Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 27/08/2009

Version en texte Qu'est-ce que c'est?Dateas est un site Web indépendant, non affilié à un organisme gouvernemental. La source des documents PDF que nous publions est l'agence officielle indiquée dans chacun d'eux. Les versions en texte sont des transcriptions non officielles que nous faisons pour fournir de meilleurs outils d'accès et de recherche d'informations, mais peuvent contenir des erreurs ou peuvent ne pas être complètes.

Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

Viedma, 27 de Agosto de 2009

Nº 4754

Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 1.305.136
Precio Ejemplar del día: $ 2,00
PUBLICACION BISEMANAL
AÑO L
EDICION DE 16 PAGINAS

SECRETARIA GENERAL
DE LA GOBERNACION
Dirección de Boletín Oficial Tel. 02920 422862 - 423512 Fax 02920-430404
Laprida 212 - 8500 Viedma
Sumario en Pág. 16

LEYES

LEY Nº 4430
La Legislatura de la Provincia de Río Negro Sanciona con Fuerza de LEY:
Artículo 1.- Sustitúyese el Art. 4º de la Ley N Nº 1946 por el siguiente texto:
Artículo 4º - Los montos resultantes de la aplicación de los artículos 1º y 2º de la presente ley, serán liquidados según los índices determinados en la Planilla Anexa Índices Nuevos, que forma parte integrante de la presente.
A los efectos de la distribución secundaria entre todos los municipios de las regalías determinadas según lo dispuesto en los Arts. 3º y 5º de la presente ley, deberá utilizarse el porcentaje determinado en la Planilla Anexa Índices Nuevos, con el porcentual que corresponda a cada uno por ser municipio productor.
Art. 2º - La vigencia de la presente ley será a partir del primer día del mes siguiente al de su publicación.
Art. 3 - Comuníquese al Poder Ejecutivo y archívese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia de Río Negro, en la ciudad de Viedma, a los treinta y un días del mes de julio del año dos mil nueve.
Ing. Bautista J. Mendióroz, Presidente Legislatura.Ing. Víctor Hugo Medina, Secretario Legislativo.

Viedma, 19 de agosto de 2009.
Cúmplase, publíquese, dése al registro, al Boletín Oficial y archívese.
Dr. Miguel Angel Saiz, Gobernador.- J. L. Rodríguez, Ministro de Gobierno.DECRETO Nº 587
Registrada bajo el número de Ley cuatro mil cuatrocientos treinta 4430.
Viedma, 19 de agosto de 2009.
Dra. Silvia Jáñez, Secretaria Legal, Técnica y de Asuntos Legislativos.

Planilla Anexa ÍNDICES NUEVOS
Índices Municipios Coparticipación Allen
3,949
Campo Grande
0,943
Catriel
2,705

Índices Municipios Coparticipación Cervantes
0,999
Cinco Saltos
3,473
Cipolletti
12,209
Comallo
0,619
Clte, Cordero
0,745
Cnel. Belisle
0,676
Chichinales
0,930
Chimpay
0,913
Choele Choel
2,270
Darwin
0,599
El Bolsón
2,180
Gral. Conesa
1,218
Gral. E. Godoy
0,864
Gral. Fdez. Oro
1,199
Gral. Roca
12,687
Guardia Mitre
0,574
Ing. Huergo
1,197
Ing. Jacobacci
1,173
Lamarque
1,296
Los Menucos
0,754
Luis Beltrán
1,269
Mainqué
0,761
Maquinchao
0,714
Mtro. R. Mexía
0,574
Ñorquinco
0,564
Pilcaniyeu
0,635
Pomona
0,613
Río Colorado
2,242
San A. Oeste
3,087
San C. Bariloche
17,325
Sierra Colorada
0,633
Sierra Grande
1,707
Valcheta
0,897
Viedma
8,986
Villa Regina
5,104
Dina Huapi
0,717

Totales
100,000
oOo LEY Nº 4431
La Legislatura de la Provincia de Río Negro Sanciona con Fuerza de LEY:
Artículo 1.- Se adopta como Bandera de la Provincia de Río Negro, el diseño elegido por el jurado del concurso convocado a partir de la Ley B N 4362, de acuerdo con el esquema que, como Anexo, forma parte integrante de la presente.
Art. 2.- La Bandera de la Provincia de Río Negro tendrá las siguientes características:
1 Forma rectangular en la proporción dos 2 de ancho, tres 3 de largo 2:3.
2 Cantón fondo negro que ocupará un sexto 1/6
de la superficie de la Bandera, del lado superior que da a la vaina, con trece 13 estrellas blancas
de cinco 5 puntas, representando los trece 13
departamentos de la Provincia, dispuestas en círculo, equidistantes entre ellas y del mismo tamaño.
3 El campo dividido en tres 3 franjas horizontales.
La franja superior de color azul Pantone 293, la franja central color blanco Warm Grey 1
y la franja inferior de color verde Pantone 261.
Art. 3 - El uso de la Bandera de la Provincia de Río Negro se hará en forma conjunta con la Bandera Nacional y se ubicará a la izquierda de ella, a la misma altura.
La rendición de honores en ceremonias oficiales se hará en forma exclusiva a la Bandera Nacional.
Art. 4º - La ceremonia de presentación, izamiento y bendición de la Bandera provincial, se realizará a través de una convocatoria especial que disponga el Poder Ejecutivo Provincial.
Art. 5.- La Bandera de la Provincia deberá colocarse en los despachos de los Senadores, Diputados, Legisladores provinciales, jueces y de los funcionarios que determine el Poder Ejecutivo Provincial.
El Gobernador, el Presidente de la Legislatura y el Presidente del Superior Tribunal de Justicia, en la esfera de sus respectivas competencias, adoptarán las medidas necesarias para el efectivo cumplimiento de lo dispuesto en este artículo.
Art. 6 - El Poder Ejecutivo Provincial reglamentará la presente ley en concordancia con la normativa vigente para el uso de la Bandera Nacional.
Art. 7 - Comuníquese al Poder Ejecutivo y archívese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia de Río Negro, en la ciudad de Viedma, a los treinta y un días del mes de julio del año dos mil nueve.
Ing. Bautista J. Mendióroz, Presidente Legislatura.- Ing. Víctor Hugo Medina, Secretario Legislativo.

Viedma, 19 de agosto de 2009.
Cúmplase, publíquese, dése al registro, al Boletín Oficial y archívese.
Dr. Miguel Angel Saiz, Gobernador.- J. L. Rodríguez, Ministro de Gobierno.DECRETO Nº 588
Registrada bajo el número de Ley cuatro mil cuatrocientos treinta y uno 4431.
Viedma, 19 de agosto de 2009.
Dra. Silvia Jáñez, Secretaria Legal, Técnica y de Asuntos Legislativos.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 27/08/2009

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaysArgentine

Date27/08/2009

Page count16

Edition count1916

Première édition03/01/2002

Dernière édition01/07/2024

Télécharger cette édition

Otras ediciones

<<<Agosto 2009>>>
DLMMJVS
1
2345678
9101112131415
16171819202122
23242526272829
3031