Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 18/11/2015 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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Primera Sección
B OLETÍN OFICIAL - A ÑO CII - T OMO DCXI - Nº 222

CÓRDOBA, 18 de Noviembre de 2015

VIENE DE TAPA
RESOLUCION Nº 210

CINCO 5 días de producido el acto eleccionario, acrediten ante esta Secretaría las planillas de detalle de los sufragantes y autoridades de mesa transportados, con las correspondientes copias de los documentos de identidad e importes de los pasajes emitidos, a los fines de tramitar el reconocimiento de los costos incurridos.
Artículo 3.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial, dese copia al Tribunal Electoral Provincial, F.E.T.A.P., A.Se.TAC., E.R.Se.P., Policía de la Provincia de Córdoba, notifíquese a las empresas y ARCHIVESE.
LIC. GABRIEL BERMUDEZ
SECRETARIO DE TRANSPORTE

PODER

EJECUTIVO
Decreto N 827

Córdoba, 3 de agosto de 2015

VISTO: El expediente N 0109-065827/2004 y sus agregados por cuerdas flojas Nros. 0109-069753/2006 y 0109-084368/2008, del registro del Ministerio de Educación;
Y CONSIDERANDO:
Que en las presentes actuaciones se tramita la aprobación del contrato de comodato celebrado entre la Dirección General de Nivel Inicial y Primario dependiente del Ministerio de Educación -en carácter de comodantey el Instituto de Enseñanza Privada ESTEBAN ECHEVERRÍA de La Laguna, en carácter de comodatario.
Que por el referido contrato, el comodante cede en calidad de préstamo de uso al comodatario, instalaciones correspondientes a la Escuela de Nivel Primario GRAL. JOSÉ DE SAN MARTÍN de La Laguna -Departamento General San Martín-, para el desarrollo de actividades destinadas a un microemprendimiento de cunicultura y huerta.
Que se ha incorporado en autos el contrato de comodato de fecha 23 de mayo de 2014, con vigencia a partir del 3 de marzo de 2014, sin que se hubiere materializado el instrumento legal de rigor.
Que la autoridad educativa competente certifica la ocupación del inmueble en cuestión por los períodos comprendidos desde el 9 de marzo de 2006 hasta el 2 de marzo de 2014.
Que del contrato celebrado surgen los derechos y obligaciones que asumen las partes, adecuándose a los extremos exigidos en los artículos 959 y 1533 correlativos y concordantes del Código Civil y Comercial de la Nación.
Que en consecuencia, procede en esta instancia adoptar las siguientes medidas, al no existir impedimentos desde el punto de vista jurídico-formal y por constituir un acto de buena administración a título gratuito.
Por ello, los informes producidos, lo dictaminado por el Área Jurídica del Ministerio de Educación y por Fiscalía de Estado bajo los Nros. 0186/15 y 000639/15, respectivamente y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 de la Constitución Provincial;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A:
Artículo 1.-CONVALÍDASE lo actuado por la Dirección General de Nivel Inicial y Primario -Ministerio de Educación-, en relación a la ocupación en carácter de préstamo de uso de las instalaciones correspondientes a la Escuela de Nivel Primario GRAL. JOSÉ DE
SAN MARTÍN de La Laguna -Departamento General San Martín, por parte del Instituto de Enseñanza Privada ESTEBAN
ECHEVERRÍA de la aludida localidad para el desarrollo de actividades destinadas a un microemprendimiento de cunicultura y huerta, a partir del 9 de marzo de 2006 y en consecuencia APRUÉBASE el contrato de comodato celebrado entre la citada Dirección General y el Instituto de Enseñanza Privada ESTEBAN
ECHEVERRÍA de La Laguna, a partir de la fecha del presente dispositivo legal y hasta el 3 de marzo de 2020, de conformidad al contrato, que como Anexo I con tres 3 fojas, forma parte integrante de este instrumento legal.
Artículo 2.-El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Educación y el señor Fiscal de Estado.

Artículo 3.-PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
JOSE MANUEL DE LA SOTA
GOBERNADOR
PROF. WALTER GRAHOVAC
MINISTRO DE EDUCACIÓN
JORGE EDUARDO CORDOBA
FISCAL DE ESTADO
ANEXO
http goo.gl/svU1Gn
VIENE DE TAPA
RESOLUCION Nº 157

