Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 10/02/2017 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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2016 - 2017 Año Brocheriano AÑO CIV - TOMO DCXXVI - Nº 30
CORDOBA, R.A., VIERNES 10 DE FEBRERO DE 2017
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS

1.067.055,40 con cargo a: Jurisdicción 1.35, Programa 378-000, Partida 12.06.00.00, Obras - Ejecución por Terceros del P.V, según lo indica la Dirección General de Administración del Ministerio de Educación en su Documento de Contabilidad Nota de Pedido Nº 2016/000466.
Artículo 3º.- FACÚLTASE al señor Secretario de Arquitectura a suscribir la Addenda del contrato, previo cumplimiento por parte del adjudicatario de los recaudos legales correspondientes, debiendo la contratista ampliar la garantía contractual pertinente y cumplimentar con el sellado de Ley de las Enmiendas de Contrato por Modificación de Obra.

de Vivienda, Arquitectura y Obras Viales y Fiscal de Estado.
Artículo 5.- PROTOCOLÍCESE, dése intervención a la Dirección General de Administración del Ministerio de Educación, al Tribunal de Cuentas de la Provincia, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial, notifíquese, pase a la Secretaría de Arquitectura a sus efectos y archívese.
FDO.: JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR - CR. JOSÉ GARCÍA, MINISTRO DE
VIVIENDA, ARQUITECTURA Y OBRAS VIALES - JORGE EDUARDO CORDOBA, FISCAL DE ESTADO

Artículo 4º.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministro
Decreto N 1850

Anexo: https goo.gl/GcWlUK

del bien a expropiar.
Córdoba, 28 de diciembre de 2016

VISTO:
El Expediente Nº 0045-017696/2015 del registro de la Dirección Provincial de Vialidad dependiente del Ministerio de Vivienda, Arquitectura y Obras Viales.
Y CONSIDERANDO:
Que por las presentes actuaciones la Dirección Provincial de Vialidad insta mediante Resolución Nº 00610/2016 la individualización de los bienes declarados de utilidad pública y sujeto a expropiación para la obra: CONSTRUCCIÓN ENARENADO EN DESVIO TRÁNSITO PESADO NORTE DE RÍO TERCERO-R.P.Nº 2-ACCESO NORTE A RÍO
TERCERO.
Que el Departamento II Tierras y Valuaciones de la citada Dirección informa que para la ejecución de la obra mencionada es necesario ocupar una fracción de terreno propiedad de los señores Herminio Domingo Parisse y Herminio Gustavo Parisse, en partes iguales, inscriptos en el Registro General de la Provincia en relación a los Dominios Nros. 9585, 3705 y 169; Folios 14071, 5266 y 270; Tomos 57, 22 y 2 y Años 1981, 1982 y 2003, respectivamente, Nomenclatura Catastral Nº 33 01 02 63 40 525 700, Cuenta Nº 3301-1956996/6, con una superficie total a ocupar de 4 Ha. 7180 m2, ubicado en: Banda Norte del Río Tercero, Pedanía El Salto, Departamento Tercero Arriba.
Que se ha incorporado en autos copia de Dominios y Plano de Mensura para Expropiación a cuya visación deberá procederse por medio del área técnica pertinente artículo 41 inc. a de la Ley Nº 5057; así como detalles relativos a la fracción de terreno referida.
Que de acuerdo a lo establecido por el artículo 49 de la Ley N 10.176
Presupuesto General para la Administración Pública Provincial Año 2014, prog. 504-02-5933, los inmuebles de que se trata han sido declarados de utilidad pública y sujetos a expropiación, encontrándose la obra debidamente identificada en el Plan de Inversiones Públicas, declaración genérica conforme artículo 2 de la Ley N 6394, pudiendo procederse como se gestiona.

Por ello, actuaciones cumplidas, normativa citada, lo dictaminado por la Dirección General de Asuntos Legales dependiente del Ministerio de Vivienda, Arquitectura y Obras Viales con el Nº 418/16, por Fiscalía de Estado bajo el Nº 985/2016, y en uso de sus atribuciones constitucionales;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R ETA
Artículo 1º.- INDIVIDUALÍZANSE los bienes declarados de utilidad pública y sujetos a expropiación, conforme las prescripciones del artículo 49 de la Ley N 10.176 Presupuesto General para la Administración Pública Provincial Año 2014, ubicado en: Banda Norte del Río Tercero, Pedanía El Salto, Departamento Tercero Arriba; para la ejecución de la obra: CONSTRUCCIÓN ENARENADO EN DESVIO TRÁNSITO PESADO NORTE DE RÍO TERCERO-R.P.Nº2-ACCESO NORTE
A RÍO TERCERO, inscriptos en el Registro General de la Provincia en relación a los Dominios Nros. 9585, 3705 y 169; Folios 14071, 5266
y 270; Tomos 57, 22 y 2 y Años 1981,1982 y 2003, respectivamente, Nomenclatura Catastral Nº 33 01 02 63 40 525 700, Cuenta Nº 33011956996/6, con una superficie total a ocupar de 4 Ha. 7180 m2, según Plano de Mensura para Expropiación e Informe como que como Anexo I, compuesto de dos 2 fojas útiles, se acompaña y forma parte integrante del presente Decreto.
Artículo 2º.- DETERMÍNESE el valor indemnizatorio del bien por intermedio del Consejo General de Tasaciones de la Provincia de Córdoba.
Artículo 3º.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministro de Vivienda, Arquitectura y Obras Viales y Fiscal de Estado.
Artículo 4º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial, dese intervención al Consejo General de Tasaciones de la Provincia, pase a la Dirección Provincial de Vialidad a sus efectos y archívese.
FDO.: JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR - JOSÉ GARCÍA, MINISTRO DE VIVIENDA, ARQUITECTURA Y OBRAS VIALES - JORGE EDUARDO CORDOBA,
Que debe darse la intervención pertinente al Consejo General de Tasaciones de la Provincia, a los fines de que fije el valor máximo correspondiente en concepto de total indemnización por las fracciones BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

FISCAL DE ESTADO

Anexo: https goo.gl/Lm4bb6

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 10/02/2017 - 1º Sección

TitreBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaysArgentine

Date10/02/2017

Page count6

Edition count4178

Première édition01/02/2006

Dernière édition15/07/2024

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