Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 02/02/2017 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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2016 - 2017 Año Brocheriano AÑO CIV - TOMO DCXXVI - Nº 24
CORDOBA, R.A., JUEVES 2 DE FEBRERO DE 2017
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
ACUERDO REGLAMENTARIO NÚMERO MIL TRESCIENTOS NOVENTA
Y SIETE - SERIE A. En la ciudad de Córdoba, a veintinueve días del mes de diciembre del año dos mil dieciséis, con la Presidencia de su Titular Dr. Domingo Juan SESIN, se reunieron para resolver los Señores Vocales del Tribunal Superior de Justicia, Dres. Aída Lucía Teresa TARDITTI, Luis Enrique RUBIO, y María Marta CÁCERES de BOLLATI, con la asistencia del Señor Administrador General, Lic. Ricardo Juan ROSEMBERG y ACORDARON:
Y VISTO: La nota presentada por los Sres. Asesores de Niñez y Juventud del Centro Judicial Capital en la que comunican la división por especializaciones en la que prestarán sus funciones.
Y CONSIDERANDO: En la actualidad los Asesores de Niñez y Juventud cumplen múltiples funciones, en tanto actúan ante los juzgados y fiscalías del fuero que tiene la competencia penal juvenil y ante los juzgados con competencia en niñez, adolescencia y violencia familiar y de género.
La especialización de funciones, configura una experiencia exitosa en el ámbito de la defensa pública, y se estima que la propuesta por los Asesores redundará en beneficio de los altos intereses de las niñas, niños, adolescentes, las víctimas de violencia familiar y de género y otros ciudadanos que se encuentran bajo su patrocinio o representación en el centro judicial que concentra la mayor cantidad de casos.
Conforme al diseño propuesto, los Asesores se dividirán en dos grupos, con rotación bianual: un grupo de Defensores Dres. Eduardo Alfredo PA-

PODER EJECUTIVO

DRÓ PALERMO, Raquel María PEREYRA, María Raquel MARTÍNEZ de GONZALEZ y Hugo Fernando CONTERNO, actuarán ante los Juzgados de Niñez Adolescencia y Violencia Familiar y de Género; mientras que otro grupo Dres. Laura Beatriz MORONTA, Claudia OSHIRO, Analía Patricia KIEHL de BONANSEA y Raúl Alejandro ALVAREZ actuarán ante las Fiscalías y Juzgados Penal Juvenil.
Por lo expuesto, con arreglo a las disposiciones legales que reglan la defensa oficial, y las atribuciones de superintendencia L.O.P.J.,12, 32; Ley de Asistencia Jurídica Gratuita, 15, 3 y 17, 2, SE RESUELVE: DISPONER que a partir del 1 de marzo de 2017, los Sres.
Asesores Letrados, Dres. Eduardo Alfredo PADRÓ PALERMO, Raquel María PEREYRA, María Raquel MARTÍNEZ de GONZALEZ y Hugo Fernando CONTERNO, actuarán ante los Juzgados de Niñez, Adolescencia y Violencia Familiar y de Género, mientras que los Sres. Asesores Letrados Dres. Laura Beatriz MORONTA, Claudia OSHIRO, Analía Patricia KIEHL
de BONANSEA y Raúl Alejandro ALVAREZ, lo harán ante las Fiscalías y Juzgados Penal Juvenil. Notifíquese a los interesados. Comuníquese a los Juzgados y Fiscalías mencionadas, a la Fiscalía General de la Provincia.
Publíquese en el Boletín Oficial y dése la más amplia difusión.
Con lo que terminó el acto que previa lectura y ratificación de su contenido, firman el Señor Presidente y los Señores Vocales con la asistencia del Señor Administrador General, Lic. Ricardo Juan ROSEMBERG.FDO: DR. DOMINGO JUAN SESIN, PRESIDENTE / DRA. AIDA L. TARDITTI, VOCAL
/ DR. LUIS ENRIQUE RUBIO, VOCAL / DRA. MARIA MARTA CACERES DE BOLLATI, VOCAL / LIC. RICARDO JUAN ROSEMBERG, ADMINISTRADOR GENERAL