de la sociedad civil, universidades, cooperativas, organismos del Estado Provincial y Municipal en sus diferentes niveles.
b Captar y canalizar iniciativas existentes en materia de políticas de Agua y Desages Cloacales.
c Considerar la normativa que rige la materia y sus actualizaciones, las diferentes políticas y planes, como así también las acciones en marcha con las diversas prestatarias del territorio provincial, a fin de poder asesorar en la materia de manera integral.
d Realizar los demás actos que sean necesarios para el cumplimiento de su función principal.
Artículo 3 DESIGNAR al Ing. Alberto Luis Bresciano M.I. N 7.977.266 como Coordinador del Consejo Asesor de Agua y Saneamiento Cloacal, función que cumplirá como carga anexa a su cargo de Secretario de Servicios Públicos.
Artículo 4 FACULTAR al Ing. Alberto Luis Bresciano en su carácter de coordinador, a convocar a los actores que estime necesarios para participar de las actividades del Consejo creado por la presente resolución.
Artículo 5 PROTOCOLÍCESE, notifíquese, publíquese en el Boletín Oficial, pase a la Secretaria de Servicios Públicos dependiente de este Ministerio a sus efectos y archívese.

MINISTRO

Decreto N 825

DE

DR. ING. FABIAN LOPEZ
AGUA, AMBIENTE Y SERVICIOS PUBLICOS

Córdoba, 3 de agosto de 2015

VISTO: El Expediente N 0109-094495/2010, del registro del Ministerio de Educación;
Y CONSIDERANDO:
Que en las presentes actuaciones se tramita la aprobación del contrato de comodato celebrado entre la Dirección General de Nivel Inicial y Primario dependiente del Ministerio de Educación -en carácter de comodantey la señora Cecilia Andrea POLONI, en carácter de comodatario.
Que por el referido contrato, el comodante cede al comodatario, en calidad de préstamo de uso para vivienda particular del comodatario, instalaciones correspondientes al inmueble donde funcionaba la Escuela de Nivel Primario BERNARDO DE
MONTEAGUDO, ubicada en Paraje Rural, Campo Poloni Departamento Calamuchita-, con vigencia a partir del 9 de marzo de 2014 y hasta el 9 de marzo de 2019.
Que del contrato celebrado surgen los derechos y obligaciones que asumen las partes, adecuándose a los extremos exigidos en los artículos 959 y 1533 correlativos y concordantes del Código Civil y Comercial de la Nación.
Que en consecuencia, procede en esta instancia adoptar las siguientes medidas, al no existir impedimentos desde el punto de vista jurídico-formal y por constituir un acto de buena administración a título gratuito.
Por ello, los informes producidos, lo dictaminado por el Área Jurídica del Ministerio de Educación y por Fiscalía de Estado bajo los Nros. 0763/2014 y 000648/15, respectivamente y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo144 de la Constitución Provincial;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A:
Artículo 1.-CONVALÍDASE lo actuado por la Dirección General de Nivel Inicial Primario dependiente del Ministerio de Educación en relación a la ocupación en carácter de préstamo de uso de las instalaciones correspondientes al inmueble donde funcionaba la Escuela de Nivel Primario BERNARDO DE MONTEAGUDO, ubicado en Paraje Rural denominado Campo Poloni -Departamento Calamuchitapara vivienda particular de la señora Cecilia Andrea POLONI M.I. N 33.221.302, a partir del 9 de marzo de 2011 y en
consecuencia APRUÉBASE el contrato de comodato celebrado entre la mencionada Dirección General y la señora Cecilia Andrea POLONI M.I. N 33.221.302, a partir de la fecha del presente dispositivo legal y hasta el 9 de marzo de 2019, de conformidad al contrato, que como Anexo I compuesto de dos 2 fojas , forma parte integrante de este instrumento legal.
Artículo 2.-El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Educación y el señor Fiscal de Estado.
Artículo 3.-PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
JOSE MANUEL DE LA SOTA
GOBERNADOR
PROF. WALTER GRAHOVAC
MINISTRO DE EDUCACIÓN
JORGE EDUARDO CORDOBA
FISCAL DE ESTADO

Decreto N 824
Córdoba, 3 de agosto de 2015
VISTO: El Expediente Nº 0622-115778/2008, del Registro del Ministerio de Educación;
Y CONSIDERANDO:
Que en las presentes actuaciones el referido Ministerio impulsa la creación de un Instituto Provincial de Educación Media en Los Chañaritos -Departamento Cruz del Eje-, bajo la dependencia de la Dirección General de Educación Secundaria, y sobre la base de divisiones de ese nivel de enseñanza que funcionaban como Anexo al Instituto Provincial de Educación Media N 273 MANUEL
BELGRANO de Cruz del Eje, dependiente de la mencionada Dirección General.
Que obran en autos informes en relación con la demanda del

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 18/11/2015 - 1º Sección

TitreBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaysArgentine

Date18/11/2015

Page count3

Edition count4189

Première édition01/02/2006

Dernière édition30/07/2024

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