reglamentación del Sistema de Clasificación de Alojamientos Turísticos aprobado por Decreto 657/03
y Resolución 228/05, con un total de Catorce 14
habitaciones y Treinta y Una 31 plazas hoteleras.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 16/08/2009

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaysArgentine

Date16/08/2009

Page count22

Edition count1916

Première édition03/01/2002

Dernière édition01/07/2024

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