Y CONSIDERANDO:

Que por las presentes actuaciones el Presidente de la citada Dirección propicia la incorporación al Plan de Inversiones para el mejoramiento y ampliación de la Red de Accesos a la ciudad de Córdoba R.A.C., aprobado por Decreto Nº 1103/2010, de las siguientes obras: Cierre Avenida de Circunvalación Tramo: Ruta Provincial N 5-Distribuidor El Tropezón.
Sección: Distribuidor Ruta provincial N 5 a Puentes s/ Arroyo La Cañada;
Cierre Avenida de Circunvalación Tramo: Ruta Provincial N 5 -Distribuidor El Tropezón. Sección: Distribuidor Santa Ana/20 de Junio a Distribuidor El Tropezón; Cierre Avenida de Circunvalación Tramo: Ruta Provincial N 5
- Distribuidor El Tropezón. Sección: Puentes s/Arroyo La Cañada Distribuidor Santa Ana/20 de Junio; Completamiento Autopista Juárez Celman
a celebrar con la Nación conforme Anexos I, II y III, respectivamente, al referido instrumento legal.

Que las obras que se propicia incorporar al Plan de Inversiones para el mejoramiento y ampliación de la Red de Accesos a la ciudad de Córdoba R.A.C. implican modificar el Anexo II del Decreto Nº 1103/2010, quedando nominadas en el Anexo II las obras: 1 Cierre Avenida de Circunvalación Tramo: Ruta Provincial N 5-Distribuidor El Tropezón. Sección: Distribuidor Ruta provincial N 5 a Puentes s/ Arroyo La Cañada; 2 Cierre Avenida de Circunvalación Tramo: Ruta Provincial N 5 -Distribuidor El Tropezón.
Sección: Distribuidor Santa Ana/20 de junio a Distribuidor El Tropezón; 3
Cierre Avenida de Circunvalación Tramo: Ruta Provincial N 5 - Distribuidor El Tropezón. Sección: Puentes s/Arroyo La cañada Distribuidor Santa Ana/20 de junio; 4 Completamiento Autopista Juárez Celman - Duplicación Tramo: Avenida de Circunvalación-Empalme Ruta Nacional N 9N.
Que las obras que se pretende incorporar al Anexo II, serán solventadas con fondos provenientes de operaciones de crédito público, y será la Agencia Córdoba de Inversión y Financiamiento S.E.M., quien tendrá a su cargo la celebración de los acuerdos pertinentes.
Que la empresa Caminos de las Sierras S.A. CA.SI.S.A. tomó intervención y prestó su conformidad a la incorporación de las obras al Plan de Inversiones para el mejoramiento y ampliación de la Red de Accesos a la ciudad de Córdoba R.A.C. e informó la valorización de dichas obras,
- Duplicación Tramo: Avenida de Circunvalación-Empalme Ruta Nacional N 9N.
Que por el citado Decreto Nº 1103/2010 se aprobó el Plan de Obras a realizar en el ámbito de la Red de Accesos a la ciudad de Córdoba R.A.C., actualmente bajo la concesión de la empresa Caminos de las Sierras S.A.
CA.SI.S.A., tanto a cargo de ésta como también las que son a cargo del Estado Provincial y las financiadas con fondos provenientes de acuerdos
estando en condiciones de llevarlas adelante.
Que el carácter complementario de las obras a ejecutar, con las ya realizadas y en proceso de ejecución, permitirá solucionar de manera definitiva los inconvenientes viales e hídricos que se plantean en los sectores en los que las mismas serán ejecutadas, las cuales se encuentran inescindiblemente unidas al ámbito de la concesión, con lo cual la solución propuesta tiene carácter integral, sin dejar de tener en cuenta los beneficios
Decreto N 7
Córdoba, 5 de enero de 2017
VISTO: El expediente N 0045-019381/2016 del registro de la Dirección Provincial de Vialidad dependiente del Ministerio de Vivienda, Arquitectura y Obras Viales.

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 02/02/2017 - 1º Sección

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PaysArgentine

Date02/02/2017

Page count12

Edition count4177

Première édition01/02/2006

Dernière édition12/07/2024

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